DIAN - Resolución 600133 de 2025
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600133 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600133 (09 abr. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002126 de 30 de enero de 2025, la Sr a. CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA, identificad a con cédula de ciudadanía XXXXXXXXX, en calidad de representante legal de sociedad AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S NIVEL 1, con NIT 9XXXXXXXXX, mandataria de la Sociedad MARQUILLAS Y ACCESORIOS S.A. EN REORGANIZACIÓN con NIT 8XXXXXXXXX, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “ LÍNEA SISTEMA DE PRODUCCIÓN DE ETIQUETAS POR SERIGRAFÍA MESA K3
DE FORMA AUTOMÁTICA.”
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:
- Formato de solicitud en dos (2) páginas. - Contrato de mandato conferido por la sociedad Marquillas y accesorios S.A. en reorganización a la Agencia de Aduanas ML S.A.S Nivel 1 en seis (6) páginas. - Comprobante de pago No. 106414 de 23 de enero de 2025 en tres (3) páginas. - Mesa desplazable en dos (2) páginas.
reorganización a la Agencia de Aduanas ML S.A.S Nivel 1 en seis (6) páginas. - Comprobante de pago No. 106414 de 23 de enero de 2025 en tres (3) páginas. - Mesa desplazable en dos (2) páginas. - Fotos e información general en diez (10) páginas. - RUT en diez (10) páginas. - Plataforma de posicionamiento de serigrafia en dos (2) páginas. - Descripción del proceso en una (1) página. - Cámara de comercio en once (11) páginas. - Plano en Una (1) pagina. - Maquina impresión serigráfica K3 en dos (2) páginas. - Máquina colocadora de cina en dos (2) páginas. - Marco aluminio para serigrafia en dos (2) páginas. - Listado de equipos en una (1) página. - Flujograma en una (1) página. - Horno de gabinete en dos (2) páginas. - Mesa larga en dos (2) páginas. - Maquina secadora móvil en dos (2) páginas. - Catalogo en veinticuatro (24) páginas. - Texto descriptivo en dos (2) páginas.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686,00) según Transferencia número 106414 de 23 de enero de 2025 deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600133 de 09 abr. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Bancolombia S.A. al Banco de Bogotá.
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Bancolombia S.A. al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional RIA No. 2025000100165398000092 del 13 de febrero de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria: aportar la ficha técnica del fabricante en idioma español, allegar catálogo, indicar la capacidad de producción, explicar cómo se controla y programa el producto, indicar la función específica que cumple el horno, aportar listado en excel de las máquinas y equipos que conforman la unidad funcional. La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000095 del 06 de marzo de 2025 con 33 folios, renunciando al tiempo restante para responder la solicitud.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada XXXXXX - XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Medellín - Antioquia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Notas, Reglas y Texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida e n una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”.
Texto de partida: 84.43
“Máquinas y aparatos para imprimir mediante planchas, cilindros y demás elementos impresores de la p artida 84.42; las demás máquinas impresoras, copiadoras y de fax, incluso combinadas entre sí; partes y accesorios.”
Regla General Interpretativa 6:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600133 de 09 abr. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
Regla General Interpretativa 6:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600133 de 09 abr. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002126 de 30 de enero de 2025 y E2025000100165398000095 del 06 de marzo de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para realizar proceso de Impresión por serigrafia mediante el siguiente proceso:
La línea de producción de impresión por serigrafía es un proceso que requiere el uso de
clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para realizar proceso de Impresión por serigrafia mediante el siguiente proceso:
La línea de producción de impresión por serigrafía es un proceso que requiere el uso de marcos de aluminio, a los cuales se les instala una seda para grabar las imágenes que serán impresas. Se utiliza un marco por cada color de la imagen a imprimir, además de tintas adecuadas para este método, es decir, que puedan pasar a través de la seda y adherirse correctamente a los sustratos.
La graduación del registro para la grabación de las imágenes en los marcos se realiza en la plataforma de posicionamiento de serigrafía. Para la impresión en rollos de cinta, se emplea una máquina colocadora de cinta, que permite desenrollarlos sobre una mesa larga, alineando las cintas antes de iniciar la impresión.
Si el material a imprimir está en hojas, estas se posicionan sobre la mesa larga, siguiendo las distancias establecidas en el panel de control de la máquina de impresión serigráfica K3. Luego, se monta el marco de aluminio en la máquina y se ajusta el avance desde el panel de control, asegurando que la impresión se realice con precisión sobre el material colocado en las mesas.
Antes de iniciar la impresión, el operario de posita la tinta en el marco sobre la seda con la imagen a imprimir. Una vez que la máquina comienza su recorrido sobre la mesa, se activa la máquina secadora móvil, que pasa sobre cada hoja recién impresa para secar la tinta.
Este proceso se repite hasta completar la impresión de todos los colores. Al final de la línea, hay dos mesas desplazables que permiten al operario alinear la máquina de impresión
Este proceso se repite hasta completar la impresión de todos los colores. Al final de la línea, hay dos mesas desplazables que permiten al operario alinear la máquina de impresión serigráfica K3 y la secadora móvil con las mesas de impresión, facilitando el traslado de un extremo a otro.
Una vez impresos todos los colores sobre las hojas, estas se retiran y se colocan en carros con estanterías de alambre. Luego, los carros se llevan al horno de gabinete, donde el material se cura durante una hora. El sistema de producción de etiquetas serigrafía está compuesto por los siguientes equipos:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600133 de 09 abr. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
1 - Una (1) unidad de máquina de impresión serigráfica, p otencia nominal 3,2 KW, tensión nominal 220 VAC, frecuencia de alimentación 50 HZ, dimensiones 2080mm x 1590mm x 1000mm, peso 420 Kg, área máxima de impresión 600mm x 650mm, uso Impresión sobre papel de sublimación, acetato o sustrato textil, tipo de impresión serigráfica, sistema de alimentación manual; su función es mecánica para impresión serigráfica con tintas de serigrafia a través de marco de aluminio con seda para serigrafia.
2 - Una (1) unidad de máquina secadora móvil, motor potencia nominal 23 KW, tensión nominal 380 VAC, frecuencia de alimentación 50 HZ, dimensiones 1390mm x 1350mm x
2 - Una (1) unidad de máquina secadora móvil, motor potencia nominal 23 KW, tensión nominal 380 VAC, frecuencia de alimentación 50 HZ, dimensiones 1390mm x 1350mm x 480mm, peso 100 Kg, máquina electrónica de secado infrarrojo, desplazable mediante ruedas en sus cuatro extremos a través de riel, área máxima de secado 800mm x 1000mm, tipo de secado infrarrojo, sistema de movimiento Programable; su función es secar la tinta aplicada sobre el sustrato mediante luz infrarroja.
3 - Dos (2) unidades de mesa desplazable, motor potencia nominal 400 KW, tensión nominal 220 VAC, frecuencia de alimentación 50 HZ, dimensiones 2400mm x 1300mm x 750mm, peso 270 Kg; su función es trasladar la máquina de impresión serigráfica y la máquina secadora móvil a la segunda mesa larga, luego de haber realizado la impresión y el secado en la primera mesa larga, con el fin de realizar de forma secuencial la impresión y el secado.
4 - Una (1) unidad de dispositivo colocador de cinta, est ructura de aluminio provista de un eje principal y varillas con separadores para soporte de rollos, capacidad de 1 hasta 10 rollos de materias textiles, medidas 1300mm x 900mm x 600mm, peso 36 Kg; su función es posicionar el sustrato que sea en rollo, sobre la mesa larga para ser impreso y secado.
5Treinta (30) metros de mesa larga, mesa de trabajo conformada por estructura metálica de tamaño 1300mm de ancho x 1000mm de largo x 750mm de altura, con vidrio no templado calibre 12mm recubierto de cuero, par a unir en línea total x 30 metros de largo,
de tamaño 1300mm de ancho x 1000mm de largo x 750mm de altura, con vidrio no templado calibre 12mm recubierto de cuero, par a unir en línea total x 30 metros de largo, cada una de las dos líneas de 15 metros de largo, cada mesa esta provista de rieles en sus dos extremos a lo largo sobre los cuales se desplazan la máquina de impresión y la máquina secadora para realizar la impresión y el secado del sustrato y ajustar en sus dos extremos las mesas desplazables; su función es servir de base para el posicionamiento del sustrato para ser impreso y secado por las máquinas de impresión serigráfica y secadora móvil que se desplazan a lo largo de la mesa.
6Una (1) unidad de plataforma de posicionamiento de serigrafia , plataforma conformada por estructura metálica de tamaño 1000mm de ancho x 1200mm de largo x 900mm de altura, provista de 2 vidrios no templados de 5mm de calibre con separación de 180mm; su función es graduación del registro del marco de aluminio con el fin de que el diseño grabado en el marco quede siempre en la misma posición.
7Cuarenta (40) unidades de marco de aluminio para serigrafia, marco en aluminio de 40mm de calibre, estructura de cuatro lados que conforman un cuadrado, forrado en su espacio interior con seda de serigrafía medidas externas: 800mm x 950mm para patrón de impresión de 390mm x 540mm, medidas externas: 900mm x 1050mm para patrón de impresión de 480mm x 640mm; su función es transferir la tinta de la máquina de impresión serigráfica al sustrato, con la imagen del diseño grabado en la seda.
impresión de 480mm x 640mm; su función es transferir la tinta de la máquina de impresión serigráfica al sustrato, con la imagen del diseño grabado en la seda. 8Una (1) unidad de horno de gabinete, potencia nominal 19 KW, tensión nominal 380 VAC, frecuencia de alimentaci ón 50 HZ, dimensiones alto1750mm x ancho 2300mm x profundidad 1100mm, peso 400 Kg; su función es secado final del sustrato ya impreso luego de haberse aplicado todas las capas de tinta, para garantizar la fijación entre las capas y al sustrato.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600133 de 09 abr. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Del a nálisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 a 8 consiste en una combinación de máquinas, aparatos que funcionan conjuntamente para imprimir mediante planchas por serigrafia , conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida e n la partida 84. 43 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “Máquinas y aparatos para imprimir mediante planchas, cilindros y demás elementos impresores de la partida 84.4 3; las demás máquinas impresoras, copiadoras y de fax, incluso combinadas entre sí; partes y accesorios.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8443.19.90.00
impresoras, copiadoras y de fax, incluso combinadas entre sí; partes y accesorios.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8443.19.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para "--- los demás” dentro de la partida tácita 8443.19 “Los demás”.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8443.19.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para imprimir mediante planchas por serigrafia, de conformidad con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA identificada con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S NIVEL 1 con NIT. 9XXXXXXXXX, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud XXXXXX - XXXXXX de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la
artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, 8XXXXXXXXXen Medellín - Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600133 de 09 abr. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-04-09 / 03:42:34 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: BONILLA JIMENEZ DAVID LEONARDO
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600133Consecutivo Acto 2025Año Calendario 09-APR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .900081359Nit Calidad Actua CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S. NIVEL 1Razón Social jesolano@aduanasml.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 106Planilla Remisión No. 10 APR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
10 APR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA REP LEGAL T/P.900081359
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 07 JUL 2025 Hora: 16:18:17
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 06 MAY 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2
06 MAY 2025Fecha Ejecutoria Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.123 del 20-may-2025 en la página 55.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600133Consecutivo Acto 2025Año Calendario 09-APR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
16No.Expediente Impuesto Periodo
900081359Nit Calidad Actua CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S. NIVEL 1Razón Social
cviana@aduanasml.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 126Planilla Remisión No. 21 APR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. 16-APR-2025Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 2025Año Gravable
ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
10 APR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA REP LEGAL T/P900081359
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 07 JUL 2025 Hora: 16:18:17
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 06 MAY 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.123 del 20-may-2025 en la página 55.