DIAN - Resolución 600092 de 2025
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600092 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600092 (12 MAR. 2025)
Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002045 de 23 de diciembre de 2024, la Sra. LAURA MARCELA PINZON ORTIZ , identificad a con cédula de ciudadanía 1 .0XXXXXXXXX, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SIACOMEX SAS NIVEL 1, con NIT 8XXXXXXXXX-7, mandatari a de la Sociedad INDUSTRIAS ELECTROMECANICAS MAGNETRON S.A.S con NIT 8XXXXXXXXX, presentó una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL PLANTA DE
RECUBRIMIENTO EN POLVO”
La interesada adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato de solicitud diligenciado en la plataforma SARP en dos (2) páginas; mandato en siete (7) páginas; comprobante de pago en una (1) página; documento de clasificación en siete (7) páginas; pago en una (1) página; Resolución de Clasificación Arancelaria No. 4132 del 12 de junio de 2019 expedida por la DIAN en seis (6) páginas; plano en una (1) página; flujograma en
pago en una (1) página; Resolución de Clasificación Arancelaria No. 4132 del 12 de junio de 2019 expedida por la DIAN en seis (6) páginas; plano en una (1) página; flujograma en veintisiete (27) páginas y cuadro técnico de descripciones técnicas en formato Excel en una (1) hoja..
La solicitante pagó un millón trescientos diecisiete mil pesos m/cte. ($ 1.317.000,00) según transferencia número 1 de 23 de diciembre de 2024 de Bancolombia al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional No. S2025000100165398000019 del 16 de enero de 2025 este despacho solicitó a la usuaria:
1. En el listado de equipos proporcionado en el archivo “cuadro técnico de descripciones técnicas” hay algunos elementos que no tienen una descripción de la función realizada, ej. “unidad de aspiración y filtro”; “carro ergonómico con mesa vibratoria”; “filtro autolimpiante”; “ciclón”; “tanque fluidizado”, entre otros. Completar la descripción de la función realizada, así como las características técnicas de los elementos que no los tengan.
2. Ampliar la descripción del proceso, para incluir la temperatura de op eración de los hornos, duración del proceso, material constitutivo de las piezas metálicas que serán pintadas, e indicar en qué consisten los procesos que se llevan a cabo manualmente
por los operarios, y cómo funciona el control de los procesos automatizados.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600092 de 12 MAR. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada
3. Adjuntar contrato de mandato donde se visualice la facultad del mandatario para solicitar resoluciones de clasificación arancelaria.
Con oficios Nos. 100165398–0009 y 100165398–0010 del 07 de enero de 2025, dirigidos a los jefes de División de Fisca lización y Liquidación Aduanera, División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria, División Jurídica de varias Direcciones Seccionales y a las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y de Representación Externa, se solicitó a estas dependencias indicar la existencia de procesos investigativos para los bienes objeto de este estudio; cuyo resultado fue negativo.
La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000041 del 04 de febrero de 2025, con veinte (20) páginas en cuatro (4) archivos, renunciando a los términos restantes para dar respuesta al requerimiento.
Por medio del formato se indicó que se notifique a la Sra. LAURA MARCELA PINZON ORTIZ, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: XXXXXX - XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la Partida 84.24:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600092 de 12 MAR. 2025 Hoja No. 3
clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la Partida 84.24:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600092 de 12 MAR. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anter iores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302 y 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones, artículos 304 a 311 y 316 mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002045 de 23 de
anticipadas de clasificación arancelaria
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002045 de 23 de diciembre de 2024 y E2025000100165398000041 del 04 de febrero de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas para recubrimiento piezas metálicas con polvo.
La planta está diseñada para aplicar pintura en polvo a transformadores de distribución y potencia, así como a otros elementos metálicos. Está equipada con sistemas que permiten un proceso continuo de limpieza, secado, apl icación de pintura y curado de las piezas metálicas.
El proceso inicia en la zona de cargue, donde las piezas se colocan en un transportador aéreo que las traslada a través de diversas fases. Primero, las piezas pasan por el túnel de granallado, donde se les aplica un tratamiento superficial mediante granalla reciclada para limpiar y preparar las piezas para la pintura. Luego, se dirigen al túnel de pretratamiento por aspersión, donde se lavan con agua y productos fosfodesengrasantes, y el sistema asegura la recirculación del agua y la disposición controlada de los residuos.
Una vez limpias, las piezas ingresan al horno de secado, donde el aire caliente elimina la humedad residual. Posteriormente, pasan a la primera cabina, donde se aplica por proyección una capa de primer utilizando pistolas electrostáticas automática s y manuales. El polvo sobrante se recupera mediante ciclones y filtros autolimpiantes. Después, las piezas se trasladan al primer horno de curado, donde el primer se polimeriza mediante calor por convección indirecta.
El polvo sobrante se recupera mediante ciclones y filtros autolimpiantes. Después, las piezas se trasladan al primer horno de curado, donde el primer se polimeriza mediante calor por convección indirecta.
En la segunda cabina de aplicación, se realiza el acabado final con tecnologías manuales y automáticas, manteniendo un sistema de recuperación y reciclaje del polvo sobrante. Si es necesario, las piezas son inspeccionadas y retocadas manualmente. Finalmente, las piezas ingresan al segundo horno de curado, donde la pintura se fija y endurece mediante aire caliente recirculado. El proceso concluye en la zona de descargue, donde las piezas tratadas se retiran del transportador para su almacenamiento o entrega final.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600092 de 12 MAR. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada
El control de las partes automatizadas del proceso incluye barreras de lectura de piezas, las cuales gestionan la activación de las pistolas según la presencia de piezas. Estas barreras están formadas por una estructura de soporte de fotocélulas, barreras de fotocélulas de paso, un codificador montado en el transportador, y software y hardware de gestión. También se gestionan los reciprocadores utilizados en las cabinas automáticas, los cuales cuentan con una estructura metálica y son controlados a través de un sistema de correa dentada HTD.
El proceso es llevado a cabo por los siguientes equipos:
1. Una (1) planta de granallado TD 17 x 20 - 8TR, compuesta por: dos (2)
correa dentada HTD.
El proceso es llevado a cabo por los siguientes equipos:
1. Una (1) planta de granallado TD 17 x 20 - 8TR, compuesta por: dos (2) transportadores de tornillo longitudinales inferiores; un (1) elevador de cangilones; un (1) separador abrasivo; och o (8) válvulas de disparo de control abrasivo automáticas y electroneumáticas; ocho (8) turbinas con motores eléctricos; dos (2) sopladores automáticos y boquillas dedicadas; un (1) cuadro de control eléctrico con aplicaciones de la norma CE; un (1) interr uptor principal; un (1) transformador universal; doce (12) cartuchos automáticos colector de polvo; seis (6) válvulas de soplado; un (1) extractor.
2. Un (1) túnel de pretratamiento por aspersión, el cual contiene: cuatro (4) precámaras con su respectiva zon a de goteo; dieciocho (18) rampas de lavado equipadas con boquillas de polipropileno ; cuatro (4) bombas con caudales entre 700 y 2000 litros/minuto; dos (2) intercambiadores de calor; dos (2) motores eléctricos ; un (1) bastidor de soporte; un (1) interruptor de presión - caudalímetro; tres (3) filtros con sus accesorios ; un (1) conductímetro; un (1) cuadro eléctrico para control de los equipos instalados; una unidad de reintegración de agua desmineralizada con caudal de 40 litros/min y dos unidades de descarga de vapor. El túnel de pretratamiento está compuesto por cinco etapas entre lavado y desmineralizado.
equipos instalados; una unidad de reintegración de agua desmineralizada con caudal de 40 litros/min y dos unidades de descarga de vapor. El túnel de pretratamiento está compuesto por cinco etapas entre lavado y desmineralizado.
3. Un (1) horno de secado con cortina de aire. Temperatura de funcionamiento: 120 °C - potencia térmica: 280 kW, equipado con un (1) quemador de dos llamas; nueve (9) ventiladores con potencia de 0.55 kW y cuatro (4) cortinas de aire con potencia de 1.5 kW.
4. Dos (2) cabinas de aplicación de polvo con aspiración vertical, compuesto por: dos (2) ventiladores centrífugos con caudal de 22.000 m3/h; cuatro (4) puertas automáticas con motor eléctrico y dos (2) equipos manuales de proyección de polvo, con conexión de aire comprimido que se componen cada uno de un (1) carro con mesa vibratoria con deposito que aloja la pintura, con conexión de aire comprimido, una (1) pistola manual para aplicación de pintura , un (1) módulo de control para monitoreo de las piezas y un (1) inyector para flujo de polvo constante
5. Dos (2) cabinas de aplicación automática de polvo dieléctrica, compuesto por: dos (2) unidades de recogida de polvo con filtro auto -limpiante; dos (2) unidades de recogida de polvo tipo ciclón; cuatro (4) tanq ues fluidizados; cuatro (4) reciprocadores para aplicación de pintura; cuatro (4) equipos automáticos de polvo; ocho (8) pistolas automáticas; cuatro (4) kits de pared para pistola manual; dos (2)
reciprocadores para aplicación de pintura; cuatro (4) equipos automáticos de polvo; ocho (8) pistolas automáticas; cuatro (4) kits de pared para pistola manual; dos (2) módulos de control 4.0 CG21 y dos (2) inyectores.
6. Dos (2) centrales de polvo 2.0, compuesto por: dos (2) estructuras metálicas autoportantes; dos (2) tanques fluidizados; dos (2) bombas de llenado con tiro de
caja; dos (2) plataformas vibratorias para caja de polvo; dos (2) depósitos de aire deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600092 de 12 MAR. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada 25 lt para elementos de soplado a limpiar; un (1) tablero de control central de polvo con pantalla táctil de 7".
7. Dos (2 ) barreras de lectura de la pieza vertical / horizontal. Son estructuras de soporte de la foto-célula, para activación y desactivación de las pistolas y gestión de
la carrera del reciprocrador.
8. Un (1) horno de gelificación con cortina de aire. Compuesto po r: Un (1) horno; dos (2) cortinas de aire en las zonas de entrada y salida del horno para contener el aire caliente dentro del habitáculo; un (1) generador de calor; una (1) cámara de combustión cilíndrica de chapa de acero inoxidable; una (1) placa de que mador; un (1) extractor de humo; dos (2) puertas automáticas con motor eléctrico; dos (2)
combustión cilíndrica de chapa de acero inoxidable; una (1) placa de que mador; un (1) extractor de humo; dos (2) puertas automáticas con motor eléctrico; dos (2) ventilaciones de entrada con sistema de filtración y motor eléctrico; tres (3) ventiladores del sistema de recirculación con motor eléctrico; dos (2) ventilaciones de salida con sistema de filtración y motor eléctrico.
9. Un (1) horno de curado con cortina de aire, compuesto por: un (1) horno; un (1) generador de calor; una (1) cámara de combustión cilíndrica de chapa de acero inoxidable; una (1) placa de quemador; un (1 ) extractor de humo; dos (2) ventilaciones de entrada con motor eléctrico; un (1) sistema de extracción de campana con motor eléctrico; cinco (5) ventiladores del sistema de recirculación con motor eléctrico; dos (2) ventilaciones de salida con sistema de filtración y motor eléctrico; dos (2) puertas automáticas con motores eléctricos.
10. Un (1) transportador aéreo compuesto por: dos (2) unidades de remolque tipo oruga equipado con cadena con arpones para controlar el desplazamiento de las piezas ; una (1) estación de limpieza para eliminar residuos de polvo, grasa o impurezas del transportador; barras portapiezas que soportan y permiten girar las piezas que se están pintando ; dos (2) motores eléctricos de remolque de cadena rápida; un (1) motor eléctrico de remolque de cadena lenta para granallado y cabina de imprimación; un (1) motor eléctrico de remolque de cadena lenta para túnel de
motor eléctrico de remolque de cadena lenta para granallado y cabina de imprimación; un (1) motor eléctrico de remolque de cadena lenta para túnel de secado; un (1) motor eléctrico de remolque de cadena lenta para cabina automática; cuatro (4) tableros de control.
11. Un (1) sistema eléctrico, compuesto por: dos (2) páneles de control principal, para acceso a las diferentes secciones del sistema, los termorreguladores, y ajuste de tiempos de funcionamiento.
12. Dos (2) clean room. Recinto cerrado en el que se encuentra la cabina de aplicación de polvo y otras secciones a delimitar. Es útil para limitar las corrientes de aire ambientales y mantener la zona limpia. Hechos con paneles fonoabsorbentes y termoaislantes, con puertas de acceso, mirillas e iluminación.
Del aná lisis de la información anterior, este Despacho encuentra que la mercancía del numeral 12 no corresponde a una máquina o aparato del Capítulo 84 u 85, pues se trata de un recinto fabricado con paneles y puertas de acceso; este tipo de mercancía no cumple con las consideraciones de la Nota 4 de la Sección XVI, que compete únicamente a máquinas o aparatos que trabajan en conjunto para realizar una función netamente definida del Capítulo 84 u 85 del Arancel de Aduanas. Por lo tanto, la mercancía descrita en el numeral 12 queda excluida del presente acto administrativo y debe ser clasificada por su
propio régimen, es decir, por la subpartida arancelaria que le corresponda.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600092 de 12 MAR. 2025 Hoja No. 6
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Información Pública Reservada Consecuentemente, se determina que la mercancía descri ta en los numerales 1 a 11 consiste en una combinación de máquinas, aparatos que funcionan conjuntamente para pintura de piezas metálicas por proyección de polvo, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida " Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares." y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8424.89.00.90 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada de acuerdo a los nivele de subpartida como "- los demás aparatos - - los demás - - - los demás"
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 6° de la Resolución No. 63 del 10 de abril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria, tiene un valor equivalente a UN MILLÓN
TRESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE.
del 2024, el servicio de clasificación arancelaria, tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE. ($1.315.291), incluido IVA. De acuerdo con el comprobante de consignación aportado para el trámite, queda un saldo a favor de MIL SETECIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($1.709), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, salvo la excepción indicada en la parte considerativa, en la subpartida 8424.89.00.90 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para aplicación de pintura en polvo por proyección a piezas metálicas, de conformidad con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora LAURA MARCELA PINZON ORTIZ identificada con cédula de ciudadanía No. 0XXXXXXXXX, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SIACOMEX SAS NIVEL 1 con NIT 8XXXXXXXXX, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: XXXXXX - XXXXXX; de conformidad
sociedad AGENCIA DE ADUANAS SIACOMEX SAS NIVEL 1 con NIT 8XXXXXXXXX, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: XXXXXX - XXXXXX; de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la solicitante 8XXXXXXXXX en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600092 de 12 MAR. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la
046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-03-12 / 07:47:27 a. m.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RIVEROS RIVEROS DANIEL MAURICIO
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600092Consecutivo Acto 2025Año Calendario 12-MAR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .830023585Nit Calidad Actua LAURA MARCELA PINZON ORTIZ REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SIACOMEX S.A.S. NIVEL 1Razón Social laura.pinzon@siacomex.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 71Planilla Remisión No. 12 MAR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
12 MAR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: LAURA MARCELA PINZÓN ORTIZ REP LEGAL DE T/P.830023585
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico:
Fecha de Impresión: 04 JUL 2025 Hora: 09:59:13
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 04 APR 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto adminnistrativo fue publicado en Diario Oficial en la edición No.53.118 del 15-05-2025 en la página 44.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600092Consecutivo Acto 2025Año Calendario 12-MAR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
830023585Nit Calidad Actua LAURA MARCELA PINZON ORTIZ REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SIACOMEX S.A.S. NIVEL 1Razón Social
info@siacomex.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 71Planilla Remisión No. 12 MAR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
12 MAR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: LAURA MARCELA PINZÓN ORTIZ REP LEGAL DE T/P830023585
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 JUL 2025 Hora: 09:59:13
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 04 APR 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto adminnistrativo fue publicado en Diario Oficial en la edición No.53.118 del 15-05-2025 en la página 44.