DIAN - Resolución 600142 de 16-02-2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600142 de 16-02-2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- —
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600142 (16 feb. 2026)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
LA JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002964 de 24 de octubre de 2025, el señor ÁNDRES FELIPE CARO SERNA, identificado con cédula de ciudadanía 1.017.231.479, agente de aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ADUANIMEX S.A NIVEL 1, con NIT 800.143.377-7, mandatari a de la sociedad BANCO DAVIVIENDA S.A. con NIT 860.034.313-7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada denominada técnica y comercialmente “MÁQUINA
GRANALLADORA AUTOMÁTICA”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud diligenciado en la plataforma SARP en dos (2) páginas, mandato aduanero en doce (12) páginas, formato FT-OA-2354 Solicitud de Resolución de Clasificación Arancelaria en tr es (3) páginas, descripción de la unidad funcional en dos (2) páginas, listado de componentes en una (1) hoja, ficha técnica en diecinueve (19) páginas y comprobante de pago en una (1) página.
(3) páginas, descripción de la unidad funcional en dos (2) páginas, listado de componentes en una (1) hoja, ficha técnica en diecinueve (19) páginas y comprobante de pago en una (1) página.
El solicitante pagó un mill ón trescientos ochenta y cuatro mil pesos M/CTE ($1.384.000) según transferencia número 28886399 de 24 de octubre de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante requerimiento de información nro. S2025000100165398001038 del 18 de noviembre de 2025, este Despacho solicitó al usuario lo siguiente:
1. Ampliar la descripción y explicar paso a paso en orden secuencial el proceso, de manera que se nombren los elementos listados en el archivo denominado componentes.
2. Describir cómo se programa y controla el ciclo del producto a clasificar (control de temperatura, velocidad, tiempo de permanencia, etc.).
3. Especificar el método de dispersión de la granalla (chorro, gota a gota, niebla, etc.).
4. Remitir la ficha técnica de la mercancía a clasificar en español.
5. Anexar un diagrama de flujo del proceso.
6. Señalar si el producto contiene varios equipos y estos equipos están ubicados en
un solo basamento.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600142 de 16 feb. 2026 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
7. En un solo cuadro, confirmar los componentes del sistema, indicando para cada uno: cantidad exacta, características físicas y técnicas (ampliar información); y si tiene elementos auxiliares indicarlos; así mismo en el cuadro especificar la capacidad del
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7. En un solo cuadro, confirmar los componentes del sistema, indicando para cada uno: cantidad exacta, características físicas y técnicas (ampliar información); y si tiene elementos auxiliares indicarlos; así mismo en el cuadro especificar la capacidad del silo, la potencia de los motores y porque se requieren cinco (5) motores.
8. Indicar la ubicación geográfica en donde se instalará la mercancía a clasificar y el área que ocupa
Con solicitud realizada en el sistema de fecha 17 de diciembre de 2025 el interesado solicitó prórroga para dar respuesta al requerimiento hasta el 25 de marzo de 2026, la cual fue autorizada con oficio nro. S2025000100165398001196 del 22 de diciembre de 2025.
El usuario responde el requerimiento de información con radicado nro. E2026000100165398000031 del 16 de enero de 2026, en documento con siete (7) páginas, anexando plano en una (1) página, diagrama de flujo en una (1) página y ficha técnica en dieciséis (16) páginas, renunciando al término restante para dar respuesta.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. ANDRES GIOVANNI VILLAMIL REYES, a las siguientes direcciones electrónicas: cmarin@aduanimex.com.coacaro@aduanimex.com.co; o por correo en la dirección CALLE 28 N° 13A -15 PISO 15, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de Partida 84.24:RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600142 de 16 feb. 2026 Hoja No. 3
clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de Partida 84.24:RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600142 de 16 feb. 2026 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
“Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares”.
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002964 de 24 de octubre
resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002964 de 24 de octubre de 2025 y E2026000100165398000031 del 16 de enero de 2026 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos diseñados para granallar piezas para motocicletas, de forma controlada, con el fin de preparar su superficie generando un perfil de anclaje más alto para lograr una mayor adherencia de la pintura con la que se van a recubrir, mediante el siguiente proceso:
1. Carga de piezas: las piezas a tratar se cuelgan manualmente en gancheras o árboles de granallado a razón de 7 unidades por ganchera.
2. Ingreso a la cámara: las gancheras son transportadas hacia la cámara de granallado en acero manganeso, un espacio cerrado y blindado que garantiza la contención del abrasivo.
3. Rotación de las piezas: una vez dentro de la cámara, se activa el sistema de rotación de gancheiras, haciendo que las piezas giren a una velocidad constante para permitir un tratamiento uniforme.
4. Proyección de granalla: se encienden las turbinas Y -30 de 20 HP, las cuales proyectan abrasivo metálico a alta velocidad (granalla G50L) contra las piezas. La dispersión de la granalla se hace como una proyección centrífuga por turbinas de alta velocidad que giran entre 3.000 y 3.600 rpm, las cuales generan una dispersión en forma de abanico o cortina horizontal de alto impacto garantizando cobertura uniforme sobre toda la superficie de las piezas.
alta velocidad que giran entre 3.000 y 3.600 rpm, las cuales generan una dispersión en forma de abanico o cortina horizontal de alto impacto garantizando cobertura uniforme sobre toda la superficie de las piezas.
5. Recuperación del abrasivo: la granalla usada cae al fondo y es recogida por el transportador helicoidal, que la lleva al elevador tipo correa -caneca, desde donde sube al sistema separador tipo BE para retirar impurezas.
6. Clasificación y reciclado: el abrasivo limpio se deposita en el silo de almacenamiento, desde donde se redistribuye nuevamente a las turbinas mediante válvulas de control de abrasivo y el adicionador automático que repone el material perdido.
7. Extracción de polvo: el sistema está conectado al colector de polvo HP230/6H que junto con el ciclón y la caja decantadora, filtra el aire para evitar acumulación de
partículas en el ambiente.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600142 de 16 feb. 2026 Hoja No. 4
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8. Salida de piezas: completado el ciclo, las gancheras salen de la cámara por el sistema de rieles. Las piezas ya tratadas son retiradas para su inspección y posterior pintura.
9. Control del sistema: todo el proceso es supervisado desde el panel eléctrico con PLC e HMI desde donde se programan parámetros, alarmas y ciclos de trabajo.
El sistema se compone de las siguientes máquinas y aparatos:
1. Una (1) cámara de granallado en acero manganeso: estructura principal donde se
e HMI desde donde se programan parámetros, alarmas y ciclos de trabajo.
El sistema se compone de las siguientes máquinas y aparatos:
1. Una (1) cámara de granallado en acero manganeso: estructura principal donde se realiza el proceso de granallado, su espacio permite la cobertura uniforme del chorro de abrasivo en las piezas.
2. Un (1) panel eléctrico con PLC e HMI, permite la operación automatizada del sistema.
3. Dos (2) turbinas Y-30 de 20 Hp de potencia con inversor de frecuencia que impulsan la granalla contra las piezas.
4. Dos (2) ganchos para 500 kg que sostienen las piezas a intervenir.
5. Un (1) sistema automático de movimiento de gancheras que permite el desplazamiento controlado de las gancheras dentro del equipo durante el proceso.
6. Un (1) desvío del dispositivo “Y” automático, que permite el deslizamiento de los árboles o medios que contienen los productos a granallar (escapes) permitiendo el ingreso y la salida a la cámara antes y después del proceso de granallado.
7. Dos (2) sistemas automáticos de descenso y ascenso del gancho que permite que los árboles bajen desde una altura de 2,4 metros hasta el nivel del operador para cargar el producto a granallar y para descargarlo una vez se lleva a cabo el proceso.
8. Dos (2) puertas automáticas con barrera de seguridad que permiten abrir la cámara de granallado para el ingreso de las piezas y al cerrarse define el cierre de la cámara en la que llevará a cabo el granallado sobre los sistemas de escape.
9. Un (1) sistema de extracción con colector de polvo HP230/6H que aspira el polvo generado durante el proceso y lo separa del aire limpio.
en la que llevará a cabo el granallado sobre los sistemas de escape.
9. Un (1) sistema de extracción con colector de polvo HP230/6H que aspira el polvo generado durante el proceso y lo separa del aire limpio.
10. Un (1) transportador helicoidal de abrasivo que se encarga del traslado de la granalla usada hacia el elevador para su circulación.
11. Un (1) elevador de abrasivo tipo correa – caneca que sube la granalla hacia el sistema de separación para su reutilización.
12. Un (1) silo de almacenamiento de abrasivo donde se almacena la granalla lista para ser reutilizada.
13. Un (1) dosificador automático de abrasivo (350 kg) que añade granalla nueva automáticamente cuando el nivel disminuye.
14. Un (1) sistema de enclausuramiento acústico que reduce el ruido generado por las turbinas y otros equipos en operación.
15. Un (1) separador de abrasivo tipo BE que separa partículas útiles de granalla de polvo y contaminantes para mejorar la calidad del proceso.
16. Un (1) sistema de rotación de las gancheras que hace girar las piezas colgadas en los ganchos (árboles) para asegurar una cobertura uniforme de granalla.
17. Dos (2) válvulas de control de abrasivo que regulan el flujo de granalla hacia las turbinas.
18. Una (1) caja decantadora (atrapa chispas) y ciclón que protege de partículas incandescentes antes del colector.
19. Una (1) tubería de extracción hasta 7m que conecta el sistema de extracción con el colector de polvo.
20. Cinco (5) motores WEG/SEW trifásicos que accionan los sistemas del equipo.
incandescentes antes del colector.
19. Una (1) tubería de extracción hasta 7m que conecta el sistema de extracción con el colector de polvo.
20. Cinco (5) motores WEG/SEW trifásicos que accionan los sistemas del equipo.
21. Dos (2) reductores SEW, transmisiones mecánicas que ajustan la velocidad de
rotación de componentes críticos.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600142 de 16 feb. 2026 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
De acuerdo con lo expuesto, la mercancía listada corresponde a un conjunto de máquinas y aparatos que se utilizan para proyectar y dispersar granalla en forma de chorro, con el fin de preparar la superficie de piezas para motocicletas en acero inoxidable, generando un perfil de anclaje más alto para lograr una mayor adherencia de la pintura con la que se van a recubrir, ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA).
En conclusión, este despacho determina que las máquinas y aparatos listados en los numerales 1 al 21 conforman la unidad funcional previamente identificada cuya función es proyectar y dispersar granalla en forma de chorro, que en aplicación de la Regla Gen eral interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual incluye “ Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; p istolas
Armonizado la cual incluye “ Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; p istolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8424.30.00.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “Máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución No. 000200 del 19 de abril de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($1.383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante de consignación aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS M/CTE ($314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que proyectan y dispersan granalla en forma de chorro, de acuerdo con lo
subpartida 8424.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que proyectan y dispersan granalla en forma de chorro, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencion ado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor ANDRÉS GIOVANNI VILLAMIL REYES identificado con cédula de ciudadanía No. 79.859.902, en calidad de apoderado especial de la sociedad BANCO DAVIVIENDA S.A. con NIT 860,034.313-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: cmarin@aduanimex.com.co - acaro@aduanimex.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 36 0 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CALLE 28 N° 13A -15 PISO 15 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el siti o web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600142 de 16 feb. 2026 Hoja No. 6
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600142 de 16 feb. 2026 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2026-02-16 / 02:35:22 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO
Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ
Revisó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIOSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2026003980600142Consecutivo Acto 2026Año Calendario 16-FEB-2026Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 79859902Nit Calidad Actua
ANDRÉS GIOVANNI VILLAMIL REYES AP. ESP. BANCO DAVIVIENDA S.A.Razón Social
acaro@aduanimex.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 80Planilla Remisión No. 16 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev:
ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 80Planilla Remisión No. 16 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
APODERADO ESPECIAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
16 FEB 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: DOCTOR: ANDRÉS GIOVANNI VILLAMÍL REYES APODERAD T/P79859902
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 17 APR 2026 Hora: 10:25:58
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 10 MAR 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición extraordinaria del 16 de abril de 2026 en la página 85.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2026003980600142Consecutivo Acto 2026Año Calendario 16-FEB-2026Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 79859902Nit Calidad Actua
ANDRÉS GIOVANNI VILLAMIL REYES AP. ESP. BANCO DAVIVIENDA S.A.Razón Social
cmarin@aduanimex.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 80Planilla Remisión No. 16 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
APODERADO ESPECIAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
16 FEB 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: DOCTOR: ANDRÉS GIOVANNI VILLAMÍL REYES APODERAD T/P79859902
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 17 APR 2026 Hora: 10:25:58
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No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 10 MAR 2026Fecha Ejecutoria
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FUNCIONARIO NOTIFICADOR
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2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición extraordinaria del 16 de abril de 2026 en la página 85.