DIAN - Resolución 600114 de 05-02-2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600114 de 05-02-2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- —
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600114 (05 feb. 2026)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000003172 de 23 de diciembre de 2025, la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, identificada con cédula de ciudadanía 45.555.683, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1., con NIT 800.053.508-9, mandataria de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS con NIT 800.224.148 -5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente “SISTEMA
DE RIEGO POR GOTEO MANUAL PARA MAÍZ”
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud diligenciado en la plataforma SARP en cuatro (4) páginas, mandato aduanero en una (1) página, comprobante de pago en una (1) página, fichas técnicas en veintiocho (28) páginas, ficha del Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS en diez (10) páginas, “descripción general del producto”
ficha del Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS en diez (10) páginas, “descripción general del producto” en dieciocho (18) páginas, plano en una (1) página, “listado de equipos” en form ato Excel en una (1) página y plano en una (1) página.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cinco mil pesos MCTE ($ 1.385.000,00) según Consignación número 10609551 de 22 de diciembre de 2025 del Banco de Bogotá.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com; o por correo en la dirección Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85, en Cartagena - Bolívar
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600114 de 05 feb. 2026 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la Partida 84.24:
“Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada
máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000003172 de 23 de diciembre de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como laRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600114 de 05 feb. 2026 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como aparatos destinados a desempeñar la función de riego de cultivos, que funciona mediante el siguiente proceso: El sistema de riego se abastece a partir de un reservorio de almacenamiento de aguas
_______________________________________________________________________________
mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como aparatos destinados a desempeñar la función de riego de cultivos, que funciona mediante el siguiente proceso: El sistema de riego se abastece a partir de un reservorio de almacenamiento de aguas lluvias, ubicado en una cota inferior a las parcelas a beneficiar, desde donde se realiza la captación del recurso hídrico. Dado que no se dispone de acometida eléctrica cercana a la fuente de agua, la impulsión se efectúa mediante un equipo de bombeo accionado por motor Diesel, encargado de suministrar el caudal y la presión necesarios para la operación adecuada del sistema. El agua impulsada es conducida desde la descarga del equipo de bombeo hasta el centro de cabecera a través de una tubería de polietileno, donde se lleva a cabo la adecuación primaria del agua antes de su distribución. En el centro de cabecera, el sistema cuenta con una batería de filtrado conformada por filtros de anillos y malla, dispuestos en paralelo para cada uno de los bloques de riego. Estos filtros cumplen la función de retener sólidos suspendidos y material orgá nico fino presentes en el agua del reservorio, evitando el taponamiento de los emisores y contribuyendo a la protección y vida útil de la red de goteo. Para el seguimiento del estado de los filtros, se instalan manómetros de glicerina aguas arriba y aguas abajo de cada batería, lo que permite controlar el diferencial de presión y definir la frecuencia de los lavados y labores de mantenimiento. Adicionalmente, se incorporan válvulas de alivio de aire para evacuar acumulaciones de aire y proteger el sistema frente a presiones negativas durante el llenado o vaciado de la tubería.
lavados y labores de mantenimiento. Adicionalmente, se incorporan válvulas de alivio de aire para evacuar acumulaciones de aire y proteger el sistema frente a presiones negativas durante el llenado o vaciado de la tubería. Desde el cabezal, el agua tratada se transporta a través de la tubería principal de polietileno hacia los diferentes módulos de riego que abastecen los lotes de producción y el área de propagación. Cada módulo de riego para los lotes productivos incorpora una válvula reguladora, cuya función es reducir y estabilizar la presión de entrada a las líneas de riego, así como una válvula hidrante que permite disponer de puntos de toma de agua para riegos de refuerzo cuando el cultivo lo requiere. A partir de la tubería secundaria o distribuidora, el agua se deriva hacia las líneas de riego mediante silletas, conectores y accesorios que permiten adaptar el trazado del sistema a la topografía del terreno. Finalmente, la emisión del agua se realiza mediante una red de superficie conformada por líneas y cintas de riego por goteo, las cuales entregan el caudal de manera localizada a cada planta, garantizando un uso eficiente del recurso hídrico y una aplicació n uniforme. Para facilitar las labores de mantenimiento, el sistema incorpora tees de goteo, tapones y obturadores que permiten el lavado periódico de las líneas. En el módulo de propagación, la distribución se efectúa mediante microconectores, micro-mangueras y estacas de riego, que conducen y dosifican el agua directamente en la zona radicular de cada planta, asegurando el suministro localizado requerido para esta etapa del cultivo.
la distribución se efectúa mediante microconectores, micro-mangueras y estacas de riego, que conducen y dosifican el agua directamente en la zona radicular de cada planta, asegurando el suministro localizado requerido para esta etapa del cultivo. El sistema de riego será instalado en San Juan de Rioesco, Cundinamarca, en un área de 40 hectáreas. La mercancía está compuesta de las siguientes máquinas y aparatos:
1. Un (1) equipo de bombeo Diesel, unidad principal, compuesto por un motor Diesel integrado; un cuerpo, un impulsor y un acople intermedio en hierro fundido ASTM A48 clase 30; empaques en Buna Nitrilo y un sello mecánico en Carbón/Cerámica/Buna-N, el cual h ace parte del Centro de Cabecera y permite abastecer la canalización primaria con el agua del reservorio, proporcionando las
condiciones de caudal y presión requeridas para la operación adecuada del sistema.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600114 de 05 feb. 2026 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
2. Cincuenta (50) filtros de anillos y malla en diámetros de 3/4", 1", 1 1/2", 2", 3" y 4", unidades principales, compuestos por una coraza plástica en polipropileno que contiene en su interior el elemento filtrante conformado por discos de polipropileno y malla en acero inoxidable, constituidos por anillos plásticos ranurados apilados que permiten el paso del agua y retienen sólidos en suspensión y material orgánico fino,
contiene en su interior el elemento filtrante conformado por discos de polipropileno y malla en acero inoxidable, constituidos por anillos plásticos ranurados apilados que permiten el paso del agua y retienen sólidos en suspensión y material orgánico fino, con tuerca de cierre en poliamida reforzada con fibra de vidrio y juntas en caucho NBR, los cuales hacen parte del Centro de Cabecera y permiten la retención de sólidos suspendidos gruesos y finos durante el proceso de filtración, donde el agua circula del exterior hacia el interior atravesando los discos.
3. Veintitrés mil trescientos (23300) metros de tubería lisa de polietileno, elemento principal, fabricada mediante el proceso de extrusión de polietileno de diferentes densidades, el cual consiste en convertir el gránulo sólido en masa fundida mediante energía térmica y mecánica para darle forma tubular, y que hace parte de las canalizaciones primarias y secundarias permitiendo la conducción del agua desde la captación hasta el cabezal y desde la descarga de este hasta la zona de instalación de emisores según el diseño del terreno y la plantación.
4. Treinta y dos (32) galápagos de derivación, unidades principales, accesorios en polietileno diseñados para efectuar derivaciones en tuberías de polietileno mediante perforación sin necesidad de corte, con cuerpo y tapa en copolímero de polipropileno negro estabilizado a rayos UV, empaque tipo O -Ring en NBR, anillo de refuerzo en acero inoxidable y tornillería en acero zincado, los cuales hacen parte del Centro de Cabecera y se utilizan para derivaciones hacia manómetros, válvulas de alivio de aire y válvulas hidrantes de los módulos.
acero inoxidable y tornillería en acero zincado, los cuales hacen parte del Centro de Cabecera y se utilizan para derivaciones hacia manómetros, válvulas de alivio de aire y válvulas hidrantes de los módulos.
5. Diez (10) manómetros de glicerina, unidades principales, compuestos por escala de medición en aluminio con fondo blanco y marcas negras y rojas, puntero en aluminio negro, ventana de vidrio laminado de seguridad, articulación del puntero en latón y plata alemana o acero inoxidable y rosca NPT en bronce, los cuales hacen parte del Centro de Cabecera y permiten la medición del diferencial de presión aguas arriba y aguas abajo de los filtros para definir la frecuencia de retrolavados y mantenimiento.
6. Cinco (5) válvulas de alivio de aire en diámetros de ½”, ¾”, 1", 2" y 3”, unidades principales, conformadas por cuerpo, tapón, varilla y base en nylon reforzado, salida de descarga en polipropileno, goma de cierre hermético en EPDM, tornillería en acero inoxidable, flotador en espuma de polipropileno y junta tórica en Buna -N, las cuales hacen parte del Centro de Cabecera y permiten evacuar aire acumulado, admitir grandes volúmenes de aire durante llenado o vaciado y aliviar presiones negativas en la red.
7. Diecisiete (17) válvulas reguladoras, unidades principales, las cuales operan mediante un sistema piloto que controla la presión en la cámara de control permitiendo modular la apertura o cierre de la válvula según la presión percibida, minimizando la pérdi da de carga, y que se instalan en cada cabezal de riego para
mediante un sistema piloto que controla la presión en la cámara de control permitiendo modular la apertura o cierre de la válvula según la presión percibida, minimizando la pérdi da de carga, y que se instalan en cada cabezal de riego para controlar la presión que ingresa a las líneas de riego.
8. Una (1) válvula hidrante de 3/4 a 1", unidad principal, fabricada en polipropileno de alto impacto con protección UV, resorte en acero inoxidable tratado térmicamente y cauchos nitrilos especiales, la cual proporciona un sistema de acople rápido para mangueras mediante cierre por empaque y resorte accionado con llave bayoneta,
incluyendo tapa plástica para evitar la entrada de material que obstaculice su cierre.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600114 de 05 feb. 2026 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
9. Veinte mil cuatrocientas (20400) silletas de goteo en diámetros de 12 y 16 mm, unidades principales, fabricadas en polietileno, las cuales hacen parte de las canalizaciones primarias y secundarias y permiten realizar derivaciones desde la tubería principal hacia los emisores mediante perforación controlada de la tubería madre.
10. Veinte mil cuatrocientos (20400) conectores de goteo, unidades principales, fabricados en polietileno, los cuales permiten conectar la silleta instalada sobre la tubería principal con mangueras, tuberías, líneas o cintas de goteo, garantizando la estanqueidad mediante estrías en sus extremos para derivar la tubería secundaria o distribuidora.
tubería principal con mangueras, tuberías, líneas o cintas de goteo, garantizando la estanqueidad mediante estrías en sus extremos para derivar la tubería secundaria o distribuidora.
11. Veinte mil cuatrocientas (20400) válvulas de goteo, unidades principales, fabricadas en polietileno y polipropileno, consistentes en válvulas con conexiones tipo espigo a ambos lados que permiten controlar manualmente los turnos de riego de cada sector según los requerimientos hídricos de las plantas y las condiciones climáticas.
12. Veinte mil cuatrocientos (20400) codos de goteo en diámetros de 12 y 16 mm, unidades principales, fabricados en polietileno, que hacen parte de las canalizaciones primarias y secundarias y permiten efectuar cambios de dirección en el trazado del sistema de riego para adaptarlo a las condiciones topográficas del terreno.
13. Un millón novecientos veinte mil (1920000) metros de líneas y cintas de riego, elemento principal fabricado en polietileno, que hace parte de la red de riego por goteo, donde la línea de goteo corresponde a tubería de pared delgada con goteros plásticos insertados y la cinta de riego presenta un laberinto transversal moldeado en su superficie para la emisión localizada de agua.
14. Veinte mil cuatrocientas (20400) tees de goteo en diámetros de 12 y 16 mm, unidades principales, fabricadas en polietileno, que hacen parte de las canalizaciones primarias y secundarias y permiten acoplar los extremos más bajos de las líneas de riego a una tubería de drenaje para el lavado de líneas.
unidades principales, fabricadas en polietileno, que hacen parte de las canalizaciones primarias y secundarias y permiten acoplar los extremos más bajos de las líneas de riego a una tubería de drenaje para el lavado de líneas.
15. Diez mil doscientas (10200) unidades de tapones de goteo en diámetros de 12 y 16 mm, elementos principales, fabricados en polietileno, cuya instalación facilita las labores de mantenimiento y lavado periódico de líneas o cintas de riego a presión con agua o agentes químicos, evitando daños mecánicos durante estas operaciones.
16. Diez mil doscientas (10200) unidades de obturadores de goteo en diámetros de 12 y 16 mm, elementos principales, fabricados en polietileno, que permiten efectuar el cierre de las líneas y cintas de riego en los extremos superiores de cada lote, garantizando la estanqueidad del sistema.
17. Seiscientas (600) unidades de microconectores en diámetros de 3, 6 y 8 mm, elementos principales, fabricados en polietileno, que hacen parte de las canalizaciones primarias y secundarias y permiten derivar el agua desde los laterales de riego hacia micro-mangueras con estacas de riego para suministro localizado en la zona radicular.
18. Veinte mil (20000) metros de micro-manguera en diámetros de 3, 6 y 8 mm, elemento principal, fabricada a partir de resinas resultantes de la polimerización de etileno
conforme a la normatividad aplicable, que permite conducir el agua desde losRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600114 de 05 feb. 2026 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
laterales en polietileno hasta las estacas de riego ubicadas en la zona radicular de la planta.
19. Seiscientas (600) estacas de riego, unidades principales, fabricadas en polietileno, que hacen parte de la red de riego por goteo y funcionan como emisores proporcionando agua de manera localizada directamente en la zona radicular de la planta mediante la estabilización de presión y regulación de caudal aguas arriba.
A partir de la información anterior, se tiene que los elementos listados en los numerales 1 a 18 corresponden a un máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente para el riego de cultivos, ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerados como una unidad funcional.
Del análisis de la información anterior, se determina que la unidad funcional previamente identificada consiste en una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para conformar un sistema de riego por goteo, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, el cual señala para esta partida “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas
señala para esta partida “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “ - - - - por goteo o aspersión ” dentro de la subpartida tácita 8424.82.20 "- - - sistemas de riego:"
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución No. 000200 del 19 de abril de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($ 1.383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante de consignación aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS MCTE ($1.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente como un sistema de riego por goteo, de acuerdo
subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente como un sistema de riego por goteo, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de las Reglas generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de ciudadanía No. 45.555.683, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1. con NIT 800.053.508-9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.commvillanueva@siasudeco.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la Resolución 039 de 2021.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600114 de 05 feb. 2026 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2026-02-05 / 10:33:32 A. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RIVEROS RIVEROS DANIEL MAURICIO
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2026003980600114Consecutivo Acto 2026Año Calendario 05-FEB-2026Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo
800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1Razón Social
mvillanueva@siasudeco.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 58Planilla Remisión No. 05 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 58Planilla Remisión No. 05 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
REPRESENTANTE LEGAL
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 FEB 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEG AGENCIA D T/P800053508
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 16 APR 2026 Hora: 11:02:30
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 27 FEB 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.459 del 14 de abril de 2026 en la página 98.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2026003980600114Consecutivo Acto 2026Año Calendario 05-FEB-2026Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo
800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1Razón Social
auditoria@siasudeco.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 58Planilla Remisión No. 05 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
REPRESENTANTE LEGAL
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 FEB 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEG AGENCIA D T/P800053508
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 16 APR 2026 Hora: 11:02:30
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 27 FEB 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.459 del 14 de abril de 2026 en la página 98.