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DIAN - Resolución 600122 de 09-02-2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600122 de 09-02-2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Año
2026

RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600122 (09 feb. 2026)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002703 de 25 de agosto de 2025, el señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandataria de la Sociedad BANCO DE OCCIDENTE con NIT 890.300.2794, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL: BATERIA

AUTOMATICA DE COMEDEROS PARA AVES DE CORRAL”

El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE-SARP en dos (2) páginas, poder mandato en diez (10) páginas, listado de componentes en formato Excel en una (1) hoja, ficha técnica en diecisiete (17) páginas, oficio descripción del proceso en una (1) página, plano en una (1) página y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos

en una (1) página, plano en una (1) página y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686,00) según transferencia número 84298 de 25 de julio de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información - RI No. S2025000100165398000739 del 08 de septiembre de 2025, este despacho solicitó al usuario:

“1. Aclarar en el listado de componentes sobre “sistema de comedero en cadena” si la cantidad son dos (2) sistemas y las cantidades informadas de los componentes son totales para los dos sistemas, o debe entenderse que cada uno de ellos contiene esa cantid ad de elementos. Indicar la función específica de cada uno de los sistemas.

2. Informar la ubicación geográfica exacta donde se ubicarán los equipos y el área que ocuparán en metros cuadrados.”.

Con solicitud realizada en el sistema de fecha 07 de noviembre de 2025 , el interesado solicitó prórroga para dar respuesta, la cual le fue autorizada con oficio No. S2025000100165398000988 del 10 de noviembre de 2025.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600122 de 09 feb. 2026 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

El usuario responde mediante radicado No. E2026000100165398000006 del 07 de enero de 2026, con 15 páginas, renunciando al término restante para responder al requerimiento de información.

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

El usuario responde mediante radicado No. E2026000100165398000006 del 07 de enero de 2026, con 15 páginas, renunciando al término restante para responder al requerimiento de información.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : fsterling@roldanlogistica.com - drubios@bancodeoccidente.com.co; o por correo en la dirección Cra. 100 No. 25 B 40, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.36:

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600122 de 09 feb. 2026 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con l os radicados No. 235410000002703 de 25 de agosto de 2025 y E2026000100165398000006 del 07 de enero de 2026 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y aparatos para avicultura, destinados al suministro automatizado de alimento al interior de un galpón, mediante el siguiente proceso:

Inicia con un sistema de alimentación totalmente automatizado que transporta el alimento desde los silos de almacenamiento, fabricados en lámina galvanizada, hacia el sistema de pesaje 40K mediante tuberías de PVC y motores eléctricos. Este equipo de alta p recisión controla la cantidad exacta de alimento suministrado, permitiendo una dosificación eficiente y monitoreada.

Luego, el alimento pasa por tolvas intermedias y una red adicional de tuberías que lo llevan hasta los galpones, donde es distribuido por un comedero de cadena accionado por motores. Todo el sistema opera bajo la supervisión de un gabinete eléctrico centra l con

hasta los galpones, donde es distribuido por un comedero de cadena accionado por motores. Todo el sistema opera bajo la supervisión de un gabinete eléctrico centra l con PLC, encargado de la parametrización, control y lectura de cada componente, integrando y centralizando todas las conexiones eléctricas y de comunicación.

Los sistemas, máquinas y aparatos asociados a esta solicitud son:

1. Un (1) sistema carga de alimento: mueve el alimento dentro del tubo mediante un sinfín de resorte espiral giratorio, transportándolo hasta silos o tolvas de almacenamiento. Al final de la línea se ubica un sensor que detecta la presencia de alimento y controla automáticamente el encendido y apagado del motor. Esto permite mantener un flujo continuo y garantiza un proceso de alimentación totalmente automático. Componentes: Dos (2) silos en lámina galvanizada con capacidad de 7,6 toneladas, con sus accesorios para pesaje, un (1) controlador de peso, dos (2) celdas de carga, accesorios, soportes y cableado de conexión, dos (2) dispensadores para comida , dos (2) adaptadores para silo, dos (2) botas de salida del silo y dos (2) salidas de aire del silo.

2. Un (1) sistema principal 90: es el transporte de alimento desde la salida del silo hasta la entrada a los galpones hasta antes de las cadenas de alimento. Componentes: cincuenta y cinco (55) metros de sistema principal 90: línea en PVC, por donde se transporta el alimento hasta entrar a la cadena, cuatro (4) sistemas 90 motor de arrastre: 1.1 kW, 220 voltios, 60 Hz, 1 fase , cuatro (4) cajas de conexión (material galvanizado en caliente) ,

alimento hasta entrar a la cadena, cuatro (4) sistemas 90 motor de arrastre: 1.1 kW, 220 voltios, 60 Hz, 1 fase , cuatro (4) cajas de conexión (material galvanizado en caliente) , seis (6) sensores que controlan la salida del alimento, doce (12) curvas: tubos de nylon, para armado de línea de transporte de alimento, dos (2) Tubo PVC rígido para salida del alimento y dos (2) sets de piezas fijas y soporte de altura para la línea.

3. Un (1) sistema de pesaje BH 40K: para control de pesaje, que permite una alimentación cuantitativa y sincronizada, con una distribución precisa. Componentes: un (1) controlador de peso 40k, de 7 pulgadas, pantalla digital táctil, con caja de control, cables y accesorios de conexion, una (1) tolva de pesaje 40 kg, una (1) tolva de transición de

pesaje, en acero galvanizado , u n (1) regulador de voltaje (relevo) , u n (1) sensor deRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600122 de 09 feb. 2026 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

alimento, una (1) bota de salida y diez (10) conectores (T) eléctricos en material plástico rígido.

4. Dos (2) sistemas de comedero en cadena: utiliza cadenas internas de alta velocidad que garantizan un suministro eficiente y automatizado del alimento dentro de los galpones, facilitando además la supervisión visual y el mantenimiento. La dosificación se regula

4. Dos (2) sistemas de comedero en cadena: utiliza cadenas internas de alta velocidad que garantizan un suministro eficiente y automatizado del alimento dentro de los galpones, facilitando además la supervisión visual y el mantenimiento. La dosificación se regula desde la tolva mediante una placa de ajuste que controla el grosor de la capa de alimento según las necesidades nutricionales de las aves ponedoras.

Las esquinas del sistema cuentan con galvanizado en caliente para ofrecer alta resistencia a la corrosión en ambientes exigentes. La cadena transportadora, aporta alto rendimiento, confiabilidad y baja tasa de fallas, asegurando una operación continua . Cada sistema está c ompuesto por: seis (6) tolvas 490 L; en lámina galvanizada en caliente, seis (6) motores; 1,1 kW 220 V 60 Hz 1p, con soporte, seiscientos doce (612) metros de cadena de comederos lámina galvanizada en caliente, tres (3) tapas del comedero (limpiador) en lámina galvanizada en caliente, seiscientos doce (612) metros lineales de rejillas de largo 1486 mm, seiscientos dieciocho (61 8) metros lineales de cadenas en acero al carbono , doce (12) esquineros en lámina galvanizada en caliente , doce (12) soportes esquineros (pata) en acero inoxidable , ciento noventa y ocho (198) conectores de canal en lámina galvanizada en caliente , ciento noventa y ocho (198) soportes canal (pata) y un (1) cuadro de mando eléctrico dispositivo electrónico en acero inoxidable.

5. Un (1) sistema eléctrico y de control unido a los sistemas del galpón, automático para

soportes canal (pata) y un (1) cuadro de mando eléctrico dispositivo electrónico en acero inoxidable.

5. Un (1) sistema eléctrico y de control unido a los sistemas del galpón, automático para realizar el seguimiento, control, parametrización y lectura de estos, así como la unión de todos los cableados de comunicación o de energía de los equipos, con ubicación especifica en cuadro de control y parametrización de todo el galpón.

Las máquinas y aparatos descritos serán instalados en la Granja La Fe, predio La Pradera, Vereda La Palmira, en el municipio Hispania, departamento de Antioquia. El área a ocupar son 749 metros cuadrados aproximadamente.

Del análisis de la información anterior, se concluye que los equipos listados en los numerales 1 al 5, corresponden arancelariamente a una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para suministrar de forma automática alimento para aves de corral, que de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.29.10.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “ - - - Comederos y bebederos automáticos”

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación

8436.29.10.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “ - - - Comederos y bebederos automáticos”

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.29.10.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto como comederos automáticos, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, según las Reglas General Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600122 de 09 feb. 2026 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.comdrubios@bancodeoccidente.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y

drubios@bancodeoccidente.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Cra. 100 No. 25 B 40, en Bogotá, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por

artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2026-02-09 / 10:23:33 A. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2026003980600122Consecutivo Acto 2026Año Calendario 09-FEB-2026Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social

drubios@bancodeoccidente.com.coDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 64Planilla Remisión No. 09 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

09 FEB 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP LEG AGENCIA DE T/P811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 16 APR 2026 Hora: 11:07:31

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 03 MAR 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.459 del 14 de abril de 2026 en la página 105.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2026003980600122Consecutivo Acto 2026Año Calendario 09-FEB-2026Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social

fsterling@roldanlogistica.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 64Planilla Remisión No. 09 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

09 FEB 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP LEG AGENCIA DE T/P811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 16 APR 2026 Hora: 11:07:31

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 03 MAR 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.459 del 14 de abril de 2026 en la página 105.

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