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DIAN - Resolución 4839 de 29-09-2017

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 4839 de 29-09-2017
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2017

O SA 2111 — Diseoción 02 impuestos y ALU2nas Macernalas RESOLUCIÓN NÚMERO (004839 ) Por la cual se habilita el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá EL. DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS DE BOGOTA (A) En uso de las facultades legales y en especial la conferida en el numeral 11 del artículo 11 de la Resolución No. 0014 de noviembre 04 de 2008 y CONSIDERANDO Que el artículo 305 de la Ley 1819 de 2016, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria, establece como fecha límite el día 30 de septiembre de 2017, para la radicación de solicitudes de conciliación en procesos contenciosos administrativos, en materia tributaria, aduanera y cambiaria. Que en aras de cumplir con la norma citada y prestar un mejor servicio a nuestros usuarios, permitiendo la radicación de solicitudes de conciliación hasta la fecha límite, se habilitará como horario de atención al público el día sábado 30 de septiembre de 2017. En virtud de lo anteriormente expuesto, este Despacho RESUELVE ARTICULO 1. Habilitar como día hábil de las 8:00 a.m. a las 4:00 p.m. del día sábado 30 de septiembre de 2017, el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá ubicada en la Carrera 6 No. 15-32 de Bogotá D.C., por las consideraciones anteriormente expuestas. ARTICULO 2".: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

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