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DIAN - Resolución 5277 de 19-07-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 5277 de 19-07-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 005277 - (19 JUL 2021

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. - a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA — En usode las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0014 de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes,

HECHOS. 2

Mediante radicadNoo . ESGTA202100168 del 14 de abril de 2021 y 000E2021902755 del 21 de abril de 2021, el Sr. Juan David López Vergara, identificado con cédula de ciudadanía 1.020.759.308, apoderado de la sociedad Papeles del Cauca S.A. con NIT 817.002.676-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para ta mercancía denominada técnicamente como “LÍNEAD E PRODUCCIÓN DE PAÑITOS HÚMEDOS . -. SPEARS” (LÍNEA WET WIPES SPEARS y y comercialmente como “LÍNEA DE PRODUCCIÓN DE:

PAÑITOS HÚMEDOS”.

El interesado adjuntó copia de los siguientes documentos: formato de solicitud en catorce (14) folios, certificado de la cámara de comercio del Cauca en diecinueve (19) folios, poder especial en cuatro (4) folios y comprobante de pago en un (1) folio. El solicitante pagó “novecientos nueve mil pesos mí/cte. s 909. 000), con comprobante No.

98960913-2 del 15 de febrero de 2021, del Banco de Bogotá. Mediante oficio No. 100227342-0887 del 19 de abril de 2021, radicado No. 008202190338d4el 20 de abril de 2021, esta Coordinación solicitó explicar el proceso que se desarrolla en la línea deproducción, anexar un diagrama de flujo, señalar la forma en que los distintos equipos se conectan físicamente entre sí, informar acerca de la participación e importancia de los sistemas de empaque - y estiba dentro de la línea de producción y presentar un cuadro resumen que incluya el nombre de cada uno de los equipos, aparato o dispositivo, cantidad, principales características técnicas y función dentro de la línea de producción. El requerimiento fue atendido con escrito radicado No. - 000E2021904279 del 21 de Junio de 2021, en el que renuncian al Mempo. restante Para darrespuesta. La Dirección de Impuestos y Aduanas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo de 2021, respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y actuaciones . - administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de' competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales— DIAN. : Por medio del formato de solicitud el interesado indicó que se notifique al Sr. Juan David López : vergara, en la Carrera 7 No 71 -52, Torre A, Of. 706, en Bogotá D. 0) RESOLUCIÓN NÚMERO 005277 Ñ _ de 19 JUL 2021 E Poleno-a

Continuación del acto administrativo por el cual porr la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado:

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación. de Mercancías y su anexo, o aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. : Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual ss e adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. o Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 4: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos 19) de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo -: con las Reglas siguientes.” o a | Nota 4 de la Sección XVE Cuando una máquina o una combinación de máquinas. estén constituidas por elementos Ñ individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cableseléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, - comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica e' n la partida correspondiente « a la función que realice”

| Partida 84.41: “Las demás máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o cartón, incluidas . las cortadoras de cualquier tipo:” - | Regla General interpretativa 6: la clasificación de mercancías en “las “subpartidas. de una misma pañtida está determinada E legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis - mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta. Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo . disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - “artículos 304 a 307 mediante el cual se dictan las Ñ disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria á peticiónde cualquier interesado. o Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante las cuales se 'reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición: de cualquier interesado. o - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir de 9 de junio, fecha en la que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al momento de suspensiónhacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en : meses 00 ) -

RESOLUCIÓN NÚMERO 005277 o de 19 JUL 2021 Hoja No. 3

Contin uación del acto administrativo por el cual por la cual se expide una Resolución

de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado De acuerdo con la información aportada con escritos radicados Nos. ESGTA202100168 del 14 de | - abril de 2021, 0002021902755 del 21 de abril de 2021 y 000E2021904279 del2 1 de junio de 2021, ' la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como un conjunto de máquinas y aparatos individualizados que se combinan para desenrollar, cortar, doblar, humectar y empacar ' rollos de papel “padre” de tela no tejida en unidades finales de venta de pañitos húmedos de 16, 32, 64, 80, 184 hojas., mediante el proceso descrito a continuación: El proceso inicia con un rollo ' “padre” de tela no tejida y al final se obtienen estibas de cajas quecontienen pañitos húmedos en su presentación comercial, los cuales han sido previamente humedecidos con una solución. El rollo “padre” es desenrollado, cortado en tiras y doblado en grupos de 8 0 16 hojas para luego : ser cortado y humedecido con la solución proveniente de la sección de preparación de solución : desde donde pasa por 2 tanques principales de agua con capacidad de 22 m? cada uno, 5 tanquesde mezcla de solución de 12,5 m cada uno, un tanque de pesajj e de 3 m para almacenar yy mezclar el agua y por un equipo de osmosis reversa, equipo de Ozono y equipos de luz ultravioleta para mantener el agua libre de contaminantes. El. agua llega por una tubería primaria y es tratada para eliminar impurezas: primero pasa a través :

del sistema de osmosis inversa (micro filtración por membranas) y luego es mezclada con ozono : - para su purificación. o o o : Posteriormente, los grupos de hojas dobladas y cortadas, provenientes de la sección de cortado y doblado, son empacadas en envoltura plástica, empaque primario, según sea la referencia a o producir. A continuación, los paquetes primarios formados son empacados en cajas de cartón (empaque - secundario), proceso debe ser realizado en forma continua y dentro de las mismas condiciones de fabricación para conservar la inocuidad del producto, y finalmente las cajas formadas en la sección de empaque secundario sonn agrupadas y estibadas (empaque terciario), de forma manual.

Componentes: | | | E SECCIÓN CORTADO Y DOBLADO A Un (1) desenrollador, de 6. 500 kilogramos de peso alo, 1. 5 metros de largo, 42 metros de . ancho y altura de 2.4 metros. -..2. Una: (1) cortadora de 2.400 kilogramos de. peso neto, 3. 1 metros de largo, 2.2 metros de: ancho y altura de 2.4 metros.

3. Una (1) dobladora, de 3.900 kilogramos de peso neto, 3.1 metros de largo, 2.2 metros de ancho y altura de 2.4 metros.

4. Una (1) agrupadora, de 7.952 kilogramos de peso, 3. 1 metros de argo, 4, 2 metros de ancho y altura de 2.4 metros.

5. Un (1) controlador lógico programable,

Al. SECCIÓN DE PREPARACIÓN DE SOLUCIÓN6. Dos (2) tanques de almacenamiento de agua, fabricados en “de acero inoxidable de 316. a litros, ASTM A240, 27 m3 x 2.3 metros de diámetro. - 7... Un (1) tanque de pesaje, fabricado en acero inoxidable de 316 litros, ASTM A240, 12. 5 mix - 1.8 metros de diámetro.

8. Cinco (5) tanques de mezcla, fabricados en acero inoxidable de 316 ltros, ASTM A240, 12. 5: | mx 1.8 metros de diámetro. . - . 9.. Un (1) tanque dosificador, fabricado en acero inoxidable. de 316 litros, ASTM A240, 5 mé x i - 1.6 metros de diámetro. -

10. Un (1) equipo de osmosis, con fi kros, que contiene una serie de tubos con membranas internas especiales. 11, Un (1) equipo de ozono, uiza la energía eléctrica para lonizarr el aire, 110 VAC y polea) RESOLUCIÓN NÚMERO 005277 - de 19 JUL 2021 HojaNo.s Continuación del acto administrativo por el cual por la cual se expide una Resolución de Clasificación Ay rancelaria a Petición de Cualquier Interesado de 250 Watts. | |

12. Un (1) controlador lógico programable. o

IL SECCIÓN DE EMPAQUE PRIMARIO

13. Tres (3) embolsadoras, dimensiones de cada una: 4.000 x 2. 500 x :2.000. Peso: 1.200

Kilogramos.

14. Dos (2) empacadoras de flujo continuo, dimensiones de cada una: 17, 000 x 1 200 x 1. 400.

Peso: 1.800 kilogramos.

IV... SECCIÓN DE EMPAQUE SECUNDARIO

15. Dos (2) armadores de cajas, modelo 495, velocidad de 15 cajas por minuto. o

16. Dos (2) empacadoras de cajas, modelo 494, velocidad de 15 cajas por minuto y consumo : . de energía de 3kw por hora.

17. Dos (2) selladoras de cajas, modelo 496, velocidad de 15 cajas por minuto.

18. Un (1) controlador lógico programable.

Y. SECCIÓN DE ESTIBADO

19. Una (1) celda de paletizado automático, robotizada A1800 vo peso de 7.400 kilogramos, 12 metros de largo x 6 metros de ancho y 2 metros de altura

20. Una (1) polystrechadora automática para estibas de 1.2 metros X 1, ¿2 metros. .

En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que los equipos listados en los numerales 1: a. 14, corresponden a una combinación de máquinas y aparatos constituidas por elementos individualizados que trabajan conjuntamente en desenrollar, cortar, doblar, humectar y empacar rollos de papel “padre” de tela no tejida en unidades finales de venta de pañitos húmedos de 16, 32, 64, 80, 184 hojas, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y de acuerdo con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI, se encuentra comprendido en la partida 84.41 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y acorde con la Regla General interpretativa 6s se clasifica en la subpartida 8441, 80.00.00 del Arancel de Aduanas.

Las máquinas. o equipos listados en los numerales 15 a 20, correspondientes a las secciones de | empaque secundario y estiba, no hacen parte de la mercancía clasificada arancelariamente en la . presente resolución, en razón a que los mismos no son componentes de la línea de producción y por consiguiente deben ser clasificados por su Propio régimen atendiendo a las características yo especifi icaciones: que le son propias. En mérito de lo anteriormente expuesto. la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de . la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Clasificar la: mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida -. - 8441.80.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para desenrollar, cortar, doblar, humectar y empacar rollos de papel “padre” de tela no tejida en unidades finales de venta de pañitos húmedos de 16, 32, 64, 80, 184 hojas, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido enel. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. Juan David López Vergara, identificado con cédula de ciudadanía

1.020.759.308, apoderado de la sociedad Papeles del Cauca S.A., en la Carrera 7 No 71-52, Torre

A, Of. 706, en Bogotá D.C., de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el 20 319 de la Resolución 0046 de 2019, modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 1 n v ocultan 005277 de 19 JUL 2021. Hoja No. 5 o Contin uación del acto administrativo por el cual por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado : ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente 'acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, de acuerdo con lo - . establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019; reglamentado por el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su. - notificación, de conformidad con lo establecido. en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 20109, artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, artículos 65 de la Ley 1437 de 2011 y 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificáciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la

Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 19 JUL 2021 o — MAÑ RÍ0%A T RÁJI G2 :2E0Gl 4 E) O oG ARCÍAJefe (A) de la Coba ción de roervicio de Arancel. Subdirección de Gestión Tébgica Aduanera

Proyectó: Fabián Alberto García Castañed atu

  • Revisó: Fidel Raúl Minotta Benítez y Coordinación de Notificaciones...

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