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DIAN - Resolución 504 de 20-05-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 504 de 20-05-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

RESOLUCIÓN NÚMERO 000504 ( 2 0 M A Y 2 0 2 2 ) Por la cual se efectúa una delegación EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de las facultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política; artículos 9, 10 y 11 de la Ley 489 de 1998; y artículos 8 y 80 del Decreto 1742 de 2020 y CONSIDERANDO Que la Constitución Política establece en el inciso 1º del artículo 209 que "la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de fundiciones’, y en el artículo 211 que "la Iey fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades." Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 indica que “las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.” De igual manera, que en el parágrafo del artículo precitado se dice que “los representantes legales de las entidades descentralizadas podrán delegar funciones a ellas asignadas, de conformidad con los criterios establecidos en la presente ley, con los requisitos y en las condiciones que prevean los

estatutos respectivos.” Que los artículos 10 y 11 de la Ley 489 de 1998 señalan los requisitos de la delegación y las funciones de las autoridades administrativas que son indelegables. Que el artículo 80 del Decreto 1742 de 2020 determina que las funciones del Director General podrán ser delegadas, entre otros, en el empleado público de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que mediante resolución designe para el efecto el Director General. Que la Sentencia T-606 de 2015 de la Corte Constitucional ordenó a la Unidad Administrativa del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia diseñar y ejecutar un Plan Maestro de Protección y Restauración del Parque Natural Nacional Tayrona. Que el artículo 62 de la Ley 1333 de 2009, “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones, dispuso que diversas entidades, entre ellas la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, deberá ofrecer su apoyo y acompañamiento a las autoridades ambientales, pudiéndose crear para el efecto “comités de control al tráfico ilegal de especies silvestres, a fin de prevenir, evitar y controlar el

RESOLUCIÓN NÚMERO 000 5 0 4 d e 2 0 MAYO 2022 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución Por la cual se efectúa una delegación aprovechamiento, la movilización, transformación, comercialización nacional e internacional de las mismas.” Que la Unidad Administrativa del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia en el Plan Maestro de Protección y Restauración del Parque Natural Nacional Tayrona, involucró a la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales en el Comité de Apoyo y Acompañamiento de que trata la norma antes citada, y en el desarrollo del Plan Maestro de Protección y Restauración del Parque Natural Nacional Tayrona. Que como quiera, que el Director General y representante legal de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales debe cumplir múltiples compromisos en la ciudad de Bogotá por el ejercicio propio de su cargo, y se requiere hacer lo más eficiente posible la intervención de la DIAN en el cumplimiento del mandato judicial, se considera procedente delegar al Director de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Nacionales de Santa Marta, para participar en el Comité creado por la Unidad Administrativa del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia dentro del Plan Maestro de Protección y Restauración del Parque Natural Nacional Tayrona, y para que asista a todas las reuniones que se programen por las diversas autoridades en esa ciudad sobre el mismo asunto. El Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta, en su calidad de delegado del Director General para la mejor toma de decisiones deberá soportarse en el director de gestión del área responsable en el Nivel Central de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales que tenga la competencia, según el tema propuesto en el Comité de Apoyo y Acompañamiento establecido por la Unidad Administrativa del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia en el Plan Maestro de Protección y Restauración del Parque Natural Nacional Tayrona. Lo anterior además teniendo en cuenta que tanto las reuniones como las actividades necesarias para el cumplimiento de la mencionada acción constitucional de Tutela, se desarrollarán en Santa Marta o en otros municipios del departamento del Magdalena, es decir dentro de la competencia territorial

de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta, de conformidad las normas de competencia establecidas por la entidad. En virtud de lo anterior, RESUELVE ARTICULO 1º Delegar en el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta, su participación en el Comité de Apoyo y Acompañamiento establecido por la Unidad Administrativa del Sistema de Parque Naturales de Colombia en el Plan Maestro de Protección y Restauración del Parque Natural Nacional Tayrona y en todas la reuniones que tengan que ver con el cumplimiento de la acción constitucional de Tutela mencionada en la parte motiva, que deban desarrollarse en el departamento del Magdalena, competencia territorial de la Dirección

RESOLUCIÓN NÚMERO 000 5 0 4 d e 2 0 MAYO 2022 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución Por la cual se efectúa una delegación ARTICULO 2º Comunicar la presente resolución por intermedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa al DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE SANTA MARTA, a su correo institucional. ARTICULO 3° Remitir copia de la Presente Resolución a través de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa al Despacho de la Dirección General. ARTICULO 4° Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. ARTICULO 5° La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 2 0 M AY 2022

LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA

Director General Elaboró. Diana ChaparroSubdirección Representación Externa Aprobó. Liliana Andrea ForeroDirectora de Gestión Jurídica Hash - e48a1b0815f51ef6ec51f0613ecc5bea

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