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DIAN - Resolución 4446 de 06-06-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 4446 de 06-06-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 004446 (06 JUN 2023) Por. la cual se justifica el proceso de contratación directa No. CD-00-082-2023 para “Mantenimiento y calificación con adquisición de repuestos y/o consumibles para el espectrómetro de chispa OBLF, los equipos de absorción atómica y espectrofotómetro UVVIS marca ANALYTIK JENA para la Subdirección del Laboratorio Aduanero.”

EL SUSCRITO SUBDIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATOS DE LA UNIDAD

ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, CONSIDERANDO Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, de conformidad con lo establecido por el Decreto 1071 de 1999 está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del Orden Público Económico Nacional, mediante la administración y contro! al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad. Que el artículo 2, numeral 1 de la Resolución No. 000089 del 03 de septiembre de 2021, el

Director General de la DIAN delegó en el Subdirector de Compras y Contratos de la Entidad, la competencia para celebrar los contratos o convenios cuyo valor sea inferior a 3500 salarios mínimos mensuales legales vigentes o que no tengan cuantía, que se adjudiquen en el Nivel Central de la UAE-DIAN, independientemente de la modalidad de selección o de su lugar de ejecución Que la Constitución Política en su artículo 209 expresa: “(...) la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (...)” Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN requiere adelantar un proceso de contratación para el: Mantenimiento y calificación con adquisición de repuestos y/o consumibles para el espectrómetro de chispa OBLF, los equipos de absorción atómica y espectrofotómetro UV-VIS marca ANALYTIK JENA para la Subdirección del Laboratorio Aduanero”. Que, según se indica en los estudios previos, el objeto contractual requerido se puede contratar a través de la modalidad de contratación directa, en virtud de la causal establecida en el literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo

RESOLUCIÓN NÚMERO 004446 de 06 JUN 2023. Hoja No. 2

Continuación «de la Resolución “Por la cual se aprueba el proceso de contratación directa No. CD-00-0822023 92 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el Artículo 2.2.1.2.1.4.8 “Contratación directa cuando no exista pluralidad de oferentes” del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, de acuerdo con el siguiente análisis: “...de acuerdo con la documentación presentada por el proveedor ANALITICA Y REDES S.A.S. es la única firma autorizada por el fabricante del equipo de absorción atómica de la marca ANALYTIK JENA y por el fabricante del equipo espectrómetro de chispa OBLF de propiedad de la UAE-DIAN, para realizar en el territorio colombiano las actividades objeto de contratación, de conformidad con lo señalado en las certificaciones respectivas en las cuales se manifiestan que:

1. Analito Jena GmbH, 08 de agosto de 2022: “Carta de Autorización Analytik Jena GmbH como un fabricante establecido y respetable de instrumentos de Absorción Atómica, ICP OES, ICP-MS y Espectrometría Molecular, así como TOC / AOX y Analizadores Elementales con sede en Konrad-Zuse_Str. 1, 07745 Jena, Alemania, por la presente certifica que

Analítica y Redes SAS Carrera 70 G No. 79-36 Piso 3 Bogotá, Colombia Ha sido autorizado como distribuidor exclusivo en Colombia para la línea de productos Analytik Jena GmbH Chemical Analysis. Analitica y Redes SAS está autorizada para el servicio de ventas y posventa de todos los productos de la línea de productos de Análisis químico. Analítica y Redes SAS está autorizada para negociar comercial y técnicamente en nuestro nombre brindando cotizaciones para los productos anteriormente mencionados de Analityk Jena GmbH y

para proporcionar servicio técnico a los clientes en Colombia. Este acuerdo es válido hasta el 31 de diciembre de 2023.” 2 OBLE mbH, Fecha 15 de febrero de 2022, con fecha de validez hasta el 31 de diciembre de 2023: “Carta de Representación OBLF empresa de ingeniería y electrónica de precisión con domicilio social principal en Salinger Feld 44, 58454 Witten, Alemania, es fabricante de espectrómetros de emisión óptica para la verificación y determinación cuantitativa del contenido de elementos químicos o sus compuestos en el análisis de muestras metálicas. Certificamos que ANALÍTICA Y REDES SAS, con domicilio social en Dirección carrera 70 G No. 79-36 Piso 3, Bogotá, Colombia (en calidad de representante adjunto de Advanced Analytical Systems SA de CV, México), para brindar servicios de venta, servicio al cliente y soporte de aplicaciones para la línea de productos de OBLF GmbH en Colombia. ANALITICA Y REDES SAS, con el apoyo de OBLF GmbH, tiene los derechos de venta y soporte técnico de la línea de productos de OBLF GmbH compuesta por: . Espectrómetros de emisión óptica, modelos OBLF GS 1000-11, QSN 750-11, QSG 750-11, OS.5 y VeOS como instrumento independiente o como parte de sistemas automatizados . Repuestos y consumibles Bajo los términos de su contrato, OBLF GmbH garantiza a ANALITICA Y REDES SAS con los productos antes mencionados y sus accesorios y repuestos y con el soporte de servicio técnico y documentos para asegurar el desempeño satisfactorio de los productos antes mencionados. Todos los productos de OBLF GmbH serán suministrados únicamente a ANALITICA Y REDES SAS (como

sub-representante de Advanced Analytical Systems), que es la única Compañía autorizada para ofrecer garantía, servicio y soporte en Colombia.”

RESOLUCIÓN NÚMERO 00444 6 ge 0 6 JUN 2023 Hoja No. 3

Continuación de la Resolución “Por la cual se aprueba el proceso de contratación directa No. CD-00-0822023 Con fundamento en lo anterior, la Entidad solicitó oferta formal a la empresa ANAL/TICA Y REDES SAS, mediante correo electrónico de fecha 22 de marzo de 2023, adjuntando la necesidad, el objeto, obligaciones contractuales requeridas y demás condiciones que se exigirán al contratista. La firma ANALITICA Y REDES S.A.S. presentó oferta de fecha 23 de marzo de 2023 posteriormente se solicitó alcances a la oferta presentada con fecha de última actualización del 05 de mayo de 2023, la cual incluye los costos para el presente proceso, así como los documentos que justifican su contratación directa. La Subdirección del Laboratorio de Aduanero pudo concluir que revisada la oferta para mantenimiento y calificación con adquisición de repuestos y/o consumibles para el espectrómetro de chispa OBLF y los equipos de absorción atómica y espectrofotómetro UVVIS marca ANALYTIK JENA, cumple con las condiciones requeridas para la ejecución del objeto y obligaciones contractuales requeridas y que se encuentra justificada la caulas de contratación directa citada teniendo en cuenta que son equipos especializados y cuentan con representación exclusiva emitida por el fabricante para prestar los servicios y suministro accesorios, consumibles y repuestos. Los equipos para los cual se solicitan el mantenimiento y la calificación de operación y

desempeño son equipos de alta tecnología, por lo cual se requiere que los servicios provengan del fabricante OBLF Gesellschaft fur Elektronik und Feinwerktechnik mbH, y de los equipos de absorción atómica y UV-VIS de la marca ANALYTIK con sede principal en Alemania, a través de su único y exclusivo distribuidor autorizado en Colombia, de esta manera se asegura que el personal técnico conoce plenamente el equipo y la tecnología empleada, los recursos empleados en las actividades son compatibles con los equipos, no afectan la operación y son los más adecuados para uso en el laboratorio, disminuyendo riesgos de daños mecánicos, demoras y dificultades de operación del equipo. De conformidad con lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.1.4.8. del Decreto 1082 de 2015 concordante con lo dispuesto en el literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, la modalidad aplicable es la de contratación directa dado que no existe pluralidad de oferentes, pues solo existe para las marcas ANALYTIK JENA y OBLF GmbH una empresa/persona que puede proveer el bien o servicio, condición que evidencia la firma ANALITICA Y REDES S.A.S., identificada con el NIT 830.059.956-1 según los documentos presentados para el presente proceso de contratación. Que el presupuesto para la contratación será hasta por la suma SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETENTA Y DOS PESOS MI/CTE ($ 74.586.072), MCTE incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y demás impuestos,

tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirectos, con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal No. 26123 de fecha 16 de mayo de 2023, expedido por la Subdirección Financiera. Que los estudios previos pueden ser consultados en el Sistema Electrónico de Contratación pública SECOP Il www.colombiacompra.gov.co y en la Subdirección de Compras y Contratos de la DIAN ubicada en la Carrera 7a. No. 6C - 54 piso 8%, Edificio Sendas de Bogotá, D.C. Que, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad debe señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de contratación directa. Que, en mérito de lo anterior,

RESOLUCIÓN NÚMERO 004446 ge - 06 JUN 2023 Hoja No.4

Continuación de la Resolución “Por la cual se aprueba el proceso de contratación directa No. CD-00-0822023 RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Declarar que se encuentra justificada la causal de contratación directa del Proceso de Contratación No. CD-00-082-2023 para el “Mantenimiento y calificación con adquisición de repuestos y/o consumibles para el espectrómetro de chispa OBLF, los equipos de absorción atómica y espectrofotómetro UV-VIS marca ANALYTIK JENA para la Subdirección del Laboratorio Aduanero”, atendiendo lo dispuesto en la causal del artículo 2, numeral 4, literal g) “Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado”

de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con la parte motiva de este acto. ARTICULO SEGUNDO. Publicar el presente acto administrativo en la página web www.colombiacompra.gov.co y en www.dian.qov.co ARTÍCULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, por ser un acto de trámite. ARTÍCULO CUARTO. La presente rige a partir de su publicación. Para constancia se firma en Bogotá, D.C., 06 JUN 2023

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

_—> CAMILO E Subdirector de Compras y Contratos Elaboró: María l. Guío Camargo - Funcionaria Subdirección de Compras y Contratos EA Ao O) Revisó: Ana Sofia Castro Martinez - Funcionaria Subdirección de Compras y Contratos

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