DIAN - Resolución 441 de 30-12-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 441 de 30-12-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN NÚMERO 441 ( ) DICIEMBRE 30 DE 2021
Por la cual se modifica temporalmente el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja. LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TUNJA De conformidad con el artículo 3° de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021, CONSIDERANDO Que, el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 establece que dentro del límite máximo fijado de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, el jefe del respectivo organismo podrá ejercer el horario de trabajo de acuerdo con las necesidades del servicio. Que, el artículo 3 numeral 9 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 determina: “ARTÍCULO 3°. - Delegar en los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados las siguientes funciones: (…)
9. Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.” Que mediante Resolución No. 090 del 07 de abril de 2011, se estableció el horario de trabajo de los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de lunes a viernes de 07:30 a.m. a 04:30 p.m., en jornada continua, garantizando la continuidad en el servicio y una excelente atención a los clientes y usuarios.
Que mediante Resolución No. 090 del 07 de abril de 2011, se estableció el horario de atención al público en la
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el cual fue modificado mediante Resolución No. 0298 del 26 de junio de 2013 determinando como horario de atención al público en jornada continua a partir de las 8:00 a.m. y hasta las 4:00 p.m. de lunes a viernes. Que, con motivo de la celebración de Año Nuevo se hace necesario modificar temporalmente el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por el día 31 de diciembre de 2021. En mérito de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E: ARTICULO 1° Modificar por el día 31 de diciembre de 2021 el horario laboral, estableciéndolo como jornada continua de 07:30 a.m. a 12:30 p.m., en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. ARTICULO 2° Modificar por el día 31 de diciembre de 2021 el horario de atención al público, estableciendo como jornada de atención al ciudadano el horario comprendido entre las 08:00 a.m. a 12:00 m. en jornada continua en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, garantizando el servicio y una excelente atención al usuario.
RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No 2 441 DICIEMBRE 30 DE 2021
Continuación de la resolución por la cual se modifica temporalmente el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja. ARTICULO 3° La presente Resolución modifica temporalmente los horarios para el periodo establecido, retomando las jornadas ordinarias determinadas en las Resoluciones N° 090 y 0298 del 07 de abril de 2011 y 26 de junio de 2013 respectivamente, a partir del 03 de enero de 2022. ARTICULO 4° El servicio de recepción de correspondencia y notificaciones de esta Dirección Seccional, se desarrollará en su horario habitual de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua. ARTICULO 5° Publicar la presente Resolución en lugar visible al público en la Dirección Seccional, y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. ARTICULO 6° La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Tunja a, DICIEMBRE 30 DE 2021
FLOR ESTHER CAÑAS ROMERO DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TUNJA Resolución N° 009314 del 27 de noviembre de 2019
/Proyectó Henry Orlando Zambrano Chaves.