DIAN - Resolución 600139 de 2025
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600139 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600139 (10 abr. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002078 de 15 de enero de 2025, la señora SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO, identificad a con cédula de ciudadanía XXXXXXXXX representante legal, de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS MIRCANA LOGISTICS SAS NIVEL 1, con NIT 8XXXXXXXXX, mandataria de la Sociedad ENEL COLOMBIA S.A E.S.P con NIT 8XXXXXXXXX, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “ UNIDAD FUNCIONAL PARA “DISEÑO, FABRICACIÓN Y MONTAJE DE PIEZAS Y PARTES PARA
EL REPOTENCIAMIENTO DE LAS N.5 UNIDADES DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA
GUAVIO” DE ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P.”
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formato SIE-SARP en tres (3) folios, mandato en cuatro (4) folios, comprobante de pago en dos (2) folios, Guavio descripción unidad funcional Dian V10 04 -11-2024 en once (11) folios, planos en ocho (8)
(3) folios, mandato en cuatro (4) folios, comprobante de pago en dos (2) folios, Guavio descripción unidad funcional Dian V10 04 -11-2024 en once (11) folios, planos en ocho (8) folios y Guavio-unidad-funcionallista de suministros en ocho (8) folios.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686,00) según transferencias número 11381688 de 02 de enero de 2025 y 10152175 del 15 de enero de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000051 del 30 de enero de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria: explicar en orden secuencial y en párrafos cortos, en qu é consiste el sistema, el funcionamiento técnico de los equipos desde el primero hasta el último indicando que proceso se realiza con cada uno de ellos, cuál es el producto final que se pretende obtener con su ut ilización, uso o destinación, elaborar un listado de máquinas y equipos que conforma el sistema indicando para cada ítem: cantidad, unidad comercial, características físicas y técnicas y cuál es el papel que desempeña dentro de la función que realiza este sistema. No se deben incluir marcas, ni términos en inglés, ni relacionar elementos, partes y piezas de uso general, para lo que se solicitó un formato Excel, identificar claramente la función que realiza el sistema, indicar
como se controla el sistema y como se interconectan las máquinas y equipos que loRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600139 de 10 abr. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
conforman, adjuntar un plano donde se muestre la ubicación de las máquinas o equipos dentro del área de instalación.
La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000091 del 06 de marzo de 2025, con 21 folios , renunciando al término restante para responder el requerimiento de información.
Este despacho revisó de manera integral la información contenida en los radicados antes mencionados, e identificó varias mercancías , por lo tanto, con oficio No. S2025000100165398000240 del 02 de abril de 2025, se solicitó a la interesada elegir una mercancía a clasificar con la presente solicitud conforme a lo establecido en el artículo 314 de la Resolución 046 de 2019. Se recibe respuesta co n escrito radicado No. E2025000100165398000173 del 04 de abril de 2025, en dos (2) folios y se escogió “los componentes de la turbina N°1, de 250 MW de potencia”
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por l a interesada: XXXXXX - XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su
interesada: XXXXXX - XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota, Texto de Partida y otras disposiciones de aplicación nacional.
Regla General Interpretativa 2.a):
“Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cua ndo se presente desmontado o sin montar todavía.”
Partida: 84.10:
“Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de
legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600139 de 10 abr. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, medi ante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002078 de 15 de enero de 2025 y E2025000100165398000091 del 06 de marzo de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de elementos de diversos materiales presentados como piezas sueltas y que una vez e nsamblados conforman prácticamente en su totalidad una turbina hidráulica.
Dichos elementos se utilizarán con el objetivo de modernizar y repotenciar turbinas de la Central Guavio. El repotenciamiento se consigue con equipos de nuevo diseño, en lo
prácticamente en su totalidad una turbina hidráulica.
Dichos elementos se utilizarán con el objetivo de modernizar y repotenciar turbinas de la Central Guavio. El repotenciamiento se consigue con equipos de nuevo diseño, en lo principal con una modernización del diseño hidráulico del rodete y del sistema de tobera de inyector, que permiten un aumento de eficiencia respecto de las condiciones actuales de unas turbinas, que, junto con una modernización del diseño mecánico, permitirán una operación permanente a 250 MW con un menor paso de agua respecto de las turbinas existentes.
Los componentes que la conforman son:
1. Un (1) rodete tipo Pelton.
2. Un (1) juego de plantillas para controlar los perfiles hidráulicos de las cucharas del rodete durante labores de mantenimiento, incluyendo sus tornillos para montaje sobre las cucharas , compuesto por : seis (6) piezas para medir el exterior de la escotadura, ocho (8) piezas para medir borde superior, diez (10) piezas iguales para medir perfil de escotadura, seis (6) piezas para medir borde de escotadura y quince (15) piezas para medir perfil interior de cucharas.
3. Un (1) conjunto de acoplamiento de la turbina (eje no es parte de la presente solicitud de clasificación), el acoplamiento de la turbina Pelton con el eje de la turbina se realiza mediante los siguientes elementos: pernos, tuercas, varillas de medición, láminas de fricción, tapas de protección, juntas “O -ring”, tornillos, arandelas y pegamento LOCTITE, así: doce (12) tornillos M12 x 30, doce (12) tornillos M24 x 55,
láminas de fricción, tapas de protección, juntas “O -ring”, tornillos, arandelas y pegamento LOCTITE, así: doce (12) tornillos M12 x 30, doce (12) tornillos M24 x 55, una (1) tapa, una (1) lámina de fricción 3M, doce (12) varillas de medición, una (1) tapa de protección, veinticuatro (24) tuercas de acoplamiento M125 x 8, doce (12) pernos de acoplamiento M125 x 945 , dieciséis (16) juntas “O-ring”, quince (15) cordones “round cord”, dos (2) adhesivos Loctite de 50ml, veinticuatro (24) arandelas “lock washer” veinticuatro adhesivos “loctite” 406 x 20 grs.
4. Cinco (5) sistemas de tobera de inyector de turbina hidráulica, que cada uno comprende los elementos siguientes: cuerpo del inyector (estructura), escudo protector, aguja de inyector, anillo de tapa y asiento y demás elementos de estanqueidad y apriete del conjunto (pernos y tuercas) , así: veinte (20) pin es de diámetro 30 x 100 mm, veinticinco (25) tornillos M36x45, cinco (5) anillos de asiento – recubrimiento, cinco (5) puntas de aguja – recubrimiento, diez (10) tornillos M20 x
65, treinta (30) tornillos M20 x 80, cien (100) tornillos de montaje especial M36 x 102,RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600139 de 10 abr. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
sesenta (60) tapones M42 x 2, ciento veinte (120) arandelas esféricas convexas M64, ciento veinte (120) arandelas esféricas concavas M64, cinco (5) cuñas de despegue, veinte (20) anillo s de la tapa del pasador, ciento veinte (120) tornillos de montaje especial M64 x 260, ciento veinte (120) tornillos de montaje especial M64 x 300/100, sesenta (60) casquillos roscados M30 x M20 x 30, cinco (5) anillos tapa, cinco (5) casquillos de cobertura, cinco (5) escudos de protección , cinco (5) toberas, cuatro (4) anillos “Load Ring” M24x75, dos (2) anillos “Load Ring” M36x45, tres (3) adhesivos “Loctite” de 114 Grs, dos (2) pernos de ojo “eye bolt” cinco (5) juntas “Oring” 405.26x5.33, catorce (14) adhesivos “Loctite” de 50 ml, veinte (20) tornillos “socket head cap screw ” M16 x 50, sesenta (60) tornillos “socket head cap screw” M16x50, diez (10) juntas “Oring” 363A - 164.47x5.33 - N, diez (10) tornillos “hex head
“socket head cap screw ” M16 x 50, sesenta (60) tornillos “socket head cap screw” M16x50, diez (10) juntas “Oring” 363A - 164.47x5.33 - N, diez (10) tornillos “hex head screw” M36x90, cinco (5) juntas “Oring” 710x7, diez (10) pines 30X120.
5. Cinco (5) sistemas de deflector de inyector de turbina hidráulica. Elementos que componen este sistema: chapas pelable, pasadores, tornillos, tapones, casquillos, arandelas, ejes del deflecto r, palancas, aletas, adhesivo Loctite. Así: cinco (5) chapas pelable, veinte (20) pasador es 20x100, diez (10) pasador es 25x80, veinte (20) pasadores 25x165, veinte (20) tornillo s M24 x 90, treinta (30) tap ones M27 x 1.5, diez (10) casquillos, diez (10) arandelas, treinta (30) tornillos de montaje especial M42 x 192, diez (10) ejes del deflector, cinco (5) palancas inferior del deflector, cinco (5) aletas deflectoras, cinco (5) palanca s superior del deflector, dos adhesivos “Loctite” 114 gr, cuatro (4) adhesivos “Loctite” 50ml, die z (10) tornillos “countersunk head screw” M12x30.
6. Un (1) sistema de frenado de chorro de inyector de turbina hidráulica, compuesto por dos (2) boquillas freno, dieciséis (16) tornillos y cuatro (4) anillos.
head screw” M12x30.
6. Un (1) sistema de frenado de chorro de inyector de turbina hidráulica, compuesto por dos (2) boquillas freno, dieciséis (16) tornillos y cuatro (4) anillos.
7. Dos (2) juegos de utillajes que se requieren para facilitar las labores de montaje
(izaje, manipulación, alineamiento, apriete) , así: una (1) herramienta de montaje juntos, tres (3) soportes, dos (2) brazo s a bisagra conjuntos, cuatro (4) varilla s roscadas M24 pa ra montaje la tapa, cuatro (4) varilla s roscadas M20, dos (2) dispositivos de elevación deflector, dos (2) conjuntos de soporte, dos (2) tensores “tensioner” M125 X 8, dos (2) servomotores, una (1) llave de ajuste, cinco (5) lugares de identificación “place de identificación - turbina Pelton unit (1 a 5)” , dos (2) conjuntos soporte aguja, dos (2) poleas “pulley cable return” dos (2) soportes, dos (2) cable “Winch”, dos (2) tripodes de elevación “stand adjustable lifting tripod”, dos (2) grilletes “shackle bow”, dos (2) pernos de ojo “Eye Bolt”, ocho (8) tuercas “hex nut” M24, ocho (8) tuercas “hex nut” M20.
Del análisis de la información anterior, se concluye que la mercancía descrita en los ítems 1 al 6 corresponde a los elementos principales de una turbina hidráulica tipo Pelton, la cual, aunque no se encuentra completa ya que el usuario informa que no vien e con el eje, contiene todas las demás partes y piezas necesarias para su ensamble y normal
1 al 6 corresponde a los elementos principales de una turbina hidráulica tipo Pelton, la cual, aunque no se encuentra completa ya que el usuario informa que no vien e con el eje, contiene todas las demás partes y piezas necesarias para su ensamble y normal funcionamiento, por lo que, presenta las características esenciales del artículo completo o terminado. De igual forma, la mercancía se presenta con un conjunto de herramientas especializadas y elementos necesarios para su montaje, los cuales se describen de manera detallada en el ítem 7.
Teniendo en cuenta lo anterior, así como la información allegada por el usuario, se observa que se trata de una sola máquina conformada por los componentes descritos en los numerales 1 al 6; por lo tanto, se determina que la mercancía a clasificar no constituye una unidad funcional, de acuerdo con lo previsto en la Nota 4 de la Sección XVI del Arancel de Aduanas.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600139 de 10 abr. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
En conclusión, la mercancía descrita en los ítems 1 al 7 corresponde arancelariamente a una turbina hidráulica de potencia superior a 10.000 kW , junto con sus artículos auxiliares de montaje, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 2.a) está comprendida en la partida 84.10 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores.” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8410.13.00.00 del Arancel de
partida “Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores.” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8410.13.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para " De potencia superior a 10.000 kW".
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria para el producto objeto de estudio tiene un valor equivalente a SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS MCTE ($691.843) incluido el IVA, valor actualizado anualmente con base en el índice de precios al consumidor IPC certificado y publicado por el DANE, conforme a lo establecido en el artículo 11° de la Resolución en mención. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS MCTE ($691.843) , del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8410.13.00.00 del Arancel de Aduanas, como una turbina hidráulica de potencia superior a 10.000 kW, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 2.a) y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
superior a 10.000 kW, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 2.a) y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO S EGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO identificada con Cédula de Ciudadanía No. XXXXXXXXX, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS MIRCANA LOGISTICS SAS NIVEL 1 con NIT 8XXXXXXXXX4, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: XXXXXX - XXXXXX de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, 8XXXXXXXXXen Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600139 de 10 abr. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-04-10 / 07:56:41 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600139Consecutivo Acto 2025Año Calendario 10-APR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .830009686Nit Calidad Actua SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS MIRCANA LOGISTICS S.A.S.
NIVEL 1
Razón Social coordinacionctg@mircana.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 109Planilla Remisión No. 11 APR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable
ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
11 APR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: SANDRA CAROLINA VARGAS ARÉVALO REP LEG T/P.830009686
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 07 JUL 2025 Hora: 16:21:35
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 07 MAY 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.123 del 20-may-2025 en la página 64.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600139Consecutivo Acto 2025Año Calendario 10-APR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
830009686Nit Calidad Actua SANDRA CAROLINA VARGAS AREVALO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS MIRCANA LOGISTICS S.A.S.
NIVEL 1
Razón Social directoracomex@mircana.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:
NIVEL 1
Razón Social directoracomex@mircana.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 109Planilla Remisión No. 11 APR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
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Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
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C.C. Noti Personal: SEÑORA: SANDRA CAROLINA VARGAS ARÉVALO REP LEG T/P830009686
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 07 JUL 2025 Hora: 16:21:35
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 07 MAY 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
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2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.123 del 20-may-2025 en la página 64.