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DIAN - Resolución 5046 de 09-07-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 5046 de 09-07-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

"POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA

RESOLUCIÓN NÚMERO cosas A ( DE Junio DE 2024) “Por la cual ss e decide el Rec so. de Apeladió Sp esto por la Sociedad SOLENIS. e COLOMBIA S.A,S, con NIT. 900.671.882-2 6 a Resolución de Clasificación. E Arancelaria A Petición de Cual quier Interesado A , 00 594 del 12 de márzo de 2021 y

RECURRENTE: María Camila Mejia Kerguelén o IDENTIFICACIÓN: 1.063.841,430 0000

- TARJETA PROFESIONAL: | 321.654 del e. S. de la:

1 CALIDAD: | Apoderado A EMPRESA: Solenis Colombia SA. S. O 900. 871. $82: 2 E PROCESAL: o - ES scorreaGomalegal co: A DIRECCIÓN FE ÍSICA e E e E 9) icina BOB | Edificio Milla de Oro.

CIUDAD: e o Medellin | DEPARTAMENTO: Antioquía: o AN 1 ACTO IMPUGNADO: . -- Resolución No. 001594 del 12 de marzo 2021 EN ¿FECHA NO MAICACIÓN: 18 de marzo de 2021 000 4 FECHA PRESENTACIÓN -05 de abril de 2021- -Radicado. No. 01462. ES A RECURSO: EN en 1/8 Dirección Seccional de Aduanas de Medellín LA 4 SUBDIRECTORA DE GESTION TÉCNICA ADUANERA - artículos 74 y siguientes: del Cós o Administrativo, teniendo. en 1 cuenta los siguientes, de. 2021. de: la Coordinación del Seivicio

: técnicamente: “COPOLÍMERO y (roeaeniic hcádo con cédula enis: Colombia. 1.063.641. : ap Dirección Seccional de Aduanas de Medellín interpuso recurso de apelación contra la

- RESOLUCIÓN NÚMERO 005046de 9 DE JULIO DE 2021 ___Hoja No. 2

Continuación de la Resolución por la cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por la sociedad SOLENIS COLOMBIA S.AS, con. NIF. 900,671,882-2 contra. la Resolución de : Clasificación Arancelaria No. 001594 del 12 de marzo de 2021; : Mediante Autó No. 000535de abril 30 de 2021 se decretó la siguiente prueba de oficio con € fin de decidir el recurso de apelación interpuesto por la señora María Camila Mejía Kerguelén, con cédula de ciudadania No. 1.063.641.430, actuando en calidad de apoderada de la sociedad Solenis Colombia S.A.S., contra la Resolución de Clasificación Arancelaria No 001594 del 12 de marzo de 2021. o ““Oficiar a la señora María Camila Mejía Kerguelén, identificada con cédula de ciudadanía No. - 1.063.641.430 (sic), para que haga llegar a este Despacho la siguiente información respecto de l Ca ONJme Ur Gca An Dc Oia COd Ne no Dm Ii Mn Aa Pd Aa - QUt Aé Tc "n .i ca Sm ee nt he a ce " énC fO asP iO s LÍ enM E qR ueO la rB eA sS pE u. e staV IN dI aL d a — a F cO aR daM A uM nI a DA de

las preguntas realizadas en el presente requerimiento debe ser clara, precisa y concreta y la información deber ser adicional a la quey a se ha suministrado con motivo de la solicitudde clasificación y el recurso presentado. :

4. Dentro la información aportada con el radicado inicial de solicitud de clasificación se indica en el cuadro Ingredientes reactivos: Y Ninil formamida Y Iniciador AZO o Y Hidróxido de sodio al 25%

Y. Ácido clorhídrico 35% (HCI)

Y Monómero Quat 80%. Insumos que se muestran en las diferentes etapas del diagrama de flujode l proceso de - producción del producto denominado comercialmente "PERFORM PC 3988". o Se requiere entorices: a) Se aclare porque en la radicaciódne solicitud de. clasificación lossiguientes tres. - componentes sólo aparecen en el producto y no en los insumyo asnte; la pregunta realizada por la Coordinación del Servicio de Arancel de “Señalar en qué fase o fases de la fabricación se adicionan el formiato de sodio, el fosfato de disodio y el bisulfito de sodio", : se responde: _ o o e % “Fosfato disódico, inicio de la reacción ántes de la polimerización - subproducto Formiato de sodio durante el proceso de hidrólisis - subproducto _ Bisulfito de sodio después de la polimerización final - Materia prima” (subrayado nuestro) b) Que se quiso decir con: subproducto y materia prima Cc) Si: los tres compuestos Fosfato 'disódico, Formiato: de «sodio.y Bisuifitdoe sodio,

corresponden a materias primas, se solicita en el mismo diagrama de flujo que fuesuministrado con el radicado inicial, señalar la etapa en que son adicionados, así como. indicar la función que cumple cada uno en el proceso para que se requiera su adición +. d) De tratarse de subproductos, además de señalar en el mismo diagrama anterior la etapa +. doride son obtenidos, indicar de que reacción química se obtienen, partiendo de la base .: de que los tres (formiato de sodio, fosfato disóy dbiisulcfitoo. de sodio) son sales orgánicase inorgánicas, respectivamente. . Ñ : o e o

2. En los antecedentes también se indica que la reacción que se lleva a cabo es: Polimerización de vinil formamida, hidrólisis para obtener polivinilamina, luego adición del -monómero cloruro de (3 acridomidopropil trimetil amonio) y neutralización para obtener la siguiente estructura: NN os

o RESOLUCIÓN NA ÚMERO 005046 de $ DEJ ULIO DE 2021 Hoja No. 3 E > Manómetros lespañel. o . . Ivi formando 2? 7 . Clofufo dé 3celamiopropi) trimettlamónto , no 097% - Pe o Moteculai: : » Mis" 340.000 Deltons Se solicita: o 3 Si la estructura antes señalada es 8 resultado del proceso deseri to en la solicitud de 0 clasi ificación, es posible: afirmar que: .¿hay.dos procesos de polimerización? ¿El primero. - dónde sé: obtiene polivinitamina: y el. segundo donde ésta reacciona: con el monómero

o cloruro de (3 acridomidopropil trimetil amonio)? o Do - b) (¿Sino es posible afirmalro . anterior entonces qué tipo de reacciones ocurren? e): Teniendo en cuenta que “Mecanismo de reacción” se define. como; la secuencia de reacciones: elementales que: deben ocurrir para. pasar de los reactivos alos productos, - Ándicar paso a paso p iendo de las materias primas, hasta. llegar. al Producto. cuyaestructura se muestra.en el punto 2 anterior : : d) Qué tipo de reacción ocurre para obtener el producto, adición, condensación, reorganización, otro. ¿Si.es otro cuál? - - €) ¿Cuáles el porcentaje de rendimiento de la: reacción? E -f) Según la estructura mostrada, sé observa que la relación entre un mónemero yy otro €e s. de 78 a 22, entonces se Mas afirmar a a monómero: Nvinil. formamida se química y las. propiedades « del| mencionado producto.

4. En la misma tabla de composición «del producto final se: observa que el Formiato de sodio se encuentra en una proporción de 10. 0650%, se requiere: a) Se aclare aque: se debé: el alto porcentaje en: el producto: final. -b) Si se adicionó o se formó comio subproducto. de una: reacción : ñ 6) Si se formó:como: subproducto, cuál. es. ela ] los. motivos por los cuales no se retira del producto final

-5.En el recursoo presentado se señ textualmente: Pretensión: Se. modif Je la Resolución No. 6011594 del 12z de marzo de 2021 expedida py or la

EN > Aran 1 écnica. a la Dirección El Por otra parte, en el recurso se señala: : Tratamiento de la información: RESOLUCIÓN NÚMERO. 005046 de 9 DE JULIO DE O _Hoja No: 4 Continuación de la Resolución por la cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por la sociedad SOLENIS . COLOMBIA -S.A.S, con NIT. "900, 671.882-2 contra. Ja. Resolución de Clasificación Arancelaria No. 001594 del 12 de marzo de 2021. La información aquí estipulada y remitida a Ustedes para el analisis de clasificación - arancelaria, es de carácter privado y confidencial de la compañía Solenis Colombia SAS, y no podrá ser divulgada ni usada para un fin diferente al que se ha dispuesto” Frente lo gue se solicita señalar claramente en el documento enviado qué |i nformación se debe tratar como confidencial a fin de no incurrir en un error, ya que mucha «de la información transcrita corresponde a las Notas Explicativas que son de conocimiento general de las partes contratantes y hay información que se requiere dar en la resolución por ser determinante en la decisión, El Auto No. 000535 del 30 de abril de 2021 fue notificado a la señora Maria Camila Mejía Kerguelén el 12 de mayo de 2021, según Certificación Prueba de Entrega No. RA31391952900 de Servicios Postales Nacionales, Con oficio No. 1002102270353 del 4 de mayo de 2021 notificado el día 10 de mayo de 2021 | se solicitó al interesado aportar la prueba decretada en el Auto No. 000535 de abril 30 de

2021, Conforme. lo señalado en el artículo priñiero del Auto No, 000535 del 30 de: abril de 2021 el periodo probatorio dentro de la instancia de resolución del Recurso de Apelación contra la Resolución No. 001594 del 12 de marzo de 2021 está comprendido ee ntre ei 10 de mayo de 2021 y el 24 de junio de 2021. o Con escrito radicado con No. 02190 del 8 de junio de 2021 la señora: María Camila Mejia Kerguelén remite respuesta a solicitud de pruebas, PRESUPUESTOS PROCESALES Para efectos de la 2drhisión del. Recurso de Apelación, « se procedé a. verificar sí se cumplen los requisitos señalados en artículo 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. : o : “Art. 77. -Requisitos. Por regla general l0S r+ ecursos se + interpondrán por escrito que no requiere de presentación personal si quien lo presenta há sido - reconocido 'en la actuación. Igualmente, - podrán presentarse por medioselectrónicos. o ÓN e Los recursos deberán reunir, además, los siguientes requisitos: 1. interponerse dentro del plazo legal por el interesado o su representante o 0 apoderado debidamente constituido. :

2. Sustentarse con expresión concreta de los motivos de inconformidad.

3. Solicitar y aportar las pruebas que se pretende hacer valer. -4. Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección : electrónica si desea ser notificado por este medio.. :

Respecto al requisito consagrado en el numeral qe “Interpoherse dentro del plazo legal... revisada la documentación obrante en las diligencias se observa que el Recurso ce Apelación fue interpuesto por la señora María Camila Mejía Kerguelén, con cédula de ciudadaníNao. 1.063.641.430, mediante escrito radicado con el No. 01462 del 05 de abril de 2021, en la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, es decir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al 18 de marzo de 2021, fecha de notificación de la Resolución No. 001594 del 12 de marzo de 2021; es decir, fue interpuesto. dentro delo! plazo legal.

En relación c: on la personería y presentación, se tiene. que elr recurso fue presentado por del

señora María Camila Mejía Kerguelén, con cédula de ciudadanía No. 1.063.641.430, actuando en calidad de apoderada de la sociedad Solenis Colombia S.A.S. con: NIT 900.671.882-2, calidad que acredita con poder especial otorgado por Daniel Cesar Demarco, e RESOLUCIÓN NÚMERO 00504€ de 9 DE JULIO DE 2021, Continuación de la! Resolución pc sociedad SOLENISCOLOMBIA :82-2 contra. la: Resolución: de Clasificación Arancelaria No. 00159 13 Ade d de 20 representante legal de la sociedad mencionada con diigencia: de presentación personal ante da Notaria. 41 de Medellín el 26 de marzo de 2021. Respecto. a los demás requisitos se observa que recurr nte «e n. el escrito. contentivo del

recurso sustenta los-motivos de inconformidad, ref las:p ebas que. pretende, hacer valor e indica la dirección electrónica y física para notific De lo anterior se concluye que el recurso de apelación: presentado cumple los réquisitos de : |¿procedibilidad establecidos en el artículo 77 del1 Código de Procedimiento Administrativo y de 2 lO Contencioso Administrativo. A AS o polimaro: hinfico. en solución la. polivinilamina, esencial; por lo que: resulta co Plásticos: y :Sus.: Manufacturas; Caucho y: sus Obra; en el Capítulo: 39 - Plásticos y sus Manufacturas. Así mism mo estele produc ee s formado - por cadenas poliméricas en las cuales las. unidades. monoméricas son: ligadas por grupos . vinilos Y. no habiendo. otra posíc ¡ón más específica. y dedicada a ese tipo de composición y. 7 v cladá la inclu ión: de: este entre. los polímer sde la. partida té activo), en larificación, | utilizado como: adictivo que proporciona mejoras significativas en el proceso e coagulación en diferentes tipos. de penal y cartón, siendo fácilmente: diluido en la línea antes de su aplicación, Kg. e: [BC de. 1. .000 'orresponde: clasificarse e« n la Con! lo anterior,1 80D IAN yn o sólo omitió que l1 a subpartida arancelaria sugerida por Solenis hace E lO: del caso, que eos incurrió

Sificación: f A tipo útlizaco ) e PERFORM ' ” PC ¿3955 por sus S condiciones, es. un producto que se presenta. únicamente car uc so am ro , P yo al í qm ue er o n eV ci en sí ili tc ao de iln u s eo nlu ción a ga uc au ,o sa e n : la l si in sa, e as d ed cec ui ar d, a ,n o. ae ns t e del:tipo. gl ri es gt ao rl op :a ra al sistema de la producción de papel y cartón. a L ES , RESOLUCIÓN NÚMERO 005046 de g DE JULIO DE 2021 a Hoja No, 6. o Continuación de la Resolución por la cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por la sociedad SOLENIS COLOMBIA S:A:S, con NIT. 900. 671.882-2 contra la. Resolución - de Clasificación Arancelari ia No. 001594 del 12 de marzo de 2021.

EN Por tanto, al tratarse de une solución acuosá de un Polímero Vinílico, se blisdá inferir que o - este por su característica, se incluye en la categoría de polímeros líquidos considerando, ' además, que es un producto de forma primaria; por lo que se debe clasificar :en la: subpartida arancelaria 3905,99,90.00, como "Otro Polímero de Vinilo,” en concordancia con : los textos de la Nomenclatura y las RGI del SA. l Sin embargo, si¡ bien, debido a la composición, a las propiedades y alos usos a que seo destina el PERFORM" PC 3955, es prudente que la DIAN haya revisado la partida 38.09; no puede pasar

por alto que, para ubicarse en esa partida, resulta como premisa necesaria, además de que el producto tenga uso en la industria del Y papel la falta de clasificación especifica en otras partidas. De tal “modo, de contormidád. con la información previamente mencionada. por: ser sel PEREORM'Y PC 3955 un polímero vinílico que no fue sometido a modificación estructural se caracteriza solamente como un polímero en solución acuosa alcalina; y en ese entendido, de - forma clara y precisa, no se clasífica entre los productos de la Posición 38.09. - Ahora bien, esas consideraciones están de acuerdo con la aplicación de las RGI del SA, con base en las cuales $e puede afirmar que, tal y como se explica previamente, en función de la materia constitutiva del PERFORM" PC 3955, éste se caracteriza cómo un polímero de vinilo en forma _ primaria, cuyas propiedades permiten incluirlo en la subpartida arancelaria “3905.99. 90”, no : cabiendo suce lasificación en ninguna otra subpartida”. o Adicional a lo anterior, en las pruebas y anexos que la recurrente adjunta con el recurso, se - j encuentra información, en un Certificado emitido por el consultor químico. independiente, quien brinda un dictamen pericial respecto al producto y su clasificación en el SA, el señor José Maia Dantas, que según informa la interesada en el párrafo que a continuación se transcribe, se trata de información confidencial y noes posible transcribir en esta resolución. “Por último, en el informe Ti écnico QMSLefm p? 000.103-0420emitido por el Consultor Independiente, el Químico José Maia Dantas anexo al Recurso de Apelación al acto

  • administrativo 601-1594 del 12 de marzod e 2021, en que se trata la caracterización del producto según la documentación técnica del fabricante, esta se incluye dentro de la información privada y confidencial, de uso exclusivo de la compañía.” a CONSIDERACIONES DEL DESPACHO o Sea lo primero señalar que mediante Auto No, 000535 de abril 30 de 2021 se decretó la siguiente prueba dd e oficio: : o: ficiar a la señora y María Camila Mejia Kerguelén, identificada. con y cédula de ciudadania No, -1.063.641.430, para que haga llegar a este Despacho la siguiente información respecto de la. - mercancía denominada técnicamente "COPOLÍMERO BASE VINIL FORMAMIDA CONJUGADO - CON DIMAPAQUAT”. Se hace énfasis en que la respuesta dada a cada una de las preguntas realizadas en el presente requerimiento debe ser clara, precisa y concreta y la información deber ser adicional a la que ya se ha suministrado con motivo de la solicitud de clasificación y el recurso presentado. o e

cen el cuadro ingredientes reactivos:

Y Vinil formamida : - Y Iniciador AZO Y Hidróxido de sodio al 25% Y Acido clorhídrico 35% (HC!) RESOLUCIÓN NÚMERO 203 Ss de 9 DE JULIO, DE 2024 : y Continuación de la Resoluo! ión po la cual sceo n NIT CODO 871 8822.A pelación Itepuesto por la Y Monómero Quat 80%. Ñ o Insumos que se “muestran en tas diferentes. stepás. del. diagrama! de flujo: del proceso. de o

producción del producto denominado comercialmente “PERFORM PO 3955". SN | : Se requiere entonces: a) Se aclare: porque en. la radicación de solicitud de: clasificación los siguientes tres componentes sólo aparecen en el producto y no en los insumos; y ante la pregunta realizada por la Coordinación del Servicio de Arancel de “Señalar en qué tase o fases de la fabricación se adicion: el. formiato. de 50 o el. fosfato de: disodio:Y . el bisulfito desodio”, se responde: : o “Fosfato disódico, inicio de la sui to soda durante b) Que se quiso decir con: subproducto Y materia prima - 2) Si los tres compuestos Fostato disódico, Formiato de sodio y Bisulfto de sodio, Nectar a materias primas, se: «solicita en el. mismo: diagrama de flujo que fue ¡ : a así como de que los tres: (formiato . Sugánicas e INergánicas respectivamente ' Polimerización de vinil formamida, hidrólisis para obtener.+ polivinilamina. luego adición del. monómero cloruro de (3 acridomidopropil trimetil | amonto), Y neutralización para obtener la siguiente estructura: fu - Monómeres testo ES Ñ ¡vinil foriratida. H¿C-Nacm o a ande actanidppA - e. e ? ] tiimetilamenlo” NN 0 IE EN A o AmO . Ñ Peso. Molecular : > Mera 340.000 Datos o e . donde sé: “obtiene polivir amina y el segundo donde sta féscona con elimonómero

cloruro de (3 acridomidopropil trimetil: amonio)? OE - b) ¿Sino es posible afirmar lo anterior entonces qué tipo de reacciones ocurren? a) Teniendo. en: cuenta que: “Mecanismo. de: re cción”: se de como: Ja secuencia de . 9) Qué. “tipo de reacción ocurre” p tener. - reorganización, otro. ¿Si és otro cuál? ) ¿Cuáles el porcentaje de rendimiento de la reacción?

RESOLUCIÓN. NÚMERO. 005046 de 9 DE JULIO DE 20204. HojaNo.8..

Continuación de la Resolución por la cua! se decide el Recurso de Apelación interpuesto por la sociedad SOLENIS COLOMBIA S.A.S, con NIT. 900.671.882-2 contra la Resolución de . Clasificación Arancelaria No, 001594 del 12 de marzo de 2021. encuentra en un 78% en peso conta 22% en peso. del monómero cloruro de (3 acridomidopropil trimetil amonio) : ES o

7. En la información suministrada sobre la composición del oroducto ffii nal PERFORM PC 3955, se suministra el número CAS1353435-58 para el componente "FORM AMIDA, ETENIL-, HOMOPOLIMERO, HOROLIZADO, CONJUGADO DIMAPA-QUAT, HOROCLORIOS”, se solicitá adjuntar ta ficha técnica donde además del número CAS, se evidenci le la estructura química y las propiedades del mencionado producto.

8. En la misma tabla de composición del producto final se obesrvá que el Formiato de sodio se encuentra en una proporción de 10.0656%, se requiere:

a) Se aclare a que se debe el alto porcentaje en el producto final b) Si se adicionó o se formó como subproducto de una reacción 0) Si se formó como subproducto, cuál es el motivo o los motivos” por los cuales no se retira del producto final

9. En el recurso presentado se señala textualmente, -“Pretensión: Se: modifique lá Resolución No. 6011594 del 12 de marzo de 2021 expedida por la Coordinación del Servicio de Arancel de “la Subdirección Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en el sentido. de estipular” que la . - clasificación — arancelaria del producto denominado. :COPOLIMERO- “BASE “ VINILFORMAMIDA CONJUGADO CON DIMAPAQUAT - PERFORM" PC 3955 es la partida 3905,99.90 90.” Por lo anterior se solicita s$ e revise la subpartida solicitada ya que la señalada en la: petición no existe en la: Nomenclatura Nacional. 10. - Por otra parte, en el recurso see señala: o “Tratamiento de la información: La información aquí estipulada y remitida a ustedes para el. análisis de clasificación - arancelaria, es de carácter privado y confidencial de la compañía Solenis Colombia ' SAS, y no podrá ser divulgada ni usada para un fin diferente al que se ha dispuesto,” Frente a lo que se solicita señalar claramente en el documento enviado qué información se > debe - tratar como confidencial a fin de no incurrir en un error, ya que mucha de la información . transcrita corresponde a las Notas Explicativas que son de conocimiento general de las partes

contratantes y hay iir nformaci ón que se requiere dar en la: resolución por ser determinante en la decisión.” Teniendo en cuenta que con el escrito radicado con el N” 02190 del 8 de junio de 2021 la apoderada de la empresa SOLENIS COLOMBIA S.A.S: dio respuesta a las preguntas antes transcritas e indicó que la información debe ser tratada como privada y confidencial, no se transcriben las respuestas dadas a cáda una de las preguntas realizadas con mediante oficio No. 1002102270353 del 4 de mayo de 2021. Este despacho una vez analizado lo:águcido por el recurrente en el Recursode Apelación interpuesto, inicia: verificando los motivos que - originaron la Resolución de Clasificación Arancelaria No. 001594 del 12 de marzo de 2021, así como la respuesta al oficio No. 100210227-0353 del 4 de mayo de 2021 remitida con escrito radicado. con el No, 02190 del 8 de junio de 2021, manifestando lo siguiente: Que la Nomenclatura del Arancel de Aduanas de Colombia, conteni da: en sel Decreto 2153 de diciembre 26 de 2016 se fundamenta en el Convenio del Sistema Armonizado: de Designación y Codificación de Mercancías, adoptado por Colombia mediante Ley 646 de . 1,2001, así como en y Nomenclatura Común de os Paises Miembros. del Acuerdo de Cartagena. (NANDINA) adoptada por Colombia mediante Ley 8 de 1973.

Para establecer. la colecta: clasi del. Sistema Armonizado de D cuenta. dos: elementos: fundam

“analizar conjuntamente, a saber e conocimiento: Nomenclatura, El pri imer. “elemento. es “técnic as 0 edsticas de la: mercancía alo. | clasificar, es: decir, “aspectos. como composición grado de elaboración, forma. de presentación, uso, entre otros. eS l 2 Eo o TS ta) Las piartés contratantes se > comprometen, salvo: que se apligión las: condiciones del - apartado. c) siguiente, aque su nomenclatura arancelaria. y estadística se ajusten al Sistema . Armonizado a partir de la fecha. de entradá en vigor del. Convenio para cada parte. Se. comprometen por, tánto en la elaboración de sus nomenclaturas arancelaria y estadística: : izado sin adición ai Z o k mónizado, así. domo todas las. Notas de. sec MOQRIcar elo sicanos de: las secciones, cepltlos, partidas y subpa 4 idas del Sistema Armonizado; les A seguir el ordn de numeración del Sistema Armonizado;" o Enc cuanto a las Reglas Generales para la interpretación del Sistema Armonizado, son seis y 2se encuentran en el Aexo, del Convenio, haciendo parte integrante del mismo, en su artículo CARACTER STICAS DEL bhobuero o z an Forma de present Color: amarillo claro Prodce oebtesncioón : 0000000 _ RESOLUCIÓN NÚMERO 005046. de 9 DE JULIO DE 202 Hoja No. q Continuación de la Resolución por la cual se deci de el Recurso de Apelación interpuesto por la: sociedad SOLENIS COLOMBIA S.A.S, con NIT, 900.671.882-2 contra la Resolución de Clasificación Arancelaria No. 001594 del 12 de marzo de 2021,

El. producto se' obtiene. utilizando como “matéñas biimas: viniiformamida (monómero), iniciador AZO (iniciador de polimerización), “agua, bisulfito de sodio (formación de aducto? ) hidróxido de sodio al 25 % (ayudante de hidrólisis), ácido clorhídrico al 35 % (neutralización), Quat (Cloruro de 3-Acrilamidopropil) trimetilamonio al 80- % (monómero) que se adiciona después de la polimerización final. Todas las adiciones se realizan en solución acuosa con el fin de que se lleven a cabo las reacciones, l e : Se inicia con una reacción de polimerización, el polímero obtenido se somete a hidrólisis química, generando un producto intermedio con la funcionalidad de polivinilamina; este polímero 'se funcionaliza con el monómero Quat, dando como resultado el producto denominado comercialmente “PERFORM PO 3955". l El producto obtenido, contiene: “agua más del 70%, [Formamida, etenil-, horopolímero, horolizado, conjugado Dimapa-Quat, horoclorios] entre 10y 20%, Formiato de sodío más del 8%, lon cloruro 3,32%, Cloruro de sodio 0 32%, fosfato" de disodio 0,16%, bisulfito de sodio 0,12% y Dimapa-Quat 0,0016%. l Uso : Agente de resistencia en. seco para. “papel: El “producto es un “aditivo” desarrollado p: ara mejorar el desempeño en condiciones ácidas y alcalinas en rel proceso. de la fabricación del

papel o cartón mejorando su coagulación. : : Se aplica directamente sobre la masa en la sección de formación del papel favoreciendo las condiciones del drena) e y logrando una mayor productividad. o : Se dosifica en cantidades de 183 to por tt onel lada de > papel y se presenta en contenedores | 'BC.de-1.100 kg Ln ot o ANÁLISIS ARANCELARIO | identificadas las características de la mercancía, se “debe observar lo estableci do en e Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. : A continuaci ión, se : presenta el análisis atancelario del producto comercialmente ' PERFORM Pe 3955", comenzando por la a Regla General 'nterpretativa 1, que señala: e “Los títulos de las s« ecciones, de los' capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo y, sí no son contrarias a lostextos de dichas partidas y notas, as acuerdo con las reglas siguientes: Po Los textos de. partida son aquellos que aparecen frente a los cuatro primeros digitos yy son comunes a todos los pal ses que utilizan la Nomenclatura del Sistema Armonizado. Las Notas Legales son aquellas que aparecen después del título de la Sección o del Capítulo y concretan con la mayor precisión posible, el contenido y los límites de tada partida, grupo de partidas, capítulo O sección. De | la lectura de la Regla General interpretativa: 1.se deduce « entonces; que. tanto los textos de partida como la Notas Legales forman parte integrante del Sistema Armonizado y son el

sustento legal de la clasificación. 0% 1 Asociación no” enlazada de dos' moléculas. - Diccionario” de Quimica” y. de ió químicos. HAWLEY pag.583 .. . : o a . me RESOLUCIÓN, NÚMERO 00s04s de? DE JULIO DE202%4 Hoja No. 5 E Continuación de la Resolución po 1 No): ón in terpuesto por la sociedad -SOLENIS COLOMBI IAS: A Ss, con NT. 900. 671. 8822: contra la. Resolución de o Clasificación Arancelaria No. 001594 del 12 de marzo de 2024: : Por lo anterior se: procede a analizar las. Notas Legales relacionadas con el caso en estudio, así como los textos de partida, por lo que es Importante te en cuenta las aracterísticas del producto objeto de controve sia z OA ma Es importante antes de iniciar el análisis recordar, que y lietáfidose el acto recurrido de una Resolución de Clasificación Arancelaria sólo es. procedente circunseribirse en el análisis a lo señalado por la Nomenclatura Arancelaria. po -| Como se: indicó: en: la resolución. recurrida yen el. análisis: realizado. en. párrafos anteriores. «bajo el título “CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO”, la mercancía objeto de controversia corresponde a un producto de la industria química en forma de liquido; compuesto por: agua más. del..70%, [Formamida, etenil-, _ homopolimero, horolizado,. conjugado Dimapa-Quat,

: horoclorios] entre:10 y 20%, Fl to. de: sodio. má 8%, on: cloruro .3,32%,. Cloruro de sodio 0,32%, fosfato de: disodio-. 16%, bisulfito:.d o 0,12% y. Dimepa:Quat 0 0019% utilizado: como. agente: de resisten da en seco para NN a Siguiendo lo señalado por la Regla General interpretativa 4 Y de. abuerdo al proceso. “de obtención del producto objeto de la presente Resolución, así como de su composición, es preciso; aclarar que revisadas las.Notas Legales no existe inguna aplicable al caso, Por lo que se continua con la revisión de los textos: de partida. ES OS A continuación, se transcribe el texto de partida señalado por la Goordinación del Servicio de Arancel en la resoluci én 001594 del 12 de marzo de 2021 (88. 09) y el señalado: por el recurrente. (39. 05). a tin, de pres sentar el análisis. de: los mismos: OA 38. 09 Aprestos y: productos de. acabado. “acelera tura:o de fijadec imatóernias . “colorantes y demás productos y preparaciones (por ejemplo: aprestos y mordientes), de los tipos utilizados en la industria textil, del papel, del cuero O ¿¡dustrias similares, no expresados En i comprendidos ye n otra parte. - 39, 05 Polímeros de acetato de vinilo e] de otros esteres Vinílicos, enf ormas: primarias; los demás polímeros vvii nilicos én formas primarias. : o e E o

De la lectura de los textos de partida antes transcritos, de lo: señalado. en la: resolución objeto “del recurso, la No. 001594 del 12 de marzo de 2021, de lo afirmado por el recurrente en el recurso de: apelación “en su. escrito adicado con:No.:021 del 8 de junio: 2021 y de las características del: producto denominado: técnicamen : y -FORMAMIDA: : CONJUGADO CON: DIMAPAquan z Y comercialmente: "PERFORM PC 3955", este despacho considera que: AN mz LE po > si bien. es. cierto: el producto objeto de recurso «e s. obtenido mediante un proceso « en. el Ñ ocurren: reacciones: de | olimerizacióna Pi Í ct también es cierto que sel. > El producto denominado: comercialmente “PER Ez - aportada desde un inicio por. el solicitante contiene a: polimero, de] sodio más del. 8%, lon cloruro. 3, 32%, Cloruro de sodio. 0,32%, fosfato de disodio o > si se lee. el texto. de la: partida 39, 05 sugerida |p or. la eciirenté se.o bserva: que F textualmente el texto cita los. polímeros de: acetato de. vinilo, los polímeros de otros. RESOLUCIÓN Y NÚMERO 008046 «d e 9 DE JULIO DE 2021 Hoja No. 12 o Continuación “de la Resolución por la cual se decide el Recurso de Apelación interpuesto por la “sociedad (SOLENIS COLOMBIA S.A.S, con NIT. -900.671.882-2 c

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