DIAN - Resolución 600173 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600173 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600173 (28 abr. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002140 de 06 de febrero de 2025, el Sr. EDGAR ENRIQUE JIMENEZ DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía XXXXXXXXX, en calidad de representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 8XXXXXXXXX, mandatario de la Sociedad BANCOLOMBIA S.A. con NIT 8XXXXXXXXX, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “ Unidad Funcional Línea de Producción y Maquilación de Hierro Figurado Maquina SGW14D1.”

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:

  • Formato de solicitud en dos (2) páginas. - Contrato de mandato conferido por la sociedad BANCOLOMBIA S.A. a la Agencia de Aduanas AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 en catorce (14) páginas. - Comprobante y soporte de pago en dos (2) páginas. - Fotografía en dos (2) páginas.

de Aduanas AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 en catorce (14) páginas. - Comprobante y soporte de pago en dos (2) páginas. - Fotografía en dos (2) páginas. - Especificaciones máquina SGW14D1 en siete (7) páginas.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.384.000,00) según Transferencia número 1659 de 05 de febrero de 2025 del Banco Itaú al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional RIA No. S2025000100165398000086 del 11 de febrero de 2025 este Despacho solicitó al usuario: remitir el mandato en el cual se evidencie la facultad para solicitar resoluciones de clasificación arancelaria, indicar el diámetro de los alambres corrugados, aportar ficha técnica del fabricante de la máqui na, indicar la capacidad de producción, indicar el ángulo máximo de doblado, aclarar el número de devanadores, aportar listado en excel de las máquinas y equipos que conforman la unidad. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000097RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600173 de 28 abr. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

del 07 de marzo de 2025 con 30 folios , renunciando al tiempo restante para responder la solicitud. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. EDGAR ENRIQUE

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

del 07 de marzo de 2025 con 30 folios , renunciando al tiempo restante para responder la solicitud. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. EDGAR ENRIQUE JIMENEZ DELGADO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado XXXXXX - XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Cartagena - Bolívar

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Notas, Reglas y Texto de partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos

partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”.

Texto de partida: 84.62

“Máquinas herramienta (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal (excepto los laminadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas, las líneas de hendido y las líneas de corte longitudinal) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar, entallar o mordiscar, metal (excepto los bancos de estirar); prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresadas anteriormente.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteri ores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600173 de 28 abr. 2025 Hoja No. 3

subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600173 de 28 abr. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002140 de 06 de febrero de 2025 y E2025000100165398000097 del 07 de marzo de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una maquina industrial diseñada para doblar barras de acero y formar estribos con formas geométricas (cuadrados, rectángulos, círculos y triángulos) más usadas en el sector de la construcción mediante el siguiente proceso:

Se seleccionan las barras de acero según el diámetro y la longitud requeridos. Luego, en el panel de control numérico, se configuran los parámetros de doblado, incluyendo la longitud del estribo, el ángulo de doblado y la cantidad de piezas a fabricar.

Posteriormente, la barra de acero se introduce en el sistema de rodillos, donde un disco

del estribo, el ángulo de doblado y la cantidad de piezas a fabricar.

Posteriormente, la barra de acero se introduce en el sistema de rodillos, donde un disco giratorio con un pivote ejerce presión sobre ella, doblánd ola al ángulo deseado. Una vez formado el estribo, el sistema corta la pieza y continúa con la siguiente sin necesidad de intervención humana.

Tras el corte, se verifica la calidad y precisión del estribo, se apilan y se almacenan para su posterior uso en columnas o vigas de cimentación en obras civiles.

La máquina es capaz de realizar doblados de hasta 180° y producir hasta 1.600 unidades por hora, alcanzando una capacidad de 8 toneladas diarias. Su velocidad de doblado y alimentación oscila entre 75 y 100 m/s.

Los equipos que conforman la máquina son:

1 - Un (1) compresor de aire eléctrico de potencia 3H, para refrigerar la máquina.

2Dos (2) unidades de devanador desenrrolador en acero, con capacidad de 2.500KG; su función es montar alambrones corrugados de 1 ton los cuales ruedan sobre su propio eje.

3Una (1) máquina SGW14D-1 con estructura de enderezado y gabinete eléctrico interno cuya potencia es p roporcionado por un servomotor con alta eficiencia y precisión, cuenta con una interfaz interactiva de funcionamiento sencillo. Permite insertar alambrón corrugado de ¼ de pulgada a ½. La máquina es usada para enderezar, cortar, formar y contar las unidades de hierro corrugado.

con una interfaz interactiva de funcionamiento sencillo. Permite insertar alambrón corrugado de ¼ de pulgada a ½. La máquina es usada para enderezar, cortar, formar y contar las unidades de hierro corrugado.

4Una (1) unidad de panel de control metálico que admi te varios idiomas para su programación, cuenta con una interfaz interactiva de funcionamiento sencillo, interruptores, fusibles, medidores, contadores, relés y barras de distribución; su función es monitorear y controlar la máquina de hierro figurado.

Del análisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 a 4 consiste en un conjunto de máquinas, aparatos y equipos destinados para enderezar, cortar, formar y contar unidades de hierro corrugado, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General InterpretativaRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600173 de 28 abr. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

1 está comprendida en la partida 84.62 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “Máquinas herramienta (incluida s las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal (excepto los laminadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas, las líneas de hendido y las líneas de corte longitudinal) de enrollar, curvar, p legar, enderezar, aplanar, cizallar,

laminadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas, las líneas de hendido y las líneas de corte longitudinal) de enrollar, curvar, p legar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar, entallar o mordiscar, metal (excepto los bancos de estirar); prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresadas anteriormente.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica e n la subpartida 84 62.51.00.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para - Máquinas para trabajar tubos, tubería, perfiles huecos, perfiles y barras (excepto las prensas) -- “De control numérico.”

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 de abril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES SEIS CIENTOS OCHENTA Y SESIS ($ 1.383.686) incluido el IVA. De acuerdo con los compr obantes de consignación aportados para el trámite queda un saldo a favor de TRESIENTOS CATORCE PESOS ($314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coor dinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8462.51.00.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8462.51.00.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas, aparatos y equipos con control numérico destinados para enderezar, cortar, formar unidades de hierro corrugado, de conformidad con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado te xto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor EDGAR ENRIQUE JIMENEZ DELGADO identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, en calidad de representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 con NIT 8XXXXXXXXX, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud XXXXXX - XXXXXX de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, 8XXXXXXXXXen Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600173 de 28 abr. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-04-28 / 03:53:44 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: BONILLA JIMENEZ DAVID LEONARDO

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600173Consecutivo Acto 2025Año Calendario 28-APR-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo .85201036Nit Calidad Actua EDGAR ENRIQUE JIMENEZ DELGADO REP. AD. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social ejimenez@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:

ejimenez@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 139Planilla Remisión No. 29 APR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE ADUANERO

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

29 APR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: EDGAR ENRIQUE JIMÉNEZ DELGADO REP ADUAN T/P.85201036

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 JUL 2025 Hora: 07:25:27

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 21 MAY 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.133 del 30-05-2025, página 45.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600173Consecutivo Acto 2025Año Calendario 28-APR-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

85201036Nit Calidad Actua EDGAR ENRIQUE JIMENEZ DELGADO REP. AD. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social

asesor02@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 139Planilla Remisión No. 29 APR 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE ADUANERO

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

29 APR 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: EDGAR ENRIQUE JIMÉNEZ DELGADO REP ADUAN T/P85201036

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 JUL 2025 Hora: 07:25:27

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 21 MAY 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 21 MAY 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.133 del 30-05-2025, página 45.

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