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DIAN - Resolución 5852 de 28-08-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 5852 de 28-08-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

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POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 55 852

(28 DE AGOSTO DE 2020

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE

LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA .

En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011 - de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes NE: HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202000141. del 6 de mayo de 2020, el señor Luis Alfredo Vanegas Carriazo, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.854.430, representante legal de la Agencia de Aduanas SUDECO S.A Nivel 1., con NIT 800.053.508-9, mandatario de la sociedad Irrigación e Industria de Colombia S.A.S., con NIT 800.224,148-5, presentó una - solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancia denominada técnica y comercialmente como “SISTEMAS DE RIEGO AGRÍCOLA.

POR GOTEO”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud FT-OA-2354 en cinco (5) folios, pantallazo de radicado en el sistema SARP en un (1) folio, oficio de remisión de documentos en un (1) folio, Certificados de Cámara y Comercio de la Agencia de Aduanas SUDECO S.A Nivel 1, en nueve (9) folios y de la sociedad Irrigación e Industria de Colombia

  • S.A.S, en seis (6) folios, catálogos en cincuenta y nueve (59) folios, Plano. en un Mm folio, mandato en un (1) folio y soporte de pago en un (1) folio.

El solicitante pagó ochocientos setenta y ocho mil pesos mí/cte. ($878. 000), con comprobante No. 96237212-1 del 5 de mayo de 2020 del Banco de Bogotá. Con oficio No. 100227342 — 588 del 4 de junio de 2020, esta Coordinación solicitó al interesado describir en forma consecutiva las etapas de operación del sistema de riego desde el inicio . hacia el final, seleccionaunra referencia de producto de las indicadas en los catálogos, adjuntar. una relación de los equipos que conforman la mercancía indicando cantidad, descripción, función y principales características técnicas, indicar cómo se conecta el gotero a la tubería de | polietileno, aclarar porqué mencionan dos cantidades diferentes de componentes del sistema de goteo, e informar si trae máquinas, motores o motobombas para impulsar el líquido. El Usuario respondió con radicado virtual No. 000E2020907312 del 9 de julio de 2020 en - veintiocho (28) folios, renunciando al término restante para responder. el requerimiento de Información. o Mediante radicado virtual No. 000E2020913404 del 19 de agosto de 2020, el interesado dio alcance a la respuesta al requerimiento; no obstante, habiendo renunciado al término legal restante para la atención del requerimiento como lo consagra el artículo 314 de la Resolución :

0046 de 2019 de aportar toda la información requerida, este radicado no se tiene en cuenta para el análisis de la presente solicitud de clasifi icación arancelaria. UN : - Por medio del formato de solicitud, el peticionario indicó que se notifique al señor Luis Alfredo. Vanegas Carriazo en la dirección: Martínez Martelo Transversal 34 No. 19 59 en CartagenaBolivar

RESOLUCIÓN NÚMERO 5852 de 28 DE AGOSTO DE 2020 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, - aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto . único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas,

de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la Sección XVI: Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice. - Partida 84.24: “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares”. Regla General Interpretativa 6: “La clasif icación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada : - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección ny de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. . Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 313, 314 y 316, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición

de cualquier interesado. - RESOLUCIÓN NÚMERO — 5852 de 28DEAGOSTO DE 2020 HojNo.a 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación _ Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con radicados Nos. ESGTA202000141 del 6 de mayo de2020 y 000E2020907312 del 9 de julio de 2020, la mercancia se describe como un conjunto de equipos y dispositivos que unidos entre sí por medio de acoples, válvulas, mangueras, tuberías y accesorios utilizados en la agricultura y cuyo funcionamiento se detalla a . continuación: . % . . : o . o o . Inicia en un , tanque o reservorio que se , Ubica en la parte más alta de la finca: allí a la fuente de - agua se conecta un cabezal a través de un niple de 3”, otro de 2” y una copa de 3” x2 el líquido fluye por gravedad hasta los filtros de arena y después pasa por los filtros de anillas y por una batería de filtrado automática denominada Estación Helix 3” Anillas que contiene | válvulas de control y retrolavado que son accionadas desde un controlador con tarjetas de - expansión para abrir y cerrar el paso de agua de acuerdo a la necesidad. A continuación el - agua al salir de este sistema, pasa por una tubería de polietileno de 90 mm que se conecta al sistema mediante un adaptador macho de 90 mm x 3” y al final de ésta se coloca un tapón : rápido de 3 para facilitar su mantenimiento y mantener la presión; sobre la tubería de 90 mm

se conectan las mangueras de 16 mm mediante uniones, válvulas de control y conectores para. permitir que el agua fluya dentro de ella y a través de unos goteros preinsertados sale al exterior - para entregarla al cultivo. El sistema de riego agricola por goteo está compuesto por los siguientes equipos:

1. Ocho (8) filtros de arena de 2"_ filtra el agua al sistema para garantizar su calidad

2. Doce (12) ffii ltros de anillas de 2”: filtra el agua al sistema y refuerza la filtración de la: - misma.

3. Una (1) estación Helíflex 3 Anillas: filtra le agua al sistema.

4. Un (1) controlador: controla la apertura y cierre del equipo.

5. Una (1) tarjeta de expansión: modula el número de válvulas a utilizar.

6. Dos (2) adaptadores machos rápidos de 90 mm x 3” conecta la estación de fitrado con el sistema. l o -7.. Tres mil (3.000) conectores$ goteo silleta manguera de 16 1m m: : conecta las Íneas de : - riego a la tubería de conducción.

8. Setenta (70) metros de manguera de polietileno de 16 mm: conecta las líneas de goteo a la tubería de conducción.

9. Ciento treinta (130) uniones de 18 mm: conecta las cintas y líneas de riego. l o

10. Ciento treinta (130) conectores cinta manguera de 16 mm: conecta la cinta o línea de : goteo al tubo de conducción.

11. Ciento cincuenta y dos mil quinientos (152.500) metros de cinta y línea de goteo de 16

mm: su función es regar el cultivo según las necesidades.

12. Cuatrocientos (400) metros de tubería de polietileno de 90 mm

13. Un (1) tapón rápido de 3 “: evita la pérdida de presión al sistema.

14. Tres (3) válvulas de retrolavado de 3" y tres (Sa) de 2”: retrolava los fi ltros pE ara su: mantenimiento,

15. Un (1) niple de 3” y uno (1) de 2”: conecta las válvulas de retrolavado a los 6 tros.

16. Una (1) copa de 3X2: conecta los filtros a la fuente presurizada. : De acuerdo con: lo anterior, : se concluye. que arancelariamente lar mercancía objeto de la presente solicitud corresponde a una serie de aparatos que trabajan conjuntamente conectados entre sí y que conforman un sistema de riego por goteo comprendido en la partida 84.24 acorde con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI de la nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica ee n la subpartida 8424. 82. 21.00 del Arancel de Aduana)

RESOLUCIÓN NÚMERO 5852 de 28 DEAGOSTO DE 2020 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (Ad)e la Coordinación del Servicio de Arancel

de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, : - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como un sistema de riego por goteo, deacuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modifi caciones. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediartte aviso en el sitio web de la DIAN, al señor Luis Alfredo Vanegas Carriazo, identificado con cédula de ciudadanía No. 8.854.430, representante legal de la Agencia de Aduanas SUDECO S.A Nivel 1, en la en la dirección: Martínez Martelo Transversal 34 No. 19 - 85 en Cartagena — Bolivar, de conformidad con los artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la

presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de. 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos. a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para ' lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 28 DE AGOSTO DE 2020 : Jefe (A) de la eS del Servicio de Arancel Subdirección de Gestión Técnica Aduanera . 7 E : : p (a) Proyectó: Ricardo Clavijo Mayorga! Hd - te E BR AE Votacion

  • Revisó: Claudia Jurado Zapata PEF Coordinaciónde

o come: Nivel Central Bogotá, D.C. 30 DIC 2000 S p Ne u obc ler iti c Af aic Sda o e A nq _u , e D Ie Al B L pan O at .e no Sr AEact Co Aadm inisteti Cvo r, e f ou E e | o

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