DIAN - Resolución 600249 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600249 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600249 (29 may. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002267 de 18 de marzo de 2025, el Sr. JOSE FABIO ROJAS GONZALEZ, identificado con Cédula de Ciudadanía 98 .550.569, en su condición de Representante Legal de la sociedad WE AGRO S.A.S ZOMAC, con NIT 901 .780.843-6 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como: “Unidad funcional para mezcla de fertilizantes granulados y comercialmente como: “SISTEMA DE MEZCLA CONTINUA”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: Recibo de pago en un (1) folio; esquema de unidad funcional en un (1) folio; plano en un (1) folio; cotización con información técnica en cincuenta y seis (56) folios y diagrama de flujo en un (1) folio;
El solicitante pagó un millón trescientos noventa y cuatro mil pesos m/cte. ($ 1.394.000,00) según Consignación número 98884729-6 de 18 de marzo de 2025 del Banco de Bogotá.
El solicitante pagó un millón trescientos noventa y cuatro mil pesos m/cte. ($ 1.394.000,00) según Consignación número 98884729-6 de 18 de marzo de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000250 del 07 de abril de 2025 este Despacho solicitó al usuario: Señalar de inicio a fin el proceso llevado a cabo en la unidad de mezcla, asociando las máquinas que contribuyen a realizarlo; elaborar una lista de equipos y remitirla, esta lista debe contener: el nombre de la máquina, el número de unidades, las características físicas y técnicas, y la función que cumple dentro del proceso; confirmar cuáles son los elementos que se i ncorporan al inicio del proceso y durante la mezcla del producto ; 4 a clarar si las tolvas trabajan de forma simultánea e indicar el sitio geográfico donde se ubicarán los equipos.
El usuario dio respuesta mediante escrito radicado con No. E2025000100165398000227 del 30 de abril de 2025, con 8 folios.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600249 de 29 may. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. JOSE FABIO ROJAS GONZALEZ, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado notificacionesjudiciales@greenland.co - luz.henao@greenland.co; o por correo en la dirección KM 1 VIA CAREPA Municipio Apartado-Antioquia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
notificacionesjudiciales@greenland.co - luz.henao@greenland.co; o por correo en la dirección KM 1 VIA CAREPA Municipio Apartado-Antioquia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de Partida 84.79:
“Máquinas y aparatos mec ánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compa rarse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta R egla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600249 de 29 may. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002267 de 18 de
solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002267 de 18 de marzo de 2025, y E2025000100165398000227 del 30 de abril de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos diseñados para la mezcla de fertilizantes granulados, realizando el siguiente proceso:
Inicia con l a alimentación de materias primas solidas granuladas con tamaño entre 2 y 4 mm, que se ingresan en 5 tolvas principales utilizando para esto un cargador frontal que deposita los materiales en las cinco tolvas; cada una destinada a una materia prima distinta: Urea Granular, Cloruro de Potasio Granular (KCl Gr), Fosfato Monoamónico Granular (MAP Gr), Fosfato Diamónico Granular (DAP Gr) y Sulfato de Amonio Granular (SAM Gr).
Conforme a la información aportada por el usuario, este detalla la función que cumplen las tolvas 1 y 2, así:
La Tolva N°1, correspondiente a la urea, incorpora un sistema de bombeo, aspersión e impregnación de aditivo líquido que mejora la eficiencia del nitrógeno. La Tolva N°2, destinada al KCl Gr, cuenta con un desterronador para deshacer aglomeraciones que pueda traer la materia prima Cloruro de Potasio.
Cada tolva está equipada con un sistema de dosificación mediante alimentador de banda, controlado por un software, que permite ajustar individualmente la cantidad de material según la fórmula deseada. Estos alimentadores descargan de forma sincronizada sobre
Cada tolva está equipada con un sistema de dosificación mediante alimentador de banda, controlado por un software, que permite ajustar individualmente la cantidad de material según la fórmula deseada. Estos alimentadores descargan de forma sincronizada sobre una banda transportadora inferior común que recolecta y dirige las materias primas hacia el mezclador. Esta configuración asegura una dosificación precisa y consistente par a la etapa de mezclado.
El mezclado se realiza en un tornillo helicoidal continuo que homogeniza los materiales dosificados, garantizando una mezcla uniforme. Posteriormente , el producto pasa a un transportador de banda inclinado que lleva la mezcla hasta la boca de una tolva de empacado. Culminando aquí el sistema que será objeto de importación , aclarando que la tolva de empacado no hace parte de la Unidad Funcional.
Dichas tolvas trabajan de manera simultánea para entregar a una banda inferior común los productos dosificados según receta escogida.
El proceso se realiza en las siguientes etapas:
1.- RECUBRIMIENTO DE LA UREA : Este incluye un sistema de tolva y un dispositivo de irrigación de recubrimiento de urea. Consiste en la aspersión e impregnación de aditivo líquido o polvo que mejora la eficiencia del nitrógeno que es el nutriente que aporta esta materia prima. Se realiza mediante un sistema de bombeo que va a la tolva 1.
2.- SISTEMA DE DOSIFICACIÓN CONTINUA: En esta etapa, el producto impregnado de urea en la etapa anterior pasa a un transportador de banda interior. Esta banda inferior lleva todos los materiales dosificados a un mezclador donde ágilmente se acaban de mezclas de manera altamente homogénea. Está compuesta por cuatro tolvas en serie con dosificación
urea en la etapa anterior pasa a un transportador de banda interior. Esta banda inferior lleva todos los materiales dosificados a un mezclador donde ágilmente se acaban de mezclas de manera altamente homogénea. Está compuesta por cuatro tolvas en serie con dosificación controlada.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600249 de 29 may. 2025 Hoja No. 4
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3.- HOMOGENZADOR CONTINUO. Se compone de un transportador de tornillo sin fin a través del cual pasa el producto que ha sido depositado en el transportador de banda inferior para realizar la mezcla homogénea.
4.- TRANSPORTADOR DE BANDA INCLINADO. Que transporta el producto mezclado y lo eleva para ser alimentado a una tolva.
Los elementos que hacen parte del sistema son:
1.Una (1) tolva para dosificación de urea en acero inoxidable 304 de 3 mm de espesor con 2.3 m de largo x 3.04 m de ancho , tiene como función Recibir el material Urea Granular y entregarlo dosificado a mezclador helicoidal.
2.Un (1) mezclador helicoidal en acero inoxidable 304 con arrancador suave, transformador de frecuencia con 4.0 m de longitud y 0.4 m de diámetro. Que tie ne como función Homogenizar el aditivo líquido impregnado a la Urea Granular.
3. Un (1) sistema de impregnación de aditivo líquido con tanque ISO apoyado sobre báscula de plataforma, bomba de cavidad progresiva de acero inoxidable, bandeja colectora de
3. Un (1) sistema de impregnación de aditivo líquido con tanque ISO apoyado sobre báscula de plataforma, bomba de cavidad progresiva de acero inoxidable, bandeja colectora de desperdicios, barra de rociado con ducha, botón de parada de emergencia y tolva de entrega a transportador de banda inferior de 55 Tn/h . Su función es almacenar y bombear de manera dosificada aditivo liquido mediante rociado dentro del Homogenizador helicoidal
4. Una (1) tolva para dosificación de KCl en acero inoxidable 304 de 3 mm de espesor, con 2.3 m de largo x 3.04 m de ancho, en su interior con eje con aspas para desterronado y malla de cernido, apoyada sobre 4 celdas de carga de acero inoxidable y con alimen tador de banda de velocidad variable y compuerta ajustable. Tiene una malla de cribado en la parte superior y un visor para caracteres digitales. Su finalidad es recibir el material Cloruro de Potasio (KCl) Y entregarlo dosificado en transportador inferior
5. Tres (3) tolvas para dosificación de otras materias primas en acero inoxidable 304 de 3 mm de espesor, con partas extensibles en acero al carbono , apoyada sobre 4 celdas de carga de acero inoxidable y con alimentador de banda de velocidad variable y compuerta ajustable. Cada tolva tiene una malla de cribado en la parte superior y un visor para caracteres digitales. Tiene como finalidad recibir otros materiales granulados y entregarlos dosificados en transportador inferior.
6. Un (1) transportador de banda inferior de 15 m . de largo en perfil de 4 mm . de espesor
caracteres digitales. Tiene como finalidad recibir otros materiales granulados y entregarlos dosificados en transportador inferior.
6. Un (1) transportador de banda inferior de 15 m . de largo en perfil de 4 mm . de espesor de acero inoxidable 304 con soportes en tubos de acero suave 37. Dotado con dos botones de parada de emergencia, capacidad de 100 m3/hora. Función: recibir todos los materiales dosificados de manera sincronizada para garantizar la composición de la mezcla en cada unidad lineal de transportador
7. Un (1) centro de control de motores CCM con tablero trifásico para control de potencia, panel eléctrico, pantalla digital y computador con software para control de ciclo, con UPS de respaldo; tiene como finalidad controlar potencia y ciclo de dosificación y mezclado
8. Un (1) transportador de banda inclinado de 2.4 m de largo y ancho de banda de 0.6 m con estructura en acero inoxidable 304, capacidad 100 m3/hora. Función:Recibir de
transportador inferior de dosificación y entregar a homogenizador.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600249 de 29 may. 2025 Hoja No. 5
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9. Un (1) homogenizador helicoidal de 4 m de largo con 0.5 m de diámetro, de acero inoxidable 304, capacidad 120 m3 /hora; 80 toneladas/hora. Tiene como finalidad homogenizar la mezcla con el grado de calidad requerido.
10. Un (1) transportador de banda inclinado con estructura y tolva de alimentación en acero
homogenizar la mezcla con el grado de calidad requerido.
10. Un (1) transportador de banda inclinado con estructura y tolva de alimentación en acero inoxidable 304 de 4 mm, capacidad de 17.5 m de largo, 0.6 m de ancho , su función es recibir de transportador inferior de dosificación y entregar a homogenizador.
Según información aportada por el solicitante, los equipos serán instalados en la planta de fertilizantes de “We Agro” ubicada en el predio la Suerte, del corregimiento de Nueva Colonia, Municipio de Turbo, Antioquia.
De acuerdo con la información anterior, las máquinas y aparatos relacionados en lo numerales 1 al 10, trabajan conjuntamente para impregnar, mezclar y homogenizar fertilizantes granulados, que de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.82.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determ inada para “Las demás máquinas para mezclar.”
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria para unidad funcional tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA, valor actualizado
2024, el servicio de clasificación arancelaria para unidad funcional tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA, valor actualizado anualmente con base en el índice de precios al consumidor IPC certificado y publicado por el DANE, conforme a lo establecido en el artículo 11 Ibidem.
De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de DIEZ MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($ 10. 314.oo) del cual podrá solicitar devolución conforme a lo señalado en el artículo 10 de la Resolución en mención.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.82.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas para impregnar, mezclar y homogenizar fertilizantes granulados, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JOSE FABIO ROJAS GONZALEZ identificado con Cédula de Ciudadanía No. 98.550.569, en su calidad de Representante Legal de la sociedad WE AGRO S.A.S ZOMAC con NIT 901.780.843-6, a las direcciones electrónicas informadas
Ciudadanía No. 98.550.569, en su calidad de Representante Legal de la sociedad WE AGRO S.A.S ZOMAC con NIT 901.780.843-6, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: notificacionesjudiciales@greenland.co - luz.henao@greenland.co; de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600249 de 29 may. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, KM 1 VIA CAREPA en Apartadó - Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución
lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-05-29 / 04:53:59 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSe Certifica que, este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.164 del 27 de
Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSe Certifica que, este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.164 del 27 de junio de 2025, página 32Se Certifica que, este Acto Administrativo fue publicado en Diario Oficial, Edición No. 53.164 del 27 de junio de 2025, página 32