DIAN - Resolución 54 de 27-01-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 54 de 27-01-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO 137000201-000054 (27 de enero de 2023) Por la cual se corrige parcialmente una resolución EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE IPIALES En ejercicio de las facultades legales y con base en las competencias establecidas en el Decreto 1742 de 2020, Resolución 064 de 2021, Resolución 065 de 2021, Decisión 617 de 2005 de la CAN, Resolución 1457 de 2012 de la CAN, Decreto 1165 de 2019, Resolución 046 de 2019, Decreto 360 de 2021, Resolución 039 de 2021, expedidas por la DIAN y demás normas modificatorias, concordantes y/o complementarias, profiere el presente acto administrativo, con base en los siguientes: C O N S I D E R A N D OS Que realizada la verificación de la Resolución Nro. 137000201-000050 del 26 de enero de la presente anualidad, mediante cual se suspende el término de las operaciones de Tránsito Aduanero Nacional y Tránsito Aduanero Internacional, afectadas por la emergencia vial y que son de competencia de Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, se encontró que se ha cometido un error de digitación en la fecha expedición de la misma, la cual se encuentra en el encabezado de la primera página de acto administrativo, en el que se lee “26 de enero de 2022” siendo lo correcto “26 de enero de 2023” , por lo tanto, es procedente entrar a corregirlo Se tiene que el error cometido no afecta en nada la decisión tomada, de allí que este tipo de error pueda ser corregido mediante la expedición de un acto administrativo, tal como lo
dispone el artículo 45 de la Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo el cual establece: ARTÍCULO 45. CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.” En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo Primero: Corregir la fecha expedición de la resolución Nro. 137000201-000050, la cual se encuentra en el encabezado de la primera página de acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la parte considerativa del presente acto. En consecuencia, en adelante la fecha del acto administrativos corresponde a 26 de enero de 2023. RESOLUCIÓN NÚMERO 000054 de 27 de enero de 2023 Hoja No. 2 Por la cual se corrige parcialmente una resolución Artículo Segundo: Publicar la presente resolución en el sitio web de la entidad www.dian.gov.co y en un lugar visible de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales.
Artículo Tercero: la presente resolución rige a partir de su expedición Comuníquese y cúmplase
Oswaldo Gaviria Bolaños Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales
Proyecto: Ruby Basante Hidalgo
Reviso: Mario Andres Benavides Riascos