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DIAN - Resolución 599 de 27-04-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 599 de 27-04-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

RESOLUCIÓN No 000599 (27 abril de 2022) Por la cual se modifica transitoriamente el horario de trabajo en la Dirección Seccional de Impuestos Cali EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en el Numeral 9 del Artículo 3º de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto del 2021, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le delegó la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección, y la Resolución No. 000082 del 26 de agosto del 2021, CONSIDERANDO: Que el numeral 9º del artículo 3º de la Resolución 000084 del 27 de agosto del 2021, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que, con ocasión de la conmemoración del primer aniversario del Paro Nacional, se encuentran convocados para el 28 de abril del 2022, puntos de concentración y marchas pacíficas en diferentes ciudades del país, incluida Santiago de Cali. Que los días 28 y 29 de abril del 2022, se debe garantizar la atención al público en los servicios de recepción de documentos, radicación de recursos, ventanilla única de correspondencia y notificaciones personales. Que en aras de facilitar la movilidad y velar por la seguridad de los funcionarios y usuarios en general, ante situaciones de orden público que se puedan generar e inconvenientes en

el sistema de transporte, se determinó modificar el horario de la jornada laboral para los días 28 y 29 de abril del 2022. En mérito de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°: Modificar temporalmente el horario de la jornada laboral de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, para los servidores públicos que por necesidad del servicio deben laborar presencialmente los días 28 y 29 de abril del 2022, el horario será de 7:00 a.m. a 2:00 p.m. en jornada continua. ARTICULO 2º: Los funcionarios que realizan trabajo en casa durante los días 28 y 29 de abril del 2022, continuaran laborando en los horarios establecidos por la Dirección Seccional. ARTÍCULO 3º: Establecer para los días 28 y 29 de abril del 2022, como horario de atención al público de 6:00 a.m. a 2:00 p.m. en jornada continua, para los servidores públicos del Grupo Interno de Trabajo de Documentación, que laboran en:  Recepción de documentos EAR,  Ventanilla única de correspondencia, RESOLUCIÓN NÚMERO 000599 del 27 de abril del 2022 Hoja No. 2 Continuación de la Resolución 000599 Por la cual se modifica transitoriamente el horario de trabajo en la Dirección Seccional de Impuestos Cali ______________________________________________________________________________  Recepción de recursos,  Notificaciones personales  Notificaciones por correo (empresa de mensajería Servientrega)  Envío de correspondencia física (empresa de mensajería 4 - 72) ARTÍCULO 4°: Corresponde a los jefes de División y Grupos Internos de Trabajo, garantizar

el cumplimiento del horario establecido. ARTICULO 5º: Publicar la presente resolución en lugar visible al público de la Dirección Seccional y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. ARTICULO 6º: Comunicar la presente resolución a los buzones electrónicos de los funcionarios de la Dirección Seccional. ARTICULO 7º: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE y CUMPLASE, Dada en Santiago de Cali, a los veintisiete (27) días del mes de abril del 2022

JAVIER BELTRAN LOSADA

Director Seccional de Impuestos de Cali

Proyectó: Ana Lucia Villegas S.

Revisó: Maritza Oliveros Merchan

Revisó: Nesly Leal Saa

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