DIAN - Resolución 600320 de 26-06-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600320 de 26-06-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600320 (26 jun. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002322 de 06 de abril de 2025, el señor JUAN PABLO CAMPUZANO V ÁSQUEZ, identificado con cédula de ciudadanía 98 .590.740, representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS OPERADORES LOGISTICOS EN COMERCIO EXTERIOR S.A.S NIVEL 2, con NIT 900 .281.241-8, mandatario de la Sociedad INDUSTRIAS GOYAINCOL S.A.S con NIT 830.085.497-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “ UNIDAD FUNCIONAL PARA LA FABRICACIÓN DE PINTURAS” y técnicamente como “CONJUNTO DE MAQUINAS PARA LA FABRICACIÓN DE
PINTURAS”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:
-Mandato aduanero: diez (10) páginas. -Consignación bancaria. Una (1) página. -Plano. Una (1) página. -Explicación Funcionamiento máquinas: dos (2) folios. -Ficha técnica: (22) páginas.
-Consignación bancaria. Una (1) página. -Plano. Una (1) página. -Explicación Funcionamiento máquinas: dos (2) folios. -Ficha técnica: (22) páginas. -Factura proforma: cinco (5) páginas.
El solicitante pagó un millón cuatrocientos veinticuatro mil pesos m/cte ($1.424.000) según Transferencia número 900281241 de 05 de abril de 2025 del Bancolombia S.A. al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000302 del 23 de abril de 2025 este Despacho solicitó al usuario la siguiente información : 1. Describir de forma breve, concisa y secuencial el proceso que surte la mercancía. 2. Remitir plano donde se pueda apreciar el proceso e identificar las máquinas que intervienen. 3. Remitir listado de máquinas y equipos que conforma el conjunto en formato Excel, indicando con precisión para cada uno: nombre técnico y comercial, cantidad, unidad comercial, características físicas y técnicas y cuál es el papel que desempeña dentro de la función que realiza la línea de producción. 4. Indicar la ubicación geográfica y área del lugar en dondeRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600320 de 26 jun. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
será instalada la mercancía. Mediante escrito radicado No. E2025000100165398000272 del 19 de mayo de 2025, con 8 folios, el interesado da respuesta al requerimiento de información y renuncia al término restante para dar respuesta a través del sistema
del 19 de mayo de 2025, con 8 folios, el interesado da respuesta al requerimiento de información y renuncia al término restante para dar respuesta a través del sistema informático SARP.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor JUAN PABLO CAMPUZANO VASQUEZ, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : jpcampuzano@olce.com.co - 1973juano@gmail.com; o por correo en la dirección Cra. 65B, # 32 D 48, en Medellín - Antioquia
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y
Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 84.79.
“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600320 de 26 jun. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
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Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002322 de 06 de abril de 2025 y E2025000100165398000272 del 19 de mayo de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos destinados a transformar materia prima en polvo hasta o btener una mezcla homogénea que se utiliza para pintar.
El proceso productivo inicia con la alimentación controlada de polvo desde bolsas de 25 kg, utilizando un sistema de alimentación a vacío que transporta el polvo hacia un tanque de mezcla de 1000 L. En este tanque, se añade agua y aditivos, y se utiliza un dispersor de alta velocidad para lograr una mezcla eficiente. Posteriormente, la mezcla se transfiere a un molino de bolas horizontal de 30 L, donde se reduce el tamaño de las partículas a un rango de 5 a 20 micras, mejorando la calidad de la pintura. La mezcla resultante se almacena en un tanque móvil de 200 L y se transfiere a un hervidor de almacenamiento de 2000L, donde se pueden añadir emulsiones y otros aditivos a baja velocidad para mantener
almacena en un tanque móvil de 200 L y se transfiere a un hervidor de almacenamiento de 2000L, donde se pueden añadir emulsiones y otros aditivos a baja velocidad para mantener su efectividad. Antes del envasado, la pintura pasa por un sistema de filtrado para eliminar impurezas y partículas grandes . El proceso se completa con un sistema de llenado semiautomático que permite envasar la pintura en cantidades de 5 a 30 kg por vez. La tubería y válvula conectan todos los equipos, y el sist ema de control eléctrico gestiona las operaciones.
Además, se dispone de equipos de laboratorio como mezcladores y molinos de bolas de laboratorio, junto con instrumentos para medir propiedades como abrasión, viscosidad, pH, brillo, flexibilidad, secado y poder de ocultación. Estos equipos permiten realizar prueba s de calidad.
La línea de producción estará ubicada en la Cra. 2 Este #2036 en Funza Cundinamarca.
Los equipos que hacen parte de la línea de producción son:
1. Una (1) estación de polvo sin polvo: Permite la alimentación de polvo sin dispersión en el ambiente. Material: SS304, pulido fino. Incluye: ventilador de eliminación de polvo:2,2kw, volumen de aire 1800m³/h, presión del viento -1180Pa; y un elemento filtrante revestido de poliéster con precisión de filtración 5um, superficie de filtración 5m²; dispositivo de soplado, limpieza automática por soplado del elemento filtrante.
2. Un (1) alimentador de vacío; transporta el polvo desde la estación de alimentación hasta el tanque de mezcla de 1000L, garantizando un flujo continuo y cerrado del material.
2. Un (1) alimentador de vacío; transporta el polvo desde la estación de alimentación hasta el tanque de mezcla de 1000L, garantizando un flujo continuo y cerrado del material.
3. Dos (2) bombas de alimentación de líquido 1”. Alimenta del líquido como agua en el
tanque de mezcla de 1000L.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600320 de 26 jun. 2025 Hoja No. 4
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4. Dos (2) depósitos de premezcla de 1000 litros: recipientes donde se combinan los polvos, líquidos y aditivos, equipado con dispersor de alta velocidad para lograr una mezcla homogénea. Material: acero inoxidable ss304, con válvula de descarga y orejeta de soporte en la plataforma. Accesorios: boca de acceso, orificio de limpieza, orificio de ventilación, entrada de polvo, entrada de líquido, entrada de pasta de color tolva de alimentación.
5. Dos (2) dispersores de alta velocidad montado en la caldera. Genera una fuerza de corte intensa que permite la disolución y homogeneización eficiente de polvos y líquidos. Cuenta con alimentación de 380v,50hz,3ph, motor 22KW, disco, su eje es acero SS304, acabado pulido, va riador de frecuencia 22kw, controles de velocidad de 0-1440rpm, y sensor de ponderación.
6. Un (1) Molino de bolas horizontal (tipo disco), con motor 30KW asíncrono trifásico,
acero SS304, acabado pulido, va riador de frecuencia 22kw, controles de velocidad de 0-1440rpm, y sensor de ponderación.
6. Un (1) Molino de bolas horizontal (tipo disco), con motor 30KW asíncrono trifásico, volumen de la cámara 30L, material del disco acero de aleación dura, la dureza puede alcanzar HRC62. Alta reacción térmica mínima, alta resistencia al desgaste, sin óxido, controlador temperatura y presión, función de parada automática y función de parada retardada de la bomba de alimentación
7. Una (1) bomba de alimentación - bomba neumática de membrana 1”. Cuenta con sellado del eje: gran brida de doble cartucho de doble sello mecánico puede soportar una presión superior a 10kgs; sistema de refrigeración independiente y función de parada automática cuando el nivel de refrigeración es bajo; separador centrífugo de gran superficie, tamaño 0,5mm, alto rendimiento.
8. (75) kilos de perlas de circonio para molino de bolas tipo disco ; reducen el tamaño de partícula de la mezcla, mejorando su calidad y rendimiento. Utiliza perlas de circonio para aumentar la eficiencia de molienda. Tamaño: 1.2-1.4mm; ingredientes: Zro2: ﹥ 95% Y203: ﹤ 5%, densidad aparente: 3.6~3.75g/cm3, dureza: 1200HV HRC72-78, resistencia al aplastamiento: > 330 kg.f
9. Un (1) tanque móvil. Tanque tampón volumen total 200L, capacidad de trabajo 160L; material SS304, una sola capa, espesor 3mm, interior y exterior están pulidos
9. Un (1) tanque móvil. Tanque tampón volumen total 200L, capacidad de trabajo 160L; material SS304, una sola capa, espesor 3mm, interior y exterior están pulidos finamente, fondo con pendiente, fácil de descargar, con rueda omnidireccional, fácil de mover.
10. Un (1) hervidor de almacenamiento de 2000L, recipiente donde se almacenan productos semiterminados, con capacidad para aditivos adicionales, su agitación lenta preserva la integridad de las emulsiones. Material acero inoxidable SS304.
Accesorios: boca de acceso, orificio de limpieza, orificio de ventilación, entrada de polvo, entrada de líquido, entrada de pasta de color tolva de alimentación.
11. Un (1) mezclador de baja velocidad: Permite agregar emulsiones, pigmentos o agentes de película que podrían degradarse o separarse si se utilizaran equipos de alta velocidad. Con motor: 7.5KW, asíncrono trifásico, tipo a prueba de explosión, alimentación: 380V,50Hz,3PH, velocidad:0-80rpm frecuencia controlada; variador de frecuencia: 7.5KW, varios controles de velocidad, pantalla digital; mezclador de paletas: SS304; sistema de control electrónico , con gabinete de control eléctrico anfitrión y caja de control del sitio.
12. Dos (2) carros de filtros de bolsa. Filtra impurezas y partículas grandes del producto
antes de su envasado final, asegurando una pintura de alta calidad. Capacidad: 10L,RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600320 de 26 jun. 2025 Hoja No. 5
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100 mallas, material del soporte interior es de acero inoxidable ss304, con bomba de diafragma 1".
13. Un (1) compresor de aire 11 KW. Proporciona energía neumática a diversos equipos del sistema, esencial para el funcionamiento del molino y otros sistemas automatizados.
14. Un (1) enfriador para molino de bolas 10HP. Mantiene la temperatura operativa del molino de bolas dentro de parámetros seguros, protegiendo los materiales y el equipo.
15. Una (1) máquina llenadora semiautomática: permite el envasado preciso y eficiente del producto terminado en baldes, con control PLC y pantalla táctil. Rango de llenado 5~30Kg, alimentación: 220V, 50Hz, 1P, precisión de llenado: ±1%(Calculado según el volumen máximo de llenado), velocidad de llenado: 2 10pcs/min, presión del aire: 0,3~0,5Mpa con control de pantalla táctil+controlada por PLC.
16. Un (1) juego de tuberías y válvulas de acero inoxidable SS304. Conectan todos los equipos de proceso, permitiendo un flujo cerrado, higiénico y controlado del producto. Todas las válvulas son de conexión rápida, distancia 1m con válvula de conexión rápida.
17. Un (1) sistema de control eléctrico. Administra la operación de toda la línea de producción mediante tableros, sensores y variadores de frecuencia tiene panel de control eléctrico, con componente y armario eléctricos.
conexión rápida.
17. Un (1) sistema de control eléctrico. Administra la operación de toda la línea de producción mediante tableros, sensores y variadores de frecuencia tiene panel de control eléctrico, con componente y armario eléctricos.
18. (426) m2 de plataforma: Estructura que soporta equipos clave y proporciona acceso seguro para mantenimiento y operación. Con pasamanos de acero inoxidable, aleación de aluminio pave, placa de acero.8.5m(L)x3.5m(W)x1.7m(H) Total
29,75m2.
Equipos de laboratorio:
19. Un (1) Mezclador de laboratorio, usado para pruebas a pequeña escala, permite la evaluación de formulaciones en volúmenes de 5 a 15L. Con alimentación: 220V,
50Hz,1Ph, control por variador de frecuencia, motor: 0.75KW, motor asíncrono trifásico.
20. Dos (2) depósitos de 10 litros. Contenedor móvil y sanitario para realizar pruebas de mezcla o transporte de pequeñas muestras. Volumen total 10L, volumen de trabajo
8L; material SS304. Fondo con pendiente, fácil de descargar, con ruedas omnidireccionales.
21. Un (1) molino de bolas horizontal de laboratorio (tipo espiga). Replica a menor escala el proceso de molienda, ideal para pruebas de calidad y ajustes de formulación con motor 5,5KW asíncrono trifásico, volumen de la cámara 1L . Destinado al molino de bolas.
22. Un (1) sistema de refrigeración: compuesto por: refrigeración de la camisa del tubo de alimentación, cámara de circulación de agua de enfriamiento de pared tipo cinta
bolas.
22. Un (1) sistema de refrigeración: compuesto por: refrigeración de la camisa del tubo de alimentación, cámara de circulación de agua de enfriamiento de pared tipo cinta
espiral de gran superficie y alta eficiencia.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600320 de 26 jun. 2025 Hoja No. 6
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23. Cinco (5) kg de perlas de zirconia para el mo lino de bolas: tamaño: 0.6 -0.8mm.
Ingredientes: Zro2:﹥ 95% Y203: ﹤ 5%, densidad aparente: 3.6~3.75g/cm3, dureza
1200HV HRC72-78, resistencia al aplastamiento > 330 kg.f 2,5.
24. Una (1) fregadora automática por abrasión en húmedo. Evalúa la resistencia al desgaste de la pintura, fundamental para validación de durabilidad, con potencia 210
W, 85 -264 V CA, cepillo: 450g±5g, bomba peristáltica, caudal 0,1 -20ml, carrera : 200/250/300mm, tablero de pruebas: 430150mm.
25. Un (1) horno. Usado para simulación de condiciones de curado y secado, pruebas de estabilidad térmica y validación de comportamiento físico. Con potencia: 8,8 -1,6 kv, 220v, volumen: 70,8 litros, dimensión de trabajo 450450350mm.
26. Un (1) Viscosímetro, mide la viscosidad de la pintura, asegurando la correcta
kv, 220v, volumen: 70,8 litros, dimensión de trabajo 450450350mm.
26. Un (1) Viscosímetro, mide la viscosidad de la pintura, asegurando la correcta aplicación y desempeño del producto. Con potencia 220V, 50Hz, tamaño de la paleta 54mm7,9mm0,8mm, envase: φ8585mm, 500ml.
27. Una (1) escala o balanza. Permite medir con alta precisión pequeñas cantidades de material durante la preparación de muestras. Peso máximo 3000g, precisión:0.01g.
28. Una (1) máquina de lectura PH. Controla la acidez o alcalinidad de la mezcla, clave para la estabilidad del producto final. Medición PH:( 0.00 -14.00), mV:( 0 -±1999), precisión: PH: 0,01, Mv: 1 Temp.
29. Un (1) medidor de brillo tres ángulos. Determina el brillo del recubrimiento desde diferentes ángulos, siguiendo normas internacionales. Ángulos: 20°/ 60°/ 85°, punto de medición: 20°:1010, 60°:915, 85°:538mm.
30. Un (1) comprobador de flexión. Evalúa la flexibilidad y adherencia del recubrimiento sobre sustratos metálicos, mediante la flexión del sustrato metálico recubierto bajo un radio determinado, se puede obtener la ductilidad y el índice de adherencia de la película de pintura bajo tensión de flexión.
31. Un (1) registrador de secado. Controla el tiempo de secado de la pintura, importante
un radio determinado, se puede obtener la ductilidad y el índice de adherencia de la película de pintura bajo tensión de flexión.
31. Un (1) registrador de secado. Controla el tiempo de secado de la pintura, importante para su desempeño en condiciones reales. Voltaje 220V AC 50Hz, 20W, aguja 6pcs, diámetro 1 mm, peso de carga 11 g.
32. Un (1) ocultación del comprobador de potencia: Mide la capacidad de la pintura para cubrir el sustrato, asegurando eficacia del recubrimiento. Rango de prueba 0 -100, precisión de repetición 0,3%, sensibilidad óptica general aproximadamente igual al producto de Sc e.
Analizada la información aportada es importante señalar que, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, el término “para realizar conjuntamente una función netamente definida” alcanza solamente a las máquinas o combinaciones de máquinas necesarias para realizar la función propia del conjunto que constituye la unidad funcional, con exclusión de las máquinas o aparatos que tengan funciones auxiliares y no contribuyan a la función del conjunto.
Conforme a lo anterior, la máquina de envasado del numeral 15 y los equipos de laboratorio correspondientes a los numerales 19 al 32, se excluyen del presente acto administrativo y deberán clasificarse por la partid a arancelaria que les corresponda, en razón a que no participan en el proceso de fabricación de pinturas que es objeto de estudio.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600320 de 26 jun. 2025 Hoja No. 7
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Por su parte, los artículos descritos en los numerales 16 y 18 que soportan los principales equipos, proporciona acceso para la operación y mantenimiento y aquellos que permiten la conexión y flujo del producto durante el proceso productivo, se consideran parte integral de los equipos de la solicitud.
En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que la mercancía descrita en los numerales del 1 al 14 y del 16 al 18, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente para la elaboración de una mezcla homogenizada de pintura, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.82.00.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada “ Para mezclar, amasar o sobar, quebrantar, triturar, pulverizar, cribar, tamizar, homogeneizar, emulsionar o agitar ” dentro de la subpartida tácita 8479.80 “Las demás máquinas y aparatos”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 0200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidades funcionales tiene un valor
equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 0200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidades funcionales tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA y que de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de CUARENTA MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($40.314), se le informa que podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° íbidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, salvo las exclusiones mencionadas en los considerandos, en la subpartida 8479.82.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para la elaboración de pintura mediante operaciones de mezcla y homogenización, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JUAN PABLO CAMPUZANO VÁSQUEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 98.590.740, en calidad de representante legal de la AGENCIA DE
Resolución al señor JUAN PABLO CAMPUZANO VÁSQUEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 98.590.740, en calidad de representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS OPERADORES LOGISTICOS EN COMERCIO EXTERIOR S.A.S NIVEL 2 con NIT 900.281.241-8, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: jpcampuzano@olce.com.co - 1973juano@gmail.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Cra. 65B, # 32 D 48 en Medellín - Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de laRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600320 de 26 jun. 2025 Hoja No. 8
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con
procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-06-26 / 06:49:47 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600320Consecutivo Acto 2025Año Calendario 26-JUN-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .900281241Nit Calidad Actua JUAN PABLO CAMPUZANO VASQUEZ REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS OPERADORES LOGISTICOS EN
COMERCIO EXTERIOR S.A.S. NIVEL 2
Razón Social jpcampuzano@olce.com.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 243Planilla Remisión No. 27 JUN 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable
ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
27 JUN 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: JUAN PABLO CAMPUZANO VÁSQUEZ REP LEGAL DT/P.900281241
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 28 JUL 2025 Hora: 10:30:47
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 21 JUL 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N.53.191 del 24 de julio de 2025 página 55.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600320Consecutivo Acto 2025Año Calendario 26-JUN-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
900281241Nit Calidad Actua JUAN PABLO CAMPUZANO VASQUEZ REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS OPERADORES LOGISTICOS EN
COMERCIO EXTERIOR S.A.S. NIVEL 2
Razón Social 1973juano@gmail.comDirección 11Departamento 1Municipio
Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO
COMERCIO EXTERIOR S.A.S. NIVEL 2
Razón Social 1973juano@gmail.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 243Planilla Remisión No. 27 JUN 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
27 JUN 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: JUAN PABLO CAMPUZANO VÁSQUEZ REP LEGAL DT/P900281241
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 28 JUL 2025 Hora: 10:30:47
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Corr
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