DIAN - Resolución 600177 de 2025
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600177 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600177 (30 abr. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002001 de 26 de noviembre de 2024, el señor BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES, identificado con cédula de ciudadanía XXXXXXXXX, representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 8XXXXXXXXX, mandatario de la Sociedad BANCOLOMBIA S.A. con NIT 8XXXXXXXXX, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL DE
COGENERACIÓN DE ENERGIA ELECTRICA”
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : Formato de solicitud SIESARP en dos (2) folios, poder mandato en diez (10) folios, Consignación o Comprobante de Pago en un (1) folio, memoria descriptiva del proyecto de cogeneración IPSA_Rev 10_Nov_22_24 en tres (3) folios, listado de equipos IPSA_V10_Nov_22_2024_en un (1) folio y diagrama de proceso unidad funcional IPSA_V10_Nov_22_2024_ en un (1) folio.
10_Nov_22_24 en tres (3) folios, listado de equipos IPSA_V10_Nov_22_2024_en un (1) folio y diagrama de proceso unidad funcional IPSA_V10_Nov_22_2024_ en un (1) folio.
El solicitante pagó un millón trescientos dieciocho mil pesos m/cte ($ 1.318.000,00) según transferencia número 77522 del 5 de agosto de 2024 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA S2024000100165398000720 del 11 de diciembre de 2024, este Despacho solicitó al usuario: - Explicar claramente, en orden secuencial y en párrafos cortos, el funcionamiento de los equipos desde el primero hasta el último indicando que proceso ocurre en cada uno de ellos hasta llegar a la generación de la energía eléctrica. - Aclarar si se utilizan en la industria los dos tipos de energía producidas: la energía térmica como vapor y la energía eléctrica alterna: de qué manera se utilizan. - Confirmar la potencia del sistema en kW y como se mide. - Respecto al sistema eléctrico ítem 5, se deben ampliar las características técnicas de los dos transformadores: transformador elevador y transformador reductor, indicando: potencia nominal, tensión nominal, frecuencia, relación de transformación, eficiencia, tipo de enfriamiento, impedancia, niveles de aislamiento perdidas de vacío y en carga. - Según el diagrama de proceso puede presentarse un excedente de electricidad. Explicar que se hace con éste, si
se almacena y de qué forma. - Elaborar el listado de componentes en un archivo Excel,RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600177 de 30 abr. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
editable, donde se detallen las cantidades de los componentes de cada uno de los sistemas; ejemplo, el sistema de condensación de vapor de escape indica en l as características que se trata de un condensador de vapor, complementado por tuberías, válvulas y accesorios, se deben detallar las cantidades en todos los sistemas.
Con solicitud realizada en el sistema de fecha 21 de enero de 2025 el interesado solicito prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2025000100165398000041 del 23 de enero de 2025, el usuario responde mediante radicado No. E2025000100165398000138 del 20 de marzo de 2025, con 4 folios , renunciando al término restante para responder.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: XXXXXX - XXXXXX; o por correo en la dirección XXXXXXXX , en Bogotá, D.C.
Mediante correo electrónico de fecha 15 de enero de 2025, recibido en esta Coordinación, el señor FREDY MANUEL STERLING GIL, en calidad de Jefe de Arancel de la sociedad
ROLDAN CUSTOMS BROKER requiere que las solicitudes 1685 -1763-1798-1945-19631973-1974-1994-2001-2021-2028 y 2037 respectivamente, sean asignadas al usuario FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO con Cedula No. XXXXXXXXX en calidad de representante legal suplente de conformidad con certificado de cámara de comercio consultado.
De acuerdo con lo solicitado por el usuario en el párrafo anterior este Despacho procedió a escalar al área de tecnología dicha petición a fin de que el nuevo representante legal pueda consultar las solicitudes antes mencionadas e ingresar con la clave asignada para tal fin.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamenteRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600177 de 30 abr. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”
Partida 85.02:
“Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden com pararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reg lamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con l os radicados No. 235410000002001 de 26 de noviembre de 2024 y E2025000100165398000138 del 20 de marzo de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una serie de equipos que trabajan conjuntamente para la cogeneración de energía eléctrica, mediante el siguiente proceso:
El proceso inicia con la caña de azúcar alimentada desde el campo, entrando al desfibrador cuya función principal es romper la corteza y exponer las fibras para su fácil remoción y mejorar el poder calorífico del combustible (bagazo).
La caña preparada que sale del desf ibrador es alimentada al molino accionado eléctricamente donde por procesos de compresión se extraen los líquidos de la caña desfibrada (agua), generando el bagazo de caña que es combustible utilizado en la caldera y conducido a través de chuts de alimentación y dosificadores de bagazo.
El bagazo es alimentado a la cámara de combustión de la caldera, la cual se encuentra a 800°C y con la inyección de aire caliente se logra la combustión. En esta etapa se obtiene la liberación de la energía térmica contenida en el combustible, la cual es transferida a los
800°C y con la inyección de aire caliente se logra la combustión. En esta etapa se obtiene la liberación de la energía térmica contenida en el combustible, la cual es transferida a los gases de combustión en forma de calor.
La caldera cuenta con varios procesos de transferencia de calor en forma indirecta a través de intercambiadores de calor, que transmiten esta energía térmica al agua de alimentación de la caldera, logrando la producción de vapor a las condiciones requeridas.
El vapor producido en la caldera es conducido a través de tuberías y alimenta al turbo generador. El proceso de transformación de energía sucede en el turbo reduc tor, que convierte la energía del vapor en energía mecánica de rotación y la conversión sucede en el generador eléctrico, que transforma la energía mecánica en energía eléctrica de 20.5 MW a 13.200 volt ios de corriente alterna y esta energía es enviada al transformador de energía donde se sube el voltaje y es enviada a la red nacional.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600177 de 30 abr. 2025 Hoja No. 4
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El vapor que sale del turbogenerador es condensado en los evaporadores, calentadores de coraza, tubos y placas, donde pasa de la fase de vapor a fase líquida y es recirculado por medio de bombas hacia la caldera.
Los equipos que conforman la unidad de cogeneración de energía eléctrica son:
1. Un (1) desfibrador de caña: accionado por motor eléctrico 3500 Hp, incluye nivelador
medio de bombas hacia la caldera.
Los equipos que conforman la unidad de cogeneración de energía eléctrica son:
1. Un (1) desfibrador de caña: accionado por motor eléctrico 3500 Hp, incluye nivelador de caña, tambor de alimentación, arrancador suave del tipo reóstato liquido con su respectivo interruptor, una (1) celda de media tensión . Función: El proceso de desfibración de caña mejora el poder calorífico de bagazo, al reducir su humedad, permitiendo optimizar el proceso de combustión en la caldera para la generación de vapor.
2. Un (1) sistema eléctrico molino 4: compuesto por: un (1) variador de frecuencia para una carga nominal de 1.250 hp. entrada 13.200V y salida 4.160V y un (1) motor eléctrico de 1.250 hp con una velocidad nominal de 1.800 rpm. una (1) celda de media tensión. Función: acciona y controla la velocidad del molino optimizando la extracción de líquidos del bagazo.
3. Una (1) Caldera de lecho, con capacidad para producir 100.000 kg/h de vapor sobrecalentado a la temperatura de 545 °C y presión de 106 bar(a), procedente de la combustión de bagazo de caña en lecho fluidizado burbujeante; La cual está
compuesta por los siguientes equipos:
- Un (1) domo de vapor, 4 sondas de nivel, cuatro (4) sondas de nivel de seguridad, cuatro (4) bombas de producto químico y el aislamiento térmico. - Un (1) hogar que consiste en cuatro (4) paredes modulares que conforman paneles ubicados en las secciones laterales, frontales, superior y traseros; mirillas de horno,
cuatro (4) bombas de producto químico y el aislamiento térmico. - Un (1) hogar que consiste en cuatro (4) paredes modulares que conforman paneles ubicados en las secciones laterales, frontales, superior y traseros; mirillas de horno, compuertas de inspección y el aislamiento térmico. - Un (1) sobrecalentador conformado por setenta (70) serpentines de tubos y siete (7) respectivos cabezales y un (1) atemperador, seis (6) válvulas de seguridad con silenciadores y el aislamiento térmico. - Un (1) lecho fluidizado burbujeante compuesto por : seis (6) tolvas con tuberías y boquillas de inyección de aire, cuatro (4) transportadores vibratorios, un (1) clasificador vibratorio de arena, sistema de quemadores con válvulas, una (1) junta de expansión para alimentación de arena, una (1) junta de expansión para el lecho de arena, esparcidores, seis (6) dosificadores de bagazo y seis (6) variadores, doce (12) válvulas - Un (1) Sistema electrostático para limpieza de gases de caldera con cuatrocientos treinta dos (432) placas colectoras, cuatrocienta s ocho (408) electrodos con su sistema de limpieza y control, dos (2) analizadores de oxígeno, una (1) válvula y dos (2) CCM de baja tensión a 480 V. - Un (1) sistema de interconexión de aguas con sus respectivos accesorios y el aislamiento térmico. - Un (1) sistema de Calentadores de aire compuesto por dieciséis (16) módulos y un (1) sistema de calentamiento de agua compuesto por ocho (8) módulos
aislamiento térmico. - Un (1) sistema de Calentadores de aire compuesto por dieciséis (16) módulos y un (1) sistema de calentamiento de agua compuesto por ocho (8) módulos (economizadores), con aislamiento térmico. - Cuatro (4) motoventiladores : (1) de 400HP, (1) de 850HP, (1) de 1200 HP, (1) de 5HP, con tres (3) variadores y tres (3) celdas de media tensión. - Dos (2) bombas centrifugas multietapa de 1250HP con sus respectivos variadores y motores y dos (2) celdas de media tensión; dos (2) motobombas centrifugas de eje horizontal para recuperar condensados de 20HP con sus respectivos variadores, setenta y nueve (79) válvulas y seis (6) trampas.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600177 de 30 abr. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
- Un (1) sistema de vapor y agua compuesto por ochenta y cuatro (84) metros de tubería de vapor y accesorios de alta y ciento ochenta (180) metros de tuberías de agua con veinte (20) codos y ciento cuarenta y nueve (149) válvulas, dos (2) Juntas de dilatación y sus “spring hanguer”, el aislamiento térmico y una (1) trampa. - Un (1) sistema de control distribuido (DCS). - Un (1) sistema de manejo de cenizas compuesto por ocho (8) tornillos sin fin
(conductores /transportadores), siete (7) sopladores de hollín con motores eléctricos,
- Un (1) sistema de control distribuido (DCS). - Un (1) sistema de manejo de cenizas compuesto por ocho (8) tornillos sin fin
(conductores /transportadores), siete (7) sopladores de hollín con motores eléctricos, sistema de suministro de vapor para los sopladores sus válvulas y accesorios, seis (6) válvulas rotatorias y cinco (5) válvulas de compuerta.
Función: Generación de vapor al convertir la energía térmica generada por la combustión del bagazo (o biomasa) en vapor. Este vapor es utilizado para accionar turbinas generadoras de electricidad.
4. Un (1) turbogenerador de potencia de 20.5 MW corriente alterna, compuesto por: una (1) turbina a vapor de múltiples etapas, de reacción, de contrapresión, con sangrías no controladas; un (1) Reductor de velocidad de ejes paralelos, 8,500/1,800
RPM; un (1) generador síncrono trifásico de 13.200 volt y calentadores de agua .
Función: generación de energía eléctrica a partir de la energía térmica generada por la combustión del bagazo de caña en la caldera, el vapor generado por la caldera impulsa la turbina conectada al generador, convirtiendo la energía térmica en energía mecánica y luego, a través del generador, en energía eléctrica.
5. Un (1) sistema eléctrico compuesto por: un (1) transformador trifásico, inmerso en aceite mineral, 16/20 MVA, 34,5/13,2 kV, ONAN/ONAF y dos (2) celdas de media
5. Un (1) sistema eléctrico compuesto por: un (1) transformador trifásico, inmerso en aceite mineral, 16/20 MVA, 34,5/13,2 kV, ONAN/ONAF y dos (2) celdas de media tensión; un (1) transformador trifásico, clase H Seco, 6.5 MVA, 13,2 /4.16 kV y dos (2) celdas de media tensión. Función: incrementar el voltaje de 13,2 a 34,5 Kv para la exportación a la red interconectada nacional; reducción del voltaje de generación 13,2 a 4.16 Kv para todos los sistemas auxiliares del proceso productivo.
6. Un (1) sistema de condensación de vapor de escape, compuesto por: intercambiador de placas y 9151 tubos de 2" en material ASTM A-268 TP 430 y cuarenta y dos (42) válvulas. Función: garantizar el retorno de agua de alimentación a la caldera en la cantidad y calidad requerida para su operación normal.
Visto lo anterior, la mercancía que es objeto de clasificación arancelaria consiste en un conjunto de máquinas y aparatos mediante los cuales se convierte la energía del vapor en energía mecánica de rotación y la co nversión sucede en el generador eléctrico, que transforma la energía mecánica en energía eléctrica.
Ahora bien, desde el punto de vista arancelario, la función netamente definida de una unidad funcional de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI alcanza solamente a las máquinas o combinaciones de máquinas necesarias para realizar la función propia del conjunto, con exclusión de las máquinas o aparatos que no contribuyan a la función de este.
unidad funcional de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI alcanza solamente a las máquinas o combinaciones de máquinas necesarias para realizar la función propia del conjunto, con exclusión de las máquinas o aparatos que no contribuyan a la función de este. Así las cosas y considerando que la función netamente definida del conjunto de máquinas se dirige a la producción de energía eléctrica , las máquinas y equipos listados en los numerales 1 y 2 no hacen parte de la unidad funcional ya que están dispuestos para desfibrar caña con el fin de reducir su humedad y el sistema eléctrico de molino, se utiliza para la extracción de líquidos del bagazo, procesos que son propios de la industria de la caña de azúcar y que nada tienen que ver con la generación de energía eléctrica y por lo tanto deben seguir su propio régimen.
Del análisis de la información anterior, se concluye que los equipos listados en los numerales 3 al 6, corresponden arancelariamente a una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente como un grupo electrógeno, para la producción de energía eléctricaRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600177 de 30 abr. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
de corriente alterna, que de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General Interpreta tiva 1 está comprendida en la partida 85.02 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “ Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6,
Regla General Interpreta tiva 1 está comprendida en la partida 85.02 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “ Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subp artida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “Los demás: de corriente alterna”
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a un millón trescientos quince mil doscientos noventa y un pesos mcte ($1’315.291) incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de dos mil setecientos nueve pesos m/ct e ($2.709), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución , salvo las excepciones citadas en las Consideraciones del Despacho, en la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, como un grupo electrógeno, para la producción de energía eléctrica de corriente alterna , de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 8XXXXXXXXX, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: XXXXXX - XXXXXX de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, 8XXXXXXXXXen Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la SubdirecciónRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600177 de 30 abr. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-04-30 / 03:30:06 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600177Consecutivo Acto 2025Año Calendario 30-APR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social schaparro@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 142Planilla Remisión No. 02 MAY 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
02 MAY 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P.811001259
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 JUL 2025 Hora: 07:28:39
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 23 MAY 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.133 del 30-05-2025, página 51.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600177Consecutivo Acto 2025Año Calendario 30-APR-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social
fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:
fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 142Planilla Remisión No. 02 MAY 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
02 MAY 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 04 JUL 2025 Hora: 07:28:39
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No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 23 MAY 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
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2 Se certifica que este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.133 del 30-05-2025, página 51.