DIAN - Resolución 600048 de 20-01-2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600048 de 20-01-2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario, Aduanero y Cambiario
- Año
- —
RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600048 (20 ene. 2026)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000003103 de 02 de diciembre de 2025, el señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1, con NIT: 811.001.259 -7, mandataria de la sociedad OTACC S.A.S., con NIT 890.201.201-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER y comercialmente como UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER
GAMECHANGE CIMITARRA 7 BV.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formato SIE-SARP en dos (2) páginas, mandato en seis (6) páginas, comprobante de pago en una (1) página, ficha técnica en dos (2) páginas, listado de equipos en una (1) hoja y plano en una (1) página.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos
técnica en dos (2) páginas, listado de equipos en una (1) hoja y plano en una (1) página.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($1.383.686) según transferencia número 86632 de 28 de noviembre de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, a la s siguientes direcciones electrónicas, fsterling@roldanlogistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Carrera 100 25b-40, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600048 de 20 ene. 2026 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida.
Regla General Interpretativa 1:
otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida.
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netament e definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la Partida 84.79:
“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307,
subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000003103 de 02 de diciembre de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un sistema de soporte para paneles solares cuyo objeto principal es posicionarlos y aumentar la captación de la radiación solar.
El sistema de seguimiento solar es un dispositivo electromecánico diseñado para aumentar la captación de radiación solar siguiendo la trayectoria del sol de este a oeste. En este caso,RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600048 de 20 ene. 2026 Hoja No. 3
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el seguidor opera con un mecanismo de un eje que permite mantener los módulos fotovoltaicos lo más perpendiculares posible a los rayos solares durante el día. Cada tracker está compuesto por una estructura fija y una mesa móvil donde se instalan los módulo s solares, cuyo movimiento se genera mediante un actuador lineal, un brazo mecánico, un
está compuesto por una estructura fija y una mesa móvil donde se instalan los módulo s solares, cuyo movimiento se genera mediante un actuador lineal, un brazo mecánico, un controlador de nodo con batería interna y un pequeño módulo fotovoltaico que suministra energía al sistema. Este mecanismo permite un ángulo de giro de hasta 55 grados hacia cada lado, con el fin de optimizar continuamente la captación de energía solar.
Durante la operación, la posición de cada mesa es controlada por un controlador central ("master"), que transmite instrucciones a los controladores de nodo para sincronizar el seguimiento solar o adoptar posiciones de protección en caso de vientos fuertes, detectados mediante un anemómetro. El sistema incluye componentes estructurales como postes de soporte, cojinetes ("bearings"), tubos de torque donde se fijan los módulos y correas ("purlins") de sujeción. Las conexiones mecánicas se aseguran mediante tornillería, y algunos trackers cuentan con amortiguadores ("stow arms") para absorber impactos y vibraciones.
El sistema permite el funcionamiento autónomo y la operación simultánea de múltiples trackers, que actúan de forma independiente pero sincronizada mediante comunicación inalámbrica. Esto garantiza la generación continua de energía solar, con capacidad de respuesta frente a condiciones ambientales variables y alta confiabilidad operativa.
El sistema se compone de los siguientes elementos:
1. Trescientos cincuenta y cinco (355) postes de acero galvanizado en caliente tipo W.
Los postes soporte de las mesas son perfiles de acero galvanizado que cumplen la función de generar puntos de anclaje de cada mesa del sistema “tracker” al suelo.
Los postes soporte de las mesas son perfiles de acero galvanizado que cumplen la función de generar puntos de anclaje de cada mesa del sistema “tracker” al suelo.
2. Trescientos cincuenta y cinco (355) piezas de unión poste -rodamiento de acero galvanizado en caliente. Estas piezas funcionan como cabezal de las hincas y permiten la instalación de los rodamientos.
3. Trescientos cincuenta (350) rodamientos tipo cojinete con interior de polímero resistente y envoltura de aluminio. Estas piezas unen los postes con el tubo de torque y permiten la rotación para el seguimiento solar.
4. Trescientos uno (301) tubos de torque de acero pregalvanizado que constituyen el eje donde se montan los módulos solares. Incluyen quinientas cuatro (504) juntas abulonadas y noventa y ocho (98) tapas plásticas para seguridad en los extremos.
5. Dos mil cuatrocientas cincuenta (2.450) correas pre ensambladas de acero pregalvanizado. Incluyen trescientas noventa y dos (392) platinas para correas, cuatro mil novecientas noventa y ocho (4.998) correas inferiores, dos mil cuatrocientas cincuenta (2.450) correas superiores, dos mil cuatrocientas cincuenta (2.450) canales de refuerzo y mil cuatrocientas sesenta y dos (1.462) correas de conexión a tierra. Se utilizan para sujetar los módulos al tubo de torque.
6. Cuarenta y nueve (49) brazos mecánicos. Cada uno incluye un actuador lineal, un controlador de nodo y un módulo solar auxiliar.
conexión a tierra. Se utilizan para sujetar los módulos al tubo de torque.
6. Cuarenta y nueve (49) brazos mecánicos. Cada uno incluye un actuador lineal, un controlador de nodo y un módulo solar auxiliar.
7. Veinte (20) amortiguadores. Cada conjunto incluye un anclaje superior y un anclaje
inferior.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600048 de 20 ene. 2026 Hoja No. 4
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8. Cuarenta y cinco mil quinientas setenta y nueve (45.579) piezas de bulonería .
Incluyen trescientas cincuenta (350) tiras de aterramiento.
9. Un (1) gabinete apto para intemperie. Incluye el controlador central, una (1) batería, (1) un anemómetro, un (1) poste de 25 pies y cuatro (4) ángulos de montaje.
La mercancía se ubicará en el municipio de Cimitarra, en el departamento de Santander.
De acuerdo con lo anterior, los componentes listados conforman un conjunto integrado de máquinas y aparatos con función propia que se utilizan para orientar mecánicamente los módulos fotovoltaicos del parque solar CIMITARRA 7 BV, permitiendo que estos sigan la trayectoria del sol para maximizar la captación de energía solar. La integración de estos elementos permite que el sistema de seguidores opere de manera coordinada, cumpliendo con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, para ser considerado una unidad funcional.
elementos permite que el sistema de seguidores opere de manera coordinada, cumpliendo con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, para ser considerado una unidad funcional.
En conclusión, este Despacho determina que los componentes listados en los numerales 1 a 9 conforman la unidad funcional previamente identificada, cuya función es el posicionamiento mecánico de los paneles solares, que en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y según la Regla General Interpretativa 1 le corresponde clasificarse en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual incluye: «Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado ni comprendido en otra parte de este Capítulo» y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, determinada para «- - - Los demás», dentro de la subpartida 8479.89, que comprende «- - Los demás:».
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos con función propia (seguidores solares) que trabajan conjuntamente en el posicionamiento de paneles solares foto voltaicos acorde con el rastreo solar, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y
aparatos con función propia (seguidores solares) que trabajan conjuntamente en el posicionamiento de paneles solares foto voltaicos acorde con el rastreo solar, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811,001.259-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud, fsterling@roldanlogistica.comsrodriguez@roldanlogistica.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 100 25b-40 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección deRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600048 de 20 ene. 2026 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2026-01-20 / 08:49:00 A. M.
Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2026-01-20 / 08:49:00 A. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ
Revisó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIOSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2026003980600048Consecutivo Acto 2026Año Calendario 20-JAN-2026Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social
srodriguez@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 24Planilla Remisión No. 20 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
24Planilla Remisión No. 20 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
20 JAN 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP LEG AGENCIA DE T/P811001259
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 MAR 2026 Hora: 10:26:23
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 11 FEB 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.412 del 27 de febrero de 2026 en la pagina 224.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2026003980600048Consecutivo Acto 2026Año Calendario 20-JAN-2026Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social
fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 24Planilla Remisión No. 20 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
20 JAN 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP LEG AGENCIA DE T/P811001259
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 MAR 2026 Hora: 10:26:23
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 11 FEB 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2
11 FEB 2026Fecha Ejecutoria Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.412 del 27 de febrero de 2026 en la pagina 224.