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DIAN - Resolución 418 de 15-03-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 418 de 15-03-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

RESOLUCIÓN NÚMERO ( 00418 ) Por medio de la cual se fija horario de trabajo excepcional durante unos días del mes de marzo de 2022 en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla. LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE BARRANQUILLA (A) En uso de sus facultades legales conferidas por el artículo 8 del Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020 y en especial la conferida por artículo 3 de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le delega la facultad a los Directores Seccional para establecer el horario de trabajo para su respectiva Dirección Seccional, la resolución No. 12083 del 30 de diciembre de 2021 CONSIDERANDO Que la jornada ordinaria laboral vigente en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla está establecida por la resolución 2441 del 19 de septiembre de 2019. Que el numeral 2 FLEXIBILIZACION DE HORARIOS PARA EVENTOS REGIONALES de la circular 023 del 17 de julio del 2014, establece que “ En época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local y/o regional, los Directores Seccional en ejercicio de la facultad que le fue delegada podrán en conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, distribuir la jornada ordinaria de los días en que estos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio público adecuando los horarios con el propósito que los servidores públicos puedan asistir y/o participar en los mismos”.

Que durante los días 18, 25, 28 y 29 de Marzo del 2022, se celebran acontecimientos que hacen parte del folclor, cultura local y/o regional como es el Carnaval de Barranquilla, el cual es considerado como Obra Maestra del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad concedida por la Unesco en Paris el 07 de noviembre del 2003. Que es necesario establecer jornada laboral especial que permita la participación de los servidores públicos en dichas actividades, y permita además que se puedan desplazar a sus residencias sin dificultad ante los inminentes bloqueos de vías tradicionales en estas fechas y garantizándose en todo caso la prestación del servicio en los procesos relacionados con atención al público, notificación de actos administrativos y recepción de correspondencia en las áreas de Documentación. Por lo anteriormente expuesto la Directora Seccional de Impuestos de Barranquilla (A), R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°: Establecer la siguiente jornada especial laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla:  Viernes 18 de marzo del 2022: Horario de 07:30 a.m. a 1:30 p.m. Con atención al público desde las 8:00a.m hasta las 1:00pm  Viernes 25 de marzo del 2022: Horario de 07:30 a.m. a 1:30 p.m. Con atención al público desde las 8:00a.m hasta las 1:00pm  Lunes 28 de marzo del 2022: Horario de 07:30 a.m. a 12:30p.m. Con atención al público desde las 8:00a.m hasta las 12:00m.

 Martes 29 de marzo del 2022: Horario de 07:30 a.m. a 12:30p.m. Con atención al público desde las 8:00a.m hasta las 12:00m.

RESOLUCIÓN NÚMERO 00418 de 15 MARZO 2022 Hoja N° 2

Continuación de la resolución por la cual se fija horario de trabajo excepcional durante unos días del mes de marzo de 2022 en la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla ARTICULO 2°: Los días lunes 28 y martes 29 de marzo del 2022 se garantizará la prestación del servicio en los procesos relacionados con notificación de actos administrativos y recepción de correspondencia en el horario de 08:00 a.m. a 12:00m. ARTICULO 3°: Todos los servidores públicos de la Dirección Seccional serán responsables del cumplimiento del horario establecido y los jefes de División y/o Grupo Internos de Trabajo deberán efectuar los controles necesarios. ARTICULO 4°: La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición, previa publicación en la página oficial de la Dian. COMUNIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Barranquilla a los 15 MARZO 2022 CLAUDIA STELLA MEZA DIAZ DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE BARRANQUILLA (A) Proyectó: Juan Sebastian Alvarez Molina – Analista I – División de Talento Humano Revisó: Stefany Juliana Diaz Herran – Analista V – División de Talento Humano

Fecha: 15/03/2022

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