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DIAN - Resolución 600270 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600270 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600270 (06 jun. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002250 de 17 de marzo de 2025, el señor JOSÉ FABIO ROJAS GONZ ÁLEZ, identificado con cédula de ciudadanía 98 .550.569, Representante Legal de la sociedad WE AGRO S.A.S , ZOMAC, con NIT 901 .780.843-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente “ UNIDAD FUNCIONAL DE GRANULACIÓN DE FERTILIZANTES ” y comercialmente como “ LÍNEA DE GRANULACIÓN EN MEDIO HÚMEDO PARA

FERTILIZANTES”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:

-Consignación bancaria. Una (1) página. - Plano. Una (1) página. -Flujograma de granulación. Una (1) página. -Plano. Una (1) página. -Cotización con información técnica.

El solicitante pagó un millón trescientos noventa y cuatro mil dos pesos m/cte ($1.394.002,00) según Consignación número 98884697 de 13 de marzo de 2025 del Banco de Bogotá.

El solicitante pagó un millón trescientos noventa y cuatro mil dos pesos m/cte ($1.394.002,00) según Consignación número 98884697 de 13 de marzo de 2025 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000241 del 03 de abril de 2025 este Despacho solicitó al usuario la siguiente información :1. Describir de forma breve, concisa y secuencial el proceso que surte la mercancía, indicando la participación de cada uno de los componentes del listado de equipos 2. Elaborar un listado de equipos de manera que únicamente contenga las máquinas, equipos y aparatos que llevan a cabo el proceso, conforme a las disposiciones de l a Nota 4 de la Sección XV del Arancel de Aduanas. Incluir características técnicas, función de dichos equipos y cantidades con unidad de medida (ej. Metros, unidades, m3, etc., según corresponda). Lo anterior, para una línea de producción y en una tabla Ex cel. 3. Indicar la ubicación geográfica y el área del lugar en donde será instalada la mercancía.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600270 de 06 jun. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Mediante escrito radicado No. E2025000100165398000214 del 25 de abril de 2025, con 8 folios, el usuario dio respuesta al requerimiento mencionado y renunció al término restante para dar respuesta a la solicitud.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor JOSE FABIO

folios, el usuario dio respuesta al requerimiento mencionado y renunció al término restante para dar respuesta a la solicitud.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor JOSE FABIO ROJAS GONZALEZ, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado; notificacionesjudiciales@greenland.co - luz.henao@greenland.co; o por correo en la dirección KM 1 VIA CAREPA Municipio de Apartado, Antioquia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos

partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Texto de partida 84.79.

“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo.

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararseRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600270 de 06 jun. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas

mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 al 319 mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002250 de 17 de marzo de 2025 y E2025000100165398000214 del 25 de abril de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas que transforman material en polvo a gránulos.

El proceso desarrollado es el siguiente:

El sistema está diseñado para la recepción, dosificación, mezcla, granulación, secado, enfriamiento, clasificación y recubrimiento de materiales en polvo destinados a la elaboración de un producto granulado. Inicialmente, hasta cuatro materiales en polvo s on introducidos en tolvas de dosificación independientes. La dosificación se realiza de manera automática y controlada, conforme a la formulación específica del producto a fabricar. Los materiales dosificados son transferidos al mezclador tipo “Pin Mixer”, donde se homogenizan, y posteriormente son granulados mediante la incorporación de un aglutinante líquido en un tambor granulador rotatorio. El material granulado es conducido a un secador rotatorio, cuya función es eliminar la humedad excedente. Una vez seco, el producto se dirige a un enfriador rotatorio, donde se reduce su temperatura hasta alcanzar condiciones ambientales. El producto granulado enfriado es clasificado en una zaranda rotatoria según

rotatorio, cuya función es eliminar la humedad excedente. Una vez seco, el producto se dirige a un enfriador rotatorio, donde se reduce su temperatura hasta alcanzar condiciones ambientales. El producto granulado enfriado es clasificado en una zaranda rotatoria según el tamaño de partícula. Las fracciones que no cumplen con las especificaciones —material demasiado fino o excesivamente grueso— son reprocesadas: el material fino se reincorpora directamente al sistema, mientras que el material grueso se somete a una trituración en una trituradora de cadena antes de volver al tambor granulador. El producto que tiene el tamaño adecuado es transportado mediante un elevador de cangilones hacia un tambor de recubrimiento rotatorio, donde se le aplica un aditivo. Finalmente, el granulado recubierto es conducido hacia el sistema de empaque de big bags para llevarlo a otros procesos.

El sistema cuenta con un esquema integral de control de emisiones de polvo y gases, que incluye dos ciclones, un filtro de mangas, un filtro de mangas con electroválvulas y una cámara de recolección de polvos. Esta última será de fabricación local (Colombia) . La operación del sistema completo, así como la gestión de la potencia eléctrica, est á centralizada en un Centro de Control de Motores (CCM), el cual integra hardware y software especializados para el monitoreo y control automático del ciclo operativo. Todo el sistema estará consolidado en un único tablero de control.

De acuerdo con la información suministrada los equipos que conforman la línea productiva son:

1. Cuatro (4) tolvas metálicas con compuerta de dosificación, cada una con

estará consolidado en un único tablero de control.

De acuerdo con la información suministrada los equipos que conforman la línea productiva son:

1. Cuatro (4) tolvas metálicas con compuerta de dosificación, cada una con

transportador de banda inferior para dosificación. Dimensión: 1.5x1.5 m. CapacidadRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600270 de 06 jun. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

de 1 m3. Función: Recibir la materia prima en polvo y dosificarla según f órmula grabada en el programa de control de ciclo, la cantidad de cada polvo.

2. Cuatro (4) campanas de captación de polvo con su respectivo ducto. Función: Captar el polvo arriba de cada tolva de dosificación.

3. Un (1) filtro de 120 mangas con electroválvulas de pulso. Dimensión: 2,2 x 1.8 x 4 m.

Incluye marco de soporte, válvula de pulso, barandilla y tubería. Función: Colectar el polvo recibido de las campanas de captación.

4. Un (1) transportador de banda inferior de 7 m de largo. Dimensión: 0.5 m de ancho.

Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger los polvos dosificados y entregarlos a transportador de banda a 90 grados.

5. Un (1) transportador de banda inclinado de 5 m de largo y 25° de inclinación.

Dimensión: 0.5 m de ancho. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger los

5. Un (1) transportador de banda inclinado de 5 m de largo y 25° de inclinación.

Dimensión: 0.5 m de ancho. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger los polvos dosificados y entregarlos al mezclador.

6. Un (1) mezclador tipo “Pin Mixer ”. Capacidad: 4.7 x 2.32 x 1.6. Capacidad: 5 toneladas /hora. Función: Mezclar de manera homogénea los polvos dosificados.

7. Un (1) transportador de banda inclinado de 9 m de largo y 25° de inclinación.

Dimensión: 0.5 m de ancho. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger los polvos mezclados y entregárselos al tambor granulador.

8. Un (1) tambor granulador rotatorio con bomba y tubos para impregnación de aglutinante. Dimensión: 6 X 1.5. Capacidad: 5 toneladas /hora. Función: Humedecer y granular los polvos mezclados.

9. Un (1) transportador de banda inclinado de 9 m de largo y 25° de inclinación.

Dimensión: 0.5 m de ancho. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger los gránulos húmedos y entregárselos al secador de tambor rotatorio.

10. Un (1) secador de tambor rotatorio con sus respectivos ductos para conexión del aire a ciclones de separación y con quemador de gas de 700 Kcal con cámara de gasificación. Dimensión: 15 x 1.5 m. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Extraer la humedad excedente de los gránulos.

a ciclones de separación y con quemador de gas de 700 Kcal con cámara de gasificación. Dimensión: 15 x 1.5 m. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Extraer la humedad excedente de los gránulos.

11. Un (1) transportador de banda inclinado de 6 m de longitud y 25° de inclinación.

Dimensión: 0.5 m de ancho. Capacidad: 5 toneladas /hora. Función: Recoger los gránulos calientes y entregárselos al transportador de banda inclinado.

12. Un (1) transportador de banda inclinado de 5 m de longitud y 25° de inclinación.

Dimensión: 0.5 m de ancho. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger los gránulos y entregárselos al enfriador de tambor rotatorio.

13. Un (1) enfriador de tambor rotatorio con sus respectivos ductos para conexión del aire a ciclones de separación. Dimensiones: 1.2 x 12 m. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: reducir la temperatura de los gránulos pasados por el secador.

14. Un (1) transportador de banda inclinado de 12 m de longitud y 25° de inclinación.

Dimensión: 0.5 m de ancho. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger los

gránulos enfriados y llevarlos a la zaranda.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600270 de 06 jun. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

15. Una (1) zaranda rotatoria con tolvas de clasificación. Dimensiones : 1.5 x 6 m.

Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Separar los gránulos que no están dentro del tamaño requerido.

16. Un (1) transportador de banda de 6 m de longitud. Dimensión: 0.5 m de ancho.

Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger el grano con sobre tamaño de la zaranda y llevarlo a la trituradora.

17. Una (1) trituradora de cadena. Dimensión: 0.5x 0.5 m. Capacidad: 5 toneladas/hora.

Función: Triturar los gránulos con sobre tamaño.

18. Un (1) transportador de banda de 6 m de longitud. Dimensión: 0.5 m de ancho.

Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Regresar el grano fino al tambor de granulación.

19. Un (1) elevador de cangilones de 6 m de altura. Dimensión: 0.25 m de ancho.

Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Llevar el grano del tamaño conforme al tambor de recubrimiento.

20. Un (1) sistema de aplicación de aditivo. Capacidad: 5 toneladas /hora. Función: Aplicar aditivo dentro del tambor rotatorio de recubrimiento.

21. Un (1) tambor rotatorio para recubrimiento. Dimensión: 4x1.2 m de ancho.

Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: impregnar con aditivo los gránulos.

21. Un (1) tambor rotatorio para recubrimiento. Dimensión: 4x1.2 m de ancho.

Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: impregnar con aditivo los gránulos.

22. Un (1) transportador de banda inclinado de 15 m de longitud y 15° de inclinación.

Dimensión: 0.5 m de ancho. Capacidad: 5 toneladas/hora. Función: Recoger granulado de tambor de recubrimiento y entregarlo a la empacadora de big bags.

23. Una (1) Empacadora para Big Bags con tablero de control digital. Dimensión: 2X2 m.

Capacidad: 20 bolsas Big Bag/hora. Función: Soportar el Big Bag y llenarlo con una tonelada de gránulos.

24. Dos (2) Ciclón separador de polvo. Función: Separar aire de polvo.

25. Un (1) Ventilador de aire inducido . Capacidad: 5 m3/hora. Función: Generar aire inducido para alimentar el ciclón y permitir la separación de polvo.

26. Un (1) Ventilador de aire inducido. Capacidad: 5 m3/hora. Función: Generar aire inducido para alimentar el ciclón y permitir la separación de polvo.

27. Un (1) Colector de polvo con cortina de agua. Capacidad: 5 m3/hora. Función: Separar polvo haciendo pasar los gases de combustión a través de una cortina de agua.

28. Un (1) Tablero de potencia y control de doble puerta con totalizadores, “breakers”, pulsadores, PLC y computador industrial con pantallas digitales. Capacidad: 154.3 kw. Controla la potencia y el ciclo de todo el proceso.

28. Un (1) Tablero de potencia y control de doble puerta con totalizadores, “breakers”, pulsadores, PLC y computador industrial con pantallas digitales. Capacidad: 154.3 kw. Controla la potencia y el ciclo de todo el proceso.

Los equipos serán instalado s en la planta de fertilizantes ubicada en el predio La Suerte, del corregimiento de Nueva Colonia, Municipio de Turbo, Antioquia.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600270 de 06 jun. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que la mercancía descrita en los numerales 1 al 28, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente para convertir partículas de productos molidos en gránulos de acuerdo con las formulaciones químicas dadas por el usuario, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “ Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo ” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “ Los demás " dentro de la subpartida tácita 8479.80 “Las demás máquinas y aparatos”.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de

está determinada para “ Los demás " dentro de la subpartida tácita 8479.80 “Las demás máquinas y aparatos”.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria para unidad funcional tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1 .383.686), incluido el IVA, valor actualizado anualmente con base en el índice de precios al consumidor (IPC), certificado y publicado por el DANE, conforme a lo establecido en el artículo 11° de la resolución en mención. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite, queda un saldo a favor de DIEZ MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS PESOS ($10.316), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ídem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos mecánicos con función propia que trabajan conjuntamente para granulación de polvos, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente

Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JOSE FABIO ROJAS GONZALEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 98.550.569, en calidad de representante legal de la sociedad WE AGRO S.A.S ZOMAC con NIT 901.780.843-6, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: notificacionesjudiciales@greenland.co - luz.henao@greenland.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, KM 1 VIA CAREPA Municipio de Apartado, Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá

interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600270 de 06 jun. 2025 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-06-06 / 01:55:03 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600270Consecutivo Acto 2025Año Calendario 06-JUN-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo .901780843Nit Calidad Actua JOSE FABIO ROJAS GONZALEZ REP. LEG. WE AGRO S.A.S ZOMACRazón Social notificacionesjudiciales@greenland.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 215Planilla Remisión No. 06 JUN 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

10 JUN 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: JOSÉ FABIO ROJAS GONZÁLEZ REP LEGAL DE LA T/P.901780843

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 21 JUL 2025 Hora: 08:15:02

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 03 JUL 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.175 en la página 56.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600270Consecutivo Acto 2025Año Calendario 06-JUN-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 901780843Nit Calidad Actua JOSE FABIO ROJAS GONZALEZ REP. LEG. WE AGRO S.A.S ZOMACRazón Social luz.henao@greenland.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 215Planilla Remisión No. 06 JUN 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev:

ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 215Planilla Remisión No. 06 JUN 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

10 JUN 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: JOSÉ FABIO ROJAS GONZÁLEZ REP LEGAL DE LA T/P901780843

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 21 JUL 2025 Hora: 08:15:02

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 03 JUL 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.175 en la página 56.

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