DIAN - Resolución 520 de 16-08-2019
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 520 de 16-08-2019
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2019
e D ¡AN sl Deeccénse impuestos y Atraras Nosurales RESOLUCION NUMERO: 000520 ) 16460. 2088 "Por la cual se efectúa la designación de un Auxiliar Jurídico Ad honórem “ LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE SANTA MARTA En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y en uso de las facultades delegadas mediante el artículo 3” de la Resolución No. 006358 de fecha junio 08 de 2011 y, CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 1322 de 2009 se autorizó la prestación del servicio Auxiliar Jurídico Ad hionórem en los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, en los niveles Central y descentralizado, así como en sus representaciones en el exterior. Que de conformidad con lo establecido en la citada Ley 1322 de 2009, la prestación del servicio de Auxiliar Jurídico Ad honórem será de dedicación exclusiva, se ejercerá de tiempo completo durante nueve (9) meses, y servirá como judicatura voluntaria para optar por el título de abogado, en reemplazo de la tesis de grado. Que quienes ingresen como Auxiliares Jurídicos Ad honórem, al tenor de la misma Ley desempeñarán funciones en las áreas de naturaleza jurídica que conforme a las actividades de cada dependencia les asignen los respectivos jefes como superiores inmediatos. Que la judicatura o práctica jurídica, además de constituirse en un requisito para optar el título de Abogado, tiene por objeto la aplicación, por parte del estudiante, de los
conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos durante su formación, que ejecutados en la DIAN, coadyuvan en la optimización, modernización y mejoramiento de sus procesos. Que de conformidad con el artículo 6” de la Ley 1322 de 2009, para todos los efectos legales, los Auxiliares Jurídicos Ad Honórem, tendrán las mismas responsabilidades y obligaciones de los empleados públicos de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales. Que de conformidad con el artículo 6” de la Resolución No. 006358 de junio 08 de 2011 la aspirante a prestar el servicio de Auxiliar Jurídico Ad honórem BLADIMIR JOSE CANTILLOPACHECO identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.083.005.899, cumple con los requisitos, acreditando: 1.- La terminación y aprobación de las materias correspondientes al pensum académico, así como el Consultorio Jurídico mediante constancia y certificación expedidas por la Universidad Sergio Arboleda de fecha 06 de agosto de 2019 y el 21 de junio de 2019, ResoLución Número 90053 2 0 de 46 A60. 2019 Continuación de la Resolución por la cual se efectúa la asignación de un Auxiliar Jurídico Ad Honórem
5. Compilación Doctrina! y Jurisprudencial de providencias respectos a los procedimientos seguidos en la División.
6. Apoyo en la mesa de trabajo semestral respecto a la política de gestión DIAN, prevención del Daño Antijuridico en materia de valoración probatoria tributarias, aduaneras y cambiarias.
7. Las demás funciones que le sean asignadas por su superior inmediato.
ARTICULO 4” Notifíquese personalmente al judicante BLADIMIR JOSE CANTILLO PACHECO identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.083.005.899 el contenido del presente Acto Administrativo a la dirección Carrera 1D No. 29-44 Barrio La Tenería Santa Marta, de conformidad con el articulo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTICULO 5 De conformidad con el parágrafo del artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, publiquese el presente Acto Administrativo en el Diario Oficial. ARTICULO 6 Remitir copia de la presente Resolución al Despacho de la Dirección Seccional de impuestos y Aduanas de Santa Marta, a la Coordinación Escuela de impuestos y Aduanas Nacionales de la Subdirección de Gestión de Personal. ARTICULO 7” A! presente Acto Administrativo no le procede Recurso alguno por la Vía Gubernativa. ARTÍCULO 8” La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Santa Marta, a los
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Directora Seccional de Impriéstos y Aduanas Narionales (A) Proyecto Ismael A