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DIAN - Resolución 4493 de 30-07-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 4493 de 30-07-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

A a

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA

RESOLUCIÓN NÚMERO 4493

(30 DE JULIO DB 2020

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria A a Petición de Cualquier Interesado | LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA | SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA . . En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011 de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, - HECHOSMediante radicados Nos. ESGTA202000046 y 000E2020003933 del 07 de febrero de 2020, la Señora María Amelia Jiménez Mazuera, identificada con cédula de ciudadanía 30.391.078, representante legal de la sociedad Agencia de Aduanas Blu Logistics S.A. Nivel 1 con NIT 830.045,523-5, mandataria de la empresa System Colombia S.A.S. con NIT 900.017.392-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnicamente como “SISTEMA DE ALMACENAMIENTO AUTOMÁTICO” y comercialmente como “SISTEMA DE ALMACENAMIENTO AUTOMÁTICO VLM (VERTICAL LIFT MODILE) MM ARCA MEDULA | DE LA SERIE LIFT, MODELO ML 50D”. | La interesada adjuntó a la solicitud: catálogo en siete (7) folios, ficha técnica en veinticuatro (24) folios, copia resolución Unión Europea en cuatro (4) folios, mandato aduanero en siete

(7) folios y copia del recibo de pago en un (1) folio. La solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil pesos mete. ($ 439. 000), según | comprobante de transferencia TREFPAG06022020T de Bancolombia del 06 de febrero de 2020, al Banco de Bogotá. : Mediante oficio No. 100227342-0290 del 02 de marzo de 2020 - radicado No. 000S2020004486 del 03 de marzo de 2020, este Despacho solicitó: indicar las características físicas de la estructura, cuántos módulos la conforman, material de - fabricación exterrio e interno, número de bandejas, dimensiones específicas; informar cómo opera, los equipos que lo conforman con sus respectivas características; en relación con . los componentes agregados, aclarar cuáles son los que hacen parte del producto para el . que se está solicitando la clasificación arancelaria; enviar imágenes donde se observen claramente los componentes internos y dónde están ubicados. Con radicado virtual No. 000E2020903251 del 2 de junio de 2020 la solicitante da respuesta a: l | requerimiento, renunciando al término restante otorgado legalmente. E - Por medio del formato de solicitud, se indicó que se notifique a María Amelia Jiménez Mazuera, en la Carrera 54 No. 5 C-33 piso. 2, en Bogotá D. C. po Mediante resolución 022 del 18 de marzo del 2020, emanada de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se determinó suspender los términos en los procesos y actuaciones

RESOLUCIÓN NÚMERO 4493 o de 30 DE JULIO DE 2020 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaría, como medida transitoria por motivos de salubridad pública, entre el 19 de marzo y el 3 de abril de 2020, inclusive. El 29 de marzo de 2020 la DIAN expide la Resolución 030 con la cual adopta medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN, en el marco del Estado de Emergencia . Económica, Social y Ecológica, y deroga la Resolución 22 del 18 de marzo de 2020. “El Artículo 8 de la Resolución 30 del 29 de marzo de 2020 establece: SUSPENDER. hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social la totalidad de los términodse las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa, incluidos los procesos disciplinarios. Durante el término que dure la suspensión y hasta el momento en que se reanuden las actuaciones ho correrán los términos de caducidad, prescripción o firmeza previstos en la legislación tributaria, aduanera y cambiaria” Mediante el Artículo 1 de la Resolución No. 41 del 5 de mayo de 2020, la DIAN modificó los - parágrafos 2 y 3 del Artículo 8 de la Resolución 0030 del 29 de marzo de 2020 y levantó los términos de suspensión para expedir resoluciones de clasificación arancelaria, unidades

funcionales y resoluciones anticipadas. o o FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su: anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973... - Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto “único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. : Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, - ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 94.03 “Los demás muebles y sus partes.” - Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” RESOLUCIÓN NÚMERO 4499 | - de 30DE JULIO DE 2020 Hola:

. Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional— Artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria. a petición de cualquier interesado. : Resolución 0046 de 2019, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasifi icación arancelaria a petición de cualquier interesado. a CONSIDERACIONES DEL DESPACHO. _ Se reanudan los términos de atención de la solicitudde resolución de clasificación arancelaria a peticiónde cualquier interesado, radicados Nos. ESGTA202000046 y 000E2020003933 del 07 de febrero de 2020, conforme a la Resolución 41 del 5 de mayo - de 2020, mediante la cual se levantaron las medidas de suspensión de expedición de resoluciones de clasificación arancelaria, y que entró a regir el 6 de mayo de 2020. En la información allegada mediante radicados Nos. ESGTA202000046 y 000E2020003933 - del 07 de febrero de 2020 y radicado virtual No. 000E2020903251 del 02 de junio de 2020, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como una estructura formada - por varios módulos desmontables, el armazón está compuesto por travesaños fijados a los montantes, fabricados en acero galvanizado; se encuentra cubierta por paneles metálicos recubiertos de plástico, que protegen los componentes interiores. |

internamente, cuenta con dos columnas de bandejas con separadores y divisores para crear varios compartimientos, ubicadas en la parte delantera y la trasera, de la estructura; en la parte central se encuentra una plataforma de elevación, provista de poleas montadas en la parte superior y en la parte inferior un motor. autofrenante que moviliza el ejes vertical - del elevador. - Enel frente hacía la parte inferior o base tiene una ventana denominada “bahía”, compuesta por una estructura metálica, en la cual están montados los soportes sobre los cuales se ' - deslizan las bandejas para alcanzar el área de ' picking”, en el lado derecho tiene instalado dos microinterruptores que detectan la presencia de la. bandeja. Además, en el fondo de esta ventana se encuentra una puerta con dispositivo de cierre automático. : También cuenta con otra serie de elementos como son: - Apuntador láser, ubicado en la parte interna de la bahía, es un puntero indicador que identifica la posición de un artículo en la bandeja. : - Barra led alfanúmerica, es una ayuda visual para el operador que le indica la cantidad de artículos a retirar o alimentar en las bandejas y adicionalmente la información asociada al producto (nombre, referencia, código). Se ubica en la Bahía de la máquina. « Sistema “Put to light”, no se encuentra dentro del aparato, se ubica en una a estantería aparte, tiene comunicación directa con la máquina a través de cable de datos, es un artículo auxiliar. Está diseñado para el alistamiento de múltiples pedidos de manera simultánea, compuesto por 40 displays, tíeles de montaje, cableado de alimentación y control... - Sistema eléctrico, integrado por Jos siguientes componentes: - Un cuadro eléctrico, situado en la parte inferior, se encuentran todos los compóñéntes

eléctricos que se encargan de controlar todo el movimiento del aparato, suministra protección de los componentes eléctricos contra los agentes externos. + Un panel de mandos (“Copilof”), con pantalla táctil, desde la que se maneja el equipo, facilita la información y el acceso completo al usuario para cualquier tarea requerida) RESOLUCIÓN NÚMERO 4493 de 30 DE JULIO DE 2020 HojaNo.4Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier interesado incluyendo diseños gráficos de la bandeja. Tiene un pulsador para la parada de emergencia que, si se presiona, detiene todo movimiento de la máquina quitando la alimentación a todos los actuadores. El pulsador de emergencia está dotado de bloqueo mecánico con restablecimiento manual. + Un sistema a bordo de la máquina, el encendido y apagado se realiza desde un botón ubicado en la bahía, cuenta con barreras eléctricas de seguridad. Se suministra cone l Software WMS, el cual gestiona el inventario y es para instalar en un computador externo, “Tiene como función el almacenamiento y la extracción de materiales y productos de forma automatizada, los cuales son ubicados en unas bandejas. También permite controlar de manera adecuada el inventario, resguarda de contaminantes externos (polvo, humedad) garantizando la seguridad de la mercancía almacenada en el interior. Para su funcionamiento el operador acciona las funciones desde el panel de mandos (“copilot”) o a distancia mediante un PC; el elevador central es el encargado de movilizar: las diferentes bandejas por el eje vertical de la máquina, por medio de un dispositivo de

toma bandejas con cadena, las retira y deposita desde y hacia el punto de extracción y carga del operario ubicado en la bahía. Las unidades tienen una altura de 10,9 metros, un ancho de 4,50 metros y una profundidad de 3,6 metros, está conformada con 52 bandejas dde almacenamiento y sistema de doble bandeja con bahía interna. . De acuerdo con lo anterior, arancelariamente por las características y la función que realiza de almacenar productos en unas bandejas, de las que son extraídos cuando se requiere o se cargan cuando se agotan, la mercancía anteriormente descrita en virtud de la Regla General interpretativa 1 corresponde a una estantería fabricada en metal, comprendida en la partida 94.03 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica por la subpartida 9403.20.00.00 del Arancel de Aduanas En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 9403.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como estantería en metal para el almacenamiento. de diversos productos, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de diciembre de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Señora María Amelia Jiménez Mazuera, representante legal de

la sociedad Agencia de Aduanas Blu Logistics S.A. Nivel 1, identificada con cédula de ciudadanía 30.391.078, en la Carrera 54 No. 5 C — 33 piso 2, en Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Artículo 319 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019) br,

RESOLUCIÓN NÚMERO 4493 - de 30 DE JULIO DE 2020 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad - con lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 314 de la Resolución 0046 de 201 9 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. E ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de - 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos - Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE : - 30 DE JULIO DE 2020 a)

TELA AS MG GARCÍA - Jefe (A) de la Coordinación déServicio de Arancel

  • Subdirección de Gestión Técnica Aduanera

Proyectó: Myriam Inés Consuegra Cerpa

Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata 1

E AN Coordinación de Holíicaconos

O. nice meri ent Fantri Bogotá, D.C, 20 0cT 000 57 2000 : Se certihos Que $1 afieilo: ato pamm arrativo ge :: publicaoc en DIARIO SHA DicionN +

Mo: 51-443 Edo: ZA.

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