DIAN - Resolución 5 de 08-01-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 5 de 08-01-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
y DIAN po = ur Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO 00005 ( 8 de enero de 2020 ) Por la cual se modifica el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ibagué para el día 10 de enero de 2020. EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE IBAGUE (A) En uso de la facultad delegada el numeral 11 del artículo 11 de la resolución No.0014 del 04 de noviembre de 2008, la resolución No. 009207 del 25 de noviembre de 2019 y, CONSIDERANDO Que la jornada ordinaria laboral vigente de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de lbague está establecida en el horario de 7:30 am a 4:30 pm. de lunes a viernes con atención al público de 7:30 am. a 3:30 pm. Que la arquitecta residente de obra ha informado al Director Seccional sobre el cambio de cubierta del patio Central a partir del viernes 10 de enero a las 3:00 pm, lo que representa riesgo para para los funcionarios y contribuyentes que se encuentren al interior del edificio, se pueden presentar caída de objetos y/o material particulado en el patio central de atención al público, igualmente se aprovechara para realizar el cambio de tubería de los tanques. Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario modificar la jornada laboral para los funcionarios y atención al público hasta las 3 p.m. por el viernes 10 de enero de 2020 Que, con mérito en lo anteriormente expuesto este despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer jornada laboral y de atención al público para el día 10 de
enero de 2020, en el horario de 7:30 a.m. a 3:00 pm.
ARTÍCULO SEGUNDO: Garantizar la prestación del servicio para el día 10 de enero de 2020 en las áreas de Correspondencia y Notificaciones en el horario de 7:30 am. a 3:30 pm. en jornada continua.
ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Ibagué, (18 ENE. 2020 Dn
Director Se
Proyectó: Diana Lucia Romero Martín 8/01/2020