🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 600151 de 18-02-2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 600151 de 18-02-2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Año
2026

RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600151 (18 feb. 2026)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002710 de 25 de agosto de 2025, el Sr. FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811 .001.259-7, mandataria de la Sociedad BANCO DE OCCIDENTE con NIT 890.300.279-4, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL

BATERIA AUTOMÁTICA DE PUESTA Y RECOLECCIÓN DE HUEVOS PARA GALLINAS

PONEDORAS”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:

  • Formato de solicitud SIE SARP en dos (2) páginas. - Mandato aduanero en diez (10) páginas. - Comprobante de pago en una (1) página. - Documento oficio descripción del proceso en dos (2) páginas. - Documento diagrama de flujo en dos (2) páginas.
  • Mandato aduanero en diez (10) páginas. - Comprobante de pago en una (1) página. - Documento oficio descripción del proceso en dos (2) páginas. - Documento diagrama de flujo en dos (2) páginas. - Ficha técnica en veinticuatro (24) páginas. - Plano en dos (2) páginas. - Listado de componentes en una (1) hoja excel.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos M/CTE ($ 1.383.686,00) según transferencia número 84299 de 25 de julio de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información número S2025000100165398000711 del 28 de agosto de 2025, este Despacho solicitó al usuario: indicar la ubicación geografía y área en donde se instalará el sistema a clasificar, precisar si el sistema de recolección de huevos es de trabajo continuo, o si se programa su recolección en momentos determinados, ajustar listado en Excel de las máquinas y equipos que conforman sistema.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600151 de 18 feb. 2026 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Con solicitud realizada en el sistema de fecha 30 de octubre de 2025 el interesado solicitó prórroga hasta el 28 de diciembre de 2025 para dar respuesta, la cual fue autorizada por el sistema y confirmada mediante oficio No. S2025000100165398000966 del 05 de noviembre de 2025.

El usuario responde el requerimiento de información con radicado No.

sistema y confirmada mediante oficio No. S2025000100165398000966 del 05 de noviembre de 2025.

El usuario responde el requerimiento de información con radicado No. E2025000100165398000964 del 26 de diciembre de 2025, en documento con dos (2) páginas, adjuntando los siguientes documentos: certificación informando cambio de representante legal del Banco de Occidente en dos (2) páginas, certificado de la Superintendencia Financiera de Colombia a nombre de Banco de Occidente en nueve (9) páginas, cédula de ciudadanía representante legal del Banco de Occidente en una (1) página y listado definitivo de componentes en formato Excel en una (1) hoja y renunciando al término restante para dar respuesta.

A través de la reunión técnica virtual sostenida con el usuario el 28 de enero de 2026, se precisaron las denominaciones técnicas de varios componentes incluidos en el listado de equipos aportado con la solicitud, con el fin de garantizar su adecuada identificación dentro del análisis arancelario. El acta correspondiente se encuentra incorporada en los antecedentes del radicado en el sistema informático SIE‑SARP.

Con escrito radicado Nº E2026000100165398000105 del 13 de febrero de 2026, presentado por la opción “Otros” en el sistema SIE ‑SARP, el usuario otorgó alcance a la reunión aclaratoria con el fin de precisar la cantidad de uno de los elementos contenidos en el listado definitivo de componentes adjunto a la respuesta al requerimiento de información, en un documento de dos (2) páginas, adjuntando escrito de aclaración de la empresa Antioqueña de Incubación S.A.S. en una (1) página y cuadro de componentes final en una (1) hoja Excel.

en un documento de dos (2) páginas, adjuntando escrito de aclaración de la empresa Antioqueña de Incubación S.A.S. en una (1) página y cuadro de componentes final en una (1) hoja Excel.

A través del oficio Nº 2026000100165398000161 del 13 de febrero de 2026, la Coordinación de Clasificación Arancelaria confirmó al usuario la recepción de la información aclaratoria remitida. El 17 de febrero de 2026 se realizó reunión técnica virtual con el usuario para aclarar dudas acerca de los componentes del listado Excel remitido como definitivo. La relación de los componentes objeto del aclaratorio se encuentra registrada en el acta de la reunión firmada por l os asistentes por ambas partes, reposando como parte de los antecedentes de la solicitud en el sistema informático.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, a las siguientes direcciones electrónicas : fsterling@roldanlogistica.com - drubios@bancodeoccidente.com.co; o por correo en la dirección Carrera 100 No. 25B-40, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y

único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de PartidaRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600151 de 18 feb. 2026 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netame nte definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.36

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002710 de 25 de agosto de 2025 y E2025000100165398000964 del 26 de diciembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos que se utilizan en un galpón avícola donde se alojan gallinas ponedoras de huevos. Estos equipos están configurados mediante los siguientes sistemas:

Sistema de transporte y dosificación de alimento: realiza el almacenamiento, pesaje, transporte y distribución del alimento mediante la integración de los subsistemas carga de alimento, subsistema principal 90, subsistema de pesaje bh40k y subsistema de comedero

Sistema de transporte y dosificación de alimento: realiza el almacenamiento, pesaje, transporte y distribución del alimento mediante la integración de los subsistemas carga de alimento, subsistema principal 90, subsistema de pesaje bh40k y subsistema de comedero en cadena, permitiendo que los silos alimenten las líneas mediante sinfines y sensores que activan el flujo automático asegurando que el pesaje y la entrega a los comederos se realice de manera continua, cuantitativa y uniforme en todo el galpón.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600151 de 18 feb. 2026 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Sistema de nidos y recolección automática de huevos: garantiza y facilita la postura y conducción automática del huevo mediante el nido automático y el slat plástico permitiendo que las aves depositen la postura en un entorno ventilado y protegido mientras los huevos se deslizan hacia la cinta transportadora y complementando el proceso con una programación diurna que opera de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. ajustando la velocidad en las horas pico y asegurando además que el slat plástico eleve a las aves para evitar contaminación y facilitar la evacuación del estiércol todo ello coordinado por el sistema de control que sincroniza automáticamente la operación.

Sistema de agua: garantiza el suministro continuo y controlado de agua mediante medicadores, frontales de inicio, tuberías principales y reguladores de presión permitiendo que las líneas de niple distribuyan el caudal según las necesidades de las aves y asegurando acceso uniforme gracias a los sistemas de suspensión, regulaciones de altura

medicadores, frontales de inicio, tuberías principales y reguladores de presión permitiendo que las líneas de niple distribuyan el caudal según las necesidades de las aves y asegurando acceso uniforme gracias a los sistemas de suspensión, regulaciones de altura y dispositivos antipercha que protegen la integridad del sistema.

Sistema de iluminación: regula el ambiente lumínico del galpón mediante un sistema de atenuación inteligente compuesto por cables mode, moduladores y bombillas LED permitiendo ajustar brillo, duración e intensidad para crear un entorno adecuado al ciclo productivo de las aves y contribuyendo al bienestar general y estabilidad del proceso de postura.

Sistema eléctrico y de control: centraliza la operación del galpón mediante un sistema que agrupa los cableados de energía y comunicación y permite realizar supervisión, control y parametrización de todos los sistemas garantizando su coordinación y automat ización desde un único cuadro de control que asegura la continuidad y eficiencia del proceso productivo.

A continuación, se relacionan los componentes de los sistemas mencionados, los cuales serán instalados en la Granja La Fe, predio La Pradera, Vereda La Palmira en las siguientes coordenadas 5.789812, -75.930385, en el municipio Hispania, Departamento de Antioquia, en un área de 749 m2.

1. Un (1) sistema de transporte y dosificación de alimento compuesto por los siguientes subsistemas. 1.1. Un (1) subsistema de carga de alimento compuesto por: dos (2) silos en lámina galvanizada, capacidad 7,6 toneladas con accesorios para pesaje, un (1) controlador de peso, dos (2) celdas de carga, accesorios, soportes y cableado de conexión, dos (2)

galvanizada, capacidad 7,6 toneladas con accesorios para pesaje, un (1) controlador de peso, dos (2) celdas de carga, accesorios, soportes y cableado de conexión, dos (2) dispensadores para comida, dos (2) adaptadores para silo, dos (2) botas de salida de silo, dos (2) salidas de aire de silo. 1.2 Un (1) subsistema principal 90 compuesto por: cincuenta y cinco (55) metros de líneas de PVC, (transporta el alimento hasta entrar a la cadena), cuatro (4) motores de arrastre 1.1 kW, 220 V, 60 Hz, 1 fase, cuatro (4) cajas de conexión, seis (6) sensore s (para control de salida de alimento), doce (12) curvas (tubos de nylon (plástico) para armados de líneas de transporte de alimento), dos (2) bases fijas para soporte de altura para la línea de alimento. 1.3 Un (1) subsistema de pesaje 40K compuesto por: un (1) controlador de peso 40K de 7”, pantalla digital táctica con caja de control y accesorios de conexión, una (1) tolva de pesaje 40kg, una (1) tolva de transición de pesaje en acero galvanizado, un (1) regulador de voltaje (relevo), un (1) sensor de alimento, una (1) bota de salida, diez (10) conectores (T) eléctricos de material plástico rígido.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600151 de 18 feb. 2026 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

1.4 Dos (2) subsistemas de comedero en cadena: cada uno compuesto por seis (6) tolvas 490L en lámina galvanizada en caliente, seis (6) motores 1.1kW, 220 V, 60 Hz con soporte, seiscientos doce (612) metros de cadena de comederos en lámina galvanizada en caliente, tres (3) tapas del comedero (limpiador) en lámina galvanizada en caliente, seiscientos doce (612) metros lineales de rejillas, seiscientos diecisiete (617) metros lineales de cadenas en acero al carbono, doce (12) esquineros en lámina galvanizada e n caliente, doce (12) soportes esquineros (pata) en acero inoxidable, ciento noventa y ocho (198) conectores de canal en lámina galvanizada en caliente, ciento noventa y ocho (198) soportes canal (pata), un (1) cuadro de mando eléctrico dispositivo electrónico en acero inoxidable.

2. Dos (2) sistemas de nidos y recolección automática de huevos compuesto por: dos (2) nidos automáticos cada uno compuesto por: una (1) caja de convertidor de frecuencia, un (1) cable de 10 m y dos (2) conectores macho y hembra, un (1) panel de control, ochenta y uno (81) módulos de nido (modo -bajo-alto-bajo), ochocientos dieciséis (816) m2 de slats plásticos.

3. Dos (2) sistemas de agua cada uno compuesto por: dos (2) medicadores 10L/H A 2,5

plásticos.

3. Dos (2) sistemas de agua cada uno compuesto por: dos (2) medicadores 10L/H A 2,5 m3, dos (2) frontales de inicio del sistema (medidor de agua), dos tubos principales de agua en PVC de 32”, ocho (8) conexiones de regulación para la entrada a la tubería, ocho (8) reguladores de presión de doble salida, setecientos noventa y dos (792) metros niple salida de agua para la gallina (12 nipple -3m-unit), ocho (8) malacates con una (1) manija para regular altura de la línea de agua, setecientos noventa y dos (792) metros de suspensión

(guaya colgante) ocho (8) antiperchas cada una con una (1) placa anti percha y un (1) sacudidor.

4. Tres (3) sistemas de iluminación cada uno compuesto por: quince (15) unidades de cable de modulador, tres (3) moduladores, y quinientos setenta (570) bombillas led (48V-8W).

5. Un (1) sistema eléctrico y de control compuesto por: un (1) gabinete de control automatizado, 220-240 V 60Hz 3Ph.

Según lo expuesto, los elementos antes enumerados consisten en una combinación de máquinas y aparatos utilizados en conjunto para la puesta y recolección de huevos en nidales automáticos, garantizado condiciones óptimas a las aves ponedoras para tal fin. Esto se ajusta a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado una unidad funcional.

En conclusión, este despacho determina que los componentes listados en los numerales 1

Esto se ajusta a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado una unidad funcional.

En conclusión, este despacho determina que los componentes listados en los numerales 1 a 5 conforman la unidad funcional previamente identificada, cuya función es la puesta y recolección de huevos en nidales automáticos, que en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y según la Regla General Interpretativa 1 le corresponde clasificarse en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual comprende « Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.» y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.29.20.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para « - - - Batería automática de puesta y recolección de huevos » , contenida en la subpartida tácita 8436.20 « - Máquinas y aparatos para la avicultura, incluidas las incubadoras y criadoras:»

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVERESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600151 de 18 feb. 2026 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.29.20.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente en la puesta y recolección de huevos en nidales automáticos, de acuerdo con la Not a 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.comdrubios@bancodeoccidente.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 100 No. 25B40 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 100 No. 25B40 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2026-02-18 / 02:53:04 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600151 de 18 feb. 2026 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO

Jefe Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: BONILLA JIMENEZ DAVID LEONARDO

Revisó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIOSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2026003980600151Consecutivo Acto 2026Año Calendario 18-FEB-2026Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo

811001259&Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social

drubios@bancodeoccidente.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 89Planilla Remisión No. 19 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

19 FEB 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259&

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 17 APR 2026 Hora: 10:30:30

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 13 MAR 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición extraordinaria del 16 de abril de 2026 en la página 96.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2026003980600151Consecutivo Acto 2026Año Calendario 18-FEB-2026Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 811001259+Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 89Planilla Remisión No. 19 FEB 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

19 FEB 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259+

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 17 APR 2026 Hora: 10:30:30

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 13 MAR 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición extraordinaria del 16 de abril de 2026 en la página 96.

Consultar sobre este documento ...