DIAN - Resolución 600009 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600009 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600009 (14 ene. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL (LA) JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000001918 de 15 de octubre de 2024, la Sra. LIANNA KATHERINE ROMERO DONCEL, identifica da con Cédula de Ciudadanía 1 .105.687.044, en calidad de representante aduanera de la AGENCIA DE ADUANAS GLOBAL CARGO SAS NIVEL 2, con NIT 901 .335.945-1 mandataria de la Sociedad EATON INDUSTRIES COLOMBIA S A S con NIT 900 .430.151-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “SISTEMA DE DUCTOS DE BARRAS” y comercialmente como “DUCTOS DE BARRAS

COMPACTO”

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formulario de solicitud en dos (2) folios, mandato aduanero en cinco (5) folios, recibo de pago en un (1) folio, catálogo en diez y seis (16) folios, carta del importador en tres (3) folios

La solicitante pagó seiscientos cincuenta y ocho mil pesos m/cte ($ 658.000,00) según

en diez y seis (16) folios, carta del importador en tres (3) folios

La solicitante pagó seiscientos cincuenta y ocho mil pesos m/cte ($ 658.000,00) según Transferencia número 0 de 15 de octubre de 2024 del Bancolombia s.a. al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000605 del 18 de octubre de 2024 este Despacho solicitó al usuario: indicar uso espe cifico y las características físicas de la mercancía (dimensiones, peso, material de que está hecho, si contiene algún tipo de aleación etc, cuáles son los accesorios que in cluyen estos ductos, explicar si con los ductos se suministra o transmite energía a otros equipos, indicar si los ductos llevan cables conductores en su interior, allegar un diagrama de flujo donde se indique paso a paso el funcionamiento y componentes del producto objeto de clasificación, anexar ficha técnica e indicar como viene la presentación comercial del producto (etiquetas u otros distintivos) . La reunión té cnica se llevó a cabo de manera virtual el día 7 de noviembre de 2024. La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2024000100165398000588 del 22 de noviembre de 2024, con 23 folios.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600009 de 14 ene. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. LIANNA KATHERINE ROMERO DONCEL, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. LIANNA KATHERINE ROMERO DONCEL, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la interesada operaciones7@aduanasglobalcargo.com - carolinasabogal@eaton.com; o por correo en la dirección Calle 23 # 116-31, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Partida 85.44

“hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad, aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras

Partida 85.44

“hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad, aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas constituidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos incorporados o provistos de piezas de conexión.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A e fectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan entre otras las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHORESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600009 de 14 ene. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001918 de 15 de octubre

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001918 de 15 de octubre de 2024, y E2024000100165398000588 del 22 de noviembre de 2024 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como: un elemento metálico de aluminio puesto a tierra que contiene conductores aislados montados en fabrica, que se utilizan para conducir electricidad en las instalaciones eléctricas de baja y media tensión . Está conformado por secciones de tipo vertical y horizontal como codos, tapas finales, Ts, y juntas de expansión, mediante el siguiente proceso:

Los ductos XAP -B son un conjunto de canalizaciones que constan de un envolvente metálico de aluminio puesto a tierra que contine conductores aislados montados en fabrica, que distribuyen electricidad y se conectan a tableros eléctricos y/o transformadores , incluyen tramos rectos, codos, accesorios, cajas de derivación y complementos. Es una forma alternativa de transferir energía eléctrica respecto a los cables. Este sistema es usado para la distribución de energía eléctrica y conexión de equipos eléctricos en instalaciones de baja y media tensión, ubicadas en el comercio y la industria. El pe so y dimensiones de los ductos de barras están especificadas conforme al tipo de ducto y corriente nominal requerida.

Los accesorios principales de los ductos de barras son los soportes de instalación y otros elementos que hacen parte de la misma conexión de los tramos y son conocidos como uniones o “joints” cuya función es unir dos tramos de un ducto, también están las cajas tipo

Los accesorios principales de los ductos de barras son los soportes de instalación y otros elementos que hacen parte de la misma conexión de los tramos y son conocidos como uniones o “joints” cuya función es unir dos tramos de un ducto, también están las cajas tipo plug-in que se instalan en algunas ubicaciones en puntos estratégicos para realizar distribución de energía.

Los ductos de barras no llevan conductores en su interior, están fabricados de barras conductoras de aluminio con una capa de aislamiento interior.

Características específicas:

  • Corriente nominal: 400 a 5000 A - Tensión nominal de funcionamiento: < 690 v (con unidad plugin) y < 1000 v (sin unidad plugin) - Frecuencia: 50/60 Hz - Material de fabricación: aluminio - Uso: distribución de energía eléctrica y conexión de equipos eléctricos en instalaciones de baja y media tensión.

Componentes del ducto de barras compacto

  • L Codo horizontal: corriente entre 400 y 5000 A. dimensión entre 400 y 800 mm - L Codo vertical: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones entre 400 y 600 mm - Z Horizontal: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones entre 400 y 700 mm - Z vertical: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones entre 400 y 1000 mm - T Horizontal: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones entre 500 y 700 mm - T vertical: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones entre 400 y 600 mm - Codo múltiple: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones entre 400 y 1000 mm
  • T vertical: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones entre 400 y 600 mm - Codo múltiple: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones entre 400 y 1000 mm - L Codo vertical especial: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensión 440 y 600 mm - L Codo horizontal especial: corriente entre 400 y 5000 A. Dimensiones 400 mm - Reducción: corriente antes de la reducción en (A) entre 630 y 6300 - Junta de expansión: corriente entre 400 y 6300 A. Altura entre 213 y 854 mm - Tapa final: corriente entre 400 y 6300 A. largo entre 126 mm y 550 mm - Caja de conexión plug In: distribuye la energía eléctrica desde el ducto de barras

hacia la carga. Proporciona protección contra sobrecargas a la unidad derivada.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600009 de 14 ene. 2025 Hoja No. 4

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Accesorios de instalación:

  • Tapas finales: para proteger la conexión entre los ductos de barras y los y los equipos. - Soporte vertical con ángulo y varilla roscada: para instalación horizontal de ductos de barras de 400 a 2500 A. - Instalación del soporte de pared horizontal: se utiliza en la instalación del ducto de barras a lo largo de una pared. - Soporte vertical tipo trapecio con ángulo de acero: se usa en la instalación horizontal de ductos de barras de 3200 a 5000 A - Soporte con resorte: para la aplicación en ductos de barras que penetran el suelo.
  • Soporte vertical tipo trapecio con ángulo de acero: se usa en la instalación horizontal de ductos de barras de 3200 a 5000 A - Soporte con resorte: para la aplicación en ductos de barras que penetran el suelo. - Soporte de fijación media: asegura la instalación del ducto de barrasen el elevador vertical.

Para mayor claridad en atención a la clasificación de este tipo de barras observamos las notas explicativas de este Capítulo. Recordemos que las notas explicativas son elaboradas y aprobadas por el Consejo de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y constituyen la interpretación oficial a nivel internacional, aceptadas por el Consejo de Estado como criterio auxiliar de interpretación, estas notas explicativas contienen información adicional y aclaraciones sobre la correcta clasificación de las mercancías que contribuyen a interpretar de manera correcta la nomenclatura arancelaria.

En las Notas explicativas para la partida 85.44 se señala: “... esta partida comprende siempre que estén aislados para para electricidad, los hilos, cables y otros conductores (por ejemplo, trenzas, bandas o barras ), de cualquier tipo, que se utilizan como conductores eléctricos en el equ ipo de máquinas , en instalaciones o en el montaje de canalizaciones interiores o exteriores (subterráneas, submarinas o aéreas, etc.) se trata de toda una gama de artículos que van desde el simple alambre aislado, a veces muy fino hasta los cables complejos de gran diámetro...”

Así mismo, según las notas explicativas, el hecho de que los alambres y demás conductores aislados estén cortados en longitudes determinadas para un uso concreto, que se presenten en juegos o surtidos o incluso con piezas de conexión en uno de los extremos o

Así mismo, según las notas explicativas, el hecho de que los alambres y demás conductores aislados estén cortados en longitudes determinadas para un uso concreto, que se presenten en juegos o surtidos o incluso con piezas de conexión en uno de los extremos o en los dos, no afecta la clasificación

Desde el punto de vista arancelario y considerando que el producto objeto de esta clasificación, se encuentra provisto de piezas de conexión es susceptible de clasificar por la subpartida 8544.42.90.00 y no por la subpartida 8544.49.90.90 como lo sugiere el usuario.

Teniendo en cuenta la información aportada por el interesado se concluye que la mercancía objeto de clasificación corresponde a un sistema cuya función es transporte de energía conocido como ductos de barras compactos, que arancelariamente y de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1, se encuentra comprendida en la partida 85.44 de la nomenclatura del Sistema Armonizado y de conformidad con la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la Subpartida 8544.42.90.00

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS ($657.645) incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS ($355), del cual podrá solicitar

devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600009 de 14 ene. 2025 Hoja No. 5

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En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8544.42.90.00 del Arancel de Aduanas, como barras de aluminio aisladas conductoras de electricidad, para una tensión inferior o igual a 1.000 V, con accesorios de conexión, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora LIANNA KATHERINE ROMERO DONCEL identificada con Cédula de Ciudadanía No. 1.105.687.044,.en calidad de Representante Aduanero de la AGENCIA DE ADUANAS GLOBAL CARGO SAS NIVEL 2 con NIT 901.335.945-, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud operaciones7@aduanasglobalcargo.comcarolinasabogal@eaton.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo

carolinasabogal@eaton.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Calle 23 # 116-31 en Bogotá, D.C. - Bogotá D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-01-14 / 01:06:54 P. M.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600009 de 14 ene. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

MARIN CABARCAS IRMA LUZ

Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSe certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.090 del 15 de abril de 2025, página 46.Se certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.090 del 15 de abril de 2025, página 46.

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