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DIAN - Resolución 600175 de 02-03-2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600175 de 02-03-2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Año
2026

RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600175 (02 mar. 2026)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000003019 de 08 de noviembre de 2025, el señor EDGAR ENRIQUE JIMENEZ DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía 85.201.036, agente de aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 890.404.190-5, mandatario de la sociedad PROMOTORA DE ENERGIA ELECTRICA DE CARTAGENA S.A.S E.S.P. con NIT 800.149.537-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente

como “UNIDAD FUNCIONAL CENTRAL HIDROELÉCTRICA PCH SANTA INÉS”

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE -SARP en dos (2) páginas, mandato en catorce (14) páginas, información de la unidad funcional PCH Santa Inés en doce (12) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos

Santa Inés en doce (12) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686,00) según transferencia del 08 de noviembre de 2025 del Banco Itaú al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información RI - No. S2025000100165398001067 del 21 de noviembre de 2025 este despacho solicitó al usuario:

“1. Allegar mandato que contenga la facultad de solicitar clasificaciones arancelarias.

2. remitir un listado actualizado de los equipos en el cual se aclare lo siguiente: - Indicar la forma o mecanismo mediante el cual se interconectan los equipos entre sí. - Ampliar la información del generador de alta eficiencia. - Ampliar información del Inyector DN250 PN63, Bypass. - Sobre la conexión de tubería de bypass a tubería de carga, explicar qué es una conexión “tie - in”. - Aclarar la cantidad de acoples de unión tipo manguito / acople mecánico, mencionan dos

unidades, ¿son uno de cada uno o dos de cada uno?RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600175 de 02 mar. 2026 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

  • Para los ítems 13 y 14 Sistema de batería de 125 V DC, Sistema de batería de 24 V DC, indicar cómo está conformado un Banco de Baterías y si son de respaldo o en qué momento entran en funcionamiento. - Para los cables de media y baja tensión se debe cuantificar la cantidad en metros lineales.

indicar cómo está conformado un Banco de Baterías y si son de respaldo o en qué momento entran en funcionamiento. - Para los cables de media y baja tensión se debe cuantificar la cantidad en metros lineales.

3. Informar el área en metros cuadrados que ocuparán los equipos una vez instalados.”

El usuario responde mediante escrito radicado No. E2026000100165398000026 del 16 de enero de 2026, con 44 páginas, renunciando al término restante para responder al requerimiento de información.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : ejimenez@aduanasgama.com - asesor01@aduanasgama.com; o por correo en la dirección CLL DEL ARSENAL 8 B 39 BRR GETSEMANI, en Cartagena - Bolívar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor

otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 85.02:

“Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600175 de 02 mar. 2026 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 46 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamenta las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con l os radicados No. 235410000003019 de 08 de noviembre de 2025 y E2026000100165398000026 del 16 de enero de 2026 , la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como como un conjunto de máquinas y aparatos que se emplean para generar energía eléctrica , mediante el siguiente funcionamiento:

El proceso de generación inicia en la estructura de captación ubicada sobre la quebrada Santa Inés, desde donde el agua se deriva sin necesidad de represas. Esta agua es llevada por un sistema de conducción compuesto por canales, desarenadores y una tuberí a de presión hasta la casa de máquinas, donde está instalada una turbina Pelton de eje vertical.

Al ingresar a la turbina mediante una válvula de admisión, la energía cinética y de presión del agua se transforma en energía mecánica mediante el giro del rodete. Esa energía

Al ingresar a la turbina mediante una válvula de admisión, la energía cinética y de presión del agua se transforma en energía mecánica mediante el giro del rodete. Esa energía mecánica se transmite a un generador eléctrico acoplado, que convierte el movimi ento en energía eléctrica en un nivel de 13,8 kV.

Luego, la energía pasa a un transformador elevador 13,8/44 kV y de allí a una subestación generadora equipada con sistemas de protección y control, desde donde se entrega al Sistema Interconectado Nacional a 44 kV. Como central a filo de agua, su producció n depende del caudal disponible y, en condiciones óptimas, puede alcanzar una potencia máxima de 9,26 MW, de energía eléctrica corriente alterna.

El proceso descrito se realiza mediante la utilización de las siguientes máquinas y aparatos:

1. Una (1) Resistencia de puesta a tierra del Neutro del Generador (NGR), resistencia 797 ohmios, tensión de servicio (V) 13,8; corriente nominal (A) 10, transformador de corriente: 10/1A; 5P20; 7,5VA. Función: proteger el generador y el sistema eléctrico frente a fallas a tierra, limitando la corriente de falla y facilitando su detección.

2. Una (1) turbina Pelton con accesorios, de eje vertical, altura neta de diseño (m), 622.1, caudal de diseño 1700 l/s, potencia: 9,26 MW, frecuencia 60 Hz, velocidad nominal 900 rpm, elevación del eje de las turbinas 1740 m.s.n.m. Función: convertir la energía del agua en energía mecánica de rotación, la cual se transmite al

nominal 900 rpm, elevación del eje de las turbinas 1740 m.s.n.m. Función: convertir la energía del agua en energía mecánica de rotación, la cual se transmite al generador eléctrico para producir la energía eléctrica.

3. Un (1) Generador de alta eficiencia WKV con accesorios, tipo sincrónico tri fásico, sistema de excitación sin escobillas, disposición eje vertical, potencia nominal 10500 kVA, voltaje nominal 13.8 kV, corriente nominal 439 A, factor de potencia 0.9, frecuencia 60 Hz, velocidad nominal 900 rpm, peso 38.5 t, clase de aislamiento F.

Función: equipo eléctrico acoplado mecánicamente a la turbina Pelton cuya funciónRESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600175 de 02 mar. 2026 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

es transformar la energía mecánica proveniente de la turbina en energía eléctrica trifásica a un nivel de tensión de 13,8 kV.

4. Un (1) sistema de gobernador de velocidad con accesorios, compuesto por: una (1) Unidad de potencia hidráulica HPU, fluido: aceite tipo ISO VG 46, máxima presión del sistema 140 bar, una (1) Bomba de aceite principal con motor eléctrico de AC, una (1 ) Bomba de aceite de reserva con motor eléctrico de AC , una (1) Bomba manual para abrir los inyectores y el deflector de chorro. Un (1) regulador electrónico de velocidad, tipo SER o PLC, ajuste de velocidad ±10%, Ajuste de caída 0-10 %,

manual para abrir los inyectores y el deflector de chorro. Un (1) regulador electrónico de velocidad, tipo SER o PLC, ajuste de velocidad ±10%, Ajuste de caída 0-10 %, Factor proporcional dinámico: KP = 0 – 300.

Función: El sistema gobernador de velocidad está formado por una unidad de potencia hidráulica (HPU) y un regulador electrónico, cuya función conjunta es controlar automáticamente la velocidad y potencia de la turbina. Para lograrlo, ajustan la posición de los álabes directrices y la válvula de admisión.

5. Cuatro (4) Inyectores DN250 PN63, tipo hidráulico , fluido agua. Función: permite graduar la apertura con precisión y, por ende, el flujo para control de la potencia de salida de la turbina.

6. Una (1) junta de desmontaje, DN 600 mm, PN 63 bar. Función: Facilita el montaje y el retiro de la válvula de admisión sin cortar ni mover grandes tramos de tubería.

7. Un (1) Bypass, DN 80 mm, PN 64 bar , Disipador de energía 1, válvula de globo eléctrica 1, válvula de bola manual 2. Función: Interconexión de 80 mm de diámetro (3") que permite Igualar presiones antes de abrir/cerrar la válvula esférica.

8. Dos (2) conexi ones de tubería de bypass a tubería de carga, diámetro nominal 80 mm, presión nominal 64 bar. Función: derivar/igualar flujo y/o presión desde el conducto principal hacia el sistema aguas.

9. Una (1) Válvula principal de admisión, tipo esférica, fluido agua, diámetro nominal

mm, presión nominal 64 bar. Función: derivar/igualar flujo y/o presión desde el conducto principal hacia el sistema aguas.

9. Una (1) Válvula principal de admisión, tipo esférica, fluido agua, diámetro nominal

600 mm, presión nominal 64 bar. Función: regular y asegurar el flujo de agua hacia la turbina.

10. Dos (2) acoples de unión tipo manguito para la válvula principal de admisión, fluido agua, diámetro nominal 600 mm, presión nominal 64 bar . Función: acoplar las válvulas.

11. Una (1) Unidad de potencia hidráulica HPU, fluido: aceite tipo ISO VG 46, compuesta

por: termómetro de aceite, visor de nivel/condición, válvula solenoide 24 V DC, protección bimetálica de sobre temperatura del motor eléctrico, Interruptor de nivel bajo de aceite. Incluye: Una (1) Bomba de aceite principal con motor eléctrico de AC, una (1) Bomba de aceite de reserva con motor eléctrico de AC, una (1) Bomba manual para operación/emergencia. Función: Unidad hidráulica para accionar la Válvula Principal de admisión.

12. Tres (3) tableros de control, protección y comunicación, así: un (1) tablero panel común, voltaje de operación: 208 Vac /125 VDC / 24VDC; un (1) tablero de protección de línea y transformador voltaje de operación: 125 VDC / 24VDC; un (1) tablero de protección de generador , voltaje de operación: 208 Vac /125 VDC /

protección de línea y transformador voltaje de operación: 125 VDC / 24VDC; un (1) tablero de protección de generador , voltaje de operación: 208 Vac /125 VDC / 24VDC. Función: tableros de control, protección y supervisión del sistema.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600175 de 02 mar. 2026 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

13. Dos (2) bancos de sistema de batería de 125 V DC, voltaje 125 Vdc, capacidad 45

Ah, autonomía 8 h. Función: garantizar la alimentación de los sistemas de control, protección y auxiliares.

14. Dos (2) bancos de sistema de batería de 2 4 V DC, voltaje 24 Vdc, capacidad 100

Ah, autonomía 8 h . Función: garantizar la alimentación de los sistemas de control, protección y auxiliares.

15. Un (1) tablero de corriente continua 125 V, Voltaje de operación 125 Vdc. Función: suministrar corriente continua para los sistemas de control y protección.

16. Un (1) tablero de distribución AC/DC, 480 Vac / 208 Vac, 24 Vdc. Función: concentrar y asegurar la distribución de corriente alterna y continua para los sistemas auxiliares.

17. Dos (2) celdas de media tensión, voltaje nominal 17.5 kV, voltaje de servicio 13.8 kV, corriente nominal 630 A, tensión soportada a frecuencia industrial: 60 Hz - 1 mm

17. Dos (2) celdas de media tensión, voltaje nominal 17.5 kV, voltaje de servicio 13.8 kV, corriente nominal 630 A, tensión soportada a frecuencia industrial: 60 Hz - 1 mm

(rms) (kV) 38, tensión soportada a impulso tipo rayo: 1,2/50 (kV): 95, Corriente soportada de corta duración (kA/1 s): 25, medio de extinción de arco Gas SF 6.

Función: controlar, seccionar y proteger el flujo de energía eléctrica producido por los generadores antes de su transformación y entrega al sistema eléctrico.

18. Una (1) válvula de protección de la tubería, con accesorios, tipo mariposa, fluido agua, diámetro nominal 1100 mm, presión nominal 10 bar, con sistema de derivación

(by-pass). Operación: válvula de llenado tipo aguja, operada eléctricamente, diámetro nominal 150 mm, presión nominal 2,5 / 10 bar. Función: medir la velocidad y controlar el caudal.

19. Una (1) junta de desmontaje, DN 1100 mm, presión nominal 2,5 / 10 bar. Función: Facilitar el montaje y el retiro de la válvula mariposa.

20. Dos (2) acoples de unión tipo manguito para la válvula de protección de la tubería, fluido agua, DN 1100 mm , presión nominal 2,5 / 10 bar. Función: conexiones de tubería.

21. Una (1) Unidad hidráulica (HPU) válvula mariposa, fluido: aceite tipo ISO VG 46,

fluido agua, DN 1100 mm , presión nominal 2,5 / 10 bar. Función: conexiones de tubería.

21. Una (1) Unidad hidráulica (HPU) válvula mariposa, fluido: aceite tipo ISO VG 46,

incorpora termómetro, visor de nivel/flujo, electroválvulas a 24 V DC, protección bimetálica por sobretemperatura e interruptor de nivel bajo de aceite. Incluye: una (1) Bomba de aceite principal con motor eléctrico de AC, una (1) Bomba de aceite de reserva con motor eléctrico de AC, una (1) Bomba manual para operación/emergencia, con tablero de control de HPU, de 208 VAC / 24VDC .

Función: sirve como sistema de accionamiento hidráulico y opera con apertura por presión de aceite, cuenta con sistema de control.

22. Dos (2) sistemas de automatización (SCADA), inte grados por dos computadoras: una (1) de tipo escritorio Desktop, con pantalla, teclado, mouse, interfaz de comunicaciones y una (1) de tipo Portátil - Laptop, con pantalla, teclado, mouse, cargador, interfaz de comunicaciones. Función: sistema de control y supervisión de la central de generación.

Las máquinas y aparatos descritos serán ubicados en el municipio de San Andrés de Cuerquia, Antioquía (Colombia) en un área aproximada de 454 metros cuadrados , donde está ubicada la PCH Santa Inés.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600175 de 02 mar. 2026 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

A partir de la información anterior, se tiene que los elementos listados anteriormente corresponden a máquinas y aparatos para generación de energía eléctrica alterna, ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerados como una unidad funcional.

Así las cosas, se concluye que la mercancía anteriormente descrita en los numerales 1 a 22 para el caso que nos ocupa , corresponde arancelariamente a una c ombinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para la generación de energía eléctrica a partir de un grupo de electrógenos de corriente alterna, que de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 85.02 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, que incluye: "Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos." y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “- - - De corriente alterna”, dentro de la subpartida 8502.30, “- Los demás grupos electrógenos:”

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para la generación de energía eléctrica a partir de un grupo de electrógenos de corriente alterna, en virtud de la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO identificado con cédula de ciudadanía No. 73.094.097, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 con NIT 890.404.190-5, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: ejimenez@aduanasgama.comasesor01@aduanasgama.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CLL DEL ARSENAL 8 B 39 BRR GETSEMANI en Cartagena - Bolívar, o de manera subsidiaria mediante aviso

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CLL DEL ARSENAL 8 B 39 BRR GETSEMANI en Cartagena - Bolívar, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2026003980600175 de 02 mar. 2026 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2026-03-02 / 02:08:48 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA

Revisó: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUANSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2026003980600175Consecutivo Acto 2026Año Calendario 02-MAR-2026Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social

ejimenez@aduanasgama.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 106Planilla Remisión No. 02 MAR 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

02 MAR 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 17 APR 2026 Hora: 11:37:35

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 25 MAR 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición extraordinaria N.53.462 del 16 de abril de 2026 en la página 129.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición extraordinaria N.53.462 del 16 de abril de 2026 en la página 129.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2026003980600175Consecutivo Acto 2026Año Calendario 02-MAR-2026Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social

asesor01@aduanasgama.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 106Planilla Remisión No. 02 MAR 2026Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

02 MAR 2026Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 17 APR 2026 Hora: 11:37:35

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 25 MAR 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición extraordinaria N.53.462 del 16 de abril de 2026 en la página 129.

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