DIAN - Resolución 600293 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600293 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600293 (18 jun. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002206 de 28 de febrero de 2025, el señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandatario de la sociedad OTACC S.A.S. con NIT 890.201.201-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “ UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER” y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER GAMECHANGE
CARACOL III”
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:
-Mandato aduanero. Seis (6) páginas. -Consignación bancaria. Una (1) página. -Ficha técnica. Dos (2) páginas. -Plano. Una (1) página -Listado de equipos. Una (1) página. -Descripción UF “Tracker”. Dos (2) páginas.
El solicitante pagó un mill ón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($1.384.000,00)
-Listado de equipos. Una (1) página. -Descripción UF “Tracker”. Dos (2) páginas.
El solicitante pagó un mill ón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($1.384.000,00) según Transferencia número 81421 de 27 de febrero de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000168 del 14 de marzo de 2025 este Despacho solicitó al usuario la siguiente información : 1. Aportar listado de máquinas y equipos que conforman el sistema descrito en su solicitud, indicando con precisión cada ítem: nombre técnico y comercial, cantidad, unidad comercial, características físicas y técnicas y la función que realiza. 2. Allegar m andato aduanero vigente. 3. Describir de forma breve, concisa y secuencial el proceso que surte la mercancía, indicando la participación de cada uno de los componentes del listado de equipos.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600293 de 18 jun. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Mediante escrito radicado No. E2025000100165398000243 del 06 de mayo de 2025, con 25 folios, el interesado da respuesta al requerimiento de información y renuncia al término restante para dar respuesta a través del sistema informático SARP.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : fsterling@roldanlgistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección
JAVIER DIAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : fsterling@roldanlgistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Carrera 100 25b 40, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y
Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 84.79
“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararseRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600293 de 18 jun. 2025 Hoja No. 3
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subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000002206 de 28 de febrero de 2025 y E2025000100165398000243 del 06 de mayo de 2025 , la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un sistema de soporte para paneles solares cuyo objeto principal es posicionarlos y aumentar la captación de la radiación solar.
El sistema de seguimiento solar opera mediante un mecanismo de un eje orientado de norte a sur, diseñado para optimizar la captación de energía solar al mantener los módulos fotovoltaicos perpendiculares a los rayos solares durante el día. Cada mesa del tracker está equipada con un actuador lineal que permite un rango de movimiento de 55 grados en ambos sentidos. Este actuador es alimentado por un módulo solar de carga, que también recarga la batería interna del controlador de nodo, asegurando la autonomía del sistema incluso en condiciones de baja radiación. El controlador de nodo recibe las órdenes de posición desde el controlador maestro y transmite señales de control al actuador lineal para ajustar la inclinación de la mesa. Este proceso de seguimiento continuo permite que los módulos solares mantengan una orientación óptima frente al sol, maximizando la generación de energía y evitando condiciones climáticas adversas como el viento.
El sistema se compone de los siguientes elementos:
1. (345) unidades de postes de acero galvanizado. los postes soporte de las mesas son
generación de energía y evitando condiciones climáticas adversas como el viento.
El sistema se compone de los siguientes elementos:
1. (345) unidades de postes de acero galvanizado. los postes soporte de las mesas son un perfil de acero galvanizado en caliente tipo w; su función es la generar puntos de anclaje de cada mesa del sistema al suelo.
2. (345) unidades de piezas de unión poste -rodamiento de acero galvanizado. estas piezas actúan de cabezal de las hincas con el fin de poder instalar los rodamientos.
3. (345) unidades de rodamientos de cojinete con interior de polímero resistente con una envoltura de aluminio; son los encargados de unir los postes con el tubo de torque permitiendo la rotación del tubo.
4. (294) unidades de torque tubos de acero pregalvanizado, incluyen (252) unidades de juntas abulonadas y (84) unidades de tapas plásticas.
5. (2436) unidades de correas prensambladas de acero pregalvanizado que incluyen (336) unidades de platinas para correas, (4956) unidades de correa inferior de sujeción, (2436) unidades de correa superior de sujeción, (2436) unidades de canal de refuerzo ancho y (1802) unidades de correas de conexión a tierra.
6. (42) unidades de brazo mecánico de acero galvanizado, que incluyen (42) unidades de actuador lineal, (42) unidades de controlador de nodo y (42) unidades de módulo
solar auxiliar.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600293 de 18 jun. 2025 Hoja No. 4
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solar auxiliar.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600293 de 18 jun. 2025 Hoja No. 4
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7. (15) unidades de amortiguador que incluyen (15) unidades de anclaje superior y (15) unidades de anclaje inferior.
8. (40624) unidades de piezas de bulonería que incluyen (345) unidades de Tiras de aterramiento. Se trata de diferentes tipos de tornillos y arandelas para la integración mecánica de cada mesa y sujeción de componentes.
El sistema de seguimiento solar estará ubicado en el municipio de Soledad, departamento de Atlántico.
En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que la mercancía descrita en los numerales 1 al 8, corresponden a una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente en el posicionamiento de paneles solares, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo ” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “Los demás” , dentro de la subpartida tácita 8479.80 para “Las demás máquinas y aparatos”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de
Aduanas, la cual está determinada para “Los demás” , dentro de la subpartida tácita 8479.80 para “Las demás máquinas y aparatos”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de 2024, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA, valor actualizado anualmente con base en el índice de precios al consumidor IPC certificado y publicado por el DANE, conforme a lo establecido en el artículo 11° de la Resolución en mención. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos mecánicos con función propia que trabajan conjuntamente como seguidores solares, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente
Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlgistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600293 de 18 jun. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 100 25b 40 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo
Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-06-18 / 07:04:26 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600293Consecutivo Acto 2025Año Calendario 18-JUN-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social srodriguez@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 228Planilla Remisión No. 19 JUN 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable
ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
20 JUN 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P.811001259
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 30 JUL 2025 Hora: 09:14:29
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 15 JUL 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.184 del 17 de julio de 2025 en página 40.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600293Consecutivo Acto 2025Año Calendario 18-JUN-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
16No.Expediente Impuesto Periodo
811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social
Cra.100 # 25 B 40 en BogotáDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ART 763 Y 764 D. 1165/19 EN CONCORD ART 682 RESOL. 46/19Articulo Notifica:
Cra.100 # 25 B 40 en BogotáDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ART 763 Y 764 D. 1165/19 EN CONCORD ART 682 RESOL. 46/19Articulo Notifica: 242Planilla Remisión No. 27 JUN 2025Fecha Pl Remisión 276Planilla Correo No. 27 JUN 2025Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. 26-JUN-2025Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 2025Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto: 27 JUN 2025Fecha Notificación: 30 JUN 2025Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: T/P
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 30 JUL 2025 Hora: 09:14:29
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo No. Prueba de Entrega:Tipo Correo: MENSAJERIA EXPRESA 2169841212 15 JUL 2025Fecha Ejecutoria Correo Correo Correo Correo Correo Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.184 del 17 de julio de 2025 en página 40.