DIAN - Resolución 600088 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600088 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

Información Pública Clasificada RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600088 (05 mar. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE

LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002046 de 23 de diciembre de 2024, el Sr. EDGAR ENRIQUE JIMENEZ DELGADO, identificado con Cédula de Ciudadanía XXXXXXXXX, representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 890404190 -5, quien actúa en calidad de mandatario de la Sociedad BANCOLOMBIA S.A. con NIT 8XXXXXXXXX, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente

“UNIDAD FUNCIONAL DE COCCIÓN DE VÍSCERAS”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:

  • Mandato aduanero. Dos (2) folios - Consignación bancaria. Un (1) folio. - Ficha Técnica. Cuatro (4) folios. - Diagrama – Plano Un (1) folio. - Listado de componentes de la unidad. Un (1) folio.

El solicitante pagó un millón trescientos quince mil doscientos noventa y un mil pesos m/cte

  • Diagrama – Plano Un (1) folio. - Listado de componentes de la unidad. Un (1) folio.

El solicitante pagó un millón trescientos quince mil doscientos noventa y un mil pesos m/cte ($ 1.315.291,00) según transferencia bancaria del 23 de diciembre de 2024 del Banco Davivienda S.A. al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000040 del 23 de enero de 2023 este despacho solicitó al usuario profundizar la información técnica aportada en relación con: el proceso que se desarrolla en la línea de producción desde el ingreso de la materia prima hasta el producto final; el principio de funcionamiento de la máquina denominada digestor de discos ; el uso del producto final ; explicar si en dichas máquinas podrían generarse procesos diferentes a la cocción de vísceras de pollos y anexar diagrama de flujo en español donde se puedan visualizar los equipos que participan en el proceso;RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600088 de 05 mar. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

Con escrito radicado No E20250001001653980000446 de l 06 de febrero de 20 25, el interesado dio respuesta al requerimiento mencionado y renunció al término restante para dar respuesta a la solicitud.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a l Sr GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado XXXXXX

dar respuesta a la solicitud.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a l Sr GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado XXXXXX - XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Cartagena - Bolívar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítu lo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida,

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Texto de partida 84.19. “Aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos doméstic os; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, excepto los eléctricos.” Regla General Interpretativa 6:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600088 de 05 mar. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias. Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 31 9, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000002046 de 23 diciembre de 2024 y E20250001001653980000446 del 06 de febrero de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas, aparatos y dispositivos para la cocción de vísceras de pollo.

El proceso se inicia en el digestor de discos: - La materia prima (vísceras crudas) es inyectada dentro del cuerpo del equipo a temperatura ambiente y con una humedad aproximada de 65%. Este equipo tiene dentro de su cuerpo, un eje circular de discos, el cual recibe vapor seco y saturado de una caldera que no forma parte de los equipos a importar. El vapor calienta el eje circular de discos y este al cuerpo del digestor; por medio de intercambio térmico indirecto las vísceras son calentadas y cocidas. Como resultado del proceso se obtiene vísceras cocidas con una humedad de 6 a 8 % a u na temperatura de

de intercambio térmico indirecto las vísceras son calentadas y cocidas. Como resultado del proceso se obtiene vísceras cocidas con una humedad de 6 a 8 % a u na temperatura de 140oc. El digestor puede operar con temperaturas entre 100 a 140°C, y presión entre 4 y 8 bares. Dentro del proceso de cocción también se dan acciones simultáneas tales como la aspiración de gases y separación de partículas sólidas en un ciclón, separación de líquidos y grasas en tornillo sinfín de grasas y sinfín precolador y transporte a las tolvas de almacenamiento y posteriormente a las prensas que no forman parte de este estudio. Los equipos que conforman la línea de cocción de vísceras son:

1. Un (1) Digestor de Discos: área de intercambio térmico 220 m²; capacidad de evaporación: 5.500 Kg/h; presión de trabajo: 8 Bar; espesor de los discos: 8 mm; material de construcción del equipo: acero inoxidable.

2. Un (1) Ciclón Inox : Aspira los gases de cocción, separando partículas sólidas y evitando la presión interna. Valor máximo admisible: 5.500 Kg/h; Capacidad de separación: 88%; presión de trabajo: -100 a +100 mBar; material de construcción del equipo: acero inoxidable.

3. Un (1) Sinfín de Grasa: Transporta líquidos (aceite) a un vaso con sensores, empujando sólidos hacia el digestor. Caudal máximo: 5.000 Kg/h; capacidad de

equipo: acero inoxidable.

3. Un (1) Sinfín de Grasa: Transporta líquidos (aceite) a un vaso con sensores, empujando sólidos hacia el digestor. Caudal máximo: 5.000 Kg/h; capacidad de

separación: 50%; material de construcción del equipo: acero carbono.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600088 de 05 mar. 2025 Hoja No. 4

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Información Pública Clasificada

4. Tres (3) Tornillos Transportadores: Diseñados para descargar vísceras cocidas con alto contenido de aceite, operando a baja inclinación. Caudal máximo: 5.000 Kg/h ; material de construcción del equipo: acero carbono.

5. Un (1) Sinfín Percolador: Transporta el producto cocido y drena el aceite libre por gravedad, reduciendo la cantidad de aceite para las prensas. Caudal máximo: 5.000

Kg/h; capacidad de separación: 20%; material de construcción del equipo: acero carbono.

6. Un (1) Tolva de Alimentación: Almacena la víscera cocida antes de ser cargada en las prensas, facilitando el control del proceso. Caudal máximo: 5.000 Kg/h, volumen: 5 m³; Material de construcción del equipo: acero carbono.

7. Un (1) Rosca Dosificadora: Permite la alimentación controlada a dos prensas de forma independiente mediante tornillos dosificadores. Caudal máximo: 5.000 Kg/h; material de construcción del equipo: acero carbono.

7. Un (1) Rosca Dosificadora: Permite la alimentación controlada a dos prensas de forma independiente mediante tornillos dosificadores. Caudal máximo: 5.000 Kg/h; material de construcción del equipo: acero carbono.

8. Un (1) Sinfín Tubular Transportador de Borras: Transportador diseñado para trabajar en inclinaciones más altas, devuelve el material malo prensado al proceso para su mezcla con el material cocido. Caudal máximo: 5.000 Kg/h; material de construcción del equipo: acero carbono.

A la luz de la información anterior y desde el punto de vista arancelario cuando se hace referencia a que un grupo de máquinas o la combinación de estas realizan conjuntamente una función netamente definida , esta expresión alcanza solamente a las máquinas o combinaciones de máquinas necesarias para realizar la función propia del conjunto que constituye la unidad funcional, con exclusión de las máquinas o aparatos que tengan funciones auxiliares y no contribuyan a la función del conjunto. Por lo tanto, y analizada la información aportada por el usuario las máquinas identificadas con los numerales 7 y 8, (Rosca dosificadora y Sinfín tubular transportador de borras), no hacen parte de la unidad funcional, dado que pertenecen a la operación de prensado que es posterior a la cocción de las vísceras que es la función netamente definida que se ha determinado en este estudio. De otra parte, si bien el proceso productivo descrito involucra un calentamiento de la materia prima en el que se produce una evaporación del agua contenido en las vísceras , se encuentra que las mismas sufren una transformación al pasar de crudas a cocidas. Por lo

De otra parte, si bien el proceso productivo descrito involucra un calentamiento de la materia prima en el que se produce una evaporación del agua contenido en las vísceras , se encuentra que las mismas sufren una transformación al pasar de crudas a cocidas. Por lo tanto, se descarta la posibilidad de clasificarlas en la subpartida 8419.39.90.00 como un secador. En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que l a mercancía descrita en los numerales 1 al 6, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente para la cocción de vísceras de pollo a través de un cambio de temperatura, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84 .19 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “Aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación,RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600088 de 05 mar. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada vaporización, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos; calentadores

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada vaporización, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, exce pto los eléctricos” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8419.89.99.90 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “Los demás" dentro de la subpartida tácita 8419.80 “Los demás aparatos y dispositivos”. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, salvo las excepciones citadas en los considerandos, en la subpartida 8419.89.99.90 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente para la cocción de vísceras de pollo, de conformidad con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO . Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO identificado con Cédula de Ciudadanía No. 8XXXXXXXXX,en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 con NIT 8XXXXXXXXX, a la

Ciudadanía No. 8XXXXXXXXX,en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 con NIT 8XXXXXXXXX, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud XXXXXX - XXXXXX de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, 8XXXXXXXXXen Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesad o que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad co n lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASERESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600088 de 05 mar. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

2025-03-05 / 04:08:49 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600088Consecutivo Acto 2025Año Calendario 05-MAR-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo .890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social asesor01@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 67Planilla Remisión No. 06 MAR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

06 MAR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P.890404190

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 JUL 2025 Hora: 09:55:51

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 31 MAR 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto adminnistrativo fue publicado en Diario Oficial en la edición No.53.118 del 15-05-2025 en la página 38.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600088Consecutivo Acto 2025Año Calendario 05-MAR-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social

ejimenez@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 67Planilla Remisión No. 06 MAR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

67Planilla Remisión No. 06 MAR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

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BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

06 MAR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 JUL 2025 Hora: 09:55:51

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 31 MAR 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto adminnistrativo fue publicado en Diario Oficial en la edición No.53.118 del 15-05-2025 en la página 38.

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