DIAN - Resolución 600248 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600248 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600248 (29 may. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002210 de l 28 de febrero de 2025, el Sr. FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, representante legal suplente de la AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S . NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandataria de la sociedad OTACC S.A.S. con NIT 890.201.201-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “ UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER” y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER GAMECHANGE
PALMERAS IV”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: descripción de la mercancía en dos (2) folios, ficha técnica en dos (2) folios, listado de componentes con imágenes en dos (2) folios, comprobante d e transacción bancaria en un (1) folio, mandato con representación en ocho (8) folios.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte. ($ 1.384.000)
dos (2) folios, comprobante d e transacción bancaria en un (1) folio, mandato con representación en ocho (8) folios.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte. ($ 1.384.000) según transacción bancaria con número de comprobante 81422 del 27 de febrero de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000203 del 25 de marzo de 2025 este Despacho solicitó al usuario: precisar la vigencia del mandato, teniendo en cuenta que no se indica en dicho documento; explicar el proceso que desarrolla el seguidor solar; indicar si la mercancía dispone de motores y otros aparatos para su movimiento y funcionamiento; anexar un únic o listado de componentes, indicando con precisión la cantidad, nombre en idioma español y función (no incluir artículos de tornillería ni arancelas). El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000247 del 6 de mayo de 2025, con veintiséis (26) folios, adjuntando un contrato de mandato con representación vigente y renunciando al término restante para responder.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600248 de 29 may. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado :
Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : fsterling@roldanlgistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección: Carrera 100 25b 40, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida.
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión,
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netament e definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 84,79:
“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600248 de 29 may. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de
Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000002210 del 28 de febrero de 2025 y E2025000100165398000247 del 6 de mayo de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de aparatos y elementos que conforman una estructura de soporte para paneles solares , denominada “tracker” o seguidor solar, que consiste en un dispositivo electromecánico que sigue la posición del sol de este a oeste para aumentar la captación de radiación solar.
El seguidor solar está conformado básicamente por una parte fija y una móvil, sobre la cual se montarán los módulos solares, los cuales deben permanecer perpendicular a los rayos solares durante el día y dentro de su rango de movimiento, con la finalidad de incrementar la generación de energía de los paneles solares; cada mesa posee un panel solar que alimenta al actuador lineal, el cual permite que la mesa se mueva en un rango de 55 grados en ambos sentidos.
El sistema Genius Tracker ™ está compuesto por estructuras móviles que permiten el seguimiento solar en un solo eje (1P). Para este movimiento, cada unidad cuenta con un actuador lineal motorizado, que consiste en un motor lineal que ajusta el ángulo de inclinación de la mesa en función de la posición solar.
El proceso de armado del seguidor solar comienza con la instalación de los postes
actuador lineal motorizado, que consiste en un motor lineal que ajusta el ángulo de inclinación de la mesa en función de la posición solar.
El proceso de armado del seguidor solar comienza con la instalación de los postes principales, los cuales se hincan directamente en el terreno para dar soporte a toda la estructura.
Una vez instalados los postes, se procede con la colocación de soportes tipo abrazadera y de rodamientos, que se fijan sobre los postes y permiten que el tubo central o eje (torque tubo) pueda girar; los rodamientos son esenciales para garantizar un movimiento suave y controlado del sistema.
En la siguiente etapa, se instala el tubo central o eje del “tracker”; que atraviesa todos los rodamientos a lo largo de la estructura y se encarga de sostener las barras donde se fijarán los paneles solares; este tubo gira con ayuda de un motor central que se coloca justo en el medio de la estructura.
El motor central se instala junto con un pequeño panel solar que le provee la energía; es el encargado de hacer girar el tubo central durante el día, permitiendo que los paneles sigan al sol.
Una vez el eje está en su lugar, se montan sobre él unas barras transversales (correas), las cuales se fijan al tubo y sobre ellas se instalan los paneles ; se aseguran con pernos y abrazaderas. A continuación, se instalan los paneles solares, fijándolos de manera alineada.
Se cuenta con controladores inteligentes (nodos controladores), encargados de enviar las señales al motor para que ejecute los movimientos ; este dispositivo opera con energía del panel solar previamente instalado. Para el movimiento se dispone de actuadores lineales,
alineada.
Se cuenta con controladores inteligentes (nodos controladores), encargados de enviar las señales al motor para que ejecute los movimientos ; este dispositivo opera con energía del panel solar previamente instalado. Para el movimiento se dispone de actuadores lineales, que ajustan el ángulo de inclinación de la mesa en función de la posición solar.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600248 de 29 may. 2025 Hoja No. 4
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Componentes:
1. Trescientos cincuenta y siete (357) postes de acero galvanizado; la función es generar puntos de anclaje de cada mesa del sistema tracker al suelo.
2. Trescientos cincuenta y siete (357) piezas de unión poste -rodamiento de acero galvanizado en caliente; actúan de cabezal de las hincas, con el fin de poder instalar los rodamientos.
3. Trescientos cincuenta y siete (357) rodamientos de cojinete con interior de polímero resistente con una envoltura de aluminio; unen los postes con el tubo de torque, permiten la rotación del tubo de torque para hacer el seguimiento de la trayectoria solar.
4. Doscientos noventa y cuatro (294) torque tubos de acero pregalvanizado, incluyen doscientas cincuenta y dos (252) unidades de juntas abulonadas y ochenta y cuatro (84) unidades de tapas plásticas; son los ejee donde se apoyan y fijan los módulos solares.
5. Dos mil cuatrocientas treinta y seis (2.436) correas pre -ensambladas de acero
unidades de tapas plásticas; son los ejee donde se apoyan y fijan los módulos solares.
5. Dos mil cuatrocientas treinta y seis (2.436) correas pre -ensambladas de acero pregalvanizado, incluyen trescientas treinta y seis (336) platinas para correas, cuatro mil novecientas cincuenta y seis (4.956) correas inferiores de sujeción, dos mil cuatrocientas treinta y seis (2.436) correas superiores de sujeción, dos mil cuatrocientas treinta y seis (2.436) canales de refuerzo ancho y mil cuarenta y tres ( 1.043) correas de conexión a tierra; las correas son perfiles estructurales que soportan los paneles fotovoltaicos ; los módulos se atornillan a las correas para sujetarlos al tubo de torque , y las correas se sujetan a éste mediante una varilla roscada.
6. Cuarenta y dos (42) brazos mecánicos de acero galvanizado en caliente, incluyen cuarenta y dos (42) actuadores lineales, cuarenta y dos (42) controladores de nodo y cuarenta y dos ( 42) módulos solares auxiliares; actúan como intermediarios que transforman el movimiento lineal de los actuadores en la rotación precisa del tubo de torque, permitiendo así un seguimiento solar eficiente.
7. Cuarenta y dos (42) amortiguadores, incluyen cuarenta y dos (42) anclajes superiores y cuarenta y dos (42) anclajes inferiores; a partir de vientos mayores a 20 m/s (72 km/h) el controlador central indica a los controladores de nodo que las mesas se ubiquen en posición de defensa, en esa posición el brazo amortiguador reduce la sobrepresión que
controlador central indica a los controladores de nodo que las mesas se ubiquen en posición de defensa, en esa posición el brazo amortiguador reduce la sobrepresión que ejercen los fuertes vientos sobre los módulos.
8. Cuarenta y un mil doscientas cincuenta y cinco (41.255) piezas de bulonería, incluyen 357 unidades de Tiras de aterramiento; son diferentes tipos de tornillos y arandelas para la integración mecánica de cada mesa y la sujeción de los componentes.
La planta de generación a la que está destinada la mercancía, está localizada en el municipio de Malambo, departamento de Atlántico, Colombia.
Del análisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 a 8 consiste en una combinación de aparatos y elementos, de accionamiento electromecánico, que trabajan conjuntamente para que los paneles solares de una planta de generación eléctrica realicen el seguimiento solar, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla Gener al Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado ni comprendido en otra parte de este Capítulo ” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, la cualRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600248 de 29 may. 2025 Hoja No. 5
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está determinada para "--- Los demás”, dentro de la subpartida tácita 8479.80 “Las demás máquinas y aparatos”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución No. 000063 del 10 de abril del 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte. ($ 1.383.686) incluido el IVA, valor actualizado anualmente con base en el índice de precios al consumidor IPC certificado y publicado por el DANE, conforme a lo establecido en el artículo 11° de la Resolución en mención. De acuerdo con los comprobantes de consignación aportados para el trámite queda un saldo a favor de trescientos catorce pesos ($ 314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas y aparatos con función propia , que trabajan en el rastreo de la posición del sol, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelari o, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelari o, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal suplente de la AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlgistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario: Carrera 100 25b 40 en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con
procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600248 de 29 may. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-05-29 / 04:48:50 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: EDDIE FERNANDO GUTIERREZ RAMIREZ Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSe Certifica que, este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.164 del 27 de junio de 2025, página 30Se Certifica que, este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.164 del 27 de junio de 2025, página 30