DIAN - Resolución 524 de 04-05-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 524 de 04-05-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
2YIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HOMESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 000524 ( 04MAY -2023 ) "Por la cual se habilita el trabajo en casa” LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE BUCARAMANGA - DIAN En uso de sus facultades legales, en especial de la facultad delegada mediante la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, Resolución 000035 del 15 de marzo de 2022, la Resolución de Designación 010772 de fecha noviembre 26 de 2021 y, CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 2088 del 12 de mayo del 2021, “Por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones”, definiendo en el artículo segundo el trabajo en casa como “la habilitación al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral, o legal y reglamentaria respectiva, ni tampoco desmejorar las condiciones del contrato laboral, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones”. Que el Director General de la U.A.E.- DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES — DIAN, expidió la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, “Por la cual se habilita el trabajo en casa, se dictan lineamientos generales para su habilitación y se delegan funciones en la U.A.E. Dirección de Impuestos y
Aduanas NacionalesDIAN”, definiendo en el artículo primero el objeto de la habilitación del trabajo en casa como “...una forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales en la U.A.E.- Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN...” Que de acuerdo con la Modificación 2 del Anexo No.4 Cláusulas Contractuales del Contrato No. 00-104-2022, suscrito entre la UAE-DIAN y el consorcio D 8 P, allegada vía correo electrónico por el jefe de la División administrativa y Financiera de la Seccional Bucaramanga, el interventor del contrato solicitó mediante Formato FT-FI-2088 la modificación del contrato, por la inclusión de ítems no previstos y así mismo prorrogar el termino de ejecución del mismo. Que lo anteriormente expuesto, da lugar a una situación especial en las instalaciones de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, que a la luz del artículo primero de la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, genera riesgos e inconveniencia para laborar en su sitio de trabajo habitual a los servidores públicos, contratistas, pasantes y judicantes de la Seccional Bucaramanga. Que mediante la Resolución 473 del 20 de abril de 2017 de la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, se estableció el horario laboral de lunes a viernes en jornada continua de 7:12 am a 4:00 pm y de 8:12 am a 5:00 pm, incluidos los 45 minutos de almuerzo en cada horario. Que, con el fin de garantizar los deberes y derechos en materia laboral de riesgos laborales, el Decreto 1072 de
2015, estableció las condiciones laborales que regirán las relaciones entre la entidad y los servidores públicos que se encuentren en trabajo en casa. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1 Habilitación de trabajo en casa. Habilitar a todos los servidores públicos del sistema especifico de Carrera, a los vinculados mediante nombramiento provisional, en periodo de prueba, al personal judicante, pasante y contratista, así como los de libre nombramiento y remoción de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Bucaramanga, a realizar trabajo en casa, a partir de la fecha de comunicación del presente acto administrativo bajo los lineamientos contenidos en la presente resolución, hasta el 7 de julio del 2023. Se exceptúan aquellos servidores que desempeñan actividades de radicación de correspondencia, custodia y gestión de archivos físicos y todos aquellos servidores que la Directora Seccional, Jefes de División, Jefes de Grupos Internos de Trabajo, consideren que deben realizar sus actividades de forma presencial, para el correcto funcionamiento de la Entidad y el cumplimiento de sus objetivos. eb ae qeu Continuación de la Resolución No.000524 del 04 — MAY — 2023, Por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga” Hoja + 2. Parágrafo 1%: Los servidores públicos que se encuentren bajo la modalidad de teletrabajo, podrán realizar el trabajo en casa los días que deban asistir a las instalaciones de la DIAN. Parágrafo 2”: La habilitación del trabajo en casa no modifica ni afecta los derechos y garantías establecidos en las normas, ni las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.
Parágrafo 3: La Directora Seccional conserva la facultad unilateral de dar por terminada la duración de la habilitación de trabajo en casa, siempre y cuando desaparezcan las circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que le dieron origen. ARTICULO 2: Jornada de Trabajo: La jornada laboral de trabajo en casa será la establecida en la Resolución 473 del 20 de abril de 2017, expedida por la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, de la siguiente manera: De lunes a viernes jornada continua de 7:12 a.m. a 4:00 p.m. Incluidos 45 minutos de almuerzo De lunes a viernes jornada continua de 8:12 a.m. a 5:00 p.m. Incluidos 45 minutos de almuerzo ARTÍCULO 3". Respeto a las garantías laborales. Durante el periodo que dure el trabajo en casa, los servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo como director, Jefe de División, Jefe de Grupo Interno de Trabajo, deberán respetar los beneficios a que se tiene derecho por parte de sus respectivos colaboradores dentro del marco de la respectiva relación laboral, en especial, la jornada de trabajo, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada laboral, derechos de asociación y negociación sindical. Así mismo, se deberá respetar el derecho de desconexión laboral digital, de tal forma que las tareas encargadas por el superior no interfieran con el descanso, vacaciones, permisos y los espacios familiares del servidor público que ejerce desde casa sus labores, observando los lineamientos de la
Resolución 001188 del 22 de julio del 2022, “Por la cual se adopta la Política de Desconexión Laboral para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales UAE-DIAN”. ARTÍCULO 4”: Lugar de Trabajo en Casa: La prestación del servicio se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público a través de MI portalKactus; para los pasantes y judicantes será el domicilio informado a la División de Talento Humano, a la fecha de su ingreso a la Entidad. Lo anterior conforme a listado anexo a esta resolución.
Parágrafo: En todo caso debe tenerse en cuenta, que es prioridad prestar la debida atención al público contribuyente y usuario aduanero y cambiario que así lo solicite, de tal forma que cuando dentro de la jornada laboral se requiera realizar trámites que exijan la atención presencial, los servidores a quienes corresponda deberán hacer su desplazamiento a las instalaciones de la Entidad, sin que dicha exigencia signifique la terminación de la habilitación del trabajo en casa. La presencia requerida del servidor en la sede de las instalaciones de la Entidad deberá ser coordinada con su jefe inmediato, quien informará de ello a la División
Administrativa y Financiera. ARTICULO 5”: Elementos de trabajo. Ordenar a los jefes de División y jefes de Grupo Interno de Trabajo, que previo a la autorización de trabajo en casa, se acuerde con sus colaboradores la necesidad de disponer de sus propios equipos y demás herramientas de trabajo. Parágrafo 1”. En caso de que el servidor manifieste tal necesidad, la Dirección Seccional analizará la posibilidad de brindarle dichos equipos o elementos, de acuerdo con los recursos disponibles; para lo cual
deberá mediar acuerdo entre esta Dirección Seccional a través de la División Administrativa y Financiera y el servidor, y se diligenciará el formato que se establezca para los efectos, previa autorización de la oficina competente del Nivel Central. Parágrafo 2”. En caso de que los equipos de trabajo sean brindados por la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, el servidor público será responsable del cuidado, destinación y custodia de dichos equipos, por lo que, en caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la entera responsabilidad ante lo ocurrido. Para tales efectos, se suscribirá entre las partes un formato que dé cuenta, además de las características de los equipos de trabajo entregados, de las condiciones de estos. Parágrafo 3. Es responsabilidad de todo servidor público, preservar la privacidad de la información, por lo que ante el uso inadecuado de la misma o la exposición ante terceros de información privada de la Entidad, el servidor público será responsable por el mal manejo de dicha información. Qub ¿es qa? Continuación de la Resolución No.000524 del 04 — MAY — 2023, Por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga” Hoja $3. ARTÍCULO 6”. Comunicación: A través de la División de Talento Humano de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, comunicar la presente Resolución al buzón electronico de los funcionarios de esta Dirección Seccional, con copia a la División Administrativa y Financiera para que se publique esta Resolución en lugares visibles al público.
ARTICULO 7: Publicar el presente acto administrativo en la página WEB de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales www.dian.gov.co. ARTÍCULO 8". Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación. COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bucaramanga a 04 — MAY - 2023 MABEL ELENA ZAMBRANO RUEDA Proyectó: Emilce Pérez Pabón, Gestor 11] División de Talento Humano Euifo Proyectó: Luz Mary Diaz Cárdenas, Gestor || División de Talento Humano +-=- Reviso: Jaime Nel Martínez Angel. Gestor IIl Despacho Seccional her-=a= Reviso: Ana Leonor Florez Osorio, Gestor ll Despacho Dirección Seccional Ea Aprobó: Yolanda Prada Gómez, Gestor lIl Jefe División de Talento Humano (A) yeLo)