DIAN - Resolución 600057 de 22-01-2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600057 de 22-01-2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario, Aduanero y Cambiario
- Año
- —
RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600057 (22 ene. 2026)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002636 de 17 de julio de 2025, la Sra. LAURA CORREA BOLÍVAR, identificada con cédula de ciudadanía 1 .033.654.230, apoderada con tarjeta profesional número 286 .842, de la sociedad VENTILACION Y CONTROL AMBIENTAL S.A.S., con NIT 900 .806.870-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente “SISTEMA COLECTOR DE POLVO DE BOLSA” y comercialmente “COLECTOR DE POLVO DE BOLSA”.
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formato SIE-SARP en dos (2) páginas, poder en dos (2) páginas, certificado existencia y representación legal en once (11) páginas, listado de equipos e información sistema en dos (2) páginas y comprobante de pago en una (1) página.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos MCTE ($ 1.384.000,00) según consignación número 11028894 de 17 de julio de 2025 del Banco de Bogotá.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos MCTE ($ 1.384.000,00) según consignación número 11028894 de 17 de julio de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información - RI S2025000100165398000679 del 14 de agosto de 2025, este Despacho solicitó a la usuaria:
1. “Indicar la ubicación geografía y área, en m 2, en donde se instalará el sistema a clasificar. 2. ¿Cómo se obtiene el aire comprimido que se encuentra en el tubo pulmón?
3. Ampliar la explicación paso a paso y en orden secuencial las etapas del proceso, abarcando desde el primero hasta el último componente de la unidad. Se debe explicar por separado los procesos de filtrado y autolimpieza.
4. Anexar la ficha técnica, en idioma español, de todas las máquinas que conforman la mercancía.”
Con solicitud realizada en el sistema de fecha 20 de septiembre de 2025 la interesada solicito prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2025000100165398000923 del 23 de octubre de 2025 . La usuaria responde medianteRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600057 de 22 ene. 2026 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
radicado No. E2025000100165398000945 del 19 de diciembre de 2025, en doce ( 12) páginas.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. LAURA CORREA
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radicado No. E2025000100165398000945 del 19 de diciembre de 2025, en doce ( 12) páginas.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. LAURA CORREA BOLÍVAR, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: tecnicoaduanero@logoscolombia.com - lauris_correa@hotmail.com; o por correo en la dirección CL 27 A SUR # 47 - 55 AP 814 TO 4, en Envigado - Antioquia
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de Partida 84.21:
“Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compa rarse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600057 de 22 ene. 2026 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
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Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002636 de 17 de julio de 2025 y E2025000100165398000945 del 19 de diciembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un sistema que permite atrapar partículas sólidas del aire.
El funcionamiento de la máquina inicia cuando el aire contaminado con polvo ingresa a la máquina y una vez dentro asciende por su interior. durante este recorrido, el aire pasa a través de las mangas filtrantes, donde las partículas de polvo quedan retenidas en la superficie externa de las mangas. El aire limpio circula por el interior de las mangas y posteriormente es evacuado a la atmósfera a través de la chimenea (este elemento no hace parte de la presente solicitud).
Para garantizar la eficiencia del sistema de filtración, el colector de polvo cuenta con un sistema de autolimpieza mediante aire comprimido. Este sistema utiliza aire comprimido almacenado en el pulmón. La limpieza de las mangas se realiza de manera autom ática a través de un controlador, el cual envía una señal de limpieza cada 14 segundos a las
almacenado en el pulmón. La limpieza de las mangas se realiza de manera autom ática a través de un controlador, el cual envía una señal de limpieza cada 14 segundos a las válvulas solenoides. Al activarse, cada válvula solenoide se abre y permite el paso del aire comprimido hacia el interior de las mangas, desprendiendo el polvo adherido a los filtros.
Como resultado de este proceso de limpieza, el polvo desprendido de las mangas cae hacia la parte inferior del colector. El colector de polvo está compuesto por tres tolvas, y en cada una de ellas se deposita el polvo recolectado. Cada tolva cuenta con una válvula rotativa, cuya función es dosificar y evacuar el polvo acumulado, descargándolo en las canecas recolectoras correspondientes.
El sistema, que se ubicará en el km 13,6 via Mutatá - Chigorodó en Chigorodó, Antioquia y ocupara un área de 12,54 m2, está compuesta por:
1. Un (1) colector de polvo compuesto por tapas superior, cajón intermedio, tres tolvas inferiores, canastillas, mangas, válvulas solenoides de diafragma y tubo horizontal o pulmón): su función es la filtración a través de las canastillas donde el aire sube y hace pasar el aire a través de las mangas que son el elemento filtrante y el polvo queda retenido en las mangas, las canastillas se utilizan para darle rigidez a las mangas.
2. Tres (3) válvulas rotativas de 440 V, 1,5 kW, 3,2 A, 60 Hz y velocidad nominal de 1680 r/min. Es un equipo utilizado para dosificar y generar sello a la salida de una
mangas.
2. Tres (3) válvulas rotativas de 440 V, 1,5 kW, 3,2 A, 60 Hz y velocidad nominal de 1680 r/min. Es un equipo utilizado para dosificar y generar sello a la salida de una tolva del filtro de mangas que tiene polvo en su interior.
3. Un (1) control de mando conformado por relés y CPU. Se instala a un costado del colector. es el cerebro del filtro de mangas, quien se encarga de enviar las ordenes de disparo de autolimpieza al filtro por medio de las válvulas solenoides, en este se configura el tiempo de disparo, el tiempo de apertura de la válvula y cuál es el tiempo
que se demora una válvula en disparar después de la última.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600057 de 22 ene. 2026 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Arancelariamente, y dadas las características técnicas, los elementos de los numerales 1 a 3, por su diseño y funcionamiento están destinado específicamente a la filtración de aire, por lo que esta mercancía cumple con las condiciones establecidas en la Nota 4 de la Sección XVI para ser considera una unidad funcional.
Teniendo en cuenta lo anterior, se establece que la mercancía listada en los numerales 1 a 3 corresponde arancelariamente a un conjunto de máquinas y aparatos diseñado para la filtración de aire, que de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y la Regla General Interpretativa 1, se encuentra comprendida en la partida arancelaria 84. 21 que comprende << Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para
Regla General Interpretativa 1, se encuentra comprendida en la partida arancelaria 84. 21 que comprende << Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases. >> y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelari a 8421.39.90.00 la cual está determinada para << - - - Los demás >> dentro de la subpartida 8421.39 << - - Los demás: >>.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer personería Jurídica a LAURA CORREA BOLÍVAR, identificada con cédula de ciudadanía 1.033.654.230, y tarjeta profesional 286.842, en los términos del poder conferido.
ARTÍCULO SEGUNDO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8421.39.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas y
términos del poder conferido.
ARTÍCULO SEGUNDO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8421.39.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para filtrar aire , en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO TERCERO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente resolución a la señora LAURA CORREA BOLÍVAR identificada con cédula de ciudadanía 1.033.654.230, en calidad de apoderada de la sociedad VENTILACION Y CONTROL AMBIENTAL S.A.S. con NIT 900.806.8706, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: tecnicoaduanero@logoscolombia.com - lauris_correa@hotmail.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario: CL 27 A SUR # 4755 AP 814 TO 4, en Envigado - Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO CUARTO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberáRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600057 de 22 ene. 2026 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO QUINTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO SEXTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2026-01-22 / 09:53:21 A. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: CAMARGO TORRES DELASCAR
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2026003980600057Consecutivo Acto 2026Año Calendario 22-JAN-2026Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo .1033654230Nit Calidad Actua
LAURA CORREA BOLÍVAR AP VENTILACION Y CONTROL AMBIENTAL SASRazón Social
tecnicoaduanero@logoscolombia.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 30Planilla Remisión No. 22 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev:
ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 30Planilla Remisión No. 22 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
APODERADO
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
22 JAN 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: LAURA CORREA BOLÍVARAP VENTILACION Y CONTROL AMT/P.1033654230
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 MAR 2026 Hora: 10:32:00
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 13 FEB 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.412 del 27 de febrero de 2026 en la página 239.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2026003980600057Consecutivo Acto 2026Año Calendario 22-JAN-2026Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo 1033654230Nit Calidad Actua
LAURA CORREA BOLÍVAR AP VENTILACION Y CONTROL AMBIENTAL SASRazón Social
lauris_correa@hotmail.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 30Planilla Remisión No. 22 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
APODERADO
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
22 JAN 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: LAURA CORREA BOLÍVARAP VENTILACION Y CONTROL AMT/P1033654230
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 MAR 2026 Hora: 10:32:00
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 13 FEB 2026Fecha Ejecutoria
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LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.412 del 27 de febrero de 2026 en la página 239.