DIAN - Resolución 587 de 02-02-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 587 de 02-02-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 000587 (02 FEB 2021) - Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier InteresadoLA JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA. “> SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA - e En uso de las facultades legales que -le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011. - de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS - Mediante radicadoNo . ESGTA20200045d1e l 23 de septiembre de 2020, el señor William. Palomo Castro, identificado con cédula de ciudadanía 79.732.161, en calidad de representante legal de la Agencia de Aduanas Mario Londoño S.A. Nivel 1, con NIT: - 890.902.266 -2, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como
GOJIN PARA SILLA DE RUEDAS ROHOO DRY FLOATATIONO”..
El interesado adjuntó los siguientes documentos: formulario de solicitud en un (01) folio, - descripción de la mercancía en dos (02) folios, ficha técnica en dos (02) folios, certificado de registro intertek en un (01) folio, certificado Permobil en un (00) 1f olio, imagen en un Y) : folio y recibo de pago en un (01) folio. El solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil. pesos mete ($ 439.000), según. comprobante No. 89836666-3 del banco de Bogotá del 21 de septiembrede 2020.
Mediante Requerimiento de Información Adicional oficio No. 100227342-1505 del 16 de octubrede 2020 y radicado virtual No. 000S2020906118 del 19 de octubre de 2020, estaE Coordinación solicitó al usuario, indicar como se encuentra conformado el Kit de reparación, | especificando cantidadesy características técnicas principales, especificar la composición ||. del material de fabricación del cobertor del cojín, explicar la función del ISOFLO Memory MM Control y las características técnicas, indicar si el cojín ejerce algún tipo de masaje y | describir detalladamente en caso de ser así, señalar si el neopreno del cojín se encuentra Í vulcanizado, endurecido O sin “endurecer. Con escritos radicado - virtual No.. o 000S2020919380 de0l7 d e diciembre de 2020, el interesado atiendee l requerimientdoe información en los términos solicitados, sin renunciar al tiempo restante, en cinco (05) folios. - Por medio del formato de solicitud, se indicó que se notifique a Señor William Palomo' Castro, en la Avenida el Dorado No. 97-51, Oficina-201 en Bogotá O). o
RESOLUCIÓN NÚMERO 000587 de 02 FEB 2021 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su: anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, Decisión 812 de 2016 de la Comisión del a Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto Unico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. ' Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 3b) “3. Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue: : (.) b) los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancias presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la ReglaNota 1. h) del Capitulo 94 “1. Este Capítulo no comprende: (...) h) Los artículos de la partida 87.147. - Partida 87.14 “Partes y accesorios de vehículos de las partidas 87.tta 87. 13. > | Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por lasReglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectosde esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional- - Artículos 303 a 306, mediante el cual se : dictan las disposiciones relacionadas con la atención de : las: solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. . RESOLUCIÓN NÚMERO 000587 E de: 02 FEB 2021. “Hoja No. 3 : Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resoluciónde ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO . En la información allegada mediante radicados Nos. ESGTA202000451 del 23 de septiembre de 2020 y 00052020919380 del 07 de diciembre de 2020, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como un producto de uso exclusivo para silla de ruedas para permitir que las persona con discapacidad física pueda sentarse, se encuentra : compuesto por diferentes artículos, con las siguientes características: . : Un (01) cojín: elemento de uso exclusivo, que se instala en la silla de ruedas para que 3 - la persona con discapacidad se pueda sentar en ella. -=-Una (01) funda: cubre el cojín de la silla de ruedas y ayuda: asu instalación en la silla de o 0. ruedas. a IN o A : “==: Una (01) > 7 -- Bomba de inflado manual. : o > E, : -- Una (01) kit de reparación: compuesto: por unos parthes 3 parches autoadhesivos |
cuadrados de 7/8” (2cm) y 3 toallitas de 1.5 cm x 5cm de largo (que contiene alcohol - isopropílico, contiene unas instrucciones de funcionamiento. - Manual instrucciones de funcionamiento. . Para su comercialización « se presenta acondicionado para la Ventá al porr menor en cajaa de cartón, por unidad, cuyas dimensiones del cojín cuentan con una altura 4, 25 pulgadas /p o - 10,25 cm, ancho de 12, 75 pulgadas / s2, 5 cm a 24, 25 pulgadas / 62, 5 cm. : Por tratarse de una mercancía constituida | por varios artículos presentados ee n una misma. - envoltura, diseñados para ser utilizados conjuntamente, y que individualmente se clasifican en partidas diferentes, arancelariamente nos encontramos ante un surtido acondicionado para la ventaa l por menor, por lo para la clasificación del todo hay que considerar las - posibles partidas por las cualesse clasifican cada uno de los bienes por separado: - - - Cojín, partida 87.14. - - Funda, partida 63. 07. -- Bomba de inflado manual, partida 84. 14. - kit de reparaciónparches autoadhesivos: 40.16 o Manual de instrucciones de funcionamiento, partida 49. 11. . De las anteriores las partidas susceptibles razonablemente dé tenerse en cuenta, se. observa que estas son específicas para los artículos citados, por lo que no se puede aplicar la Regla General Interpreta 3 a), siendo preciso acudir a la Regla General interpretativa 3.
- b) para determinar la clasificación por el carácter esencial.
El carácter esencial según la clase de. mercancía , puede « estar determinado, entre otros. > aspectos, por la naturaleza de la materia constitutiva, por la cantidad de los artículos que la: : componen, por la función de los componentes en relación con su utilización; considerando - que el cojín concentra la función principal para el cual está destinado, se concluye que cojín : es el que le da el carácter esencial aa . la mercancía. l . En virtud de lo expuesto, lar mercancía arancelariamente corresponde a un accesorio o para sillones de ruedas, que se encuentra comprendido en la partida 87.14 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General interpretativa 6, se clasifica : por la subpartida 8714. 20. 00, 00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto; la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de . Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanerád) l eS RESOLUCIÓN NÚMERO 000587 de 02 FEB 2021 Hoja No. 4 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la - subpartida 8714.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como un accesorio de sillones de fuedas, de acuerdo con la Nota 1. h) del Capítulo 94, en aplicación de las Reglas GeneralesInterpretativas 3 b) y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de diciembre de 2016 y sus modificaciones. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sseñor William Palomo Castro, identificado con cédula de ciudadanía 79.732.161, en calidad de representante legal de la Agencia de Aduanas Mario Londoño S.A. Nivel 1, en la Avenida el Dorado No. 97-51, Oficina 201 en Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Artículo 319 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 201 9. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo : procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.- ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con to establecido en el Artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de - 1998. . ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por
medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos : Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 02 FEB 2021
MARI TAGS BSSTADO GARCÍA Jefe (a) de la Coordinación dél Servicio de Arancel Subdirección de Gestión Técnica Aduanera
Proyectó: Marcela Martínez Fajardo
Revisó: Fidel Raul Minotta Benitez A Yat Pantra! Bogotá, 0L. f 7 AR 5% 2021 | Se CeriHic: que gl anterio: ¿010 sumnistrativo fue, - auolicaor er DIAR+O OL/ErALL EDO
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