DIAN - Resolución 428 de 19-03-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 428 de 19-03-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
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Despacho Director Seccional Dirección Seccional de Impuestos Cali RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION No. 1150 DE JUNIO 28
DE 2.019 LA CUAL DECLARA LA REMISIÓN DE OBLIGACIONES DE MENOR CUANTIA FE o 28
COMPETENCIA El Director Seccional de Impuestos de Cali, en uso de las facultades legales conferidas en los incisos 3” y 4” del artículo 820 del Estatuto Tributario y los artículos 1.6.2.7.4. 1.6.2.7.5. del Decreto 1625 de 2016.
CONSIDERANDO PRIMERO: Que por Resolución 1150 de junio 28 de 2.019, se resolvió SUPRIMIR de los registros y cuentas de los contribuyentes de los NIT que se relacionan en el anexo explicativo del 28 de junio de 2019, que hace parte integral de la Resolución 1150 de junio 28 de 2.019, las obligaciones fiscales por concepto de impuestos y demás obligaciones cambiarias y aduaneras incluidas las sanciones, intereses, recargos, actualizaciones y costas del proceso.
SEGUNDO: Que por error involuntario se incluyeron obligaciones que no cumplían con los requisitos para sacar la remisibilidad, las cuales se relacionan en el anexo explicativo de junio 28 de 2.019.
TERCERO: Que por error involuntario no se incluyó una obligación que, si cumplía los requisitos para su remisibilidad, teniendo en cuenta que tiene otra obligación que si se marcó remisible.
Por lo expuesto, este Despacho RESUELVE PRIMERO —MODIFICAR la Resolución 1150 de junio 28 de 2.019 y su anexo explicativo, en el sentido de EXCLUIR unas obligaciones que se encuentran en el anexo explicativo de junio 28 de 2.019
SEGUNDO: MODIFICAR la Resolución 1150 de junio 28 de 2.019 y su anexo explicativo, en el sentido de INCLUIR una obligación que no se incluyó inicialmente.
TERCERO: El resto de la Resolución y su anexo explicativo de junio 28 de 2.019, se mantiene con las obligaciones relacionadas y que corresponden a la Resolución 1151 de junio 28 de 2.019.
CUARTO - SUPRIMIRde los registros y cuentas de los contribuyentes de los NIT que se relacionan en el anexo explicativo del 28 de junio de 2.019, que hace parte integral de esta resolución, las obligaciones fiscales por concepto de impuestos y demás obligaciones cambiarias y aduaneras incluidas las sanciones, intereses, recargos, actualizaciones y costas del proceso.
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Continuación resolución de remisión de obligaciones de menor cuantía No. 0 00 4 2 8 QUINTO - DECLARAR terminado el proceso de cobro contra los deudores relacionados en el anexo que hace parte Integral de esta Resolución respecto de las obligaciones que se relacionan en el anexo. SEXTO - ORDENAR el levantamiento de las medidas cautelares existentes. SEPTIMO - REMITIR copia del acto administrativo, una vez en firme, al Grupo Interno de Trabajo de Normalización de Saldos, al Grupo Interno de Trabajo de Contabilidad o a la
División de Gestión de Recaudo y Cobranzas en las Direcciones Seccionales donde no existan dichos GIT. OCTAVO - PUBLICAR el presente Acto Administrativo en la página web de la Entidad www.dian.gov.co. NOVENO - ARCHIVAR copía del presente Acto Administrativo en el expediente de cobro con la relación de las obligaciones que corresponden exclusivamente al deudor, con el fin de.no violar la reserva del expediente en la etapa de cobro, establecida en el artículo 8494 del Estatuto Tributario.
CÚMPLASE
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DirectoSeccional Dirección Seccional de Impuestos Cali : UAE -DIAN ALEJANDRO dara Jefe División de Gestión de Cobranzas Funcionario que proyectó: Funcionario que Revisg:
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CLAUDIA MILENA GOMEZ oa MARIA MARCELA FERNANDEZ
Cargo: Gestor | Cargo: Jefe GIT PERSUASIVA |