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DIAN - Resolución 5337 de 30-06-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 5337 de 30-06-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

RESOLUCIÓN No. 005337 ( 3 0 J U N 2 0 2 2 ) Por la cual se autoriza a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, como Empresa Operadora de Pagos para prestar el servicio integral para la devolución del Impuesto sobre las Ventas -IVA a los turistas extranjeros por la compra de bienes gravados en el territorio nacional. EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en los numerales 1, 3 y 19 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020, el inciso 2 del artículo 1.6.1.23.6. del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, y la Resolución 1591 del 23 de junio de 2022, con base en las siguientes: CONSIDERACIONES Que el Estado colombiano ha venido definiendo políticas con el fin de incentivar la industria del turismo, y en virtud de este propósito, estableció en el inciso 1o del artículo 39 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 14 de la Ley 1101 de 2016, el beneficio de la devolución del Impuesto sobre las Ventas - IVA, por compras de bienes gravados por los turistas extranjeros en el territorio Nacional. Que en atención a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 1101 de 2016, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1495 de 2021 con el fin de reglamentar los mecanismos

operativos que aseguren la devolución efectiva del IVA a los turistas extranjeros de los bienes que otorgan la devolución, en virtud de lo cual además se desarrolla uno de los objetivos "Pacto por una gestión pública efectiva", de que trata el numeral 15 del artículo 3º de la Ley 1955 de 2019 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20182022 "Pacto por Colombia, pacto por la equidad", en razón a que se materializa el uso de mecanismos y herramientas que facilitan y agilizan el trámite de la devolución, su efectivo control y gestión por parte de la administración tributaria. Que el inciso 2 del artículo 1.6.1.23.6 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, estableció que: “La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podrá efectuar la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros a través de empresas operadoras de pagos, previa resolución expedida por la DIAN, y conforme con lo previsto en los convenios que se suscriban para el efecto”. Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN expidió la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022 “Por la cual se dictan disposiciones para la operación de la devolución del Impuesto sobre las Ventas -IVA a los turistas extranjeros a través de una empresa operadora de pagos, se fijan los requisitos,

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 5 3 3 7 d e 3 0 J U N 2 0 2 2 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se autoriza a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, como Empresa Operadora de Pagos para prestar el servicio integral para la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros por la compra de bienes gravados en el territorio nacional.” ______________________________________________________________________________ condiciones y requerimientos técnicos para la autorización de esta empresa y se establecen las obligaciones que debe cumplir una vez autorizada”, la cual fue modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022 “Por la cual se corrigen los yerros de transcripción de la Resolución 00489 del 29 de abril de 2022 (…)”. Que la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, definió las condiciones, el procedimiento, los requisitos técnicos, jurídicos, financieros y de experiencia que deben tenerse en cuenta para la selección y autorización de la empresa operadora de pagos. Así mismo, dichas normas establecieron los requisitos que deben cumplirse para la suscripción del convenio y las obligaciones a cargo de la empresa operadora de pagos que autorice la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, para la devolución del Impuesto sobre las Ventas – IVA de turistas extranjeros. Que mediante la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, se corrigieron yerros formales de transcripción contenidos en la Resolución 000489 de 2022, sin que por ello se dé lugar a cambios en el sentido material de esta resolución, ni revivirá términos legales

para demandar este acto, tal y como lo indica el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011. Que en virtud del procedimiento de selección y autorización de la empresa operadora de pagos para la devolución del Impuesto sobre las Ventas -IVA a turistas extranjeros, y en observancia de lo previsto por el artículo 17 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN convocó el 09 de mayo de 2022 para que las empresas interesadas manifestaran su interés en participar en este proceso. Que, con ocasión de la convocatoria, se presentaron tres (3) manifestaciones de interés, de las cuales sólo dos (2) cumplieron con el plazo establecido para su presentación, esto es 31 de mayo de 2022 a más tardar a las 3:00 p.m. Que con los documentos y la información aportada por cada una de las dos sociedades interesadas, la Subdirección de Devoluciones de la Dirección de Gestión de Impuestos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, en el marco de las competencias establecidas en la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, procedió a la verificación del cumplimiento de los requisitos, condiciones y requerimientos técnicos, concluyendo que solamente una de las dos sociedades satisface la totalidad de tales requisitos. El resultado del análisis mencionado se indica en el “Informe definitivo manifestaciones de interés” de fecha 22 de junio de 2022, documento dado a conocer en

la misma fecha a los interesados, mediante comunicación enviada al correo electrónico procesal, y publicado en el sitio Web de la DIAN al cual puede accederse mediante el siguiente hipervínculo: https://www.dian.gov.co/impuestos/Convocatoria-operadora-de-pagos-devolucion-deIVA-a-turistas-extranjeros/Paginas/Documentacion.aspx Que mediante comunicación escrita firmada por el señor Juan David Barbosa Mariño, identificado con cédula de ciudadanía No.79.984.338, Tarjeta profesional No.138.153, apoderado de la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en SignyAvenex, Confederación Suiza, radicada el 31 de mayo de 2022 en el buzón corresp_entrada_NC@dian.gov.co de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, con número de radicado 000E2022910324,

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 5 3 3 7 d e 3 0 J U N 2 0 2 2 Hoja No. 3

Continuación de la Resolución “Por la cual se autoriza a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, como Empresa Operadora de Pagos para prestar el servicio integral para la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros por la compra de bienes gravados en el territorio nacional.” ______________________________________________________________________________ presentó dentro de la oportunidad legal la manifestación de interés para prestar el servicio

integral para la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros por la compra de bienes gravados en el territorio nacional, anexando los documentos requeridos, contenidos en 488 folios, de conformidad con los artículos 19, 20 y 21 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022. Adicionalmente, presentó respuesta al Requerimiento Único de Información 000704 del 7 de junio de 2022 y observaciones al Informe de Evaluación Preliminar. Que con el fin de verificar que la solicitud presentada cumpliera con los requisitos exigidos en el capítulo III de la citada resolución, la Subdirección de Devoluciones de la Dirección de Gestión de Impuestos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, remitió con oficio No. 100153161-1698 de fecha 2 de junio de 2022 a la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, los documentos referidos en los aspectos tecnológicos presentados por la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, para su conocimiento y trámite. Que la Subdirección de Devoluciones de la Dirección de Gestión de Impuestos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN,

mediante oficio No. 100153161-1818 del 13 de junio de 2022 solicitó a la Subdirección de Análisis del Riesgo y Programas de la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica de la misma entidad, certificar el nivel de calificación de riesgo de la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022. Que la Subdirección de Devoluciones de la Dirección de Gestión de Impuestos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, mediante oficio No. 100153161-1819 del 13 de junio de 2022, solicitó a la Subdirección de Cobranzas y Control Extensivo de la Dirección de Gestión de Impuestos de la misma entidad, certificar las deudas en materia aduanera, tributaria o cambiaria, de la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022. Que la Subdirección de Devoluciones de la Dirección de Gestión de Impuestos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN,

mediante oficio No. 100153161-1820 del 13 de junio de 2022, solicitó a la Subdirección de Fiscalización Tributaria y a la Subdirección de Fiscalización Aduanera, de la Dirección de Gestión de Fiscalización de la misma entidad, certificar, de acuerdo con sus competencias, las sanciones por devoluciones improcedentes durante los últimos tres años y las sanciones por infracciones graves o gravísimas ejecutoriadas, durante los últimos tres (3) años, calificadas como tales de acuerdo con la legislación vigente en el momento de la imposición de la sanción, impuestas a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, constituida en, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022.

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 5 3 3 7 d e 3 0 J U N 2 0 2 2 Hoja No. 4

Continuación de la Resolución “Por la cual se autoriza a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, como Empresa Operadora de Pagos para prestar el servicio integral para la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros por la compra de bienes gravados en el territorio nacional.”

______________________________________________________________________________ Que adicionalmente la Subdirección de Devoluciones de la Dirección de Gestión de Impuestos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, en el marco de sus competencias legales y de conformidad con el procedimiento establecido por el artículo 23 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, realizó la verificación y examen de la documentación allegada por la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza. Que la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, mediante correo electrónico de fecha 7 de junio de 2022 remitió el concepto CT-FT-IIT-2206 “Concepto Técnico propuestas Devolución IVA Turistas”, basado en la información de la manifestación de interés, en el cual concluye que la propuesta técnica presentada por la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, cumple con los requerimientos planteados en el Capítulo III de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022. Que respecto a la calificación de riesgo de la sociedad Global Blue SA, identificada con

(IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 14 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, la Subdirección de Análisis del Riesgo y Programas de la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, se pronunció mediante oficio No. 100152175-0256 del 15 de junio de 2022. Que en relación al requisito de no tener deudas en materia aduanera, tributaria o cambiaria, con la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 14 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, la Coordinación Cobranzas de la Subdirección de Cobranzas y Control Extensivo de la Dirección de Gestión de Impuestos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, se pronunció mediante oficio No. 1002243355653 del 14 de junio de 2022, con respecto a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza. Que respecto con los requisitos de no haber sido sancionado por devoluciones

improcedentes durante los últimos tres años y no haber sido sancionado por infracciones graves o gravísimas ejecutoriadas, durante los últimos tres (3) años, calificadas como tales de acuerdo con la legislación vigente en el momento de la imposición de la sanción, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 14 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, se pronunciaron, acorde con sus competencias, la Coordinación de Supervisión, Control y Seguimiento de Fiscalización Tributaria de la Subdirección de Fiscalización Tributaria de la Dirección de Gestión de Fiscalización de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, mediante oficio 100 169 411 – 534 del 16 de junio de 2022, y la Subdirección de Fiscalización Aduanera de la Dirección de Gestión de Fiscalización de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, mediante oficio No. 1002111702824 del 14 de junio de 2022, con respecto a la sociedad

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 5 3 3 7 d e 3 0 J U N 2 0 2 2 Hoja No. 5

Continuación de la Resolución “Por la cual se autoriza a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, como Empresa Operadora de Pagos para prestar el servicio integral para la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas

extranjeros por la compra de bienes gravados en el territorio nacional.” ______________________________________________________________________________ Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza. Que en la validación de los requisitos señalados en los artículos 11, 12, 13, 20 y 21 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, efectuada por la Subdirección de Devoluciones de la Dirección de Gestión de Impuestos de la Unidad Administrativa Especial – DIAN, se verificó que la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, cumple con lo dispuesto en los mencionados artículos. Que teniendo en cuenta la verificación de cumplimiento de los requisitos y el agotamiento en debida forma de las etapas previstas en los artículos 23 y 24 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, se concluye que la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en SignyAvenex, Confederación Suiza, puede ser autorizada como Empresa Operadora de Pagos para la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros por la compra de bienes gravados en el territorio nacional, bajo los parámetros establecidos en

la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. AUTORIZAR a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, como Empresa Operadora de Pagos para la devolución del Impuesto sobre las Ventas -IVA a los turistas extranjeros, por la compra de bienes gravados con el Impuesto sobre las Ventas – IVA en el territorio nacional, por el término tres (3) años a partir de la suscripción del convenio, prorrogables hasta máximo por otro periodo igual, por decisión de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, conforme a lo consagrado en la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMAR a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, que previamente a la suscripción del convenio de que trata el capítulo VIII de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022 modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, la Empresa Operadora de Pagos deberá constituir una sucursal en Colombia, en cumplimiento de lo establecido en el inciso 4 literal c. del numeral 2 del artículo 21 y aportar

los documentos señalados en el artículo 26 en los términos y condiciones establecidos en la citada resolución. ARTÍCULO TERCERO. NOTIFICAR electrónicamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 565, 566-1 y 568 del Estatuto Tributario, el presente acto administrativo a través de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa de la Dirección de Gestión Corporativa de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, al señor Juan David Barbosa

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 5 3 3 7 d e 3 0 J U N 2 0 2 2 Hoja No. 6

Continuación de la Resolución “Por la cual se autoriza a la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, como Empresa Operadora de Pagos para prestar el servicio integral para la devolución del impuesto sobre las ventas -IVA a los turistas extranjeros por la compra de bienes gravados en el territorio nacional.” ______________________________________________________________________________ Mariño identificado con cédula de ciudadanía No.79.984.338, Tarjeta profesional No.138.153, quien actúa en calidad de apoderado de la sociedad Global Blue SA, identificada con (IDE/UID) CHE-101.829.361, constituida de conformidad con las leyes de la Confederación Suiza, domiciliada en Signy-Avenex, Confederación Suiza, a la dirección electrónica procesal juan.barbosa@araujoibarra.com o en su defecto y de conformidad con los artículos 565 y 568 del Estatuto Tributario NOTIFICAR por correo a la dirección

física registrada en el RUT: Carrera 6 No. 80 A – 11 Apartamento 401 de Bogota D.C., o por aviso en la página WEB de la entidad ARTÍCULO CUARTO. INFORMAR que contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Resolución 000489 del 29 de abril de 2022, modificada por la Resolución 000502 del 19 de mayo de 2022, y en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 30 JUN 2022

Dada en Bogotá D. C., a los

JULIO FERNANDO LAMPREA FERNÁNDEZ

Director General (E)

Proyectó: Mabel Rocío Mejía Blandón, Subdirectora de Devoluciones

Revisó: Julio Fernando Lamprea Fernández, Director de Gestión de Impuestos

Aleida Viviana López, Asesora Dirección de Gestión Jurídica

Aprobó: Liliana Andrea Forero Gómez, Directora de Gestión Jurídica

Aprobó: Hernando Gallo-Asesor Dirección General

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