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DIAN - Resolución 5984 de 04-09-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 5984 de 04-09-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

Li |

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA

005904 RESOLUCIÓN NÚMERO DR SER ES Por la cual. se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado l | LAA JEFE (AJDD E LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA _ SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERAEn uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011. de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOSMediante 1 radicado No. ESGTA202000218 del 18 de junio de 2020. el Sr. Raúl García Arias, identificado con cédula de ciudadanía No 14.988. 737, representante legal de la sociedad Agencia de Aduanas Aladuanas S.A.S Nivel 1 con NIT 830.010.905-4, mandatario de la sociedad IndustriaColombiana de Café - Colcafé S.A.S con NIT 890.903.532-1 presentó una solicitud de resoluciónde clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercaricia denominada Ñ A técnica y comercialmente como "PLANTA PARA EXTRACCIÓN CONCENTRACIÓN DE CAFÉ”. -Elinteresado adjuntó ala solicitud los siguientes documentos: Formatos de solicitud de clasificación : arancelaria en dos (2) folios, descripción de la mercancía en diecisiete (17) folios, comprobante delo pago en un (1) folio, diagrama de flujo en un (1) folio, ficha técnica de molino de café en trece (13) AV folios, listado de equipos en dos ( (2) folios, mandato aduanero en diez (10) folios.

  • El solicitante pagó ochocientos setenta y ocho mil pesos mete. ($878. 000), con comprobantes Nos. | DIAN40791 de 28 de mayo de 2020 y SALDCLASDOSOT8 103 de 17 dee junio de 2020 ámbos del Bancolombia, o Esta Coordinación, mediante oficios Nos. 100227342: 1037 y 100227342: 1038 del 21 de agosto de -2020, consultó a las Jefes Divisiones de Gestión Fiscalización Aduanera y Gestión de Liquidación -Aduanera de todo el país y Subdirección de Gestión de: Recursos Jurídicos, Subdirección de Gestión de Representación Externa y Divisiones de Gestión Jurídica, respectivamente, si tenían - |. conocimiento de la existencia de un proceso en curso para la mercancía objeto de la solicitud declasificación, no encontrándose información sobre. investigaciones relacionadas. con este tipo de productos.

Con radicado virtual 000E2020913744 del 25 de agosto de 2020, el usuario > presentó un: “alcance a + la solicitud inicial donde indicó que el tipo de solicitud es a petición de cualquier interesado, ¿aportó - diagrama de flujo y listado de equipos en dos (2) folios. Por medio del formato de solicitud, el interesado indicó ques se notifique :a Raúl Garcia Aras €e n la Carrera 1' 03 No. 20B - 86 piso 3 en Bogotá D.C. : FUNDAMENTOS De DERECHO | : Convenio: del: Sistema Armonizado de Designación yy Codificación e Mercancías y su anexo, o aprobado" por Colombia mediante Ley 646 de 2001, Acuerdo de Cartagena, aprobado y por Colombia 2 mediante Ley e de LN

ResoLución Número 005984 ge quero HojaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de. otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.19: “Aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente (excepto los - hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción,

destilación, rectificación, estenlización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, . excepto los aparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, excepto los eléctricos.” Regla General Interpretativa 6: -“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1185 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos yy Aduanas Nacionales - Artículos 915, 314 y 316 mediante la cual se reglamenta la expedición de resoluciones anticipadas. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información aportada mediante radicados No. ESGTA202000218 de 18 de junio de 2020 y alcance radicado No. virtual 0ODE2020913744 del 25 de agosto de 2020, la mercancía objeto de estudio se describe como un conjunto de máquinas para moler granos de café tostado, . extraer y concentrar los sólidos solubles del café molido, con la capacidad de procesar 1425 kg de

caté molido (€ 6% de humedad y densidad de 245 g/l) del cual se extraen 8995 kg/h de extracto líquido con un 7% de sólidos solubles, esto equivale entre 600 y 650 kg/h sólidos solubles. Para moler los granos de café tostado, extraer y concentrar los sólidos solubles del café molido, se realizan las siguientes etapas: el grano de café tostado se muele en un molino diseñado para plantas de extracción que posee un tipo masas especiales que garantizan la granulometría requerida en RESOLUCIÓN NÚMERO - 00598 ae 0% SEP 2020 HojaNo.3 - Continuación del acto administrativo: por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. estas aplicaciones, el café molido se transporta por un sistema mecánico > hácia el equipo e| xtractor donde se realiza la extracción de los sólidos solubles del café, mediante el proceso de extracción - : - sólido — líquido en el cual se inyecta agua a altas temperaturas en recipientes presurizados para lograr que el agua no cambie a estado gaseoso, al lograrse las condiciones ideales y entrar en contacto el agua con las partículas de café molido, se extraen los sólidos solubles del café, los - cuales posteriormente pueden ser usados en otros procesos; finalmente los residuos del café o también llamados borra, son descargados mediante vapor a altas presiones desde los xtractores y transportados a otra área donde se hace la correcta disposición. : Luego de obtener el extracto de café. el cual está diluido y con un Porcentaje considerabl de sólidosno solubles, se pasa al proceso de separación, el cual como su nombre lo indica, separa y. remueve dichos sólidos del extracto líquido, esto se realiza en la centrifuga (cuerpo vertical) y decanter -(cuerpo horizontal) que aprovechan el principio de fuerza centrífuga, la cual hace que sólidos insolubles se' desplacen a los costados externos del cuerpo del equipo, los insolubles del centrifugador son recogidos en un depósito para posteriormente ser descargados como residuo en : el equipo decanter para seguir su separación ya que la ventaja de este equipo radica en que logra - Separar suspensiones con cargas sólidas muy altas de hasta 10 e VN de sólidos insolubles. El extracto de café diluido y sin partículas insolubles provenientes de la etapa de separación anterior. : se someten a concentración en un equipo evaporador que mediante de calentamiento se evapora el agua del producto que luego se condensa y se retira para lograr concentrar el extracto de café hasta las especificaciones requeridas; «alternativamente se puede realizar. la concentración en los equipos de crioconcentración que consisten en un set de equipos electromecánicos los. cuales por medio del proceso de cristalización (formación de cristales de hielo y que luego se retiran) le dan la “concentración necesaria al extracto de café (cafe liquido, diluido e« n agua) para luego, pasar al 0 siguiente proceso. de producción. : Los equipos que hacen parte del proceso de molienda, extracción, , concentrado de los componentes solubles del café son los siguientes: : o 4: Un (1) molino cón diseño especial para plantas aa A instalada de 40.5HP con capacidad de 3.000 kg/h (Y) 800-850 micras; con instrumentación. y control, equipado

con masas > especiales para garantizar la granulometría requérida.: ES

2. Un 0 equipo de transporte mecánico: transporta el caté molido hasta el equipo. extractor o potencia instalada de 10 HP con capacidad de 5. 000 kg/h de café riolido.

Ñ 3 Un (0) extractor: extras los comporientes solubles del café: potencia instalada de 22. 25 KV 7 con capacidad máxima de 8.995 kg/h de extracto; compuesto de mezclador y 8 columnas de extracción; instrumentación de proceso y válvulas de control; panel de PLO y de VO . remotos, sistema de control de PC /PLC.

4. Una (1) centrifuga: separa cómiponéntes insolubles del extracto del café: potencia. instalada1. de 40 HP con capacidad de 6.000 l/h de extracto; instrumentación de proceso y válvulas de Control, tablero de control y potencia; PLO con software de control y pantalla táctil. 2 d Un (1) decanter: separa componentes. insolubles. del extracto del café; potencia instalada de 11 HP con capacidad de 800 l/n de extracto; tablero de control y potencia; instrumentación o de proceso y válvulas de control; PLC con software de control y pantalla táctil.

CB Un 0) crioconcentrador: concentra el extracto de café libre de insolubles congelando eell agua o del extracto y retirando el:hielo; capacidad de 700 kg/h de agua pura y 151 kg/h de extracto concentrado; tablero de potencia y tablero de control; bombas y tanques de proceso; - instrumentación y válvulas de control; PLC conn software de control y pantalla de computador.

7. Un a) evaporador: concentra el extracto de café libre de insolubles calentando y evaporando

el agua luego este vapor se condensa y se retira; capacidad de 5.000 kg/h de agua pura y21710. kg/h de extracto concentrado;,-tablero de control; bombas y tanques de proceso; instrumentación y válvulas de contrelfAr N RESOLUCIÓN NÚMERO 005984 de 0% SEP 200 Hoja No. 4 - Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Del análisis de la información que precede,se establece que la mercancía corresponde 'a un - conjunto de máquinas que trabajan conectadas entre sí y mediante un proceso que implica cambios de temperatura logra la extracción y concentración de componentes sólidos solubles del café; por - tanto queda comprendido en la partida 84.19 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de “acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, y se clasifica en la subpartida 8419.89.99.90 del Arancel de Aduanas, según la Regla General interpretativa 6. “En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinaciódnel Serviciod e Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, : o : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasifi car la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8419.89.99.90 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas para extracción de componentes sólidos solubles de café de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación

de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenida en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o den manera subsidiaria mediante aviso en elss itio web de la DIAN, el Sr. Raúl García Arias, identificada con cédula de ciudadanía No 14.988.737, en la Carrera 103 No 25B -— 86 piso 3 en Bogotá Colombia, de conformidad con los Artículos 755, 756, -763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019.- ARTÍCULO TERCERO: Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede : recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación €e n el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 201 9, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. : - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la

Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

“YA BLÍ JUESE Y CÚMPLASE 0% SEP 2020

Jefe (A) Coordinación del Servicio de ArancelSubdirección de Gestión Técnica Aduanera a 3 IAA N| | “.- Proyectó: Fidel Raúl Minotta Benítez o oc OS Pe Eg á Bogotá, _ Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata... 0 0 0 REA a Lo "et Canal pS. 0 DIC 2020

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