DIAN - Resolución 600280 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600280 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600280 (12 jun. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002027 de 06 de diciembre de 2024, el señor CAMILO CORTES DUARTE, identificado con cédula de ciudadanía 80.504.421, representante legal de la sociedad ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO ALMAVIVA S. A., con NIT 860.002.153-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “CONJUNTO DE MAQUINAS Y APARATOS PARA CORTE POR LASER DE LAMINAS DE ACERO”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formato de solicitud SIE SARP en dos (2) folios, comprobante de pago en un (1) folio, flujograma en tres (3) folios, listado de equipos en un (1) folio, descripción del proceso en tres (3) folios.
El solicitante pagó un millón trescientos quince mil doscientos noventa y uno pesos m/cte ($ 1.315.291,00) según Transferencia número 2 de 28 de noviembre de 2024 del Banco de Bogotá.
El solicitante pagó un millón trescientos quince mil doscientos noventa y uno pesos m/cte ($ 1.315.291,00) según Transferencia número 2 de 28 de noviembre de 2024 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional-RIA S2024000100165398000728 del 16 de diciembre de 2024, este Despacho solicitó al usuario: señalar si el producto trabaja por arranque de metal u otra forma, indicar cómo se encuentran acoplados físicamente los equipos, y sí comparten en un solo basamento, cómo se programa y controla el ciclo de la mercancía, señalar sí las cortadoras y sus periféricos trabajan de manera independiente, indicar la capacidad del sistema , remitir un cuadro editable, indicando los equipos principales que lo componen, informando para cada uno: nombre, cantidad exacta, características técnicas, dimensiones, función, y señalar si tiene equipos de respaldo. La reunión técnica se llevó a cabo el 03 de febrero de 2025. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 11 de febrero de 2025 el interesado solicito prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2025000100165398000106 del 17 de febrero de 2025,RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600280 de 12 jun. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
el usuario responde mediante radicado No. E2025000100165398000057 del 14 de febrero de 2025, con 9 folios, sin renunciar al término restante para dar respuesta.
Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
el usuario responde mediante radicado No. E2025000100165398000057 del 14 de febrero de 2025, con 9 folios, sin renunciar al término restante para dar respuesta.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor CAMILO CORTES DUARTE, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : notificaciones@almaviva.com.co - macelisg@almaviva.com.co; o por correo en la dirección cra 7 71 21, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netament e definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 84.56
“Máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia mediante láser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido, electroerosión, procesos electroquímicos, haces de electrones, haces iónicos o chorro de plasma; máquinas para cortar por chorro de agua.
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas de l mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600280 de 12 jun. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones – artículos 313 a 31 5 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002027 de 06 de diciembre de 2024 y E2025000100165398000057 del 14 de febrero de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como : una agrupación de máquinas diseñadas para cortar láminas de acero al carbón mediante un haz de luz , que funcionan mediante el siguiente proceso:
1. Sistema automatizado de carga y descarga : Inicia en una estación de almacenamiento de lámina de acero con materia prima previamente cargada .
Luego la unidad de forma automática y centralizada realiza el cargue de láminas hacia cortadora y descargue de piezas cortadas . Antes del cargue, se define el destino de las láminas, en cada estación suministrándolas en diferentes calibres según necesidad mediante dispositivos mecánicos y neumáticos. Cada estación cuenta con dos camas de trabajo, para cortar la lámina mientras el sistema alimenta la segunda cama . Los cabezales de corte dependen del sistema
según necesidad mediante dispositivos mecánicos y neumáticos. Cada estación cuenta con dos camas de trabajo, para cortar la lámina mientras el sistema alimenta la segunda cama . Los cabezales de corte dependen del sistema unificado de cargue de materia pr ima y descargue de piezas cortadas, también posee una estructura mecánica para el cargue y otra para el descargue.
2. Cortadoras de l áser: Posterior al cargue de materia prima en cada cama de trabajo de los cabezales, se inicia el proceso de corte previamente asignado en relación con las diferentes piezas del portafolio propio, con rangos entre 0.6 mm y 10 mm; este proceso está asociado a un sistema central de operación y cuenta con reguladores de nitrógeno y oxígeno y mesas de trabajo para el manejo de las láminas. Los cabezales de corte dirigen correctamente el haz luminoso hacia la lámina a cortar y se comunican con el sistema de cargue y descargue , garantizando continuidad en la operación. Cada sistema de cabezal cuenta con una serie de periféricos requeridos que van posicionados en la parte superior de la plataforma, anclados mecánicamente por medio de tornillos.
3. Periféricos: cada cortadora cuenta con los siguientes periféricos: a) colector de polvos un sistema de extracción de partículas finas cuya función es dirigirlas a un recinto cerrado por medio de un sistema de succión generado por aspas de ventilador, estas se dirigen hacía filtros captadores (cartuchos), donde unas válvulas tipo manga, soplan los filtros almacenando el residuo generado. b) chiller de enfriamiento. c) trasformador. d) resonador. e) regulador de voltaje.
válvulas tipo manga, soplan los filtros almacenando el residuo generado. b) chiller de enfriamiento. c) trasformador. d) resonador. e) regulador de voltaje.
Listado de componentes aportados con ocasión a la respuesta al requerimiento de información:
1. Un (1) sistema automatizado de carga y descarga.
2. Cinco (5) máquinas de corte laser.
3. Cinco (5) colectores de polvo.
4. Cinco (5) chiller de enfriamiento.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600280 de 12 jun. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
5. Cinco (5) transformadores.
6. Cinco (5) resonadores.
7. Cinco (5) reguladores de voltaje.
8. Una (1) plataforma en estructura metálica
9. Un (1) gabinete de control principal: cuenta con un controlador lógico programable , dispuesto con puertos de comunicación ethernet lo que permite la comunicación con cada una de las cinco estaciones de corte laser de la unidad.
En base a lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y equipos listados en los numerales 1 al 9 trabajan conjuntamente en el corte de metales mediante láser , conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.56 de la nomenclatura del Sistema Armonizado que establece “Máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia mediante láser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido,
General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.56 de la nomenclatura del Sistema Armonizado que establece “Máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia mediante láser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido, electroerosión, procesos electroquímicos, haces de electrones, haces iónicos o chorro de plasma; máquinas par a cortar por chorro de agua. ” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8456.11.00.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “--que operen mediante laser”
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8456.11.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y equipos que trabajan conjuntamente en el corte de metales mediante láser, de conformidad con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación con las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelari o, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente resolución al señor CAMILO CORTES DUARTE identificado con cédula de ciudadanía No. 80.504.421, en calidad de representante legal de la sociedad ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO ALMAVIVA S. A. con NIT 860.002.153-8, a la direcciones electrónicas
80.504.421, en calidad de representante legal de la sociedad ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO ALMAVIVA S. A. con NIT 860.002.153-8, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: notificaciones@almaviva.com.co - macelisg@almaviva.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, cra 7 71 21 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600280 de 12 jun. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-06-12 / 09:42:20 A. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600280Consecutivo Acto 2025Año Calendario 12-JUN-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo .860002153Nit Calidad Actua CAMILO CORTES DUARTE REP. LEG. ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO ALMAVIVA S.A.Razón Social notificaciones@almaviva.com.coDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 221Planilla Remisión No. 12 JUN 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
REPRESENTANTE LEGAL
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
12 JUN 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: CAMILO CORTES DUARTE REP LEGAL DE LA SOCI T/P.860002153
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 21 JUL 2025 Hora: 08:18:47
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 07 JUL 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.175 en la página 69.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600280Consecutivo Acto 2025Año Calendario 12-JUN-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo
860002153Nit Calidad Actua CAMILO CORTES DUARTE REP. LEG. ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO ALMAVIVA S.A.Razón Social
macelisg@almaviva.com.coDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 221Planilla Remisión No. 12 JUN 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
REPRESENTANTE LEGAL
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
12 JUN 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: CAMILO CORTES DUARTE REP LEGAL DE LA SOCI T/P860002153
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 21 JUL 2025 Hora: 08:18:47
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 07 JUL 2025Fecha Ejecutoria
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LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
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COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
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2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.175 en la página 69.