DIAN - Resolución 5916 de 04-08-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 5916 de 04-08-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
6] POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA o RESOLUCIÓN NÚMERO 005916 (04 AGO 2027) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legalqeue sl é confiere el Artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 (Régimen de Transición), y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100087 del 24 de febrero de 2021, el Sr, Robert Jhon Chisholm Williams Moreno, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.130.362, representante legal de la Agenciad e Aduanas Claric Ltda. Nivel 2 con NIT 890.101.962-3, mandataria de la sociedad Tecnóglass S.A.S. con NIT 800.229.035-4, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL MÁQUINA LMT 65 LÍNEA DE MECANIZACIÓN Y CORTE VERSIÓN 7020/4020 DCH”. El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: transferencia electrónica bancareni daos (2) folios, mandato aduanero en cuatro (4) folios. El solicitanptageó novecientos nueve mil pesos mí/cte. ($909,000), mediante transferencias electrónicas del 5 y 24 de febrerode 2021 de Bancolombiaa l Banco de Bogotá.
Con Requerimiento de Información Adicional No. 100227342 - 786 del 8 de abril de 2021 radicado No. 000S2021903026 del 9 de abril de 2021, esta Coordinación solicitó al usuario. indicar qué materiales se trabajan en la línea de mecanizacióny corte; explicar el proceso que reáliza; aclarar cuáles operaciones de mecanizado efectúa y si hay arranque de materia; presentar un listado de los componentes; señalar si realiza diferentes tipos de operaciones de acuerdo con un programa de mecanizado, si las efectúa sin cambio de útil, sí se hace cambio automático del útil procedente de un almacén; precisar si diferentes uniddea mdecaenizsad o trabajan la pieza en un puesto fijo o la pieza se desplaza; anexar una, imagen del a mercancía; adjuntar una catálogo y plano en pdf. Se recibe respuesta con escritos radicados Nos. 000É2021903318 del 12 de mayo de 2021, 000E2021903496 del 21 de mayo de 2021 y 000E2021903633 del 27 de mayo de 2021, en cuarenta y cuatro (44) folios, sin renunciar al término restante para responder. La Dirección de Impuestos y Aduanas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo de 2021 respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de la UAE Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN).
RESOLUCIÓN NÚMERO 00959146 de 04 AGO 2021 "ol No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Por medio del formato de solicitud, el solicitante indicó que se notifique a Omar Ramiro Domínguez Gaitán en la Avenida Circunvalar a 100 mts Vía 40, Barranquilla, AtlánticoColombia. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Notas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: "Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida,
comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Nota 4 c) del Capítulo 84: “Solo se clasifican en la partida 84.57 las máquinas herramienta para trabajar metal, excepto los tornos (incluidos los centros de torneado), que puedan efectuar diferentes tipos de operaciones de mecanizado por: c) desplazamiento automático de la pieza ante las diferentes unidades de mecanizado (máquinas de puestos múltiples).” Partida 84.57: “Centros de mecanizado, máquinas de puesto fijo y máquinas de puestos múltiples, para trabajar metg],), RESOLUCIÓN NÚMERO 003916 “e 04 AGO 2021 Hoja No: 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expido una resolución de Clasificación Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancias en las subpartidas. de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatís mutandis, porlas Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resoluciones 046 de 2019 y 039 de 2021, de la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir del 9 de junio, fecha en la que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al: momento. de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años. En la información suministrada con radicados Nos. ESGTA202100087 del 24 de febrero de 2021, 000E2021903318 del 12 de mayo de 2021, 000E2021903496 del 21 de mayo de 2021 y 000E2021903633 del 27 de mayo de 2021, la mercancía se describe como una línea que realiza diversas. Operaciones (fresado, taladrado, avellanado, roscado, etc.) a piezas metálicas y después el corte de éstas, mediante el siguiente proceso: La. línea recibe. las piezas. (perfiles de aluminio) y las, carga automáticamente mediante soportes através de un almacén dec carga, sincronizado, por medio de dispositivos de control numérico computarizado (“CNC”), con sensores e instrumental. Luego son llevados hasta un dispositivo de inclinación, posicionándolas para introducirlas en el módulo o cabina de . mecanizado . con ayuda, de barras de agarre y alimentación. Una vez en el módulo de mecanizado, los perfiles se desplazan para someterlas a las diversas operaciones de mecanización; todas ellas se realizan sobre los perfiles en un
cuadro de dieciséis (16) electro husillos distintos (cada uno con su herramienta sin la necesidad de un almacén), que permiten mecanizar sobre cualquier cara del perfil. Para efectuar el correspondiente mecanizado no se realiza intercambio automático de herramienta. Después continúan su camino, nivelados y estabilizados, hasta la zona de corte donde un. sistema de sujeción permite hacer los cortes a la medida. y angulación de forma exacta. Tanto en el “mecanizado como en el corte se generan “virutas de aluminio. La línea cuenta con un sistema automático secuencial de. salida de residuales de corte, con bandas' transportadoras en sincronía con el control “GNC”, y lleva los residuos hasta carros asociados a la línea. Para los productos terminados se. dispone de un acumulador de descarga denominado acumulador de. descarga, que cuenta con un sistemá de sopladores de aire para eliminar la viruta remanente; este. acumulador. ordena los productos terminados y los sitúa sin que entren en. contacto entre ellos, para | la manipulación posterior. por parte de un operariog,)
RESOLUCIÓN NÚMERO 005916 de 04 AGO 2021 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado La línea dispone de una consola de mando para el control y accionamiento, con un software mediante el cual realiza la programación del mecanizado y del corte. También cuenta con un armario eléctrico con los componentes eléctricos y sus protecciones.
Componentes:
1. Un (1) almacén de carga: para la acumulación y posterior traslación horizontal de los
perfiles; mediante soportes y correas dotadas de piezas móviles se posicionan según la sección de perfil a mecanizar.
2. Un (1) sistema de sujeción perfil: recibe los perfiles del almacén de carga, los estabiliza, y luego mediante una pinza giratoria se encarga del transporte a lo largo de toda la línea para su mecanización.
3. Una (1) unidad de mecanización plurimandril: compuesto por electro husillos con la capacidad de ser cargados con una multiplicidad de herramientas, permite el mecanizado de las barras (fresado, taladrado, avellanado, etc.).
4. Una (1) unidad de corte: con sistema de sujeción que permite sostener la pieza para un corte de precisión,
5. Un (1) acumulador de descarga: permite ordenar las chapas, perfiles y tubos de aluminio cortados y mecanizados para la manipulación futura de un operario y su transporte hacia la línea de producción.
6. Un (1) transportador de descartes/virutas: compuesto por cintas transportadoras ubicadas a la salida de cada estación de trabajo, que se encargan de transportar las piezas de descarte hasta un acumulador de residuos.
7. Una (1) consola de mandos: es la interfaz que posee el operador con la línea para su completo control y accionamiento; en ella se puede gestionar la lista de corte y mecanización de acuerdo con las necesidades de producción.
8. Un (1) armario eléctrico: contiene los componentes electrónicos y sus protecciones.
9. Una (1) cabina de protección de la unidad de mecanizado y corte.
10. Ocho (8) bancos de desplazamiento con paso operador: para desplazamiento del
material procesado.
11. Treinta y dos (32) bancos a rodillos libres: para desplazamiento del material procesado.
12. Dieciséis (16) bancos giratorios con rodillos: para desplazamiento giratorio del material procesado. 13, Cuatro (4) embaladoras automáticas: para desplazamiento del material procesado. 14, Cuatro (4) manipuladores electrónicos: para desplazamiento del material procesado
15. Dieciséis (16) mesas de volteo horizontal/vertical: para reposicionar el material procesado
16. Treinta y dos (32) carros para desplazamiento del material procesado.
17. Un (1) cercado perimetral: es una protección para prevenir el acceso de personas a la zona de trabajo de la línea.
Al analizar la información anterior, se tiene que salvo el cercado perimetral relacionado en el numeral 17, los demás componentes se utilizan para realizar a perfiles de aluminio operaciones de fresado, taladrado, avellanado, roscado, corte etc.; por lo tanto, dicho cercado al no participar en esas operaciones, debido a que se emplea para prevenir el acceso de personas a la.zona de trabajo, debe ser clasificado según su propio régimen. Considerando lo anterior, el conjunto.d e aparatos relacionados en los numerales 1 a 16, trabajan en secuencia efectuando diferentes operaciones de mecanizado a piezas metálicas, mediante transferencia automática de la pieza ante el útil, equipadas con varios electro husillos cada uno con su herramienta, sin necesidad de un almacén ni de intercambio automático de las herramientas, quedando comprendido arancelariamente en
la partida 84.57 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las RESOLUCIÓN NÚMERO 00591 6 de 04 AGO 2021 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1; y se clasifica en la subpartida 8457,30.00.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General Interpretativa 6. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, salvo la excepción mencionada en las Consideraciones del Despacho, en la subpartida 8457.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina de puestos múltiples, para trabajar metal, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. Omar Ramiro Domínguez Gaitán, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.769.167, representante legalde la sociedad Tecnoglass S.A.S., en la Avenida Circunvalar a 100 mts Vía 40, Barranquilla, Atlántico - Colombia, de conformidad con tos
artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 04 AGO 2021
¡87 MARÍA » Al Coordinde aNoctifiicaócinone s "Nivel Central Bogotá, D:C. Jefe (A) de 26 DIE 2021 26 DIC 2021
Proyectó: Eddie Fernando Gutiérrez Ramírez
Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata
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