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DIAN - Resolución 600260 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600260 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600260 (05 jun. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002291 de 26 de marzo de 2025, el Sr. LUIS ALBERTO SANCHEZ SILVA, identificado con cédula de ciudadanía 79 .418.777, representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS ESPECIALIZADOS S A NIVEL 1, con NIT 860 .514.173-2, mandatario de la Sociedad AVÍCOLA LA SERRANÍA S.A.S. ZOMAC con NIT 901.795.637-0, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “INSTALACION AUTOMATICA DE POSTURA C5 CON 6 PISOS Y 4 FILAS” y comercialmente como “SISTEMA DE POSTURA EN JAULA C5 FACCO”

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : Formato de solicitud SIE SARP en tres (3) folios, mandato aduanero en nueve (9) folios, comprobante de pago en un (1) folio, catalogo en ocho (8) folios, descripción del proceso en tres (3) folios, catálogo

SARP en tres (3) folios, mandato aduanero en nueve (9) folios, comprobante de pago en un (1) folio, catalogo en ocho (8) folios, descripción del proceso en tres (3) folios, catálogo en dos (2) folios, flujograma en ocho (8) folios, catálogo en dos (2) folios.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686) según Consignación número 45626654 de 21 de marzo de 2025 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000270 del 10 de abril de 2025 este Despacho solicitó al usuario: indicar lugar del territorio aduanero nacional en cual serán instalados los equipos y el área , allegar mandato aduanero con la firma del mandatario, anexar ficha técnica de las m áquinas y/o aparatos principales. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000207 del 23 de abril de 2025, en 29 folios, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : francisco.ruiz@servade.com - lasan66@hotmail.com; o por correo en la dirección CR 73 48 46 BRR NORMANDIA, en Bogotá, D.C.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600260 de 05 jun. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

46 BRR NORMANDIA, en Bogotá, D.C.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600260 de 05 jun. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los texto s de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.36

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compa rarse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600260 de 05 jun. 2025 Hoja No. 3

modificaciones mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600260 de 05 jun. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002291 de 26 de marzo de 2025, y E2025000100165398000207 del 23 de abril de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos utilizados en un galpón para recolección de huevos y gallinaza, que funciona mediante el siguiente proceso:

La jaula está diseñada para alojar gallinas desde la semana 16 de vida hasta el final del ciclo de producción. Durante este tiempo, el sistema se encarga del suministro automático de alimento, agua, la retirada de gallinaza, la recolección de huevos y el control de las condiciones térmicas dentro del galpón, garantizando el confort térmico de las aves a lo largo de su ciclo de producción. Para la entrega de alimento, se utilizan dos silos metálicos que almacenan el alimento y una tolva de almacenamiento de calcio que se mezcla con el mismo, Este se transporta por un sinfín hacia los comederos de cadena, que distribuyen el alimento uniformemente a lo largo de las jaulas . El sistema es automático y se programa para entregar el alimento a horas específicas según la programación de cada galpón. Para la entrega de agua, se cuenta con un tanque de almacenamiento ubicado en el exterior

largo de las jaulas . El sistema es automático y se programa para entregar el alimento a horas específicas según la programación de cada galpón. Para la entrega de agua, se cuenta con un tanque de almacenamiento ubicado en el exterior del galpón, donde se deposita agua tratada . El agua pasa por un filtro y luego ingresa a la jaula a través de una tubería cuadrada de 7/8". En esta tubería se encuentran los niples, dispositivos que las gallinas accionan verticalmente para beber.

El sistema de recolección de huevos compuesto por bandas de polipropileno ubicadas a la salida de cada jaula, reciben el huevo puesto, debido al desnivel del piso de cada jaula, el huevo rueda hacia la banda ubicada en el exterior de la jaula. Al accionar el motor, las bandas se mueven y transportan el huevo hacia el frente del galpón, donde una torre de recepción llamada "Niágara" recoge los huevos de todos los pisos de la jaula y los coloca en una mesa recolectora o en otra banda que los lleva fuera del galpón.

Para la recolección automática de gallinaza, se utilizan bandas de polipropileno ubicadas debajo de cada jaula, Según la programación de la granja, cada 2 o 3 días se encienden los motores que mueven estas bandas, transportando el estiércol hacia una banda transversal en la parte posterior del galpón. La gallinaza luego es evacuada hacia el exterior del galpón, donde un medio de transporte la recoge para su disposición final.

El control ambiental cuenta con extractores de aire que se encienden según la temperatura interna. Estos equipos, ubicados en la pared posterior del galpón, se accionan por grupos

del galpón, donde un medio de transporte la recoge para su disposición final.

El control ambiental cuenta con extractores de aire que se encienden según la temperatura interna. Estos equipos, ubicados en la pared posterior del galpón, se accionan por grupos según la programación y la temperatura interna registrada. Para que todos los equipos de ventilación funcionen adecuadamente, el galpón debe contar con un volumen de control que se logra mediante cortinas o paredes sólidas en los laterales del galpón que lo aíslan de las condiciones ambientales externas.

El sistema de alumbrado asegura una luminosidad adecuada en todo el galpón durante todo el día. Utiliza bombillas LED con luminosidad variab le y control independiente para cada grupo de bombillas.

Todos los procesos están conectados a un cuadro de control central, que se programa y toma decisiones automáticamente para encender o apagar los motores según las necesidades de las aves o las jaulas.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600260 de 05 jun. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

El sistema está diseñado para que todos los subsistemas trabajen en conjunto, proporcionando a las aves las condiciones ideales que les permitan alcanzar su máximo potencial genético, producir la mayor cantidad de huevos de manera eficiente y se facilite la extracción tanto del huevo como de la gallinaza para sus posteriores procesos.

Equipos y elementos que conforman el sistema

1. Cuatro (4) baterías de jaulas de 6 pisos, para un total 81.120 aves en 6.240 jaulas fabricadas con malla de acero galvanizado.

Equipos y elementos que conforman el sistema

1. Cuatro (4) baterías de jaulas de 6 pisos, para un total 81.120 aves en 6.240 jaulas fabricadas con malla de acero galvanizado.

2. Cuatro (4) cabezales fijos anterior y posterior uno de cada uno por fila, completas de sistema limpieza con dos motores y rosquetas en inoxidable

3. Veinticuatro (24) bandas de recolección de gallinaza de polipropileno que trabajan con ocho (8) motores de 1,5 HP

4. Cuatro (4) sistemas de recogida de huevos por medio de Niágara con dos motores y cinta de polipropileno que lleva el huevo desde la ja ula hasta la Niágara, con sus cables de conexión.

5. Cuatro (4) cortinas plásticas de protección de gallinaza en plástico para evitar salpicaduras en la caída de la gallinaza a la banda transversal posterior.

6. Un (1) carro de inspección (plataforma manual con llanta) tipo C% 6P para revisión en pisos superiores.

7. Un (1) centralizador de huevos de 8 metros de largo con capacidad de 69 600 huevos/hora provisto de cables para su conexión.

8. Dos ( 2) silos en chapa ondulada con capa protectora hecha a base de zinc aluminio y magnesio y sistema de carga con sinfín diámetro 125.

9. Un (1) sistema de bebederos con nipples tipo tetina con cuerpo plástico e interior en acero inoxidable, un medicador mecánico, un filtro de 70 micrón y un contador de agua general. Reductores de presión “L” y bypass (1 cada piso de batería) con tubos de descarga.

en acero inoxidable, un medicador mecánico, un filtro de 70 micrón y un contador de agua general. Reductores de presión “L” y bypass (1 cada piso de batería) con tubos de descarga.

10. Veinte (20) ventiladores con persianas, para recambio de aire con sus cables y accesorios de conexión.

11. Cuatro (4) cuadros anterior hasta 18 motores IP55, completo con interruptor general y accesorios y accesorios de instalación como cableado y racores de unión necesarios para su conexión.

12. Trescientos (300) metros de cable de interconexión para iluminación con conectores rápidos y 105 lámparas con bombillas regulable LED 7 W 48 VDC regulable y todos los cables necesarios para su conexión.

13. Un (1) controlador con cuadros eléctricos de potencia para control de clima

(ventilación de hasta 8 pasos, tomas de aire, calefacción, refrigeración) fuente de alimentación, medidor de flujo general y plataforma de pesaje, iluminación y alarma externa y gestión de apagón, con pantalla táctil a color de 7” con sondas y todos los cables necesarios para su conexión. El lugar de instalación de del sistema, será en la vereda Serranía en el municipio de Cocorná, departamento de Antioquia. De acuerdo con lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y equipos listados en los numerales 1 al 13, trabajan conjuntamente para la puesta y recolección de huevos , conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.36 de la Nomenclatura

conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado que señala “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadores avícolas” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.29.20.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para “ batería automatica de puesta y recolección de huevos”.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600260 de 05 jun. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe de la Coordinación de Clasificación En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.29.20.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente como batería automatica de puesta y recolección de huevos, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI, según las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelari o, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

huevos, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI, según las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelari o, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO identificado con cédula de Ciudadanía No. 17.102.990, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS ESPECIALIZADOS S A NIVEL 1 con NIT 860.514.173-2 a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud francisco.ruiz@servade.com - lasan66@hotmail.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 73 48 46 BRR NORMANDIA en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con

procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-06-05 / 12:45:02 P. M.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600260 de 05 jun. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASe Certifica que, este Acto Administrativo fue Publicado en Diario Oficial Edición No. 53.164 del 27 de junio de 2025, página 47.Se Certifica que, este Acto Administrativo fue Publicado en Diario Oficial Edición No. 53.164 del 27 de junio de 2025, página 47.

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