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DIAN - Resolución 427 de 18-09-2018

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 427 de 18-09-2018
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2018

30188 Beección de mpuestos y ¿Mn Mascrales RESOLUCION No. 427 DE (18 de Septiembre de 2018) Por la cual se modifica el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso. EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE SOGAMOSO En ejercicio de las facultades legales y en especial de las consagradas en el Decreto 4048 del 22 de octubre de 20018, y en uso de las facultades delegadas por el literal 10 del artículo 11 de la Resolución 00014 del 4 de noviembre de 2008, y CONSIDERANDO Que mediante Resolución No. 408 del 24 de noviembre de 2016, se estableció a partir de la fecha, en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso, el horario de atención al público en jornada continua de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Que, dentro del Programa de Bienestar 2018, se tiene previsto la ejecución de los juegos de integración a nivel local en las Direcciones Seccionales. Que, en aras de contribuir con el Bienestar Laboral así como con el desarrollo del Programa de Bienestar 2018, de acuerdo con las políticas institucionales, se establece un espacio para que los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso participen de las actividades allí inmersas. En mérito de lo expuesto, el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer que el día 21 de Septiembre de 2018, no se prestará

atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso.

ARTÍCULO SEGUNDO: El servicio de recepción de correspondencia será atendido en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., en jornada continua.

ARTÍCULO TERCERO: Publicar la presente resolución en la página web de la Entidad y en un lugar visible de la Dirección Seccional para observancia de los contribuyentes.

ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Sogamoso, a18 de Septiembre de 2018

MIGUEL ANGEL Ñ ¡

Director Seccional de Impuestos y Aduanas Nacionales de Sogamoso

Proyectó: Melissa R.

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