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DIAN - Resolución 465 de 07-10-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 465 de 07-10-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

POR Una CHLQSBIA 2400

RESO! CIÓN NÚMERO 4 6 5

(10.7 001.202 Por la cual se habilita-el trabajo en casa LA DIRECTORA SECCIONAL DE ¡IMPUESTOS Y ADUANAS TUNJA (A) En uso de las facultades conteridas mediante la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, y de conformidad con la Resolución 000035 del 15 de marzo de 2022 y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional expidió ta Ley 2088 del 12 de mayo dei 2021, “Por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan útras disposiciones”, definiendo. en el:artículo segundo el trabajo en casa como “fa habilitación al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuerá del 'sitió donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral, o legal y reglamentaria respectiva, hi tampoco desmejorar las condiciones del contrato laboral, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y fas comunicaciones”. Que el Director General de la U.A,E.- DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES — DIAN, expidió ta Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, “Por la cual se habilita el trabajo en casa, se dictan lineamientos generales para su habilitación y se-delegan funciones en la U.A.E, Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”, definiendo en el artículo primero el objeto de la habilitación del trabajo en casa como “...una forma

transiloría de prestación del servició en situaciones ocasionales, excepcionales o especialesen la U.A.E.- Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN.... Que las instataciones dela Dirección Seccional de: Impuestos y Aduarias de Tunja, en desarrollo dei proceso contractual consignado en el contrato LP-00-002-2022, cuyo objeto contractual es “Realizar a precios unitarios fijos tas obras de adecuación, reparación y mantenimiento de la sede de la DIAN en la ciudad de Tunja”; da lugar a una situación especial, que a la tuz del artículo primero de ja Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, genera riesgos e inconveniencia para laborar en su sitió de trabajo habitual a los servidores públicos, contratistas y pasantes de la División de Servicio al Ciudadanode la Dirección Seccional de Inipuestos y Aduanas de Tunja, Que, mediante Resolución No..090 de! 07 de abrild e 2011, se establecióe l horario de trabajo de los funcionarios de lá Dirección Seccionalde Impuey sAdtuaonáss de Tunja de la Unidad Administrativa Especial — Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de lunes a viernes de 07:30 am. a 04:30 p.m., en jornada continua, garantizando la continuidad. en el sérvicio y una excelente atención a los clientes y usuarios. Que, con el fin de garantizar los deberes y derechos en matería laboral de riesgos laborales, el Decreto 1072 de 2015 estableció las condiciones: laborales que: regirán las relaciones entre la entidad y los servidores públicos que se encuentren en trabajo en casa.

Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1? Habilitación de trabajo en casa. Habilitar la modalidad de trabajo en casa alos servidores públicos, contratistas y pasantes de la División de Servicio al Ciudadano de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja, a partir de la fecha de comunicación del presente acto administrativo y “bajo los lineamientos contenidos en la presente resolución, exceptuando. aquellos servidores que la Directora Seccional y la Jefe de la División de Servicio al Ciudadáno-(A), consideren que deben realizar sus actividádes de forma presencial para el correcto funcionamiento de la Entidad y el cumplimiento de sus: objetivos. Parágrato 1%: La habilitación del trabajo en casa no modifica ni. afectá los derechos y garantías establecidos en las normas ni las condiciones laboralés establecidas: la] pactadas ál inicio de la relación laboral. ARTICULO 2”: Duración de ta modalidad de Trabajo en Casa: El trabajo en casa tendrá una duración máxima de tres 3 meses, contados a partir.de la. comunicación del presente acto administrativo, prorrogables por una única vez. En caso dé persistir las circunstancias que impidan a los servidores públicos, contratistas y pasantes adelantar sus labores en la Sede de la Entidad, la ñI gura del Trabajo en Casa se podrá extender hasta que estas circunstancias especiales se superen. l Continuación de la Resolución No. ! 2 dele rla cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la División de Servicio al Ciudadano de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja

Hoja 4 2. ARTICULO 3: Jornada de Trabajo: La jornada laboral de trabajo:en casa será la establecida en la Resolución No. 090 del 07 de abril de 2011, expedida por la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja, de la siguiente manera: De lunes a viemes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. en jornada contínua ARTÍCULO 4, Respeto a las garantias laborales. Durante el periodo que dure el trabajo en casa, los servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo como director, Jefe de División, Jefe de Grupo Interno de Trabajo, deberán respetar los: beneficios a que se tiene derecho por parte de sus respectivos colaboradores dentro del marca de la respectiva relación laboral, en especial, la jornada de trabajo, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentrod.e la jornada laboral, derechos de asociación y negociación sindical. Así mismo, se deberá respetar ej derecho de desconexión laboral digital, de tal forma que las tareas encargadas por el superior no interfieran con el descanso, vacaciones, permisos y los espacios familiares del servidor público que ejerce desde casa sus labores, observando los lineamientos del a Resolución 001188 del 22 de julio del 2022, "Por la cual se adopta la Política de Desconexión Laboral para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales UAE-DIAN”. ARTÍCULO 5”: Lugar de Trabajo en Casa: La prestación del servicio se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público :a través de Mi portalKactus; para' los pasantes será el domicilio informado a la

Coordinación de Personal del Despacho, a la fechade su ingresoa la Entidad.

Parágrafo: En todo caso debe tenerse en cuenta, que es prioridad prestar la debida atención al público contribuyente y usuario aduanero y cambiario que asi lo solicite, de tal forma que cuando dentro de la jornada laboral se requiera realizar trámites que exijan la atención presencial, los servidores a quienes corresponda deberán hacer su desplazamiento a las instalaciones de la Entidad, sin que dicha exigencia signifíque la terminación de la habilitación del trabajo en casa. La presencia requerida del servidor en la sede de las instalaciones de la Entidad deberá ser coordinada con su jefe inmediato, quien informará de ello a la División

Administrativa y Financiera. ARTICULO 6”: Elementos de trabajo. Ordenar a la jefe de la División de Servicio al Ciudadano, que previo a la autorización de trabajo en casa, se acuerde con sus colaboradores la necesidad de disponer de sus propios equipos y demás herramientas de trabajo. Parágrafo 1. En caso de que el servidor manifieste tal necesidad, ta Dirección Seccional analizará la posibilidad de brindarle dichos equipos o elementos, de acuerdo. con los recursos disponibles; para lo cuat deberá mediar acuerdo entre esta Dirección Seccional a través de.la División Administrativa y Financiera y el servidar, y se difigenciará el formato que se establezca para los efectos, previa autorización de la oficina competente del Nivel Central, Parágrafo 2. En caso de que los equipos de trabajo sean brindados por la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja, el servidor público será responsabled.el cuidado, destinación y custodia de dichos equipos,

por la que, en caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la entera responsabilidad ante lo ocurrido. Para tales efectos, se suscribirá entre las partes un formato que dé cuenta, además de las características de los equipos de trabajo entregados, de las condiciones de estos Parágrafo 3. Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la información, por lo que, ante el uso inadecuado del a misma o la exposición ante terceros de información privada de la Entidad, el servidor público será responsable por el mal manejo de dicha información. ARTÍCULO 7”. Comunicación: A través de la División Administrativa y Financiera de esta Dirección Seccional, comunicar el contenido de la presente resolución a los servidores relacionados a continuación, con copia a la División Administrativa y Financiera para que:se publique esta resolución en lugares visibles al público: Nombres Apellidos Correo electrónico BLANCA INES VEGA PANQUEVA: bvegapO dian.gov.co GUILLERMO MORALES RODRIGUEZ gmoralesríO dian.gov.co LUZ MARINA DIAZ ROJAS IdiazrO dian.gov.co MILTON JOSE DEL, CARMEN BERNAL AVILA mbernala(Ydian.gov.co NEYDER HARLEY AVENDAÑO SUAREZ navendanosóO dian.gov,co ROMAN GERARDO VANEGAS AMEZQUITA |] rvanegasa(Wdian.gov,co ANGELICA MARÍA PACHON TORRES apachontOdian,gov.co CESAR HERNANDO ESPANOL CUBIDES cespanolcO dian.gov.co Continuación de la Resolución No. .d ae 7 OCT. rla.cual se habilita el trabajo en casa para los

funcionarios de la División de Servicio al Ciudadano de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja Hoja $ 3. DAIRO YOBANY ORDONEZ GALINDO dordonezgO dian.gov.co DIEGO ARMANDO PEREZ ROJAS dperezrOdian.gov.co GLORIA EMIESEN ROJAS MEDINA grojasm(Ddian.gov.co HERNAN DARIO DIAZ PARRA hdiazp2E dian.gov.co JESUS RICARDO JIMENEZ PACHECO jimenezpOdian.gov.co

JUAN PABLO GACHA¿QUINTERO JGACHAQODIAN.GOY.CO

MARIA NILEFE SANABRIA GUTIERREZ. | msanabriagOdian.gov.co MYRIAN FIGUEREDO BONILLA |mfigueredobGdian.gov.co ARTICULO 8?..A través de la División Administrativa y Financiera de esta Dirección Seccional, enviar copía de la presente resolución a la Directora Seccional y al servidor que proyectó él presente acto administrativo. ARTÍCULO 9". Publicar el presente acto administrativo en la página WEB de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales vwww.dian.gov.co. ARTÍCULO 10”. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Tunja a, 9 1 oCL lbn kenarr DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUEST ADUANAS DE TUNJA (A) Resolución N 009350 del 06 de octubre de 2022 Proyecto. Henty Orlando Zambrano Chaves.

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