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DIAN - Resolución 600072 de 26-01-2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600072 de 26-01-2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario, Aduanero y Cambiario
Año

RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600072 (26 ene. 2026)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000003109 de 02 de diciembre de 2025, el Sr. FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandataria de la Sociedad OTACC S.A.S. con NIT 890.201.201-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente “ UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER ” y

comercialmente “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER GAMECHANGE SANTA

CATALINA 3 A-4”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formato de solicitud diligenciado en la plataforma SARP en dos (2) páginas, mandato en seis (6) páginas, listado de equipos en una (1) hoja, ficha técnica en dos (2) páginas, plano en una (1) página y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos

de equipos en una (1) hoja, ficha técnica en dos (2) páginas, plano en una (1) página y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($ 1.383.686,00) según comprobante número 86558 de 27 de noviembre de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : fsterling@roldanlogistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Carrera 100 # 25b-40, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600072 de 26 ene. 2026 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.79:

“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compa rarse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

solo pueden compa rarse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000003109 de 02 de diciembre de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un sistema de soporte para paneles solares cuyo objeto principal es posicionarlos y aumentar la captación de la radiación solar, mediante el siguiente proceso:RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600072 de 26 ene. 2026 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

El proceso de instalación y operación del sistema “Genius Tracker” inicia con la preparación para la puesta en marcha de 4 4 seguidores solares de un solo eje norte -sur, compuestos por mesas independientes, autoalimentadas y comunicadas entre sí de forma inalámbrica. Cada una está equipada con un panel solar que alimenta un actuador lineal, permitiendo el movimiento de la mesa hasta 55 grados en ambas direcciones, con el fin de mantener los

por mesas independientes, autoalimentadas y comunicadas entre sí de forma inalámbrica. Cada una está equipada con un panel solar que alimenta un actuador lineal, permitiendo el movimiento de la mesa hasta 55 grados en ambas direcciones, con el fin de mantener los módulos solares perpendiculares a los rayos del sol y maximizar la generación de energía.

El mecanismo de actuación se integra a cada mesa y, por medio de un actuador lineal que gira la estructura mediante un motor, el controlador de nodo recibe las órdenes de un controlador maestro. Este cuenta con una batería interna, la cual es alimentada po r un módulo solar de carga amplia ubicado sobre el brazo mecánico.

El sistema dispondrá de un controlador central con su respectivo anemómetro asociado, integrado directamente a la unidad, lo que permitirá que la planta procese de forma directa la información de velocidad y dirección del viento, optimizando la gestión de eventos extremos al contar con medición local, reduciendo el tiempo de respuesta ante ráfagas de viento imprevistas y mejorando el monitoreo y registro de datos.

El sistema, que se ubicará en el municipio de Santa Catalina del departamento de Bolívar, se compone de los siguientes elementos:

1. Trescientos cuarenta (340) postes acero galvanizado en caliente tipo W. La función de estos postes es generar puntos de anclaje de cada mesa del sistema tracker al suelo.

2. Trescientos cuarenta (340) piezas de unión poste-rodamiento de acero galvanizado en caliente. Las piezas de unión actúan de cabezal de las hincas, con el fin de poder instalar los rodamientos.

3. Trescientos cuarenta (340) rodamientos tipo cojinete con interior de polímero

en caliente. Las piezas de unión actúan de cabezal de las hincas, con el fin de poder instalar los rodamientos.

3. Trescientos cuarenta (340) rodamientos tipo cojinete con interior de polímero resistente y envoltura de aluminio. Estas piezas unen los postes con el tubo de torque. Permite la rotación del tubo de torque, para hacer el seguimiento de la trayectoria solar.

4. Doscientas noventa y seis (296) tubos de torque de acero pregalvanizado, que incluyen: quinientas cuatro ( 504) juntas abulonadas y ochenta y ocho ( 88) tapas plásticas. El tubo de torque es el eje donde se apoyan y fijan los módulos solares.

5. Dos mil trecientos ochenta y cuatro ( 2384) correas preensambladas de acero pregalvanizado, que incluyen : trescientos cinucenta y dos ( 352) platinas para correas, cinco mil ocho ( 5008) correas inferiores de sujeción, dos mil trescientos ochenta y cuatro (2384) correas superiores de sujeción, dos mil trescientos ochenta y cuatro (2384) canales de refuerzo ancho y dos mil cuatro ( 2004) correas de conexión a tierra. Se utilizan para sujetar los módulos al tubo de torque; las correas se sujetan al tubo de torque mediante una varilla roscada. Los módulos se atornillan a estas correas.

6. Cuarenta y cuatro ( 44) brazos mecánicos de acero galvanizado que incluyen : cuarenta y cuatro (44) actuadores lineales, cuarenta y cuatro (44) controladores de

a estas correas.

6. Cuarenta y cuatro ( 44) brazos mecánicos de acero galvanizado que incluyen : cuarenta y cuatro (44) actuadores lineales, cuarenta y cuatro (44) controladores de nodo y cuarenta y cuatro (44) módulos solares auxiliares. El brazo mecánico actúa como un intermediario que transforma el movimiento lineal del actuador en la

rotación precisa del tubo de torque, permitiendo así el seguimiento solar eficiente.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600072 de 26 ene. 2026 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

7. Ocho (8) amortiguadores que incluyen: ocho (8) unidades de anclaje superior y ocho (8) unidades de anclaje inferior. A partir de vientos mayores a 20 m/s (72 km/h) el controlador central indica a los controladores de nodo que estas mesas se ubiquen en posición de defensa. En esta posición, el brazo amortiguador reduce la sobrepresión que ejercen los fuertes vientos sobre los módulos.

8. Cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y cinco (44745) piezas de bulonería que incluyen trescientas cuarenta (340) tiras de aterramiento. Diferentes tipos de tornillos y arandelas para la integración mecánica de cada mesa y sujeción de componentes.

9. Un (1) gabinete apto para intemperie que incluye controlador central junto con : una (1) batería del controlador principal, un (1) anemómetro, un (1) poste de 25 ft de largo

9. Un (1) gabinete apto para intemperie que incluye controlador central junto con : una (1) batería del controlador principal, un (1) anemómetro, un (1) poste de 25 ft de largo y cuatro ( 4) ángulos de montaje. El gabinete apto para intemperie protege los componentes electrónicos sensibles de las inclemencias del tiempo. Este gabinete está diseñado para resistir la lluvia, el polvo, la humedad y las variaciones de temperatura, asegurando así el funcionamiento confiable y la prolongada vida útil del controlador.

De acuerdo con lo expuesto, los elementos enumerados en los numerales 1 a 9 conforman un conjunto de máquinas y aparatos mecánicos diseñados para seguir la posición del sol en cualquier momento del día, ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado para ser considerado una unidad funcional.

En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que la mercancía descrita en los numerales 1 al 9, corresponden a una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente como seguidores solares de accionamiento electromecánico, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida << Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo >> y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para << - - - Los demás >>, dentro de la

aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para << - - - Los demás >>, dentro de la subpartida tácita 8479.80 para << - - Los demás: >>.

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos con función propia que trabajan conjuntamente en el rastreo de la posición del sol y la ubicación de paneles solares, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente resolución al señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com

ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificadoRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600072 de 26 ene. 2026 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario: Carrera 100 # 25b-40 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2026-01-26 / 11:45:55 A. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO

Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: CAMARGO TORRES DELASCAR

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

Proyecto: CAMARGO TORRES DELASCAR

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2026003980600072Consecutivo Acto 2026Año Calendario 26-JAN-2026Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo .811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 36Planilla Remisión No. 26 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

26 JAN 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP LEG AGENCIA DE T/P.811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 MAR 2026 Hora: 10:39:12

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 17 FEB 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.412 del 27 de febrero de 2026 en la página 260.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2026003980600072Consecutivo Acto 2026Año Calendario 26-JAN-2026Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 811001259+Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social srodriguez@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 36Planilla Remisión No. 26 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo

36Planilla Remisión No. 26 JAN 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

26 JAN 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP LEG AGENCIA DE T/P811001259+

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 MAR 2026 Hora: 10:39:12

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 17 FEB 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.412 del 27 de febrero de 2026 en la página 260.

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