DIAN - Resolución 497 de 28-01-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 497 de 28-01-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
A
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA
| | RESOLUCIÓN NÚMERO 000497 ] IN o 428.ENE,
2021) . Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria | a Petición de Cualquier interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA. A _ SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA o Em uso , de las facultades legales q€ ue le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011. de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202000488 del 07 de octubre de 2020, la Señora y Alexandra Arcila Loaiza, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.037571.482, representante aduanero de la sociedad Bancolombia S.A. con NIT 890.903.938-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para lamercancía denominada técnica y comercialmente como “SISTEMA DE COGENERACIÓN -DE ENERGÍA Y CALOR”. : La interesada adjuntó a ta solicitud: descripción de la mercancía en dos (2) folios, documento descripción del proceso de Permoda Ltda. en veintiocho (28) folios y copia del recibo de pago en un (1) folio. l o La solicitante pagó “ochocientos setenta" yA ocho mil pesos mete. 6 678. 600), según - comprobante de transferencia del 05 de octubre de 2020 de Bancolombia. al banco de a
o : o Bogotá. Mediante oficio No. 1002273421677 “del 10 de noviembre" de 2020 = radicado No. 00082020906970 del 11 de noviembre de 2020, este Despacho solicitó: especificar cuál esla potencia de la energía generada por el sistema; indicar el tipo de corriente eléctrica que - se genera (alterna, continua); especificar las características de los equipos que hacen parte “de la solicitud, elementos que los conforman con sus cantidades, funcionamiento u . operación, capacidad de producción; informar cómo se interconectan los tres equipos objeto de importación, además, como en el documento anexo de descripción del proyecto indican que la información es confidencial, aclarar, cuál tiene el carácter de reservada. Con escrito radicado No. 000£2020919760 del 21 de diciembre de 2020, la solicitante. da respuesta al Z l requerimiento, renunciando al término restante otorgado. Por medio del formato de solicitud se indicó que se notifique a Alexandra Arcila Loaiza en o la Calle 16 No. 41. - 210 oficina 404, en Medellín =- Antioquia.
|d UlGAMENTOS ED É DERECHO.
Convenio. del. Sistema Armonizado de Designación y. Codific cación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. ] : Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? mde m RESOLUCIÓN NÚMERO 000497 | de 28 ENE 2021 HojaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla Genera! interpretativa 1 “l os títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de : Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos . individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, Órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 85,02 “Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos.” - Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos
de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional — Artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. . : : o Resolución 0046d e 2019, de la Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesArtículos 313, 314 y 316, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria. a petición de cualquier interesado. o
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.
En la información allegada mediante radicados Nos. ESGTA202000488 del 07 de octubre de 2020 y 000E2020919760 del 21 de diciembrede 2020, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como una serie de equipos que trabajan conjuntamente para la generación de energía eléctrica y térmica. o El sistema utiliza gas natural procedente de la red pública como combustible principal, el cual ingresa a un grupo electrógeno (motogenerador) y a una caldera de generación de vapor, el proceso se realiza de la siguiente manera: En el motogenerador, que se compone de un motor de combustión interna que se encuentra acoplado a un generador eléctrico (alternador) se transforma la energía mecánica en energía eléctrica, durante esta operación se generan gases de escape, los cuales transfieren su energía térmica al equipo generador de vapor de recuperación de calor, que: se surte de agua procedente de un tanque por medio de tuberías, hirviéndola hasta su punto
RESOLUCIÓN NÚMERO. 000497 a de 28 ENE 2021 Hoja ho.
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación. _Arancetaria a Petición de - Cualquier Interesado de ebullición yy convirtiéndola en vapor, que se utiliza para suplir parcialmente la demanda -en los procesos requeridos. Luego de ceder la mayor cantidad de su energía térmica. al - agua, los gases calientes, salen por la chimenea al exterior. : En la caldera de. generación de vapor, se dallentá él aguá usando la energía de la combustión del gas natural, por mediod e tuberías se interconecta con el equipo de recuperación de calor e interactúan en el sistema a través del distribuidor de vapor, la. tubería y líneas que alimentan la planta, acorde a la demanda yla variación de presión del sistema. : : l El proceso. utiliza. un. sistema de agua tratada, compuesto por un tanque para el. almacenamiento del líquido, conectado a las calderas de recuperación y generación de: vapor a través de tuberías; provisto con sus válvulas de control, seguridad y de derivación: respectivas, a este también llega el agua condensada recuperada de las líneas de vapor. La operación . conjunta. y simultánea de. los equipos permite la. entrega: de la. energía eléctrica, para la alimentación de los equipos e instalaciones de la planta en la cual se: pondrá en funcionamiento, y también genera vapor saturado, en la cantidad, presión y ec ondiciones necesarias. : : La energía eléctrica generada €e s de tipo alterna, trifásica, con una potencia de 1.001 kWe, %
“adicionalmente, el motogenerador tiene la capacidad de entregar 1.219 kWt de energía térmica, potencialmente recuperable para el sistema de cogeneración de los cuales 581 --kWt serán 1 aprovechados para l| a generación de vapor en la caldera de recuperación de Calor. Los equipos que conforman el sistema son los siguientes: i
A. Un (1) motogenerador, potencia eléctrica 1001 KWe: potencia térmica gases de escape -- 581 kWt, este es un motor de combustión interna (reciprocante). que utiliza gas natural como. combustible principal, y que a su vez está acoplado a un generador eléctrico - (alternador), que transforma la energía mecánica del motor a gas en energía eléctrica; el . flujo y la presión del gas, se controlan mediante una válvula de cierre y un regulador de presión
2. Un (1) generador de vapor de recuperación de calor de 99 BHP, los gases de escape . a calientes se utilizan para generar vapor; funciona como una caldera sin combustión, por - lottanto, no tiene un quemador ni controles asociados a este. La velocidad de producciónde vapor se controla con una válvula moduladora de derivación, la cual dirige los gases de escape calientes del motor alrededor de las superficies de calentamiento, en caso - que la demanda de la instalación sea menor a la de la capacidad de producción; también - cuenta con controles de nivel y válvula de alimentación de agua.
3. Una (1) caldera de vapor de 200 BHP, a gas natural, suministra vapor a las instalaciones ee através del sistema de tuberías; cuenta con controles de nivel de agua que mantienen. - el nivel adecuado abriendo y cerrando la válvula de agua de alimentación, además,
proporciona al contro! del quemador una señal de apagado en caso que el agua baje; . - también dispone de controles de ignición que monitorean la válvula piloto, la válvula de -. - gas principal y el soplador de corriente de aire para purgar correctamente la caldera e iniciar el quemador principal junto con el mantenimiento de la presión predeterminada Z del sistema estabilizada. Si el nivel de agua se desvía hacia abajo, los controles -apagarán automáticamente el quemador, se abrirá una válvula de seguridadmecánicamente operada en caso de que la presión interna de la caldera supere el puntode consigna (de “seteo”) de la válvula de seguridad. La química del agua se controla . o mediante inyección química y soplado Eblowdown O). o Ap RESOLUCIÓN NÚMERO 000497 o de 28 ENE 2021 HojaNo.4 Ñ Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Los equipos listados anteriormente, están dispuestos para realizar conjuntamente la - generación de energía eléctrica alterna y energía térmica como vapor, a partir de gas natural como fuente de combustible, las cuales serán utilizadas en el proceso de producción que se lleva a cabo en la planta en la que operan los equipos, donde la función netamente definida está determinada por el grupo electrógeno; por lo que de conformidacodn la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 la mercancía está - - comprendida en partida 85.02 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación
- de la Regla General interpretativa 6 se clasifica por la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas. : - En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Ara ncel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificarl a mercancía descrita en la presente resolución, en lasubpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, como unidad funcional para la cogeneración de energía eléctrica y térmica, en la que función netamente definida está dada por el grupo electrógeno de corriente alterna, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de diciembre de 2016 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Señora Alexandra Arcila Loaiza identificada con cédula de ciudadanía No. 1.037.571.482, representante aduanero de la sociedad Bancolombia SA. en la Calle 16 No. 41 — 210 oficina 404, en Medellín - Antioquia, de conformidad con los: Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Artículo 319 de la Resolución Reglamentaria 0046de 2019. o ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo - procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual
- deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 20109, el Artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998, o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica - ¡¿Adyangra para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
y Coordiden Naotcifiicacóionnes . o y : Mve! Sentra Bogotá, 0.0. + : 17 MAR 2021 o NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE lunas 28 ENE 2021 Se certifica an) € 8l anterio: acto apemnisirativo tus publcacr er DIARIA OFICIAL EDiICIÓ mM: st. 617, Pas. 38. Y Subdirección de Gestión Técnica Aduanera
Proyectó: Myriam Inés Consuegra Cerpa
Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata