DIAN - Resolución 4115 de 17-06-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 4115 de 17-06-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
2 LAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 0041 1 5 po | - (17/JUN/2021) Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria - : LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiére el Artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 (Régimen de Transición), y teniendo en cuenta los siguientes o HECHOS : Mediante formato fadicado con el No. ESGTA2021001 55 de 06 de abri de 2021, lass eñora . Diana Constanza Castro Oliveros, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.424.515, - representante legal de la sociedad Cada Cargo S.A.S, con Número de identificación Tributaria 900.523.440-7, presentó una solicitud de resolución anticipada de clasificación arancelaria. para. la mercancía | denominada Yécnica Y 'Comerciaimente - como -“PANTUFLAS”. o : l Ñ La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario en dos 2)tof olios, y comprobante de pago en un (1) folio. e La solicitante realizó el pago total por una suma de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil - pesos m/cte $454.000, 00 con comprobante No. 940625280 del Banco de Bogotá de fecha 06 de abril de 2021. Mediante oficios Nos. 1002273421257 y 1002273421258 del 31 de mayo de 2021,
dirigidos a la Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos, Subdirección de Gestión de Representación Externa, Subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera, Jefes de Divisiones de Fiscalización Aduanera, Gestión de Liquidación y Gestión Jurídica se lessolicitó a estas dependencias indicar la existencia de procesos Investigativos para los - bienes objeto de este estudio, cuyo resultado fue negativo. La Dirección de impuestos y Aduanas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo de 2021 respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y B “actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de la UAE Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales -— DIAN. | Por medio del formato de solicitud, la interesada indicó que se notifi ique a Diana Constanza oo - Castro Oliveros, . en la dirección CL 24 D 80 C 31 OFC 201 de la ciudad de Bogotá o (Cundinamarca). e o | > FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema , Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias. y su | . - anexo, aprobado | por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó o el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de : Cartagena) o RESOLUCIÓN NÚMERO 004115 de 17/JUN/2021 HojaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de
Clasificación Arancelaria Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Notas y Textos de partida: Regla General Interpretativa 1 - “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sino son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes: Partida 64.04 “Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural 10) regenerado y parte superior de ma teria textil”. Regla General Interpretativa 6. o “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, -mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se > aplican las Notas de - Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” l O Decreto No. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 298 a 301 y 307, mediante el - cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de solicitudes de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria. Resolución 046 de 2019 y resolución 039 de 2021, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición dee cualquier interesado. : o
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.
Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir de 9 de junio, fecha en la que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al o momento de suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses 0 años. .:..... Con la información suministrada por la interesada en sera radicado DIAN No. -ESGTA202100155 del 06 de abril de 2021, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un calzado, con las siguientes características: -.. Material superior(capellada): felpa, algodón Material de revestimiento: Tejido de algodón: "7 - Material de la suela: TPR (caucho termoplástico) Característica: antideslizante, resistente, cómoda ye duradera.
Uso: Hogar, hotel, viaje, spa Tipo: Estilo de interior para invierno Talla: según/depende (Entre la 38 a la 42) Género: Unisex Tamaño del paquete individual: 30X15X8 cm - Tipo de paquete: Cada par es empacado en bolsas de OPP separadas
RESOLUCIÓN NÚMERO — 004115 de 17/JUN/2021 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria l Teniendo en cuenta la información suministrada porl a peticionaria, se establecqeue se trata de calzado con suela de caucho termoplástico con material de felpa y/o algodón en
su parte superior con revestimiento de tejido de algodón, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, está comprendido en la partida 64.04 de la Nomenclaturdael Sistema Armonizado y de acuerdo con la Regla General Interpretativa 6, se clasificean la subpartida. arancelaria 6404,19.00.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el (la) Jefe de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 6404.19.00.00 del Arancel de Aduanas, Los demás calzados con suela de caucho y parte superior de materia textil, y de acuerdo con las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de2016 y sus modificaciones. | ] - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a Diana Constanza Castro Oliveros, identificada con cédula de - “ciudadanía No. 52.424.515, representante legal de la sociedad Cada Cargo SA.Senla CLL 24 D 80 C 31 OFC 201, Bogotá D.C. - Colombia, de conformidad con los artículos 763 y 764 del decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 “modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021. o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo “procede recurso de apelación ante la Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera, el cual
deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de - . - 2019, el artículo 306 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la. Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998... AN ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos - Fisicos, a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica mpetencia y publíquese en la página web de la DIAN.
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SARA ATIVUNIZO21
ÁDO GARCÍA Spueb licceardtoi fic: enQ u | 8, D 2a 2m .e 0n o, L Ee l ETAN GyZ aE t e 1 ñ ela Coordinación Gel Servicio de Arancel pde 1 RA AA Bdirección Gestión Técnica Aduanera
Proyectó: Luz Mery Segura Escobar
Revisó: — Fidel Raúl Minotta Benitez