DIAN - Resolución 600144 de 2025
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600144 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600144 (10 abr. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado n.º: 235410000002139 de 06 de febrero de 2025, el Sr. EDGAR ENRIQUE JIMÉNEZ DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía n.º: XXXXXXXXX, representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 8XXXXXXXXX, mandataria de la sociedad BANCOLOMBIA S.A. con NIT 8XXXXXXXXX, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como « UNIDAD FUNCIONAL LÍNEA DE PRODUCCIÓN Y ENDEREZADO DE
HIERRO CORRUGADO MAQUINA SGT414A».
El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) páginas, especificaciones de la máquina en seis (6) páginas, imagen en una (1) página, mandato aduanero en catorce (14) páginas y comprobante de pago en dos (2) páginas.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos Mcte ($ 1.384.000,00) según
aduanero en catorce (14) páginas y comprobante de pago en dos (2) páginas.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos Mcte ($ 1.384.000,00) según transferencia n.º: 1658 del 05 de febrero de 2025 del Banco Itaú al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información - RIA n.º: S2025000100165398000137 del 04 de marzo de 2025 este Despacho solicitó al usuario:
1. «Confirmar si el panel de operación utiliza programas pregrabados para realizar sus operaciones
(instrucciones específicas almacenadas en un lenguaje de control numérico, como por ejemplo “G-code” u otro.) para realizar las operaciones de halado, enderezado y corte.
2. Aclarar si el panel de control dispone de una unidad de control automatizada (microprocesador u otro similar) que automatice los movimientos y operaciones de la máquina.
3. Explicar cómo se mantiene la tensión del material halado durante el proceso de enderezado y corte.
4. Describir el mecanismo utilizado para halar el rollo de material desde los devanadores hacia la máquina de enderezado y corte.
5. Indicar qué elementos se utilizan para realizar el enderezado y corte del material, en la máquina enderezadora y cortadora.
6. Confirmar si los devanadores de la chipa corrugada son parte de la solicitud y describirlos física y técnicamente.»
El usuario responde mediante escrito radicado n.º: E2025000100165398000135 del 18 de marzo de 2025, con dieciséis ( 16) páginas, renunciando al término restante para dar respuesta al
y técnicamente.»
El usuario responde mediante escrito radicado n.º: E2025000100165398000135 del 18 de marzo de 2025, con dieciséis ( 16) páginas, renunciando al término restante para dar respuesta al requerimiento en mención. En el mismo escrito, el usuario precisa que la mercancía objeto deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600144 de 10 abr. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
solicitud corresponde a la denominación técnica y comercial como «UNIDAD FUNCIONAL
MÁQUINA MODELO SGT5-14A».
Por medio de la consulta hecha al RUT de la AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 , el presente acto administrativo se notifica al Sr. GABRIEL IGNACIO GÁLVIS FRANCO , identificado con cédula de ciudadanía n.º: XXXXXXXXX, quien ostenta la calidad de Representante Legal, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: XXXXXX - XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Cartagena - Bolívar
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
«Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:»
Texto de la partida 84.62:
«Máquinas herramienta (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal (excepto los laminadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas, las líneas de hendido y las líneas de corte longi tudinal) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar, entallar o mordiscar, metal (excepto los bancos de estirar); prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresadas anteriormente.»
Regla General Interpretativa 6:
«La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compa rarse subpartidas del
legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compa rarse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.»
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600144 de 10 abr. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados n.os: 235410000002139 del 06 de febrero de 2025 y E2025000100165398000135 del 18 de marzo de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas que se utilizan para el enderezado y corte a medida de chipas (varillas o barras) de hierro corrugado, mediante el siguiente procedimiento:
El proceso comienza con el montaje de la chipa de hierro en el devanador (no hacen parte de la solicitud). Una vez montada, el operario utiliza el panel de control , consistente en un gabinete
El proceso comienza con el montaje de la chipa de hierro en el devanador (no hacen parte de la solicitud). Una vez montada, el operario utiliza el panel de control , consistente en un gabinete metálico que cuenta en su parte superior con interfaz interactiva p ara dar órdenes manuales, presionando botones para ejecutar cortes y cambios de longitudes. El panel de control incluye PLC, interruptores, fusibles, medidores, contactores, relés y barras de distribución, entre otros componentes. El PLC en este caso realiza funciones básicas como adelantar o retrasar, cambiar la longitud de corte y ejecutar comandos específicos. No tiene capacidades avanzadas de control numérico que permitirían una programación más compleja y detallada de movimientos y operaciones.
La señal de mando se dirige a la máquina, que ya tiene programadas las cantidades y sus derivados desde el panel de control. La máquina comienza su función halando el material hacia la enderezadora cortadora. Utiliza un rotor con rodillos hiperbólicos que a rrastran la varilla. El rotor gira con un motor de 7.5 HP, y el corte funciona con una bomba hidráulica que acciona la cuchilla de corte mediante un cilindro, controlado por el tablero eléctrico.
La máquina realiza el conteo, enderezado del hierro corrugado y corte en longitudes determinadas. Los rodillos enderezadores están hechos de acero de carbono y cromo, con tratamiento térmico de enfriamiento a 58°-62°. Las cuchillas de corte incluyen una cuchilla redonda de salida y una en el cilindro del corte, he chas de material 40Cr. El producto final es el hierro cortado en medidas de varilla de 6 metros o más. La capacidad de producción puede alcanzar aproximadamente 1 .500
cilindro del corte, he chas de material 40Cr. El producto final es el hierro cortado en medidas de varilla de 6 metros o más. La capacidad de producción puede alcanzar aproximadamente 1 .500 unidades por hora, y cada lote diario puede producir hasta 8 toneladas, dependiendo de la s dimensiones del hierro corrugado recto.
La unidad de control está conectada a la enderezadora - cortadora por medio de cables eléctricos. Estos cables permiten, por un lado, la comunicación con el encoder (interfaz) de la máquina y por el otro, el suministro de energía eléctrica.
Según lo anterior, el equipo a clasificar consiste en una máquina herramienta para trabajar una manufactura metálica por deformación, med iante rodillos para su enderezado y cuchilla de corte para obtener longitudes determinadas del product o consistente en varillas (barras) de hierro corrugado.
Aunque el control con PLC y la unidad de enderezado y corte están físicamente separados, se consideran un solo equipo en términos de funcionalidad y operación. El panel de control está conectado a la enderezadora -cortadora mediante cables eléctricos, permi tiendo la comunicación con la interfaz (encoder) coordinando el proceso completo de enderezado y corte de varillas (barras) de hierro, además de suministrar energía eléctrica a la enderezadora – cortadora. Esto asegura su funcionamiento de manera coordinad a y eficiente. Por lo tanto, en términos de clasificación arancelaria, no se consideran una combinación de máquinas con una función netamente definida según la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, ya que, como se dijo, es un solo equipo más allá de no compartir la misma estructura o carcasa.
arancelaria, no se consideran una combinación de máquinas con una función netamente definida según la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, ya que, como se dijo, es un solo equipo más allá de no compartir la misma estructura o carcasa.
Conforme a lo expuesto, en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) las máquinas que trabajan el metal o manufacturas de metal por deformación (sin arranque de materia) se encuentran comprendidas en el texto de la partida «84.62 Máquinas herramienta (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal (excepto los laminadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas , las líneas de hendido y las líneas de corte longitudinal) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar, entallar o mordiscar, metal (excepto los bancos de estirar); prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresadas anteriormente.», en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 del SA.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600144 de 10 abr. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Por su parte, al revisar los textos de subpartida de primer nivel (a un guion), dentro de la partida 84.62, se observa que la máquina para enderezado y corte de varillas (barras) de hierro corrugado se encuentra comprendid a de manera específica en el texto de la subpartida tácita «8462.5084.62, se observa que la máquina para enderezado y corte de varillas (barras) de hierro corrugado se encuentra comprendid a de manera específica en el texto de la subpartida tácita «8462.50Máquinas para trabajar tubos, tubería, perfiles huecos, perfiles y barras (excepto las prensas):» , y a 10 dígitos , en la subpartida «8462.59.00.00 - -Las demás», por no ser de control numérico. Lo anterior, según la Regla General Interpretativa 6 del SA.
En conclusión, este Despacho determina que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, el producto a clasificar arancelariamente está comprendido en la partida 84.62 de la nomenclatura del Sistema Armonizado y con fundamento en la Regla General Int erpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8462.59.00.00 del arancel de aduanas de Colombia.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria para un producto tiene un valor equivalente a SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS MCTE (($691.843) incluido el IVA, valor actualizado anualmente con base en el índice de precios al consumidor IPC certificado y publicado por el DANE, conforme a lo es tablecido en el artículo 11° de la Resolución en mención. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS, ($692.157), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
NOVENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS, ($692.157), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8462.59.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para trabajar varillas (barras) de hierro corrugado, sin control numérico , en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor GABRIEL IGNACIO GÁLVIS FRANCO identificado con cédula de ciudadanía n.º: XXXXXXXXX, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 8XXXXXXXXX, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: XXXXXX - XXXXXX, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la 8XXXXXXXXXen CartagenaDe no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la 8XXXXXXXXXen CartagenaBolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021 , el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a laRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600144 de 10 abr. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-04-10 / 09:02:35 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600144Consecutivo Acto 2025Año Calendario 10-APR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social asesor02@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio
Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO
GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social
asesor02@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 109Planilla Remisión No. 11 APR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
11 APR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P.890404190
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 07 JUL 2025 Hora: 16:24:59
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 07 MAY 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.123 del 20-may-2025 en la página 69.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600144Consecutivo Acto 2025Año Calendario 10-APR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social
ejimenez@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 109Planilla Remisión No. 11 APR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
11 APR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 07 JUL 2025 Hora: 16:24:59
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 07 MAY 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.123 del 20-may-2025 en la página 69.