DIAN - Resolución 600066 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600066 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

Información Pública Clasificada RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600066 (20 feb. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002002 de 27 de noviembre de 2024, la Sra. ANGELA XIMENA TORRES CELIS, identificad a con Cédula de Ciudadanía XXXXXXXXX, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS S.A.S NIVEL 2, con NIT 9XXXXXXXXX, mandataria de la Sociedad AGROINDUSTRIAS DE LA GRANJA S.A.S. con NIT 9XXXXXXXXX, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como

“GALPON DE AMBIENTE CONTROLADO”

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: Formato SIE-SARP en dos (2) folios, mandato adua nero en ocho (8) folios, comprobante de pago en un (1) folio, flujograma en un (1) folio, ficha técnica en dos (2) folio, relación de equipos en un (1) folio.

La solicitante pagó un millón trescientos quince mil doscientos noventa y uno pesos m/cte

flujograma en un (1) folio, ficha técnica en dos (2) folio, relación de equipos en un (1) folio.

La solicitante pagó un millón trescientos quince mil doscientos noventa y uno pesos m/cte ($1.315.291,00) según Consignación número 932823651 de 27 de noviembre de 2024 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000715 del 10 de diciembre de 2024 este Despacho solicitó a la usuaria: Remitir ficha técnica en idioma español de cada uno de los equipos y elementos listados , Detallar el proceso de funcionamiento de los sistemas pertenecientes a los equipos listados, indicando como interactúan entre sí, Indicar la ubicación geográfica dentro del territorio nacional donde se instalará el sistema, Aportar diagrama de flujo donde se visualice como se interconectan los equipos que conforman el sistema, Ampliar información respecto de los silos de almacenamiento y de qué manera se transporta la comida hasta el galpón, Aclarar puntualmente de qué manera funciona el sistema de control que se dice será par a monitorear 19 galpones . La reunión técnica se llevó a cabo el 10 de enero de 2025 . La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000007 del 10 de enero de 2025, con ocho (8) folios, renunciando al término restante para responder.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600066 de 20 feb. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. ANGELA XIMENA TORRES CELIS, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado (a) XXXXXX

  • XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítu lo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos

partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.36

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacio nal y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600066 de 20 feb. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 315 mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002002 de 27 de noviembre de 2024, y E2025000100165398000007 del 10 de enero de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos conectados entre sí los cuales conforman un sistema de alimen tación de aves , descrito mediante el siguiente proceso:

Sistema de almacenamiento, transporte y distribución de alimento: se descarga el alimento a granel en el silo . Un sistema de transporte, compuesto por tuberías con tornillo sinfín y motor, trasfiere alimento del silo al interior del galpón. Desde allí se distribuye a lo largo de las líneas de comederos mediante tuberías, tornillo sin fin y motor llenando los platos de comederos ubicados secuencialmente en el galpón.

Sistema de comederos: Con el alimento en las tolvas de inicio de por medio de líneas de tubería transportan el alimento a lo largo de ellas y lo depositan en platos para el consumo de las aves, funcionan con motores eléctricos que mueven los tornillos sinfín de las tuberías.

Tablero de control eléctrico: El sistema de control eléctrico se compone por sensores de

de las aves, funcionan con motores eléctricos que mueven los tornillos sinfín de las tuberías.

Tablero de control eléctrico: El sistema de control eléctrico se compone por sensores de temperatura, humedad, presión, CO2, basculas y sensor de alimentación, este último permite identificar el nivel de alimento dentro del silo y de las líneas de comedero dentro del galpón, asimismo, el sistema de control eléctrico permite manejar los motores de las líneas de comedero. Lo anterior con el fin de recopilar información de las condiciones ambientales al interior de la unidad funciona l, que con una programación basada en los requerimientos de las tablas de desempeño genético para activar o desactivar los diferentes sistemas asegurando un ambiente óptimo para el bienestar de las aves.

El sistema IOT es una red de dispositivos permite una gestión centralizada y eficiente de ambiente controlado en el galpón. Es un software que permite la recopilación de los datos obtenidos por medio de los sensores dentro del galpón (estos hacen parte del sistema de control eléctrico) hacia un servidor exterior, es decir, permitirá controlar y monitorizar los galpones en los que se dispondrá el sistema.

Los componentes que hacen parte del sistema son:

sistema de comedero

1. Cuatro (4) mini tolvas de 130 L; en lámina galvanizada en caliente

2. Cuatro (4) botas en acero inoxidable

3. Cuatro (4) motores (sistema de activación); 0.75 kW 220V 660HZ 3P

4. Noventa y dos (92) tubos galvanizados (sistema de entrega)

5. Trescientos sesenta y cuatro (364) comederos; en polipropileno, tiene rejilla con 14

4. Noventa y dos (92) tubos galvanizados (sistema de entrega)

5. Trescientos sesenta y cuatro (364) comederos; en polipropileno, tiene rejilla con 14 divisiones, con lengüeta de cierre de suministro.

6. Cuatro (4) accesorios antipercheo; se encuentran unidos a la tolva.

7. Cuatro (4) colgadores; pieza fija de las líneas de comedero.

8. Un (1) panel de control: dispositivo con puerto de conexión y pantalla tactil de 7”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600066 de 20 feb. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada Sistema de almacenamiento principal de alimento:

9. Un (1) silo: densidad alimentación 0.65T-M3: BH-33.8 M3

10. Un (1) dispensador de alimento en acero inoxidable

11. Un (1) adaptador de transformador de silo en polipropileno

12. Una (1) bota diámetro 90, en acero inoxidable

13. Una (1) salida de aire del silo diámetro 114, galvanizado en caliente

14. Un (1) motor (sistema de accionamiento) 1,1 kW 220 v 60 Hz 3P

15. Dos (2) sensores de alimento en acero inoxidable

16. Veinte (20) tubos PVC por 6 mt - sinfín

17. Seis (6) uniones (tubo curvo de 90 grados) de Nylon

18. Cuatro (4) tee de distribución a las tolvas de las líneas de comedero en polipropileno

16. Veinte (20) tubos PVC por 6 mt - sinfín

17. Seis (6) uniones (tubo curvo de 90 grados) de Nylon

18. Cuatro (4) tee de distribución a las tolvas de las líneas de comedero en polipropileno

19. Cuatro (4) tubos de caída de alimento en acero inoxidable 90

20. Un (1) soporte de baja altitud de la línea principal de alimentación en acero inoxidable

Sistema de control eléctrico

21. Un (1) panel de control con puerto de conexión y pantalla táctil de 7”

22. Un (1) sistema de cableado (por galpón) material eléctrico

Sistema IOT avícola (por granja)

23. Un (1) servidor de internet: modem BIG con antenas receptoras

24. Seis (6) recopiladores de datos instalados al servidor de internet

25. Seis (6) módulos de alarma, compuesto por placa base, fusibles, batería y sensor de temperatura.

26. Una (1) fuente de energía UPS, para el sistema ininterrumpido de alimentación

27. Una (1) columna de sonido exterior, alarma de sonido

28. Seis (6) equipos de red óptica, conectores y cableados de fibra óptica

29. Un (1) cable y accesorios de comunicación, material eléctrico

Según la información aportada se encuentra que los equipos descritos en los numerales 1 al 29 corresponden a máquinas y equipos que trabajan juntos en el proceso sistematizado de alimentación de aves, por tanto, conforman una unidad funcional, al alcance de la Nota 4 de la sección XVI.

En virtud de anterior, se establece que la combinación de máquinas y equipos relacionados

de alimentación de aves, por tanto, conforman una unidad funcional, al alcance de la Nota 4 de la sección XVI.

En virtud de anterior, se establece que la combinación de máquinas y equipos relacionados en los numerales 1 a 29, trabajan conjuntamente para la alimentación y brindar un ambiente optimo a las aves, quedando comprendida en la partida 84.36 de la nomenclatura del Sistema Armonizado, el cual establece “las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criaderos avícolas” de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 del Sistema Armonizado; y se clasifica en la subpartida 8436.29.10.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “comederos y bebederos automáticos”., conforme a la Regla General Interpretativa 6.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600066 de 20 feb. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.29.10.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y

Información Pública Clasificada

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.29.10.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos para la avicultura que funcionan conjuntamente como comederos automáticos, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora ANGELA XIMENA TORRES CELIS identificada con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS S A S NIVEL 2 con NIT 9XXXXXXXXX, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud XXXXXXXXXXXX de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, 8XXXXXXXXXen Bogotá, D.C. - Bogotá D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

Bogotá, D.C. - Bogotá D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-02-20 / 03:26:07 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y

2025-02-20 / 03:26:07 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600066 de 20 feb. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSe certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.117 del 14-05-2025, página 70.Se certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.117 del 14-05-2025, página 70.

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