DIAN - Resolución 600203 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600203 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600203 (14 may. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado n.º: 235410000002148 del 12 de febrero de 2025, el Sr. ALFREDO GUTIÉRREZ MÉNDEZ, identificado con cédula de ciudadanía n.º: 3.267.651, representante legal de la sociedad MOTO MART S .A., con NIT 860 .075.684-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como

«DESBROZADORA AGRICOLA».

El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) páginas, factura comercial en dos (2) páginas, catálogo en dos (2) páginas, enlace video en una (1) página, fotografías en cinco (5) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó seiscientos noventa y dos mil pesos Mcte ($ 692.000,00) según transferencia electrónica n.º: 89595 del 07 de febrero de 2025 del Bancolombia S.A. al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional n.º: S2025000100165398000148 del 06 de marzo

electrónica n.º: 89595 del 07 de febrero de 2025 del Bancolombia S.A. al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional n.º: S2025000100165398000148 del 06 de marzo de 2025 este Despacho solicitó al usuario:

1. «Seleccionar una única referencia o modelo de desbrozadora de los mencionados en el catálogo e informarlo, ya que, el servicio de clasificación arancelaria se realiza para un solo producto.

2. Describir el mecanismo de la máquina que ayuda a su desplazamiento, cuando se mueve el tractor.

3. Precisar cuál es el mecanismo exacto de transmisión de potencia al tambor con cuchillas.

4. Aclarar qué elemento sostiene y conecta las cuchillas al tambor.»

El usuario responde mediante escrito radicado n.º: E2025000100165398000182 del 08 de abril de 2025, con cuatro (4) páginas, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención. En el mismo escrito de respuesta, el interesado confirma que la referencia o modelo de la desbrozadora a clasificar con la solicitud es el “SRM 160”.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. ALFREDO GUTI ÉRREZ MÉNDEZ, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : administracion@motomart.com.co - cflautero@motomart.com.co; o por correo en la dirección KM 9

4 AUT NORTE COSTADO ORIENTAL CHIA VIA A BRISEÑO, en Chía - Cundinamarca.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600203 de 14 may. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y texto de partida:

Regla General Interpretativa 1:

«Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:»

Texto de la partida 84.32:

«Máquinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícolas o silvícolas, para la preparación o el trabajo del suelo o para el cultivo; rodillos para césped o terrenos de deporte.»

Regla General Interpretativa 6:

del suelo o para el cultivo; rodillos para césped o terrenos de deporte.»

Regla General Interpretativa 6:

«La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.»

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados n.os: 235410000002148 del 12 de febrero de 2025 y E2025000100165398000182 del 08 de abril de 2025 , la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un aparato de uso agrícola con las siguientes características:

Desbrozadora “SRM 160” compuesta de una estructura metálica robusta que sostiene un rotor. Cuenta con una caja de transmisión central, un sistema de transmisión lateral por bandas y un tambor donde se fijan 32 cuchillas mediante pasadores, tornillos y tuercas. Su ancho de trabajo es

Cuenta con una caja de transmisión central, un sistema de transmisión lateral por bandas y un tambor donde se fijan 32 cuchillas mediante pasadores, tornillos y tuercas. Su ancho de trabajo es de 1.60 metros.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600203 de 14 may. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

La desbrozadora se conecta a un tractor por medio de la toma de fuerza a 540 RPM. Desde la caja de transmisión, un eje con polea mueve las bandas que accionan otra polea conectada al tambor. El sistema incluye un piñón llamado “ Speed” que transmite el movimiento a una corona, la cual acciona el eje que mueve el tambor , y para realizar su trabajo requiere una potencia de entre 50 a 70 HP. Su función es la destrucción e incorporación a la tierra de malezas y socas de cultivo.

Según lo anterior, la mercancía a clasificar consiste en un aparato que se utiliza junto con un tractor (no hace parte de la solicitud) para la destrucción de malezas, residuos vegetales y socas de cultivo, facilitando la preparación del terreno para nuevas siembras.

Al respecto, en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) los aparatos de uso agrícola que se utilizan en el acondicionamiento de terrenos en áreas de cultivo se encuentran comprendidos en el texto de la partida 84.32 conforme a la Regla General Interpretativa 1 del SA citada en el acápite de los fundamentos de derecho.

Así mismo, la Notas Explicativas del Sistema Armonizado (SA) las cuales son elaboradas y

texto de la partida 84.32 conforme a la Regla General Interpretativa 1 del SA citada en el acápite de los fundamentos de derecho.

Así mismo, la Notas Explicativas del Sistema Armonizado (SA) las cuales son elaboradas y aprobadas por el Consejo de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y constituyen la interpretación oficial a nivel internacional, aceptadas por el Consejo de Estado como criterio auxiliar de interpretación; respecto a lo indicado, la Nota Explicativa de la partida 84.32, indica lo siguiente:

«Entre los diversos artefactos que se clasifican en esta partida, se pueden citar:

(...) Las roturadoras o desbrozadoras, para limpiar la tierra invadida por retamas, brezos, malezas o zarzas; están constituidas generalmente por un tambor y dos ruedas de grandes dimensiones montadas en un chasis y provistas de hojas cortantes en la periferia.» (...)

En conclusión, este Despacho determina que, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 el producto a clasificar arancelariamente está comprendido en la partida 84.32 del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida «Máquinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícolas o silvícolas, para la preparación o el trabajo del suelo o para el cultivo; rodillos para césped o terrenos de deporte.», y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8432.80.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para «- Las demás máquinas, aparatos y artefactos».

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024,

máquinas, aparatos y artefactos».

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria para un producto tiene un valor equivalente a SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS MCTE ($691.843) incluido el IVA, valor actualizado anualmente con base en el índice de precios al consumidor IPC certificado y publicado por el DANE, confo rme a lo establecido en el artículo 11° de la Resolución en mención. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS MCTE ($157), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8432.80.00.00 del Arancel de Aduanas, como una desbrozadora agrícola, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelari o, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor ALFREDO GUTIÉRREZ MÉNDEZ identificado con cédula de ciudadanía n.º: 3.267.651, en

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor ALFREDO GUTIÉRREZ MÉNDEZ identificado con cédula de ciudadanía n.º: 3.267.651, en calidad de representante legal de la sociedad MOTO MART S.A., con NIT 860.075.684-1, a lasRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600203 de 14 may. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

direcciones electrónicas informadas en la solicitud: administracion@motomart.com.cocflautero@motomart.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en el KM 9 4 AUT NORTE COSTADO ORIENTAL CHIA VIA A BRISEÑO en Chía - Cundinamarca, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021 , el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-05-14 / 11:51:55 A. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria

remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600203Consecutivo Acto 2025Año Calendario 14-MAY-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo .860075684Nit Calidad Actua

ALFREDO GUTIÉRREZ MÉNDEZ REP. LEG. MOTO MART S.A.Razón Social

administracion@motomart.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 165Planilla Remisión No. 14 MAY 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

14 MAY 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: ALFREDO GUTIÉRREZ MÉNDEZ REP LEGAL DE LA T/P.860075684

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 16 JUL 2025 Hora: 10:23:28

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 JUN 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficvial edición N.53.155 del 20 de junio de 2025 en la página 42.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600203Consecutivo Acto 2025Año Calendario 14-MAY-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo 860075684Nit Calidad Actua

ALFREDO GUTIÉRREZ MÉNDEZ REP. LEG. MOTO MART S.A.Razón Social

cflautero@motomart.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 165Planilla Remisión No. 14 MAY 2025Fecha Pl Remisión

11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 165Planilla Remisión No. 14 MAY 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

14 MAY 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: ALFREDO GUTIÉRREZ MÉNDEZ REP LEGAL DE LA T/P860075684

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 16 JUL 2025 Hora: 10:23:28

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 JUN 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficvial edición N.53.155 del 20 de junio de 2025 en la página 42.

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