DIAN - Resolución 555 de 18-04-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 555 de 18-04-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO 000555 (18 de abril de 2022) Por la cual se establece el Horario Laboral de Trabajo para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en el Numeral 9 del Artículo 3º de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto del 2021, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delegó la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, y la Resolución No. 000082 del 26 de agosto del 2021, CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, se delegó a los Directores Seccionales Locales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que en virtud del artículo 33 del Decreto 1042 de 07 de junio de 1978, se establece que la asignación mensual fijada en las escalas de remuneración corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro (44) horas semanales. Que las entidades podrán implementar horarios flexibles, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.5.5.53 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de
Función Pública, sin afectar la jornada laboral y de acuerdo con las necesidades del servicio, que permitan establecer distintos horarios de trabajo para sus servidores. Que la entidad con el ánimo de generar condiciones para que los funcionarios puedan compartir tiempo con sus familias, así como, colaborar con el mejoramiento de la movilidad de los ciudadanos, encuentra viable la modificación del horario de trabajo. Que con la modificación no se afecta la prestación del servicio, ni el desempeño de las funciones asignadas a la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, toda vez que la misma estará acompañada de controles adecuados que permitan generar un mayor rendimiento y productividad en el trabajo. Que con fundamento en lo anterior se hace necesario establecer el horario de trabajo para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, que se ajuste a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo. En virtud de lo anteriormente señalado, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Establecer a partir del 02 de mayo de 2022, dos (2) horarios laborales en la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, consistentes en: - De lunes a viernes, en jornada continua, entre las 8:00 a.m. a 5:00 p.m. - De lunes a viernes, en jornada continua entre las 8:30 a.m. a 5:30 p.m. RESOLUCIÓN NÚMERO 000555 de 18 de abril 2022 Continuación de la Resolución “Por la cual se establece el Horario Laboral de Trabajo para los
funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN” ____________________________________________________________________________ Parágrafo 1. Los funcionarios manifestarán ante su jefe inmediato por cual de los horarios establecido optan, con la posibilidad de alternarlo, siempre y cuando, entre uno y otro cambio, transcurran al menos seis (6) meses. El funcionario deberá justificar los motivos que ameriten el cambio de horario. Parágrafo 2. Los jefes de cada una de las Divisiones remitirán a mas tardar el 29 de abril de 2022 a la División de Talento Humano, la relación consolidada de los funcionarios indicando el horario por el cual cada uno optó, que haya sido concertado con el jefe inmediato y atendiendo a las necesidades del servicio. Parágrafo 3. Lo dispuesto en la presente resolución no afecta los horarios que se establezcan en virtud de la flexibilización laboral en relación con los padres y/o madres cabeza de familia y por recomendaciones médicas.
ARTICULO SEGUNDO: Establecer a partir del 02 de mayo de 2022, el horario laboral para los servidores públicos ubicados en la División de Servicio al Ciudadano y el Grupo Interno de Trabajo de Documentación, de lunes a viernes, entre las 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua.
ARTICULO TERCERO: El horario de atención al público será de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua, de lunes a viernes.
ARTICULO CUARTO: Los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de
Cali de la UAE DIAN, dispondrán de cuarenta y cinco (45) minutos de almuerzo, en turnos coordinados por los jefes inmediatos, asegurando que en toda la jornada laboral se garantice la oportuna atención y prestación del servicio.
ARTICULO QUINTO: Los jefes inmediatos, serán los responsables de garantizar el cumplimiento de los horarios de trabajo que en la presente resolución se establecen.
ARTICULO SEXTO: Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.
ARTICULO SEPTIMO: Comunicar a través de la División de Talento Humano la presente resolución al buzón electrónico de los funcionarios de la Dirección Seccional.
ARTICULO OCTAVO: La presente Resolución rige a partir del 02 de mayo de 2022, y deroga las Resoluciones 000001 del 31 de enero de 2019 y la 002134 del 19 de diciembre de 2019 y, las demás que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Santiago de Cali, a los dieciocho (18) días del mes de abril de 2022.
JAVIER BELTRAN LOSADA
Director Seccional de Impuestos Cali
Reviso: Bertha Clemencia Duarte
Revisó: Nesly Leal Saa
Proyecto: Ana Lucia Villegas S.- Claudia Patricia Becerra Sánchez