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DIAN - Resolución 5983 de 04-09-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 5983 de 04-09-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

7, . ¿ POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA > “RESOLUCIÓN NÚMERO | o 04 sep ar) Por la cual « se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición dele Cualquier Interesado 0 A LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL o DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA | En uso de las facultades legales que le confiere él Artículo 42 de la Resolución 0011 . de 2008 y teniendo, en cuenta los siguientes, : Es HECHOS. : Mediante radicados Nos. ESGTA202000099 del 12 de marzo de 2020 y 0002020008690 del 13 . de marzo de 2020, el Sr. Harry Andrés Rubiano Malagón, identificado con cédula de ciudadanía i No. 79.939.684 representante legal de la Agencia de Aduanas Siacomex S.A.S con NIT -.830.023.585-7, mandatario de la sociedad Santa Marta Golden Hemp S.A.S, con NIT 900.993.798- -3 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado A para la mercancía denominada técnicamente” como - CANNABIGEROL. AISLADO” - y comercialmente como CBG AISLADOCBG ISOLATED". a A 7 El interésado adjuntó : a la solicitud: fotocopia de la ficha de control de calidady código: E( cce: FO. o A - FS005 en cinco (5) folios, certificado de análisis en cuatro (4) folios, fotocopia del mandato ' aduanero en cuatro (4) folios y copia del Pago en un m folio.

— A E solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil pesos m/cte. (6 439. 000), con transferencia del : A grupo Aval No. 956417 del 11 de r marzo de 2020. Mediante oficio No. 100227342528 radicado virtual 000S202090+ 721 del 21 den mayo de: 2020, este .

A Despacho solicitó: confirmar la composición del producto sobre una base del 100% indicando la.

A función que cumplen cada uno de sus componentes, indicar la fórmula estructural del. “producto; indicar el proceso de obtención y definir el uso específico, entre otros. El peticionario atiende el A requerimiento de información adicional con radicado virtual No. 000E2020907015 del 8 de julio de 2020 en nueve. (8) folios, renunciando al término restante para dar respuesta. | Por medio del formato se indicó que se> notifique al Sr. Harry Andrés Rubiano Malagón, e€ n la2 Carrera . o 70C No. 48A43, en Bogotá D. C., A Mediante Resolución 022 del 18 de marzo ) del 2020, emanada de l1 a Dirección de: Impuestos Y A A Aduanas “Nacionales . se determinó . suspender los términos en los . procesos - y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como medida transitoria porn motivos de salubridad pública, entre el 19 de marzo y el 3 de abril de 2020, inclusive. + — — — — El 29 de marzo de 2020 la DIAN expide la Resolución 030 con la cual adopta medidas de urgencia |

— — —— - para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y — — - Aduanas Nacionales — DIAN, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, — —— y deroga la Resolución 22 del 18 de marzo del 2020. — — . EEll artículo 8 de la Resolución 30 del 29 de marzo de 2020 establece: SUSPENDER haesta IMe ermanezca vigente. la Emergéncia Sanitaria declarada por. el. Ministerio de Salud. y Protecci

- RESOLUCIÓN NÚMERO 005983 de 04 SEP 2020 Ho, No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Social la totalidad de los términos de las actuaciones adminisrativas (o> ) jurisdiccionales en sede administrativa, incluidos los procesos disciplinarios. Durante el término que dure la suspensión y hasta el momento en que se reanuden las actuaciones no correrán los términos de caducidad, prescripción o firmeza previstos en la legislación tributaria, aduanera y cambiaria” Mediante el artículo 1 de la Resolución No. 41 del 5 de mayo de 2020, la DIAN modificó los parágrafos 2 y 3 del artículo 8 de la Resolución 0030 del 29 de marzo de 2020 y levantó los términos de suspensión para expedir resoluciones de clasificación arancelaria, unidades funcionales: y resoluciones anticipadas. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo,

aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. - Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sino son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 1 a) Capítulo 29 “Salvo disposición en contrario, las partidas de este Capítulo comprenden solamente: a) los compuéstos orvánicos de constitución química definida presentados aisladamente, : aunque contengan impurezas, : E Partida 29.07 “Fenoles; fenoles-alcoholes.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del:mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículo 303 a 306 mediante el cual se dictan las - disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 0048 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesArtículos 313 y 314, - mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier - interesado.

RES LUCIÓN NÚMERO - 0 o ss 9 8 uN A SEP 2020 “Hoja No. 3

Continuación delaa cto administrativo por el cúal se$ expide una resolución de Clasificación . Arancelaria a Petición de Cualquier. Interesado Ls > CONSIDERACIONES DEL DESPAC HO Se ieahudan los términos de atención de la: solicitud de resolución de clasificación ataricelaria. a petición. de cualquier interesado con radicado No. ESGTA202000099 del 12 de marzo de 2020, - - conforme la Resolución 41 del 5 de mayo de 2020, mediante la cual se levantaron las medidas de. suspensión de expedición de resoluciones de clasificación arancelaria, y que entró a regir el 6 de mayo de 2020. En la información ss uministrada «c on radicados Nos. ESGTA202000099 del 12 de marzo de + 2020 em : 000E2020008690 del 13 de marzo de 2020, la mercancía a clasificar se describe como un polvo - fino de color blanco a ligeramente rosado, inoloro, que presenta las siguientes propiedades fisicoquímicas: o

Nombre común: Cannabigerol Aislado :

Fórmula molecular: C21H3202

Peso molecular: 316. 48 gímol CasH ; 25654-31-3 o Concentración: 98 - 102 % camabigerol El proceso de obtención del producto se inicia con ¡las florés ss ecas sde cannabis que se lavan con E etanol USP al 96% a baja temperatura extrayendo sólo terpenos y cannabinoides, posteriormente -. se centrifuga para retirar el extracto etanólico (etano + cannabinoides) remanente en el. material Ñ vegetal y se filtra todo el extracto etanólico para evitar que partículas finas del material vegetal o: cualquier residuo pase al siguiente proceso en el que se separa con un equipo de evaporación la. resina (cannabinoides + terperios) y el etanol. a : : Una: vez se obtiene la resina se somete a un 1 proceso de destilación a una temperatura de 65% : a. -220 C, con alto vacío para obtener una fracción de destilado rica en cannabigerol que se homogeniza con pentano a temperatura ambiente en un reactor y una hora después se enfría a 0” .

C para inducir a la cristalización. Una vez los cristales son formados, el (pentano + cannabinoides) - se.retira y evapora para recuperar el pentano. - Los cristales de cannabigero!l se someten a un proceso de tamizado y secado para « eliminar el solvente residual, obteniéndose CBG aislado al 98%. O o . a Se: “utiliza como materia: prima en la elaboración. de cosméticos, soluciones para . vaporizar, di investigación y desarrollo en la industria farmacéutica entre otros USOS industriales. o

Se présenta en bolsa trilaminar hermética de 1. 000 gramos. Del análisis de la información aportada se establece que la mercancía corresporide a un: producto de composición química definida, presentado aisladamente en cuya estructura se presenta un anillo bencénico con sustitución de dos átomos de hidrógeno por parte de dos grupos hidroxilo (om) en las posiciones 1 y 3, unida a a una configuración CH, constituyendo un polifenol. . o o Así las c€ osas, se tiene que aráncelariamente el cannabigerol aislado corresponde a un polifenol que - en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 29.07. de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General interpretativa 6 se .. clasifica en la subpartida arancelaria 2907. 29. 90.00 del Arancel de Aduanas de Colombia. a En mérito de lo: anteriormente “expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de do - la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la: mercancía descrita en la presénte resclución en la sibpartida2907.29.90.00.00 del Arancel de Aduanas, como un polifenol de acuerdo con la Nota 1 a) del Capítulo 29 en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto - arancelario, contenidas en el Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 y sus modificacion RESOLUCIÓN NÚMERO 005983 de 9% SEP 2020 Hoj:No . 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. Harry Andrés Rubiano Malagón, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.939.684, Representante Legal de la Agencia de Aduanas Siacomex S.A.S., en la Carrera 70C No. 48 A43., en Bogotá D.C. - Cundinamarca., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y - 764 del Decreto 1165 de 2019 y Articulo 319 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019. 7 bo ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede - recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, él cual deberá - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad' con lo - establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, en el Artículo Reglamentario 319 de la Resolución 0046 de 2019, en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio

de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera. para to de suu competencia y publiquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | o | 0.4 SEP 2020

MARÍA TRÁN RTADO GARCÍA.

Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel Subdirección de Gestión Técnica Aduanera

Proyectó: Sandra Huérfano Bernat .

Revisó: Ciaudia Alejandra Jurado Zapata Encino paeco Se certitice que pl ameno: aci esiranisrativo top,

AA AS

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